Habría actuado contra miembros del Tribunal de Honor del Colegio de Notarios de Lambayeque porque sancionaron disciplinariamente a su esposo, el también notario Pedro Abraham Valdivia Dextre
Mediante resolución N° 09, del 27 de mayo del 2024, el jefe de Control Interno del Ministerio Público de Lambayeque, Jorge Arteaga Vera, dispuso abrir procedimiento disciplinario contra la fiscal de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lambayeque, Karim Virginia Ninaquispe Gil, por la presunta comisión de falta muy grave, tipificada en el numeral 5 del artículo 47º de la Ley de Carrera Fiscal, Ley Nº 30483; es decir, por actuar en un proceso o procedimiento a sabiendas de estar legalmente impedido de hacerlo.
La resolución de Arteaga Vera se sustenta en el informe signado con el N° 2411010000-2023-378-0, del 29 de enero del 2024 emitido por el responsable (e) de la Comisión de Investigación Preliminar para Procedimiento Disciplinario de la Oficina Desconcentrada de Control de Lambayeque, Telésforo Vásquez Figueroa, quien fue de la opinión de haber mérito para abrir procedimiento disciplinario contra la abogada Karim Virginia Ninaquispe Gil, en agravio del notario José Oréstedes Santisteban Calderón y su hijo Rainerio Alexis Santisteban Chávez.
Pero eso no es todo. El jefe de Control Interno del Ministerio Público de Lambayeque, Jorge Arteaga Vera, también ha solicitado al fiscal Coordinador de la Fiscalía Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios, José Oscar Guevara Gilarmas, remita copias de la carpeta fiscal Nº 216-2021, donde la fiscal Karim Ninaquispe viene investigando por el delito de peculado por extensión, al notario Carlos Alberto Caballero Burgos, no descartándose que la investigación sea porque Caballero Burgos fue quien dispuso investigación disciplinaria contra el notario Pedro Abraham Valdivia Dextre, esposo de la fiscal investigada.
ANTE LA AUTORIDAD NACIONAL DE CONTROL
El proceso disciplinario contra la fiscal Karim Ninaquispe no solamente es de conocimiento de la Oficina de Control Interno del Ministerio Público de Lambayeque, sino que también se ha puesto en conocimiento de la Autoridad Nacional de Control, entidad encargada del control funcional de fiscales y del del personal de función fiscal.
Entre sus principales funciones de la Autoridad Nacional de Control está la de investigar, en el marco del procedimiento administrativo-disciplinario, hechos, acciones u omisiones que constituyan infracciones disciplinarias por parte de fiscales y del personal de la función fiscal, así como imponer las sanciones disciplinarias que correspondan y formular las recomendaciones de destitución respectivas.
CARGOS FORMULADOS
Conforme a la resolución en debate, a la fiscal Karim Virginia Ninaquispe Gil, se le atribuye haberse avocado al conocimiento del caso Nº 407-2023, originado por una supuesta denuncia anónima por el delito de lavado de activos, a pesar que ella habría tenido conocimiento que uno de los denunciados era el notario José Orestedes Santisteban Calderón, presidente del Tribunal de Honor del Colegio de Notarios de Lambayeque.
Según la queja contra Karim Ninaquispe, tenía conocimiento que con fecha 10 de agosto de 2023 el Tribunal de Honor del Colegio de Notarios de Lambayeque, presidido por José Orestedes Santisteban Calderón, había remitido los expedientes administrativos Nº 01-2016 y 09-2019 al decano del Colegio de Notarios de Lambayeque, para que ejecute las sanciones de suspensión por los espacios de tiempo de 30 y 15 días, contra el notario Pedro Abraham Valdivia Dextre, esposo de la fiscal investigada.
Se hace conocer que la segunda sanción, la de 15 días, era de conocimiento público al haber sido publicada en los diarios La República y El Peruano los días 17 y 19 de agosto del año 2023; y, que al momento de ejecutarse encontraron resistencia del notario sancionado, motivando que José Orestedes Santisteban Calderón, en su calidad de presidente del Tribunal de Honor del Colegio de Notarios de Lambayeque, inicie un nuevo procedimiento administrativo disciplinario por infracción muy grave, contra el notario Pedro Abraham Valdivia Dextre, dictando como medida cautelar una suspensión por 90 días, tal y como consta en la resolución N° 01-2023 del 27 de setiembre del año 2023, contenida en el expediente N° 11-2023.
Sin embargo, a los pocos días de emitirse la nueva sanción contra Valdivia Dextre, el 11 de octubre del año 2023 la fiscal Karim Ninaquispe emite la disposición Nº 01 en la carpeta fiscal Nº 407-2023, en la que ordena iniciar diligencias preliminares de investigación por el plazo de 8 meses contra el notario José Oréstedes Santisteban Calderón y su hijo Rainerio Alexis Santisteban Chávez, por el presunto delito de lavado de activos.
DENUNCIA ANÓNIMA
Karim Ninaquispe apertura la carpeta fiscal en base a una denuncia anónima, sospechosamente hallada tirada en el piso del interior de la sede policial anticorrupción, por la suboficial PNP de tercera Karen Morales Luis, la mañana del 30 de setiembre del 2023.
La denuncia anónima no fue ingresada formalmente por mesa de partes el día de su hallazgo, y aleatoriamente sea asignada al fiscal de turno que correspondía, sino que fue entregada al jefe de la Policía Anticorrupción, quien luego de 72 horas, el 2 de octubre del 2023, recién remitió la denuncia directamente a la fiscal Karim Ninaquispe.
Todo ello sucedió posterior a las acciones administrativas disciplinarias tomadas por el Colegio de Notarios de Lambayeque, contra el esposo de la fiscal Karim Ninaquispe, el notario Pedro Abraham Valdivia Dextre, no desestimando que la denuncia por lavado de activos podría tratarse para frenar toda acción de sanción disciplinaria contra el esposo de la representante del Ministerio Público.
URGAN EN FISCAL COORDINADOR
A los medios de prueba presentados por la parte afectada, el notario José Oréstedes Santisteban Calderón y su hijo Rainerio Alexis Santisteban Chávez, el jefe de Control Interno del Ministerio Público de Lambayeque, Jorge Arteaga Vera, también ha requerido que el fiscal Coordinador de la Fiscalía Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios, José Oscar Guevara Gilarmas, informe respecto al número de denuncias anónimas recibidas por dicha sede fiscal, desde su inicio.
Igualmente, se ha solicitado se remita copia del cuaderno de cargos de las denuncias que durante el año 2023 hayan sido asignadas a la fiscal Karim Ninaquispe Gil; así como copia del archivo Excel del mes de octubre de 2023, mediante el cual las denuncias son distribuidas a la FECOF.
Lo peticionado por el jefe de Control Interno del Ministerio Público de Lambayeque, Jorge Arteaga Vera, se ampara en el oficio N° 479-2023-MP-FN-DC-FPCEDCF- LAMBAYEQUE-JOGC, del 24 de noviembre de 2023, donde el fiscal Coordinador de la Fiscalía Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lambayeque, José Oscar Guevara Gilarmas, afirma que a través de la mesa de partes las denuncias son distribuidas de manera proporcional y equitativa entre cuatro despachos.
RESPETO AL TURNO
En el documento se hace conocer que de todo ello se lleva control en un archivo Excel; tomando con prioridad las denuncias que se generen durante el periodo de turno del despacho fiscal; y, dentro de éstas, las que estén dirigidas directamente a los fiscales que hubieren prevenido o tomado conocimiento del hecho.
De igual manera, se hace conocer que la fiscal Karim Virginia Ninaquispe Gil, consignó en el cuaderno de cargos de entrega de denuncia Nº 3: "1) CF 407-2023 – el nombre de “Karim Turno", cuando realmente no se encontraba de turno. Mucho menos, no debió recibir la denuncia anónima al no haber prevenido el caso y tampoco haber tomado conocimiento del caso con anterioridad.
A ello, la suboficial PNP de tercera. Karen J. Morales Luis, en su declaración sostiene que enviaron la denuncia anónima al despacho de la fiscal cuestionada, porque le indicaron que ella estaba de turno; sin embargo, ella no se encontraba de turno. Además, ese día, 2 de octubre del año 2024, la fiscal cuestionada no previno, no tomó conocimiento del caso y no había flagrancia delictiva, porque la denuncia anónima había sido encontrada el día 30 de setiembre del 2023.
DEBIÓ INHIBIRSE
En los cargos formulados, reza la resolución N° 09 del 27 de mayo del 2024, la fiscal Karim Ninaquispe debió haberse inhibido de investigar al notario José Oréstedes Santisteban Calderón y su hijo Rainerio Alexis Santisteban Chávez, por el presunto delito de lavado de activos, a sabiendas que uno de ellos era notario y presidente del Tribunal de Honor del Colegio de Notarios de Lambayeque, y era la persona que había emitido resoluciones de sanción disciplinaria contra el notario Pedro Abraham Valdivia Dextre.
DECLARADA REBELDE
En la resolución N° 09, el jefe de Control Interno del Ministerio Público de Lambayeque, Jorge Arteaga Vera, requiere a la fiscal Karim Ninaquispe que en el plazo de cinco días hábiles presente su informe de descargo, adjuntando documentos sustentatorios pertinentes.
En caso de incumplimiento, la fiscal Karim Ninaquispe Gil será declarada rebelde, sin que ello signifique estancamiento del proceso disciplinario.
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