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SOCIEDAD CIVIL CUMPLIÓ SU PALABRA: PRESENTÓ ACCIÓN DE AMPARO CONTRA LA ORDENANZA DE LOS CAMIONES EMITIDA POR LA MPCH

Escribe: Semanario Expresión
Edición N° 1117

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  • Invocan vulneración de derecho a la vida, al medioambiente, al agua potable y a la salud.

 

Los representantes de las organizaciones de la sociedad civil cumplieron con el compromiso asumido en asamblea pública y el miércoles por la tarde ingresaron la demanda de amparo contra la Ordenanza Municipal N° 07-2019, emitida por la gestión del alcalde Marcos Gasco Arrobas, que autoriza el ingreso de camiones de carga pesada al casco central de Chiclayo.

 

El escrito de 104 folios ingresó al Tercer Juzgado Civil de Chiclayo, que despacha el juez Juan García Mayorga, lleva las firmas del presidente de la Cámara de Comercio y Producción de Lambayeque, Carlos Burgos Montenegro; el decano del Colegio Médico del Perú – Consejo Regional VIII y presidente del Consejo Regional de Colegios Profesionales, Víctor Soto Cáceres y del decano del Colegio de Contadores Públicos de Lambayeque, Manuel Cuzquén Montalván.

Asimismo, las rúbricas de Juan Diego Dávila Cisneros, decano del Colegio de Sociólogos de Lambayeque; Gladys Serquén Solano, decana del Colegio de Relacionistas Públicos; Viviana Santillán Medianero, decana del Colegio de Enfermeros – Consejo Regional IX Lambayeque; Evid Manzuri Guevara, decana del Colegio Odontológico; Manuel Mestanza León, decano del Químico Farmacéutico; Antonio Uriarte Gonzales, decano del Colegio de Arquitectos de Lambayeque; Violeta Cubas Llamo, decana del Colegio de Profesores del Perú – Lambayeque, y William Saucedo Acosta, representante del Colegio de Periodistas del Perú – Lambayeque.

También se adhirieron el representante de la Asociación Regional de Exportadores – AREX, Maximiliano Santolaya Silva, y el presidente de la Asamblea de Delegados de las Organizaciones de la Sociedad Civil – ADOSCIL, Álvaro Mendoza Cortijo.

 

DECANO

Pese a que entregó copias de su Documento Nacional de Identidad – DNI, y se comprometió a la firma de la demanda como decano del Colegio de Ingenieros del Perú – CIP, Consejo Departamental de Lambayeque, Ciro Salazar Montaño dio marcha atrás horas antes de la presentación del escrito ante el Poder Judicial.

Argumentando que se encontraba de viaje, el decano de los ingenieros faltó a su palabra. Horas después se conoció que se había reunido con el alcalde Marcos Gasco Arrobas en el Palacio Municipal, acto en el que también participó el decano del Colegio de Psicólogos de Lambayeque, Max Plaza Quevedo.

 

PETITORIO

La demanda, suscrita también por el abogado Rolando Manayalle Sánchez, pide al Poder Judicial que se declare inaplicable las normas que se derivan de los dispositivos legales a los que se refieren todos los artículos de la Ordenanza Municipal 07-2019-MPCH/A, del 24 de mayo del 2019, a excepción de lo establecido en el sexto artículo, que establece un plazo para que los grandes almacenes que operan dentro del anillo vial, en un plazo de 12 meses, tengan sus operadores logísticos fuera del anillo vial obligatorio y trasladen su mercadería en vehículos menores, evitando el ingreso de vehículos pesados de 30 toneladas a la ciudad.

El pedido de inaplicación de la ordenanza se sustenta en que esta vulnera los derechos fundamentales del derecho a la vida, a un medioambiente sano y equilibrado para el desarrollo de la vida humana, derecho al agua potable de la población chiclayana, así como el derecho a la salud. Se pide que se restituya el estado de las cosas a lo establecido por la Ordenanza Municipal N° 06-2012-MPCH/A.

 

FUNDAMENTOS

“La Municipalidad Provincial de Chiclayo ha emitido la Ordenanza Municipal N° 07-2019-MPCH/A, por la que aprueba el acceso del transporte público de carga y descarga a la ciudad de Chiclayo y aprueba un nuevo circuito vial de forma obligatorio para los vehículos que presten servicio de transportes público pesado de carga y descarga dentro de la ciudad de Chiclayo, perteneciente a las categorías N1, N2, N3, 01, 02, 03, 04, los mismos que deberían circular las 24 horas por las vías que allí se especifican”, señala la demanda.

Como se ha sustentado, realizando el test de proporcionalidad en sus tres sub principios: idoneidad, necesidad y proporcionalidad en sentido estricto, la ordenanza afecta los derechos fundamentales de todos los habitantes de la ciudad de Chiclayo, pues resulta más gravosa que la finalidad que pretende.

“En los documentos vistos, sustentatorios y considerandos de la misma ordenanza municipal no se advierte que haya contado con un informe técnico u opinión técnica a favor de la misma por parte de la Gerencia de Proyectos de la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento de Lambayeque – EPSEL, fundamental en el presente caso, porque la empresa debió emitir opinión favorable que avale que el sistema de agua y desagüe no corre ningún peligro por la rodadura de los camiones de ese tonelaje”, se menciona en la demanda presentada.

“La finalidad de la citada ordenanza municipal es beneficiar a un sector de transportistas y a un reducido grupo de negocios mayoristas ubicados en la ciudad de Chiclayo. Sin embargo, para tal efecto dicha norma municipal de carácter autoaplicativa vulnera abiertamente derechos fundamentales”, añaden los demandantes.

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