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EXPLOTACIÓN INFANTIL AUMENTA EN LAMBAYEQUE: MINDES RESCATÓ A 30 MENORES QUE ERAN CAPTADOS PARA LA PROSTITUCIÓN

Escribe: Semanario Expresión
Edición N° 1068

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  • Entre enero y junio la Policía de Familia recuperó a 344 menores de las  calles.

 

La explotación infantil va en aumento en el departamento de Lambayeque y las cifras de menores trabajando en las calles son alarmantes. En lo que va del año, como parte de los operativos policiales realizados por la Comisaría de Familia, fueron rescatados un total de 344 menores, cuyas edades oscilan entre los 7 meses de nacidos hasta los 12 años de edad.

 

El niño o niña que ingresa al mundo laboral a temprana edad se relaciona con personas que no pertenecen a su grupo de pares y esto no ayuda a su desarrollo infantil, genera apatía, precocidad, emancipación prematura, hostilidad y causa daños permanentes en su personalidad y pérdida de la autoestima.

 

OPERATIVOS

La capitana de la policía Cynthia Mantilla Delgado, jefa de la Comisaría de Familia de Chiclayo, señala que “es muy triste ver que menores de edad, que deberían estar estudiando para ser el fututo del país, sean explotados la mayoría de veces por sus progenitoras, madres solteras que los obligan a trabajar en las calles hasta altas horas de la noche”.

 

En enero los agentes policiales rescataron a 30 menores de edad, 28 en febrero, 30 en marzo, 40 en abril, 29 en mayo y hasta la quincena de junio 15 niños de ambos sexos.

 

PROVINCIAS

Las intervenciones de los menores se realizaron en las tres provincias del departamento, pero es en Chiclayo donde se rescató a más víctimas de la explotación infantil, en su mayoría procedentes de los distritos de La Victoria y  Leonardo Ortiz, La Victoria, así como de Jaén y Cajamarca.

 

“Los menores que hemos rescatados de las calles se encontraban mendigando, ofertando golosinas o limpiando parabrisas en la avenida José Balta, San José, Luis González, Miguel Grau, Francisco Bolognesi y otras zonas céntricas arterias de Chiclayo”, señala Mantilla Delgado.

 

INTERVENCIÓN

Comenta que en los precisos instantes que los menores eran intervenidos por la policía aparecían sus madres, quienes aseguraban que sus hijos las ayudaban a trabajar porque no tienen un empleo fijo y tampoco con quien encargarlos.

 

El procedimiento exige que luego los agentes del orden conducen a los niños a la comisaría deben comunicar lo sucedido a la Fiscalía de Familia, que tras exhortar a los padres y con la firma de un acta de compromiso quedan obligados de desistir del presunto delito de la explotación infantil.

 

“Muchas veces existen personas que utilizan a sus hijos para dar lastima a la gente y los exponen para que ellos pidan limosna con el propósito de lucrar. Aquí en Chiclayo lo hemos detectado y también los hemos conducido a la comisaría”, narra.

 

VACACIONES

En épocas de vacaciones escolares, según las estadísticas de la Policía Nacional del Perú, los casos de mendicidad y de explotación infantil aumentan, ya que los menores salen a limosnear a las calles tomando como pretexto que quieren conseguir dinero para sus útiles escolares.

 

“También hemos intervenido a 15 menores trabajando como cobradores de combis y ninguno de ellos tenía autorización de sus padres”, relata.

 

INFRACTORES

La Comisaría de Familia de Chiclayo no solamente ha visto casos de explotación infantil, también han retenido a menores infractores a la ley penal. En los operativos realizados en lo que va en el año han sido intervenidos siete menores, de entre 8 y 12 años de edad, quienes son captados por sujetos de mal vivir para que cometan fechorías bajo la modalidad de tenderos. Estos fueron intervenidos por la policía cuando ingresaron a hurtar prendas de vestir en reconocidas tiendas ubicadas al interior del centro comercial Real Plaza.

 

Por otro lado, 35 menores de entre 15 a 17 años de edad fueron intervenidos en los operativos realizados a prostíbulos ubicados en el distrito de La Victoria. Cuando fueron entregados a sus progenitores los agentes del orden se encargaron de exhortar a los padres que tengan más cuidados con sus hijos y controlen los lugares a los concurren, puesto que los establecimientos nocturnos pueden presentan peligro para ellos.

 

EXPLOTACIÓN SEXUAL

Mientras tanto, el Ministerio de la Mujer y Población Vulnerables detectó que un total 30 menores eran explotados sexualmente en el departamento de Lambayeque.

 

La edad de los menores que eran explotados sexualmente oscila entre 15 y 17 años. Un total de 20 mujeres fueron rescatadas en Chiclayo, tres en la provincia de Ferreñafe y seis en Lambayeque, en tanto un hombre de 17 años también era víctima de la explotación sexual en la “Capital de la Amistad”.

 

La explotación sexual es el uso del cuerpo de menores de edad con fines sexuales o eróticos a cambio de dinero, un bien u otro beneficio. Esto daña la integridad de cualquier niña, niño o adolescente, repercutiendo en su vida futura y en su salud física y mental.

 

Existen muchas modalidades de explotación sexual infantil, entre ellas está cuando se mantiene relaciones sexuales a cambio de dinero u otro beneficio, cuando se facilita o promueve el consumo de relaciones sexuales con menores de edad o el turismo sexual con estos.

 

TRATA DE MENORES

El delito de trata de personas con menores de edad se configura en tres momentos: captación, traslado, acogida y retención, mientras que en algunos casos las víctimas de explotación sexual no necesariamente son captadas, ya que existen casos en los que sus propios familiares los someten a la prostitución.

 

Para que la trata de personas se configure en delito no es necesario consumar la explotación, basta con que se ejecute una de las conductas, a diferencia de la explotación sexual en la que necesariamente tiene que darse. La pena privativa de libertad para el delito de trata de personas es de hasta 35 años, en cambio en la explotación sexual es hasta 12 años como máximo.

 

“La explotación sexual de niñas, niños y adolescentes no tiene un marco jurídico específico. Sin embargo, existen delitos conexos a esta problemática, tipificados en el Código Penal, como favorecimiento a la prostitución, proxenetismo, publicación en los medios de comunicación, pornografía infantil o proposiciones sexuales a niñas, niños y adolescentes”, señalan las autoridades del MINDES.

 

La explotación sexual infantil también tiene como consecuencia que las menores de edad tengan embarazos no deseados, infecciones de transmisión sexual, violencia física y emocional, depresión, abandono escolar, alcohol y drogas.

 

“Los menores de edad, tienen el derecho de vivir su niñez y su juventud y de ninguna manera debe ser interrumpida por sujetos de mal vivir, quienes solo quieren lucrar con ellos”, indican.

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EN OBRA DE SANEAMIENTO EN PÁTAPO: CONTRALORÍA CONFIRMA FALLAS EN EL EXPEDIENTE Y SOBREVALORIZACIÓN

Escribe: Semanario Expresión
Edición N° 1068

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  • Componentes no pueden ejecutarse por falta de CIRA y disponibilidad de terrenos.

 

La Contraloría General de la República emitió el Informe de Acción Simultánea N° 364-2018-CG/L430-AS, referido al proyecto de “Mejoramiento y ampliación del sistema integral de agua potable y saneamiento de las localidades de Progreso, Progreso Alto, Puente Tulipe y Pozo Tulipe del distrito de Pátapo”, concluyendo en la existencia de hasta diez hechos que “ponen en riesgo el logro de los objetivos del proceso de ejecución”.

 

Lo hallado fue dado a conocer al alcalde del distrito, Juan Ramos Díaz, por el jefe de la Gerencia Regional de Control de Lambayeque, Walther Coello Ynope, con el Oficio N° 00765-2018-CG/GRLA, el 24 de mayo pasado, recomendándole valorar los riesgos y disponer las acciones preventivas pertinentes.

 

LA OBRA

El proyecto de agua y alcantarillado es ejecutado por el Consorcio Saneamiento Pátapo, conformado por la Constructora Mundo SRL y Tenengenh Perú, con el cual la comuna distrital suscribió el Contrato N° 04-2018-MDP/A, el 12 de enero de este año, por un moto de 13 millones 78 mil 94.57 soles. La supervisión fue contratada por 519 mil 354.58 soles.

 

El proyecto comprende la realización de cuatro componentes: agua potable, el suministro de energía eléctrica del sistema de utilización en media tensión para el pozo tubular IRHS N° 06, el saneamiento básico – UBS-AH y la capacitación y educación sanitaria a la UGM y población beneficiaria.

 

La Contraloría ejecutó la acción de control simultánea con el objetivo de determinar el cumplimiento de la normativa que rige la ejecución y supervisión de obras por contrata. La fiscalización se realizó entre el 27 de abril y el 25 de mayo pasado.

 

En el desarrollo de la acción simultánea se procedió a revisar la documentación correspondiente a la ejecución y a la supervisión de la obra, como son: expediente técnico del proyecto; documentos presentados por el contratista para la suscripción del contrato; cartas fianza que aseguran los adelantos otorgados así como el fiel cumplimiento de la obra; expedientes de ampliación de plazo; valorizaciones de obra; valorizaciones de supervisión de obra; cuaderno de obra; informes mensuales del supervisor de obra; documentos cursados por el supervisor de obra; comprobantes de los pagos efectuados con cargo a la obra por concepto de valorizaciones de obra y por concepto de supervisión de obra.

 

EL CIRA

De la revisión realizada por la Contraloría se tiene que los trabajos realizados por el contratista en el acceso al reservorio y área para la ejecución del reservorio de 110 metros cúbicos, no contaban con el Certificado de Inexistencia de Restos Arqueológicos – CIRA, ocasionando daños a posibles restos y la generación de posibles mayores gastos generales por ampliaciones de plazo.

 

Por ejemplo, el contratista había realizado trabajos con maquinaria pesada para crear un acceso al reservorio, que es uno de los componentes del proyecto, pese a que no estos no estaban considerados en las partidas de la obra. Sin embargo, el consorcio, sin tener la autorización, había causado daños en restos arqueológicos, conforme pudo determinar la Dirección Desconcentrada de Cultura – Lambayeque, que paralizó los trabajos el 2 de abril, al constatar que el CIRA aprobado no incluye el área en la que se construirá el reservorio.

 

Esta situación fue comunicada el 9 de abril al alcalde del distrito por el supervisor del proyecto, ingeniero Marco Vílchez Villanueva, quien a su vez fue requerido por la comisión auditora a fin de informar la situación respecto al reservorio. Indica la Contraloría que ante la inexistencia del CIRA sobre el área en la que se busca construir el reservorio, se podría generar la ampliación de plazos y, en consecuencia, mayores gastos.

 

Para la entidad de control, este hecho se configuraría como inobservancia del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo N° 350-2015-EF, modificado por el Decreto Supremo N° 056-2017-EF, así como del Decreto Supremo N° 003-2014-MC, que aprueba el Reglamento de Intervenciones Arqueológicas.

 

“Los hechos descritos originan el riesgo que se continúe afectando las zonas arqueológicas al realizar trabajos en lugares donde no se tiene los permisos por parte del Ministerio de Cultura; además de ello los retrasos por las deficiencias en el expediente técnico respecto a los permisos del CIRA pueden ser causal de ampliaciones de plazo y con ello el pago de mayores gastos generales variables”, señala en su informe la Contraloría.

 

SIN TERRENO

La entidad identificó como otra de las anomalías la falta de disponibilidad de terreno para la ejecución del pozo tubular y la caseta de bombeo del proyecto.

 

Según el expediente técnico, se suscribió un documento de libre disponibilidad con Juan Lorenzo Sánchez Silva y María Lola Altamirano Monsalve, posesionarios del terreno donde se ha proyectado el pozo tubular para abastecer al proyecto integral de agua potable. Sin embargo, en el Cuaderno de Obra y la documentación presentada por la supervisión se evidencia la falta de la disponibilidad debido a que los posesionarios del terreno alegan que no se cumplió con lo pactado económicamente por parte de los responsables del expediente técnico.

 

Tanto el supervisor como el contratista, informaron del hecho reiteradas veces al alcalde de Pátapo.

 

METRADO SOBREDIMENSIONADO

El expediente técnico fue elaborado por el ingeniero Segundo Herrera Murillos, contratado por la directiva de la población Progreso, Progreso Alto, Puente Tulipe y Tulipe, teniendo la conformidad del jefe de la División de Desarrollo Urbano y Rural de la Municipalidad Distrital de Pátapo, Wilder Muñoz Castro, quien suscribió el expediente técnico, el mismo que fue aprobado con Resolución de Alcaldía N° 376-2016-MDP/A, del 7 de noviembre del 2016, con un monto de ejecución de 13 millones 858 mil 585 soles, para ser realizado en un plazo de 270 días calendario.

 

“De la revisión al expediente técnico se advierte que se han considerado mayores metrados en el expediente técnico y trabajos dejados de ejecutar”, indica la Contraloría, precisando que se ha determinado que existe una sobredimensión del metrado en 685.30 metros cuadrados, lo que representa la sobrevaloración del presupuesto en 46 mil 174.28 soles.

 

PAGO EL EXCESO

Del mismo modo, la Contraloría General de la República detectó la inadecuada retención de la garantía de fiel cumplimiento en la primera valorización de supervisión de la obra, lo que ocasionó el pago en exceso al contratista.

 

La supervisión fue ganada por el Consorcio Saneamiento Vencar Consultores, con el que la comuna de Pátapo suscribió el Contrato N° 005-2018-MDP/A, el 23 de enero de este año, por un valor total de 519 mil 354.58 soles.

 

Al revisar la documentación, la Contraloría detectó que en la Valorización N° 1 de la Supervisión el municipio pagó 48 mil 473.09 soles a favor del consorcio, cuando lo correcto era que se le paguen 40 mil 875.13 soles, debido a que en esta se debía retener el 10 % como garantía de fiel cumplimiento de acuerdo al contrato firmado.

 

“Se observa que la entidad realizó el pago de 48 mil 473.09 soles, por lo que se advierte que se realizó de forma inadecuada la retención de la garantía de fiel cumplimiento y con ello se efectuó el pago en exceso al contratista”, indica el informe de control.

 

MÁS HALLAZGOS

La Contraloría también detectó que el expediente técnico presenta sobredimensionamientos en la partida para las instalaciones sanitarias en UBS.AH, en las subpartidas trazo y el replanteo de zanjas, ocasionando el riesgo que se pague al contratista por mayores metrados a los ejecutados. Se determinó que el sobrecosto ascendería a 28 mil 206.61 soles.

 

“Es de precisar que a la fecha se han tramitado y pagado tres valorizaciones de obra, en donde se han realizado pagos por metrado ejecutados. Sin embargo, es de advertir que en la localidad de Pozo Tulipe al parecer se ha pagado casi la totalidad de los metrados”, refiere el informe.

 

A ello se suma que la entidad de control pidió la a la supervisión un pronunciamiento al respecto, pero no hubo respuesta.

 

“Los hechos descritos originan el riesgo que en caso que el supervisor no lleve un control adecuado de los metrados ejecutados en obra, se valorice y pague al contratista por metrados no ejecutados, ocasionando un posible perjuicio al Estado”, señala la Contraloría.

 

También se identificó que la contratista realizaba excavaciones de zanjas con menores dimensiones a las señaladas en el expediente técnico, ocasionando que no se ejecute en totalidad la partida presupuestada. Lo destinado para tal fin, pero no ejecutado, asciende (hasta el cierre del informe) a 61 mil 372.40 soles.

 

Sobre esto también se pidió el pronunciamiento del supervisor, pero no hubo respuesta.

 

Asimismo, se estableció que la comuna de Pátapo incumplió con la publicación de la obra en el Registro de Información y Participación Ciudadana – INFOBRAS; que en el Área de Tesorería existe

deficiente control en la emisión de comprobantes del pago del Sistema SIAF-SP, ocasionando duplicidad de registro; que el supervisor incumple el contrato por la ausencia injustificada en la obra, lo que origina un deficiente seguimiento de la misma; que existe retraso en la presentación de los informes de valorizaciones de obra por parte del consorcio ejecutor y que tanto el Reglamento de Organización y Funciones – ROF, como el Manual de Organización y Funciones – MOF, de la municipalidad se encuentran desactualizados. 

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ABOGADO DEFENSOR DE LOS INVESTIGADOS POR INCENDIO DEL MUNICIPIO DE OLMOS FUE VINCULADO AL MOVADEF

Escribe: Semanario Expresión
Edición N° 1068

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Roberto Stalin Tineo Carrasco es el abogado que en las últimas semanas asumió la defensa legal de los integrantes del Colectivo Ciudadano de Olmos investigados por actos contra el orden público en las protestas de oposición a la construcción de la nueva ciudad en el distrito lambayecano. El letrado, quien también defiende a uno de los sindicados de propiciar el incendio de la municipalidad, fue incluido en el 2012 en los informes de inteligencia de la Policía Nacional como uno de los integrantes del MOVADEF, el brazo político de Sendero Luminoso.

 

A fines del 2012 el entonces ministro del Interior, Wilfredo Pedraza Sierra, llegó a Lambayeque y confirmó que equipos especializados en Inteligencia de la Policía Nacional, junto a agente de la Dirección Nacional Contra el Terrorismo – DINCOTE, habían identificado a los operadores del Movimiento por Amnistía y Derechos Fundamentales – MOVADEF, señalado como el brazo político de Sendero Luminoso, cuyos fundadores tienen estrecha relación con la cúpula terrorista liderada por Abimael Guzmán Reynoso y son investigados en el caso “Perseo”.

 

Entre los identificados en Lambayeque se incluyó al abogado Robert Stalin Tineo Carrasco, hijo de Segundo Tineo Cruz y Delina Carrasco Ojeda, sentenciados por terrorismo en 1997 a 25 y 20 años de prisión, respectivamente, acusados de participar en el asesinato de agentes de la Policía Nacional en el distrito de Huarmaca, jurisdicción del departamento de Piura. Ambos fueron recluidos en el Establecimiento Penitenciario de Picsi.

 

Segundo Tineo Cruz inició su militancia en el Partido Comunista del Perú – Sendero Luminoso en 1989, siendo designado como mando militar por su condición de maestro, habiendo realizado actos subversivos en Callancas, Cruz de Chalpón, Chucugue, Ramos, Sauce, Higeropampa, Lipanga, Chonta, Succha, Rodeopampa, Quebrada Grande, Coyona y Loma Grande, en tanto Delia Carrasco Ojeda, enfermera técnica, participó en emboscadas contra un vehículo de la municipalidad de Huarmaca y en juicios populares. El primero cumplirá condena en julio del 2022 y la segunda cumplió condena en julio pasado. La sentencia fue confirmada el 27 de octubre del 2004 por la Corte Suprema de la República.

 

Además de Robert Stalin Tineo Carrasco fueron señalados como operadores del MOVADEF en Lambayeque sus hermanos Micaela y Teider, por aquél entonces estudiantes de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo. A Robert Tineo se le identificó como presunto secretario de Actas del Comité Regional de la organización prosenderista.

 

PARTICIPACIÓN EN OLMOS

Una de las acciones concretas de Robert Tineo Carrasco en las protesta que se registran en el distrito de Olmos y que tuvieron su clímax el miércoles 13 de junio con el incendio del Palacio Municipal y del local principal de la Comunidad Campesina Santo Domingo, es el recurso de apelación contra la decisión de la juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de Motupe, que declaró fundada la prisión preventiva contra Marcelino Calvay Ramos, investigado por el supuesto delito contra la tranquilidad pública en agravio del Ministerio del Interior.

 

Calvay Ramos, enviado bajo mandato de prisión preventiva por seis meses, fue detenido por disturbios junto a un grupo de mujeres durante las protestas de Olmos.

 

Tineo Carrasco también patrocinó a José Fernando Serrato Sobrino, quien fue detenido como uno de los presuntos autores de los ataques a la municipalidad de Olmos que terminaron en el incendio del local edil. Serrato Sobrino recuperó su libertad a inicios de esta semana.

 

El jefe de Seguridad del Estado, Luis Villarreal Santamaría, aseveró que existe material probatorio de la participación de Serrato Sobrino como instigador del atentado contra la comuna de Olmos.

 

“José Serrato se encontraba azuzando a las personas para que incendien la municipalidad. Hay videos donde se le ve realizando esta actividad", precisó la autoridad policial.

 

INVESTIGADOS POR LOS INCENDIOS

La Fiscalía Provincial Mixta de Olmos ha dispuesto que se investigue en un plazo de 60 días a José Serrato Sobrino, Pierre Alvarado Torres y los que resulten responsables como presuntos autores de los atentados contra el municipio y el local de la comunidad campesina. La fiscal a cargo es Rocío Arce Cornejo, quien tendría nexos familiares con el primero de los investigados.

 

Para el avance de las investigaciones la fiscalía cuenta con registro fílmico, así como con la declaración de agentes policiales, vigilantes, funcionarios de la comuna y dirigentes de la comunidad campesina de Olmos.

 

Rechazando cualquier vinculación con los sucesos, los representantes del Colectivo Ciudadano de Olmos, así como de la Asociación de Comerciantes del distrito, que lideran las protestas contra la construcción de la nueva ciudad, han referido que no incitaron a la ejecución de los incendios y que la situación fue desencadenada por terceros.

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MINIMIZA AL CUERPO MÉDICO DEL HAAA: GERENTE DE ESSALUD LAMBAYEQUE DICE QUE LO CUESTIONAN POR INTERESES PERSONALES

Escribe: Semanario Expresión
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El gerente de la Red Asistencial “Juan Aita Valle”, Juan Rodríguez Terrones, máximo jefe de EsSalud Lambayeque, minimizó al Cuerpo Médico del Hospital Nacional Almanzor Aguinaga Asenjo, que por acuerdo de asamblea aprobó pedir a la Presidencia Ejecutiva de la seguridad social su destitución, debido a los cuestionamiento que pesan sobre él y a los presuntos cambios irregulares que ha realizado en las jefaturas de servicios.

 

Rodríguez Terrones citó a los medios de comunicación para anunciar la llegada de los ascensores para el Hospital Naylamp, valorizados en 250 mil soles cada uno, los mismos que deberán ser instalados en las próximas semanas en el mencionado nosocomio. Asimismo, refirió que en septiembre próximo deberán llegar los cuatro ascensores para el Hospital Almanzor Aguinaga, del que también es director – gerente.

 

Luego de lanzar declaraciones peyorativas contra el trabajo periodístico de Expresión, el médico cirujano fue abordado para responder a los cuestionamientos que el Cuerpo Médico ha presentado a su continuidad como jefe de EsSalud en Lambayeque.

 

LA FALTA GRAVE

Rectificándose de lo que declaró a Expresión (Edición 1054), Rodríguez Terrones negó haber cometido falta grave contra la institución cuando acudió al Hospital Almanzor Aguinaga y a una Clínica Particular a operar, estando con descanso médico, lo que motivó el inicio de un proceso sancionador en su contra que fue confirmado por el Tribunal del Servicio Civil, suspendiéndolo de sus labores durante 21 días.

 

“Este es un ataque que viene de hace muchos años atrás con una persona específica con la cual tuvimos muchos inconvenientes de tipo administrativo, más que todo. Cuando los inconvenientes administrativos se llevan a parte personalizada incurren en distorsión de la realidad, en distorsión de la información y cuando tú te sientes abrumado administrativamente, ante los diferentes cuestionamientos que te vierten, no tienes otra forma más que acudir a la instancia judicial y ellos son los que se van encargar de determinar si estuvieron o no de manera correcta cuando me sancionaron indebidamente hace aproximadamente dos años y medio”, señaló.

 

¿Cometió falta grave al operar en el hospital estando con descanso médico? Se le preguntó al galeno, quien contradiciendo sus declaraciones de marzo pasado señaló que no.

 

“No está estipulado como una falta grave dentro de los estamentos de SERVIR, es una falta que amerita una amonestación escrita o verbal, pero de ahí al hecho de simple o llanamente sancionarme… Primero pidieron 90 días y después ejecutaron una sanción de 21, lo que de por sí es una distorsión administrativa”, manifestó, reconociendo que la medida fue confirmada por el Tribunal del Servicio Civil, aunque – según afirma – el pronunciamiento lo realizó una sala que no era competente.

 

Por otro lado, Juan Rodríguez negó también tener un proceso judicial pendiente contra EsSalud, pese a que como ha explicado y oportunamente informó Expresión, este recurrió al Poder Judicial con el objetivo de anular la sanción de 21 días que se impuso por incurrir en falta grave. Explicó que el proceso se ha iniciado “contra los que resulten responsables”; es decir, los integrantes de la Comisión de Procedimientos Administrativo Disciplinario de EsSalud.

 

SEGUNDA SANCIÓN

Recientemente Rodríguez Terrones fue nuevamente sancionado, esta vez tras la queja formulada por una paciente que denunció haber recibido la propuesta de ser intervenida quirúrgicamente de manera particular por el médico mientras se encontraba en el servicio de Emergencia. La decisión de la Oficina de Recursos Humanos de la Red Asistencial Lambayeque fue amonestar al cirujano porque además, para ejercer su defensa, accedió de manera indebida a la historia clínica de la paciente exponiendo información contenida en esta, básicamente que por ser paciente psiquiátrica su denuncia carecía de validez.

 

Rodríguez Terrones también niega el hecho, precisando que al ser médico del Hospital Almanzor Aguinaga tiene acceso a las historias clínicas. “Tengo acceso porque fui médico tratante de esa paciente, nada me impide ni me limita a eso. Lo que están haciendo es uso de una persona que tiene ciertas limitaciones para beneficio de personas e intereses personalizados. Nada de lo que están argumentando en esa amonestación que me imponen está trasgrediendo las normas institucionales, no se ha cometido ningún dolo, ninguna falta, simplemente fue una pregunta al aire libre”, afirmó.

 

Dijo que la decisión de la Oficina de Recursos Humanos, que para este caso se configura en la última instancia, se encuentra en apelación.

 

¿En caso la apelación le fuera negada, también iniciaría una acción legal?

 

“Te amonestan y sancionan administrativamente cuando cometes una falta a la institución. En este caso me quieren coaccionar en base a un hecho que solamente una persona puede ratificar y eso no es una falta en ningún lado. Que quieran otros intereses personalizados cuestionarme o difamarme ante los diferentes medios es lo que no voy a aceptar nunca”, manifestó.

 

PEDIDO DE DESTITUCIÓN

Rodríguez Terrones se refirió también al pedido de destitución realizado la semana pasada por el Cuerpo Médico del Hospital Almanzor Aguinaga, señalando que fue aprobado por solo 30 integrantes y que carece de representatividad.

 

Lo cierto es que 32 médicos del nosocomio solicitaron la realización de una asamblea extraordinaria al Cuerpo Médico, superando el mínimo requerido en el estatuto, poniendo en agenda un pronunciamiento del gremio frente a los cambios dispuestos por Juan Rodríguez como gerente de la Red Asistencial Lambayeque en los servicios del hospital, removiendo a médicos especialistas que habían ganado los puestos por concurso y que se encontraban amparados por directivas de EsSalud, que señalan expresamente que las jefaturas deben mantenerse hasta la realización de un nuevo concurso.

 

“No hay nada irregular. Se ha hecho una evaluación correspondiente, se ha hecho el sustento a la sede central y esta ha autorizado los cambios que se han realizado. Una directiva firmada en diciembre del 2017 dice textualmente que: ‘Todo cargo que haya sido asignado por concurso jefatural y que sea necesario ser removido debe realizarse con una evaluación, sustento técnico y denuncias correspondientes para que ante la Oficina de Gestión de las Personas se haga efectivo’ y eso es lo que se ha hecho”, aseveró.

 

Añadió que las jefaturas concursadas fueron por tres años y que el período concluyó en el 2016. “Sindicalmente los han querido avalar (a los jefes destituidos) a través de diferentes prórrogas, pero en cada una de estas prórrogas hay pasos que deben seguirse. Si el gestor no está haciendo una buena labor tiene que ser removido y para eso debe ser evaluado. El cambio no lo hago directamente yo, sino a través del nivel central”, sostuvo.

 

Uno de los argumentos esgrimidos, por ejemplo, para la realización de los cambios de jefaturas es el embalsamiento de citas o procedimientos no atendidos en el área de Imagenología. Sin embargo, en el caso del Almanzor Aguinaga equipos como el tomógrafo estuvieron malogrados más de seis meses.

 

Rodríguez Terrones descartó que los nuevos jefes de servicio sean personas de su entorno o sus compañeros de promoción. También se negó a responder si tiene vínculos con el congresista Clemente Flores Vílchez y si su tío, el actual presidente del Poder Judicial, Durbelí Rodríguez Tineo, tuvo alguna influencia en su designación.

 

“El Cuerpo Médico tiene la potestad de pedir mi cambio. Somos más de 240 médicos, solamente estuvieron presentes 30 en esa asamblea y es algo que no tiene mucha relevancia, sobre todo desde el punto de vista sindical. Yo soy parte del Cuerpo Médico y sé cómo se mueven esas cosas. Acá hay otros intereses de por medio”, señaló.

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EN LO QUE VA DEL AÑO: MUNICIPIO DE NUEVA ARICA LIDERA EJECUCIÓN DE GASTO PRESUPUESTAL

Escribe: Semanario Expresión
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Faltan seis meses para que acabe el 2018 y este es hasta el momento el avance de la ejecución presupuestal que presentan las instituciones regionales y las 38 municipalidades de Lambayeque, indicador que evidencia la capacidad de los gobiernos, cuyas autoridades ya no tienen posibilidad de reelección inmediata.

 

ENTIDADES REGIONALES

Para el 2018, el Gobierno Regional de Lambayeque, en general, tiene asignada la transferencia de mil 248 millones 954 mil 931 soles, de los cuales ha ejecutado hasta el momento el 42.3 %, equivalente a 528 millones 201 mil 438 soles. Este presupuesto suma lo que cada una de las 14 unidades ejecutoras que dependen del gobierno de Lambayeque recibirá hasta diciembre próximo.

 

De las unidades ejecutoras con mayor ejecución presupuestal hasta el momento destacan el Proyecto Especial Olmos Tinajones – PEOT, con el 72.2 % de los 94 millones dos mil 940 soles asignados para este año, seguido del Colegio Militar Elías Aguirre, que gastó hasta el 18 de junio tres millones 399 mil 401 soles, lo que representa el 58.1 % de los seis millones 69 mil 159 soles presupuestados. Los montos corresponden al Presupuesto Institucional Modificado – PIM.

 

La Unidad de Gestión Educativa Local – UGEL de Ferreñafe ha gastado el 52.2 % de los 66 millones 389 mil 458 soles asignados; le sigue la UGEL Lambayeque, que con un presupuesto anual de 146 millones 587 mil 786 soles ha ejecutado el 50.5 %, en tanto la UGEL Chiclayo va gastando el 49.7 % de los 317 millones 130 mil 667 asignados.

 

A estas le siguen la Autoridad Portuaria Regional – APR con la ejecución del 48.7 % del PIM 2018, que asciende a un millón 111 mil 679 soles; el Hospital Belén de Lambayeque, que para este año administra 23 millones 245 mil 303; la Gerencia Regional de Agricultura (42.6 % de 31 millones 674 mil 994 de presupuesto anual) y el Hospital Docente Las Mercedes (38.5 % de los 60 millones 572 mil 707 asignados).

 

Más abajo están el Hospital Regional con la ejecución del 37.2 % de los 92 millones 579 mil 224 soles de presupuesto anual; la Gerencia Regional de Salud (35.5 % de 153 millones 650 mil 765 soles), la Gerencia Regional de Educación (34.5 % de 19 millones 69 mil 75 soles), la Sede Central del Gobierno Regional de Lambayeque (20.4 % de 2015 millones 96 mil 479 soles) y la Gerencia Regional de Transportes (13.3 % de 21 millones 774 mil 695 soles).

 

PROVINCIA DE CHICLAYO

Entre enero y el 18 de junio, la Municipalidad Provincial de Chiclayo ha ejecutado el 39.4 % de los 139 millones 92 mil 857 soles asignados; es decir, 54 millones 800 mil 780 soles.

 

La información económica de los distritos de la provincia, de acuerdo al Portal de Transparencia del Ministerio de Economía y Finanzas – MEF, es la siguiente: En Chongoyape la comuna ha ejecutado el 50.4 % de los 13 millones 305.763 considerados en su Presupuesto Institucional Modificado – PIM; el municipio de Ciudad Eten gastó el 35.1 % de los nueve millones 218 mil 912 soles asignados y el de Puerto Eten el 41 % del millón 554 mil 624 soles presupuestados.

 

José Leonardo Ortiz va gastando el 36.7 % de su presupuesto anual, que para este año asciende a 33 millones 678 mil 186 soles; La Victoria el 28.3 % de los 38 millones 610 mil 631 asignados; Lagunas el 68.7 % de los 28 millones 874 mil 243 que deberá recibir hasta fin de año y Monsefú el 55 % de los 26 millones 699 mil 354 soles que recibirá en total.

 

El distrito con mayor ejecución presupuestal en la provincia es Nueva Arica, al haber ejecutado el 81.1 % de los siete millones 802 mil 600 soles asignados; Oyotún gastó el 46.7 % de los cuatro millones cuatro mil soles presupuestados; Picsi el 18.8 % de los 11 millones 949 mil 519 dados por el gobierno nacional y Pimentel el 38.6 % de los 14 millones 581 mil 863 soles del PIM.

 

Reque ha ejecutado el 14.5 % de los 23 millones es 108 mil 431 soles de presupuesto anual, Santa Rosa el 59.8 % de los seis millones 338 mil 592 soles y Zaña el 40.4 de los dos millones 986 mil 392 soles presupuestados.

 

Para este año, Cayaltí tiene presupuestados cuatro millones 132 mil 996 soles, Pátapo 15 millones 137 mil 906, Pomalca 21 millones 745 mil 571, Pucalá dos millones 209 mil 242 y Tumán cuatro millones 948 mil 12. En estos municipios el gasto hasta el momento es del 45.3, 51.1, 16.5, 35.9 y 51.4 %, respectivamente.

 

PROVINCIA DE LAMBAYEQUE

El gasto municipal en la provincia de Lambayeque lo lidera la comuna de Chóchope, con el 48.7 % de del millón 127 mil 472 soles de presupuesto asignado. Le siguen los municipios de Túcume con el 46.8 % del presupuesto anual que asciende a diez millones 576 mil 159 soles; Íllimo, con el 40.2 % de los tres millones 384 mil 936 soles que recibirá en total y Salas con el 39.8 % de los cuatro millones 493 mil 450 soles asignados.

 

La ejecución presupuestal en los demás municipios de la vecina provincia es la siguiente: Lambayeque 25.4 % de 60 millones 401 mil 594 soles; Jayanca 36.4 % de diez millones 966 mil 847 soles; Mochumí 29.3 % de 13 millones 814 mil 402; Mórrope 26.1 % de 28 millones 179 mil 456; Motupe 35.1 % de ocho millones 485 mil 22; Olmos 30.1 % de 29 millones 298 mil 887; Pacora 35.6 % de siete millones 601 mil 111 y San José 34.3 % de tres millones 771 mil 124 soles.

 

PROVINCIA DE FERREÑAFE

La Municipalidad Provincial de Ferreñafe ha gastado el 39.7 % de los 16 millones 415 mil 284 soles presupuestados para este año; la comuna de Cañaris el 34.1 % de los 13 millones 998 mil 250 que deberá recibir del gobierno nacional y la de Incahuasi el 32.5 % de los seis millones 808 mil 918 que administrará en el 2018.

 

Otros municipios como el de Manuel Antonio Mesones Muro el 43.4 % de los dos millones 541 mil 553 soles presupuestados, Pítipo el 49.5 % de los 22 millones 220 mil 203 asignados y el de Pueblo Nuevo el 36.7 % de los tres millones 743 mil 983 de su presupuesto anual.

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EN CASO “LOS LIMPIOS DE LA CORRUPCIÓN”: REPARACIÓN CIVIL FIJADA A COLABORADORES EFICACES ESTÁ POR DEBAJO DEL PERJUICIO ECONÓMICO CAUSADO

Escribe: Semanario Expresión
Edición N° 1068

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Expresión tuvo acceso a documentos que demostrarían que en el caso “Limpios de la corrupción”, no se estaría aplicando adecuadamente la legislación vigente en materia de reparaciones civiles. Como ejemplo está la reparación civil impuesta al colaborador eficaz 17-2015 y al sentenciado exfuncionario de EPSEL José Baca Távara, por el delito de colusión agravada, en el proceso desacumulado del caso “Industrias TRIVECA S.A.C.”.

 

Jorge Ramírez Ramírez, Procurador Ad Hoc del caso “Lava Jato”, en una entrevista brindada al diario La República, publicada el 31 de enero de este año, respecto de la reparación civil fijada a la empresa Odebrecht por los delitos de corrupción cometidos en el Perú, señaló que la Procuraduría está aplicando la legislación civil nacional, “…que establece dos tipos de daños: el daño patrimonial y el extrapatrimonial. En el caso del daño patrimonial se trata de montos cuantificados por la Contraloría General de la República…”, mientras que, el extrapatrimonial considera “…el daño a la imagen y al prestigio institucional y el daño social, porque aquí lo que tenemos que buscar es recuperar la confianza en la sociedad, y el que va establecer el monto final será un juez…”.

 

Agrega, que la responsabilidad es solidaria con las consorciadas y las personas naturales que están implicadas. Ramírez Ramírez se pregunta: “¿Cuál es el mensaje que quiere dar Odebrecht pretendiendo pagar lo que quieren pagar? Pues, que la corrupción sale barata: vienes, corrompes, te enriqueces ilegalmente, das información y entras a una negociación. Y esto no puede ser así”.

 

SENTENCIA A BACA TÁVARA

Mediante Resolución N° 3, del 19 de septiembre del 2017, el Primer Juzgado Penal Unipersonal de Chiclayo emitió sentencia condenatoria contra José Baca Távara, quien participó como gerente general de EPSEL desde el 13 de enero del 2014 hasta el 23 de junio de ese año, por haberse - en opinión del Ministerio Público - coludido con Segundo Vera Cóndor, representante legal de Industrias TRIVECA S.A.C., para defraudar patrimonialmente a la empresa de saneamiento, al emitir la Resolución de Gerencial General N° 026-2014-EPSEL-SA/GG, que concedía un segundo plazo ampliatorio al Contrato N° 130-2013 para la adquisición e instalación de 20 mil medidores sin justificación válida alguna, dejando de aplicar penalidades por la suma de 416 mil 57.58, que por mandato legal estaba establecido.

 

En ese sentido, el Ministerio Público solicitó la suma de 624 mil 86.37 soles, los cuales comprendían la suma 416 mil 57.58, que corresponden a la penalidad no cobrada, y sabiendo que la reparación civil comprende la restitución más la indemnización que habría ocasionado el ilícito penal, la indemnización de 208 mil 28.79 soles, que comprende el 50 % del perjuicio ocasionado, teniendo en claro la pretensión de la doctrina concerniente a los criterios del objeto protegido, la buena imagen y la reputación en la administración pública, así como la afectación a la confianza institucional.

 

La titular del Primer Juzgado Especializado Penal de Chiclayo, falló condenando a José Baca Távara como Autor del delito contra la administración pública en su figura de colusión agravada, fijando por concepto de reparación civil la suma de 624 mil 86.37 soles.

 

Luego de formulada la apelación correspondiente por parte de Baca Távara, la Segunda Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, resolvió por unanimidad confirmar la sentencia del 19 de septiembre del 2017, en el extremo que condena al acusado en calidad de autor del delito de colusión agravada, fijando por concepto de reparación civil, la suma de 624 mil 86.37 soles que deberá pagar a favor de la parte agraviada.

 

SENTENCIA A COLABORADOR EFICAZ

Con Resolución N° 3, del 27 de octubre del 2016, el Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo resolvió aprobar el Acuerdo Provisional sobre Beneficios por Colaboración Eficaz formulado por el representante de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Chiclayo respecto de la información proporcionada por el colaborador identificado con Código de Reserva de Identidad N° 17-2015, señalando, entre otras cosas, en el control de legalidad del beneficio y la pena que el Colaborador Eficaz 17-2015 se concertó con el imputado José Baca Távara “…respecto a la ampliación del plazo otorgado a la empresa Industrias TRIVECA S.A.C., quien sin sustento justificatorio habría generado dejar de aplicar la penalidad por la suma de 416 mil 57.58 soles”, estableciendo por el delito de colusión agravada, como reparación civil, la suma de 145 mil soles, estando conforme el actor civil…”.

 

En otras palabras, por los mismos hechos (ampliación de plazo contractual sin sustento justificatorio) y el mismo delito (colusión agravada), al colaborador con Código de Reserva 17-2015 se le impuso una reparación civil (145 mil soles) que ni siquiera alcanza el 25 % del monto establecido para el exfuncionario de EPSEL S.A.

 

Industrias TRIVECA S.A.C. dejó de pagar una penalidad ascendente a 416 mil 57.58 soles debido al incumplimiento del plazo establecido en el Contrato N° 130-2013-EPSEL S.A./GG para la adquisición e instalación de 20 mil medidores, meta del Plan Maestro Optimizado de EPSEL S.A. ¿Qué acciones ha implementado el Ministerio Público para sancionar a la referida empresa? ¿Se le ha denunciado ante el Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado - OSCE? Hasta donde se sabe, no.

 

¿QUIÉN ES INDUSTRIAS TRIVECA S.A.C.?

Industrias TRIVECA S.A.C. es una empresa peruana con domicilio real en la ciudad de Lima, que tiene como representantes legales a Segundo Vera Cóndor y a Hernán Fabricio y Marco Yván Vera Aragón (hijos de Vera Cóndor), que, de acuerdo a información recogida del portal de la SUNAT, inició actividades en 1987, aunque recién se inscribió ante la Administración Tributaria el 9 de marzo de 1993.

 

Según el portal del OSCE, Industrias TRIVECA S.A.C. empezó a negociar con el Estado a partir del 2004, habiendo desde esa fecha ganado la buena pro en nada menos que 485 procesos de selección a nivel nacional, facturando a entidades del sector público la suma de 176 millones 786 mil 442.86 soles, siendo su principal cliente la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento GRAU S.A., a la que le facturó 78 millones 687 mil 661.92  soles, producto de haber ganado la buena pro en 75 procesos de selección.

 

PARTICIPACIÓN DE LOS PROCURADORES

El 20 de abril del año pasado la congresista Rosa María Bartra Barriga presentó ante la Oficina de Trámite Documentario del Congreso de la República el Proyecto de Ley N° 1272; “Ley que fortalece la participación de los Procuradores Públicos en los procesos por delitos de corrupción y optimiza el proceso de colaboración eficaz”, señalando en la exposición de motivos que “…es necesario que el Procurador Público participe activamente en el procedimiento de colaboración eficaz, lo cual debe suscitarse desde la etapa de verificación y/o corroboración, que permitirá al Procurador Público tener acceso a los actuados con la finalidad de conocer la naturaleza del daño causado por el hecho punible materia de colaboración y pueda cuantificar el monto de la reparación civil a favor del Estado…”.

 

Asimismo, refiere que “…resulta necesario que el plazo para que el solicitante brinde la información para someterse al proceso de Colaboración Eficaz sea como máximo de veinte (20) días, contados a partir de la fecha en que se presenta la solicitud. Consideramos que este plazo es razonable, debido a que permitirá al aspirante a colaborador eficaz el tiempo suficiente para otorgar la información y documentación necesaria para que la misma sea corroborada en su debida oportunidad…No es aceptable que no exista un plazo establecido para que el aspirante a colaborador eficaz proporcione la información, como lo podemos ver hoy en día. Siendo así que apreciamos con mucha preocupación como el Ministerio Público en la actualidad viene avanzando al ritmo del colaborador eficaz, que en muchos casos dosifica la información proporcionada de acuerdo a sus propios fines que son ajenos al esclarecimiento de los hechos y a la colaboración con la justicia…”.

 

OTROS CASOS PREOCUPANTES

En el caso en cuestión de “Los Limpios de la Corrupción”, llama la atención que el fiscal a cargo, Sergio Zapata Orozco, haya permitido que el ex gerente de Infraestructura de la Municipalidad Provincial de Chiclayo y aspirante a colaborador eficaz, Carlos Mendoza Oliden, directamente vinculado a los delitos por lo que se investiga a la supuesta organización criminal, haya recibido un trato privilegiado, llevando el proceso en libertad e incluso se le haya aceptado la devolución de un monto irrisorio por concepto de “resarcimiento” en comparación con el daño causado. Mendoza Oliden ahora se encuentra en calidad de prófugo.

 

Similar situación se vendría dando en el caso de Percy Quesquén Díaz, a quien el mismo fiscal Zapata Orozco, archivó una denuncia realizada por este Expresión, sobre el caso de Transportes Línea, y ahora, según versiones de la propia fiscalía, sería uno de los aspirantes a colaborador eficaz en la Carpeta Fiscal 2447-2014, por lo que actualmente goza de libertad.

 

Es importante entonces la activa participación de los Procuradores Públicos que, conforme lo establece el numeral 22.1 del artículo 22 del Decreto Legislativo Nº 1068 los Procuradores Públicos tienen como función representar y defender jurídicamente al Estado en los temas que conciernen a la entidad de la cual dependen administrativamente o en aquellos procesos que por su especialidad asuman y los que de manera específica les asigne el Presidente del Consejo de Defensa Jurídica del Estado.

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