Continúan los problemas al interior del Ilustre Colegio de Abogados de Lambayeque – ICAL. Esta vez un fallo aparentemente fraudulento emitido por la Comité de Ética en perjuicio del gerente del Estudio Jurídico Asunción & Abogados, José Asunción Reyes, inhabilitado por dos años para el ejercicio profesional, pone en el ojo de la tormenta al decano de la orden, quien habría direccionado la sanción como una forma de represalia.
El Estudio Jurídico de Asunción Reyes inició un proceso constitucional de hábeas data el 15 de septiembre del 2016 en representación de Ramón Risco Vite contra la Oficina de Normalización Provisional – ONP, en el Juzgado Especializado Civil Transitorio de Talara, a fin de recabar información respecto a sus expediente administrativo para el pago de sus pensiones.
Sin embargo, Risco Vite había fallecido ocho meses antes de presentada la demanda de hábeas data, motivo por el cual la ONP, al momento de responder la demanda, informó del deseo al órgano jurisdiccional y este remitió copias el 1 de febrero del 2017 al Ilustre Colegio de Abogados de Lambayeque y al Ministerio Público, a fin de que se inicien las acciones correspondientes. A nivel fiscal, el caso sigue en trámite.
Al respecto, Asunción Reyes señala que la acción de hábeas data había sido autorizada por Risco Vite estando en pleno uso de sus facultades. Del fallecimiento el estudio jurídico no tuvo ningún conocimiento.
NI DOLO NI MALA FE
En virtud de lo señalado, Asunción Reyes afirma en su defensa presentada ante la Consejo de Ética Profesional del Colegio de Abogados que no existe ningún dolo ni mala fe de parte del estudio jurídico que preside, pues no hubo ningún perjuicio contra la ONP, ni el Poder Judicial, ni Risco Vite o sus herederos, sino que más bien se buscaba tutelar el derecho fundamental a la seguridad social.
No obstante, el Consejo de Ética emitió una resolución que le fue notificada el 12 de junio en la cual se les impone tanto a José Asunción Reyes como a Daniela Campaña Sampén la inhabilitación por dos años para el ejercicio profesional al haber incurrido en faltas éticas previstas en el Inciso 1 del Artículo 6 y el Inciso 10 del Artículo 20, del Código de Ética del Abogado.
Asunción Reyes afirma que el Consejo de Ética ha considerado de manera “sesgada y arbitraria” que existe una falta ética, pues para que exista una es necesario que haya dolo y un perjuicio real o tangible, “lo cual no existe porque no hubo perjuicio para nadie”.
CONTRADICCIONES EN EL MISMO CÓDIGO
Además, Asunción Reyes afirma que hubo una “aberración jurídica” en el fallo, pues el estatuto establece que la inhabilitación por dos años es una sanción aplicable únicamente cuando el abogado es juez o fiscal, cuando es funcionario en la administración pública o cuando haya sido condenado por un delito doloso; causales en las cuales no se subsume el letrado, lo cual violenta el principio de legalidad.
Añade que también se ha violado el debido proceso, pues considera que no se ha merituado la pericia que presentó en la que se acredita que el fallecido Risco Vite autorizó la demanda, así como los testimoniales de sus herederos.
IMPARCIALIDAD DE LOS INTEGRANTES
Por otro lado, Asunción Reyes señala que no hay garantías de un proceso imparcial, pues dos de los tres integrantes del Consejo de Ética Profesional no estarían calificados para integrar dicha comisión.
Manifiesta que uno de ellos, Luis Alberto Huamán Ordoñez, le debe una suma de dinero, la cual le ha requerido mediante cartas notariales para que le sea devuelta e inclusive ya se ha hecho una conciliación para accionar judicialmente; mientras que de Elmer Fustamante Gálvez manifiesta que mantiene vínculo amical con el decano de la orden, del que afirma tiene una animadversión hacia su persona.
REPRESALIA
Del mismo modo, sostiene no tener dudas de que esta inhabilitación obedece a que él es una de las voces discrepantes de la gestión de Balcázar Zelada, a quien le han cursado cartas notariales desde hace tiempo cuestionando su accionar al mando del Colegio de Abogados.
Apunta que esto se evidencia en una publicación que realizó Balcázar Zelada en su cuenta personal de Facebook, en la cual escribió “ICAL informa: Comisión de Ética inhabilitó dos años a abogado Asunción Reyes. Falsificó firma muerto para la ONP”, la cual posteriormente editó.
Asegura que el representante del ICAL habría incurrido en difamación, puesto que para haber hecho tal afirmación era necesario que exista una sentencia judicial que establezca que, en efecto, hubo falsificación de la firma.
Además, revela que el estatuto prohíbe que cualquier sanción sea publicada en el Facebook oficial de la orden profesional y menos en una red personal hasta que no esté firme y consentida, lo cual no ocurre con esta resolución, hecho que evidenciaría el “animus difamandi”.
“Vamos a ingresar una querella contra Balcázar Zelada. Hemos hecho la constatación notarial a de todas las publicaciones que ha hecho el decano del colegio en su Facebook personal, donde se consignan el número de reacciones que originaron, los comentarios y las veces que han sido compartidas, con lo que acreditamos fehacientemente el perjuicio y el delito en el que ha incurrido”, asevera.
Añade que también denunciarán a Balcázar Zelada por usurpación de funciones, pues no es competencia del decano del gremio profesional informar acerca de las sanciones disciplinarias. Esa es una prerrogativa exclusiva del secretario de Ética.
“Vamos a presentar un recurso de apelación, el cual ya se encuentra contaminado porque va a ser visto por el decano de la orden, quien se encuentra parcializado, puesto que ya adelantó opinión”, sustenta,
Asimismo, afirma que interpondrán la queja respectiva ante el Ilustre Colegio de Abogados de Lambayeque y la Junta Nacional de Decanos de los Colegios de Abogados del Perú.
HABILIDAD VIGENTE
Asunción Reyes señala que a la fecha, según obra en una constancia de habilidad expedida el 17 de junio de este año, él se encuentra hábil para el ejercicio de la abogacía hasta el 31 de enero del 2020, según la cotización de sus cuotas.
Exclama que no existe ninguna limitación ni restricción para él, así como para todos los miembros del staff de Asunción & Abogados para seguir en el ejercicio profesional.
“Lamento profundamente que nuestra orden nuevamente haya caído en una persona que no esté capacitada para dirigirla. Lo digo públicamente: José María Balcázar Zelada no está capacitado para dirigir un colegio profesional tan importante como el Ilustre Colegio de Abogados de Lambayeque. Sus hechos así lo demuestran, pues desde el primer día que asumió tuvo enfrentamientos con su mismo Consejo Directivo que lo ayudó a llegar a donde está. Ahora se ha quedado con un solo miembro del Consejo Directivo, que justamente conforma el Comité de Ética con quienes están pisoteando los derechos constitucionales y fundamentales de los agremiados. Estos hechos no hacen más que unirnos y reforzarnos para con más bríos luchar por desterrar la corrupción y arbitrariedad que existe en el ICAL”, sentencia.
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