El caso del Consorcio Vial VI, al que el Gobierno Regional de Lambayeque adjudicó la ejecución de una obra por más de ocho millones de soles, pese a que se denunció anticipadamente la presunta inclusión de facturas falsas en su oferta, no sería el único caso de irregularidades en las contrataciones de la gestión de Jorge Pérez Flores. Empresas con amplia experiencia en ejecución de obras públicas han cursado cartas denunciando hechos que, por lo menos, merecerían la intervención del Órgano de Control Institucional – OCI.
Caso ICM
El 27 de marzo, la empresa constructora Ingeniería Civil Montajes – ICM S.A., remitió la Carta N° 009-2024-ICM, al gobernador Jorge Pérez Flores, advirtiendo la “trasgresión a la normativa en procedimiento de selección” referido a la Adjudicación Simplificada N° 07-2024-GR.LAMB-1, derivado de la Licitación Pública N° 06-2023-GR.LAMB, “Ejecución de la obra mejoramiento del servicio educativo en la I.E. Federico Villarreal, distrito de Chiclayo”.
ICM informa que el 20 de marzo se otorgó la buena pro a la empresa Beta Koncret SAC, por un monto ofertado ascendente a 14 millones de soles. Sin embargo, la empresa cuestiona que en el acta de buena pro, publicada en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado – SEACE, se evidenciaría que los criterios adoptados por el comité de selección habría sido irregulares.
El comité de selección estuvo presidido por Andrés Acosta Coronel.
“El acta de otorgamiento de la buena pro a la empresa Beta Koncret SAC trasgrede el principio de trato igualitario, la transparencia y competencia”, señala la carta de ICM.
El representante de la constructora cuestiona que el comité haya desestimado admitir la oferta de ICM bajo el argumento de error o incongruencia, y calificado, aprobado y adjudicado a Beta Koncret, pese a que su oferta – señala la carta – “no ha sido observada con minuciosidad”.
“La aplicación del sustento falaz por parte del comité de selección radica en argumentar que la suma de las partidas consignadas en el cuadro resumen resulta incongruente con el monto de las subpartidas. En efecto, el monto consignado en el resumen jamás va a ser igual al monto de las subpartidas. Sin embargo, para descalificarnos desconocen tal suma de subpartidas y proceden arbitrariamente, indicando en el acta de admisión y otorgamiento de buena pro que por consiguiente al existir información incongruente entre sí en los documentos que conforman la oferta económica no configura un supuesto subsanable, por lo consiguiente decide por unanimidad no admitir la oferta por información incongruente”, expone ICM.
El representante de ICM, Rolando Torres Cruz, hace un llamado directo al gobernador regional y le pide erradicar toda práctica irregular en los procesos de contratación.
“Se solicita a usted, señor gobernador, como máxima autoridad, erradique toda práctica indebida y más aún este tipo de procesos que son en beneficio de la comunidad lambayecana y habiendo demostrado el mal actuar del comité, declare la nulidad del procedimiento de selección”, enfatiza la misiva.
Caso FEDECO
Sobre el mismo proceso referido al colegio Federico Villarreal, el 24 de enero la empresa FEDECO Contratistas Generales SAC remitió una carta notarial dirigida al gobernador Jorge Pérez, advirtiendo vicios en la selección, específicamente en la etapa de evaluación y calificación de ofertas.
En ese momento, la empresa cuestionaba la manera en la que actuó el comité de selección del gobierno regional que días antes había otorgado la buena pro de la obra al Consorcio Virgen de la Puerta, integrado por la Constructora Latina Estudios y Proyectos y Contratistas Generales ASL San Pablo SAC.
“De la revisión del Acta de Otorgamiento de Buena Pro, el Comité de Selección de forma tendenciosa da por no admitida la propuesta presentada por mi representada aduciendo lo siguiente: El postor presenta los precios unitarios y parciales en su mayoría del Anexo 06 – Precio de la Oferta, igual al postor Consorcio Educativo Villarreal, integrado por Ingenieros Contratistas y Pavimentos SAC y KOMACK SAC”, indicó FEDECO en su escrito.
La afirmación del comité fue rechazada por la empresa en todos sus términos, detallando en su carta notarial por qué es que el criterio no era adecuado, por lo que solicitó la nulidad de la buena pro a favor del Consorcio Virgen de la Puerta.
La buena pro fue anulada, pero no por una acción de rectificación de la gestión de Pérez Flores, sino porque el consorcio no perfeccionó el contrato en el tiempo establecido, lo que originó la pérdida automática de la buena pro según se comunicó en el Oficio 000743-2024-GR.LAMB/ORAD-OFLO [215229469 - 5], del 16 de febrero.
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