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JUEZA NIEGA HÁBEAS CORPUS: FISCALÍA DEBE SEGUIR INVESTIGANDO A IMPLICADOS DEL CASO “LÍNEA”

Escribe: Semanario Expresión
Edición N° 1058

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Con Resolución N° 3, del 23 de marzo último, la juez María Primo Vásquez, del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, declaró infundada la demanda de hábeas corpus que el exadministrador de la Empresa de Transportes Línea, Mario Salini Falconí, presentó contra el fiscal César Celis Zapata para que se abstenga de revisar el caso que involucraría al exjefe del SATCH Percy Quesquén Díaz, cuyo archivamiento fue dispuesto por el investigador del caso “Limpios de la corrupción” Sergio Zapata Orozco.

 

El 9 de febrero Salini Falconí interpuso la demanda de hábeas corpus contra el fiscal Celis Zapata, de la Tercera Fiscalía Provincial Penal de Chiclayo, solicitando que se declare nula y sin efecto la disposición emitida por este para reexaminar los actuados por el fiscal Sergio Zapata Orozco cuando investigó el caso “Línea”, referido al presunto pago de coimas por parte de la empresa de transportes al exjefe del Servicio de Administración Tributaria – SATCH, Percy Quesquén Díaz, por la aprobación de una ordenanza municipal favorable a la compañía emitida durante el gobierno de Roberto Torres Gonzales.

 

LOS ARGUMENTOS DE SALINI

Salini Falconí argumentó al juzgado que la investigación seguida en la Carpeta Fiscal N° 2585-2010 había sido archivada en dos oportunidades por Sergio Zapata Orozco, en su condición de representante de la Tercera Fiscalía Provincial Penal de Chiclayo, en una ocasión incluso luego que la Cuarta Fiscalía Superior Penal Transitoria le ordenara reevaluar su decisión. Por ambos archivamientos, el demandante señaló que se trata de cosa decidida.

 

Este hecho ameritó que cuestione la decisión del fiscal Celis Zapata de reexaminar lo actuado por Zapata Orozco, considerando que el archivamiento se dio con el sustento de que no existían elementos de convicción para continuar con la investigación preparatoria.

 

RESPUESTA FISCAL

En respuesta, el fiscal Celis Zapata informó al juzgado que la decisión de reexaminar el caso se debió a que Juan Miguel Valdivia Goicochea (investigado por el caso “Limpios de la corrupción”), solicitó a la Presidencia de la Junta de Fiscales de Lambayeque se investigue el accionar de Zapata Orozco en el manejo de la carpeta fiscal, máxime porque este había alcanzado nuevos elementos que probarían la relación que existe entre el presunto pago de sobornos y el exjefe del SATCH, Percy Quesquén Díaz, (también investigado por el caso “Limpios de la corrupción”), a quien se le benefició con la comparecencia restringida en la investigación que involucra a exfuncionarios de la administración de Torres Gonzales.

 

En una conversación obtenida con el investigado el libertad Percy Quesquén Díaz este comentó (a Juan Miguel Valdivia) que había logrado el archivo del caso sobre la entrega de dinero por parte de la Empresa de Transportes Línea a la que se había favorecido con la emisión de la Ordenanza Municipal N° 016-2009. La entrega de la coima se habría realizado a través de Víctor Díaz Zárate, quien fue grabado por el propio Salini Falconi.

 

El video fue difundido a través del programa Expresión Tv en el 2010 y denunciado al Ministerio Público por el entonces procurador público anticorrupción de Lambayeque, Elver Díaz Bravo.

 

Según argumentó Valdivia Goicochea, Quesquén Díaz habría logrado que el abogado Percy Requejo Gálvez se atribuyera la participación en el presunto acto irregular para deslindar cualquier responsabilidad, toda vez que en el video solo se menciona a un personaje llamado “Percy”.

 

Cuando el caso llegó a manos del fiscal Zapata Orozco este lo archivó sin ordenar la visualización y transcripción del video, pese a que tuvo acceso a él, y ante la apelación presentada por el procurador anticorrupción se ratificó en su decisión inicial.

 

NO ES COSA DECIDIDA

“El Tribunal Constitucional ha señalado lo siguiente: las resoluciones que declaran no ha lugar a formalizar denuncia penal, que en el ejercicio de su funciones pudieran emitir los representantes del Ministerio Público, no constituyen en estricto cosa juzgada, pues esta es una garantía exclusiva de los procesos jurisdiccionales. (…) Además, queda abierta la posibilidad de abrir nuevamente la investigación si es que se presentan elementos probatorios no conocidos con anterioridad por el Ministerio Público o cuando la investigación ha sido deficientemente realizada”, ha explicado Celis Zapata.

 

La juez Primo Vásquez señala en su resolución que “al advertirse que los archivos fiscales anteriores se debieron a la falta de elementos de convicción respecto del destinatario de la suma dineraria a entregarse y con ello no podía corroborarse la delictuosidad del hecho, pues el delito de cohecho tanto activo como pasivo requiere que el receptor del medio corruptivo sea funcionario público y al incorporarse un elemento destinado a corroborar que habría sido un funcionario público el reexamen de la investigación se encuentra arreglado a ley”.

 

En consecuencia, declaró infundado el hábeas corpus presentado por Salini Falconi, dejando expedito el camino para que el fiscal Celis Zapata concluya su investigación. 

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