up

CONSULTORA NORTE BROKER DE SEGUROS: ES UNA ALTERNATIVA DE ALTO NIVEL TÉCNICO PARA PREVENIR RIESGOS

Escribe: Semanario Expresión
Edición N° 1114

  comentarios   

Consultora Norte es una empresa heredera de una importante trayectoria y tiene más de 40 años en el mercado. Su fundador, Pablo Fernández Díaz, actual asesor corredor en el campo de seguros ha logrado destacados resultados de gestión y asesoría que han permitido fidelizar como sus clientes a las más grandes empresas del mercado.

 

Para Consultora Norte, la experiencia y el trabajo en equipo son dos pilares básicos. Por ello, trabajan con profesionales serios, de alto nivel técnico y moral que acreditan una contribución efectiva en el desarrollo del ámbito familiar, empresarial e institucional.

 

RECONOCIMIENTOS

En el 2009, Consultora Norte fue ganadora del ‘Premio Empresa Peruana’ y en el 2010 del premio ‘Calidad, imagen y prestigio empresarial’.

 

SERVICIOS

De acuerdo con Pablo Fernández Díaz, gerente general, como corredores de seguros la empresa brinda sus servicios en: gestión de riesgos, diseño de programas de seguros y gestión de siniestros.

En el primer ámbito, Consultora Norte ofrece soluciones prácticas y rentables para identificar y evaluar los riesgos que amenazan la propiedad y operación del cliente. Sus inspecciones de riesgos garantizan el sustento específico y técnico para realizar una correcta suscripción de seguros. Además, ayudan a sus clientes a transferir los riesgos que no se pueden controlar, brindando recomendaciones de protección del patrimonio a través de oportunidades de mejora continua.

En el segundo aspecto, sus acciones se abocan en elaborar programas de seguros exclusivos y a la medida de las necesidades de cada institución apoyados en los resultados obtenidos de la gestión de riesgos, garantizando así que todos los riesgos se encuentren debidamente respaldados.

Finalmente, en cuanto a la gestión de siniestros brindan un servicio propio, efectivo y eficiente, centrado en la gestión proactiva de los expedientes, la excelencia técnica y el pago puntual de las indemnizaciones.

“Sabemos que cada siniestro es único, por ello ofrecemos soluciones flexibles y personalizadas, trabajando en estrecha colaboración con nuestros clientes para garantizar que los siniestros se gestionen rápida y eficazmente, minimizando así la posibilidad de rechazo o reducción de la expectativa de indemnización ante algún siniestro”, dice.

Añade que los seguros pueden ser personales o empresariales. Si es personal, brindan seguros oncológicos, vehiculares, para el hogar y los bienes, asistencia de viajes, SOAT y otros. Si es empresarial, para trabajadores, patrimonio, riesgo de ingeniería, transporte, agrícola y otros.

 

HISTORIA

La historia de Consultora Norte se inicia hace 40 años, cuando Pablo Fernández Díaz se inicia como asesor de seguros de vida en el año 1976 y luego como inspector de zona de la compañía de seguros Sud América y la posterior autorización otorgada por la SBS para laborar como asesor profesional de seguros.

“Desde el inicio de mi labor traté de marcar la diferencia haciendo un estricto análisis de riesgos a cada uno de los clientes a fin de minimizarlos y transferir a las compañías aseguradoras los que realmente son necesarios. De esta manera se podía lograr los máximos beneficios con los mínimos costos posibles”, refiere.

Después de cinco años de experiencia, Pablo Fernández funda el bróker de seguros denominado ‘Naylamp Productores De Seguros SRL’ para participar en las licitaciones de seguros del Estado y las cooperativas agroindustriales de la región. Para ello fueron asesorados con el mejor técnico profesional del país en ese entonces: el ingeniero Walter Ruiz García, con quien decidió hacer una reingeniería de riesgos y mejorar las condiciones y coberturas de sus pólizas, además afinar la atención de siniestros.

“Inicialmente, los brókeres de Lima se creían los dueños del mercado y del conocimiento en seguros, por tanto no podíamos asesorar a importantes clientes, pero nuestra decisión, sueños y metas ya estaban trazadas”, detalla.

Añade que se llevaron una gran sorpresa cuando culminaron la reingeniería y el nuevo diseño de las pólizas. Por ejemplo, el nuevo costo de sus seguros solamente ascendía al 55 % de lo que pagaban en años anteriores, así que el sustento fue contundente y la aceptación de la asesoría de manera inmediata.

“Nuestro primer cliente corporativo fueron las Empresas Agroindustriales Pomalca, Pucalá y Cayaltí. Cabe mencionar que nos habíamos ganado la confianza y el aprecio de los gerentes, directivos y funcionarios de las agroindustriales por el buen servicio prestado. Incluso nos percatábamos antes que ellos de la ocurrencia de algunos siniestros por las visitas inter diarias que hacíamos en las fábricas y los campos de cultivos”, narra.

Luego, en el año el 2008 se formó como tal Consultora Norte para darle el realce justo y necesario a la labor de asesoría que venían realizando como asesores de seguros.

“Somos conscientes de que nuestro equipo de trabajo debe estar debidamente preparado para asumir este importante reto, por lo que es política de nuestra empresa actualizarnos permanentemente, pues ello nos permite mantenernos en condiciones altamente competitivas en un mundo globalizado”, finaliza.

Leer más


EN CINCO MESES DE GESTIÓN: MPCH NO HA EJECUTADO NI UN SOL EN OBRAS

Escribe: Semanario Expresión
Edición N° 1114

  comentarios   

  • Tiene presupuestados cuatro proyectos de agua y desagüe y hasta el momento no ha empezado ni uno.

 

Para este año, la Municipalidad Provincial de Chiclayo – MPCH, tiene asignado un Presupuesto Institucional Modificado – PIM, ascendente a 130 millones 112 mil 696 soles, de los cuales ha ejecutado hasta el momento el 20.5 %. Del monto total, 52 millones 491 mil 120 soles están destinados a la ejecución de proyectos.

 

De acuerdo al Portal de Transparencia del Ministerio de Economía y Finanzas – MEF, la inversión en obras por la gestión del alcalde Marcos Gasco Arrobas, entre enero y el 22 de mayo, es nula.

Por ejemplo, no se ha gastado nada de lo referido a “Estudios de pre inversión” (140 mil soles) y tampoco en el “Mejoramiento de sistemas de abastecimiento de agua potable y desagüe” (cinco millones 764 mil 687 soles).

 

OBRAS 2019

En el presupuesto de este año, la comuna de Chiclayo tiene consignados 20 proyectos. Estos son:

“Rehabilitación de la avenida Víctor Andrés Belaunde, entre las avenidas Zarumilla y El Progreso”, valorizada en 30 mil 104 soles; “Rehabilitación de la calle Hipólito Unánue, entre la Avenida Fitzcarrald y la calle Francisco Cabrera”, por 176 mil 855 soles, así como la “Rehabilitación de la Avenida Los Tréboles, desde la Avenida Leguía hasta la Panamericana Norte”, con una inversión de 803 mil 81 soles. Ninguna de estas obras se ha iniciado.

Ese también es el caso de la “Rehabilitación de la Avenida Francisco Cúneo, entre la Panamericana Norte y la calle Bernardo Alcedo”, por 11 mil 39 soles; la “Rehabilitación de la Avenida Paseo del Deporte, entre la Avenida Zarumilla y la calle El Virrey”, por 88 mil 675 soles, y la “Rehabilitación de la Avenida Santa Rosa, desde la Avenida Pacasmayo hasta la Avenida Colectora, por 485 mil 745 soles.

Están pendientes de iniciarse trabajos de mejora de las calles: Leoncio Prado (106 mil 968 soles), Bolívar (268 mil 711), Loreto (16 mil 825), Oriente (298 mil 543), Juan Buendía (cinco mil 45), Juan Manuel Iturregui (29 mil 514) y Tumbes (488 mil 141), y las avenidas José Quiñones (cinco mil 287), Independencia (676 mil 669) y José Eufemio Lora y Lora (un millón 116 mil 336).

 

OBRAS EN EL LIMBO

La municipalidad de Chiclayo, según el Ministerio de Economía y Finanzas, tiene otro listado de obras, que teniendo código de inversión y presupuesto asignado, se mantienen sin ningún tipo de ejecución.

Este es el caso de la “Construcción del Parque Luis Heysen Incháustegui”, la “Instalación de redes de agua potable y alcantarillado con conexiones domiciliarias del pueblo joven Santa Teresita”, el “Mejoramiento de la transitabilidad vehicular y peatonal en las calles Rufino Echenique, Manuel Polo Jiménez, Pedro Diez Canseco y Avenida El Progreso – Urbanización Remigio Silva”, y el “Mejoramiento de la transitabilidad vehicular y peatonal en las calles Prolongación Garcilaso de la Vega, Talara, Oyotún, Los Rosales, Divino Maestro, El Muelle, Tulipanes, Pasaje San Basilio y Juan Aragón de la Urbanización Santa Ángela”. Esta última obra quedó con una avance del 94 % hasta el año pasado.

También está pendiente el “Mejoramiento del servicio en el mini complejo deportivo Enrique López Albújar”, el “Mejoramiento del pavimento en las vías de la Urbanización Campodónico y la Urbanización San Martín”, el “Mejoramiento de pavimento y veredas en las calles Polonia y Teatro de la Urbanización Las Brisas”, así como el “Mejoramiento de la transitabilidad vehicular en las calles Universidad de la Cantuta, Universidad de Chiclayo, Universidad San Cristóbal y Pasaje Universidad Nacional de Ingeniería del pueblo joven Cerropón”.

En la lista figuran obras en las calles de la Urbanización Los Robles (dos millones 80 mil 481 soles), la renovación de las redes de agua potable y alcantarillado de la Urbanización Santa Ángela (un millón 103 mil 575 soles), el mejoramiento del Parque Cruz del Perdón por 457 mil 683 soles y de cuatro calles en 9 de Octubre presupuestadas en un millón 82 mil 853 soles.

 

AVANCES MÍNIMOS

Pese a tener presupuestos asignados desde el 2018, faltan ejecutar las obras: “Ampliación y mejoramiento de la infraestructura educativa de la Institución Inicial N° 004 Angelitos de María, del pueblo joven Muro”, presupuestada en 442 mil 219 soles, donde hasta diciembre pasado se gastó solo el 1 %; la “Construcción de pavimento y veredas en el pueblo joven César Vallejo”, con una partida total de seis millones 833 mil 45 soles, que llegó a fines del 2018 con el 11 % de avance, y el “Mejoramiento de redes de agua potable y alcantarillado con conexiones domiciliarias en la calle Arequipa, tramo entre la Avenida Prolongación 9 de Octubre y Prolongación Garcilaso de la Vega”, con 226 mil 239 soles de partida, que solo tiene el 2 % de ejecución presupuestal.

En la misma situación está el proyecto de pistas y veredas en la calle Sergio Bermejo Quiroga, entre las calles Karl Weiss y Garcilaso de la Vega, que tiene un presupuesto de un millón 271 mil 914 soles y un avance de solo el 2 % (diciembre 2018); pistas y veredas en la calle Cois, entre las avenidas José Balta y Raymondi, donde se ha gastado el 19 % de los tres millones 229 mil 924 soles asignados y el mejoramiento de la transitabilidad de la calle La Gruta, en el pueblo joven 9 de Octubre, con un presupuesto de dos millones 673 mil 409 soles. Hasta fines del año pasado solo se ejecutó el 1 % de los recursos.

El revestimiento del canal Pulen, entre las calles Piura y 9 de Octubre, con una partida de dos millones 80 mil 342 soles, quedó hasta diciembre con 42 % de avance, en tanto el mejoramiento de agua potable y alcantarillado de los pueblos jóvenes Tupac Amaru y Ampliación Tupac Amaru, con el financiamiento de dos millones 263 mil 151 soles, quedó en 12 %.

En los pueblos jóvenes San Antonio y Ampliación Antonio, donde debió renovarse el saneamiento básico con el presupuesto asignado ascendente a cuatro millones 118 mil 382 soles, el avance hasta diciembre pasado fue del 1 %, situación que se repite en la obra de agua y alcantarillado del pueblo joven San Sebastián, valorizada en un millón 236 mil 750 soles, y el mejoramiento del parque principal La Inmaculada de la Urbanización Las Brisas, por 788 mil 464 soles. También se tiene el caso de las calles 3 y Los Gorriones en el pueblo joven Adriano Baca Burga, donde el avance fue de 2 %.

En el pueblo joven La Ciudadela debió concluirse la obra de pistas y veredas presupuestada en dos millones 205 mil 36 soles. Sin embargo, el avance solo ha sido del 26 %.

Trabajos en diferentes calles del pueblo joven Jesús Nazareno, por 778 mil 483 soles, quedaron al 10 % de avance presupuestal, al 39 % obras en calles del pueblo joven 9 de Octubre y al 6 % el mejoramiento del Parque 15 de Septiembre de la urbanización del mismo nombre.

La obra de la calle Precursor Miranda, en 9 de Octubre, llegó al 7 % del gasto, ascendente a un millón 209 mil 166 soles; el mejoramiento del Parque Alipio Ponce, de la urbanización José Quiñones Gonzales, avanzó solo hasta el 16 % de los 515 mil 618 soles asignados, mientras que la obra de pistas y veredas en el pueblo joven Elías Aguirre, presupuestada en dos millones 280 mil 300 soles llegó al 3 % hasta diciembre pasado.

 

MÁS OBRAS

Pendientes de ejecución están los trabajos en el Parque Santa Catalina de la Urbanización Las Brisas (386 mil 422 soles), el mejoramiento de agua y alcantarillado de la UPIS Cruz del Perdón (380 mil 433), la rehabilitación del cerco perimétrico en la Institución Educativa Augusto Salazar Bondy (405 mil 595), el mejoramiento y ampliación de agua y desagüe en la Urbanización El Ingeniero I (dos millones 866 mil 94) y la rehabilitación de la Avenida Zarumilla (717 mil 51 soles).

Del mismo modo, la rehabilitación de la Avenida Chinchaysuyo, ascendente a 680 mil 218 soles; de la calle La Florida, en la Urbanización Santa Victoria, por 170 mil 351 soles; la rehabilitación del Óvalo Eloy Ureta, ascendente a 127 mil 217 soles y de la calle Tarapacá, con 183 mil 140 soles.

También el agua y alcantarillado en la UPIS Espiga de Oro por 231 mil 233 soles, de la Urbanización 3 de Octubre por 259 mil 208, de la Urbanización Los Mochicas por 648 mil 542 soles, de la Urbanización Santa Elena por 854 mil 671 soles, y la pavimentación de las calles 8 de Octubre y Manco Capac, ascendente a 822 mil 59 soles. Se suman las obras en el Parque La Madre de la Urbanización José Quiñones, de agua y desagüe de la Urbanización Villa El Salvador, pistas y veredas del pueblo joven José Olaya y mejoras en los parques del sector L en Cruz de la Esperanza y Señor de los Milagros de la UPIS del mismo nombre.

 

+ NOTICIAS

  • En el rubro de “Mejoramiento del sistema de agua potable”, la comuna debería ejecutar – según su presupuesto, obras en las urbanizaciones El Amauta, La Florida, Santa María y el pueblo joven Jorge Basadre.

Leer más


SE VULNERAN DERECHOS DE ADULTOS MAYORES: OCI CUESTIONA FUNCIONAMIENTO DE COMEDOR DE LA SBCH

Escribe: Semanario Expresión
Edición N° 1114

  comentarios   

La Sociedad de Beneficencia de Chiclayo va de tumbo en tumbo. En menos de un mes la gestión del alcalde Marcos Gasco Arrobas ha designado a tres presidentes del Directorio, uno de ellos duró 48 horas en el cargo, otro no cumplía el perfil y el tercero tendría un claro conflicto de intereses con la institución. En tanto, los fines de la beneficencia parecen ser lo menos importante. Contraloría ha señalado, por ejemplo, que uno de los comedores de la entidad no brinda atención adecuada a sus usuarios.

 

Esa es una de las conclusiones que se desprende del Informe de Orientación de Oficio N° 005-2019-OCI/0512-00, emitido por el Órgano de Control Institucional – OCI, de la beneficencia respecto al “Centro de Apoyo Alimentario Divino Niño Jesús”.

Los resultados de la intervención del organismo fiscalizador fueron puestos de conocimiento al flamante presidente de la Sociedad de Beneficencia de Chiclayo, Oswaldo Mendoza Otiniano, con el Oficio N° 000096-2019-SBCH/OCI, elevado el 20 de mayo por la jefa del OCI, Kelly Salazar Castañeda.

 

HALLAZGOS

El 13 de mayo, a las 12:30 del día, la Comisión de Control de la beneficencia realizó una visita in situ al Centro de Apoyo Alimentario “Divino Niño Jesús”, verificándose que la auxiliar de nutrición, Clotilde Peralta Urrutia, había modificado la programación del menú, siendo que para ese día la ración de almuerzo consistió en menestrón, arroz con ajiaco de arracacha con bisteck y un vaso de chicha morada, no obstante el almuerzo que se sirvió a los beneficiarios fue arroz con saltado de carne y un vaso de cebada, situación que fue motivo de queja por parte de los beneficiarios.

El cambio injustificado del menú iba en contra de la programación del menú para la semana del 13 al 17 de mayo efectuada por la nutricionista Paola Ruiz Uceda, subgerente de Asistencia Social de la Beneficencia de Chiclayo.

“Posteriormente se entrevistó a los beneficiarios del Centro de Apoyo Alimentario, todos ellos personas adultas mayores, quienes manifestaron que vienen recibiendo una inadecuada atención, toda vez que no se les hace entrega de las raciones de almuerzo completo; es decir, algunos beneficiarios no reciben fruta y otros reciben una porción pequeña de alimentos. Asimismo, indicaron haber sido víctimas de maltratos por parte de la auxiliar de nutrición, hechos que ya han sido puestos de conocimiento a los funcionarios de la entidad”, detalla el informe.

Según OCI, los beneficiarios indicaron que en muchas ocasiones no se les brindó el servicio alimentario debido a la inconcurrencia de la auxiliar de nutrición al centro alimentario, hecho que se corrobora con el Informe N° 092-2019-SBCH/OGA, del 7 de mayo, emitido por el contador público Juan Simón Barrera Espinoza.

“Nos dimos con la sorpresa que la señora Clotilde Peralta no había llegado a laborar y los beneficiarios habían pasado a retirarse sin haber recibido la atención diaria”, detalla el documento.

 

HORARIOS

Otro problema identificado respecto a dicho comedor es el horario. El centro no cuenta con un cartel informativo que señale cuál es el horario de atención a los beneficiarios, generando dificultades y confusión a los usuarios que diariamente acuden al programa social.

“De la visita in situ a los ambientes del Centro de Apoyo Alimentario de la Sociedad de Beneficencia de Chiclayo se advierte que no existe un cartel informativo que señale el horario de atención a los beneficiarios que acuden diariamente a recibir sus raciones de alimentos (almuerzos y/o desayunos)”, dice el documento.

Con relación a ello, los beneficiarios manifestaron que en ciertas ocasiones han acudido al Centro de Apoyo Alimentario después de la 1:00 de la tarde y no fueron atendidos con sus raciones de almuerzo, dado que la auxiliar de nutrición les comunica que el horario de atención es de 12:00 a 1:00.

No obstante y según el Informe N° 115-2019-SGAS-SBCH, de fecha 15 de mayo del 2019, la nutricionista Paola Ruiz Uceda, subgerente de Asistencia Social, señaló que el horario de atención se realiza desde las 12:00 hasta la 1:30 de la tarde y puede ser extendido hasta las 2:00.

 

MARCO NORMATIVO

En el mismo informe se reitera al presidente de la entidad que de acuerdo al Decreto Legislativo N° 1411, norma que regula la naturaleza jurídica, funciones, estructura orgánica y otras actividades de las sociedades de beneficencia, estas tienen finalidades de protección social.

El Artículo 2 de la referida norma señala que las sociedades de beneficencia “tiene por finalidad prestar servicios de protección social e interés público en su ámbito local provincial a las niñas, niños, adolescentes, mujeres, personas con discapacidad y personas adultas mayores que se encuentren en situación de riesgo”.

Del mismo modo, el artículo 16 refiere que “los servicios de protección social son aquellos que atienden de manera permanente las necesidades de la población vulnerable determinadas por el ente rector”. Uno de esos servicios sociales es el de servicio de apoyo alimentario.

A ello se suma lo indicado por la Ley N° 30490, Ley de la Persona Adulta Mayor, cuyo Artículo 27 indica que “El Estado, en sus tres niveles de gobierno, fomenta el buen trato a favor de la persona adulta mayor a través de acciones dirigidas a promover y proteger sus derechos fundamentales priorizando el respeto por su dignidad, independencia, autonomía, cuidado y no discriminación”.

También se entiende por buen trato hacia la persona adulta mayor la ausencia de violencia física y psicológica.

El Artículo 28 de la misma ley precisa que “se considera violencia contra la persona adulta mayor cualquier conducta única o repetida, sea por acción u omisión, que le cause daño de cualquier naturaleza o que vulnere el goce o ejercicio de sus derechos humanos y libertades fundamentales, independiente de que ocurra en una relación de confianza”.

OCI advierte que el cambio de menús por parte de la auxiliar de nutrición va en contra del Manuel de Perfil de Puesto, aprobado en noviembre del 2017, donde se señala expresamente que esta debe “ejecutar los menús de acuerdo a lo dispuesto por la nutricionista”.

“La inadecuada atención que brinda el Centro de Apoyo Alimentario Divino Niño Jesús ocasiona que los beneficiarios se ausenten del Servicio de Protección Social que ofrece la Sociedad de Beneficencia de Chiclayo y que no se cumpla con el resultado o logro de los objetivos del Programa Social”, afirma el informe de OCI.

Leer más


REMODELACIÓN CULMINÓ EN EL 2016: OBRA DEL COLEGIO JUAN MANUEL ITURREGUI NO HA SIDO ENTREGADA A LA UGEL LAMBAYEQUE

Escribe: Semanario Expresión
Edición N° 1114

  comentarios   

  • La inversión total fue de 42 millones de soles.
  • Institución educativa presenta filtraciones en los techos.

 

A pesar de haber sido recepcionada por el Programa Nacional de Infraestructura Educativa – PRONIED, en julio del 2016, justo antes que culmine el mandato del expresidente Ollanta Humala Tasso, la obra de remodelación del Colegio Emblemático Juan Manuel Iturregui no ha sido formalmente entregada a la Unidad de Gestión Educativa Local – UGEL Lambayeque.

 

El director del plantel, Alberto Polar Córdova, señala que PRONIED es el organismo encargado de contratar con las empresas constructoras, el cual debe recepcionar la obra para hacer la posterior entrega a la unidad de gestión educativa local correspondiente, la misma que debe emitir sus propias observaciones.

Sin embargo, Polar Córdova afirma que ni él en su calidad de director ni la UGEL Lambayeque han recepcionado esta obra de remodelación, cuya ejecución demoró seis años.

 

IDAS Y VENIDAS

Polar Córdova, quien asumió en el 2015 la dirección del colegio, cuenta que la remodelación de la institución comenzó en el 2010, estando el Consorcio Iturregui a cargo de la obra. Tras haber avanzado con la tercera parte de lo contemplado, hubo problemas con este grupo y se inició un arbitraje que hasta hoy no termina.

Mientras tanto, se realizó una nueva licitación para continuar con la remodelación, la cual la ganó el Consorcio Lambayeque. Sin embargo, nuevamente hubo problemas con este grupo constructor y se inició un otro arbitraje que, al igual que el primero, todavía sigue en curso.

Ya en el 2015, estando Alberto Polar en la dirección, se hicieron las gestiones para una tercera licitación, la cual ganó la empresa española Extraco S.A., la misma que se encargó de culminar la obra y darle los acabados a las dos primeras partes hechas por los consorcios anteriores.

Según Polar Córdova, la inversión final de la obra fue de 42 millones de soles.

 

IRREGULARIDADES

No obstante, apunta que hay por lo menos algunos hechos extraños que han suscitado desperfectos en la infraestructura. Por ejemplo, señala que los techos del colegio han sido construidos poniendo una loza de concreto de cinco centímetros y luego colocando ladrillos panderetas, cuando las construcciones contemplan lo inverso; es decir, que primero se pongan los ladrillos y luego el cemento.

“Esto ha ocasionado que con el pasar del tiempo y las diferentes lluvias que azotaron Lambayeque, todos los techos del colegio hayan sufrido filtraciones. Esto debe investigarse a fondo, porque el que hayamos encontrado este tipo de situaciones quiere decir que la empresa supervisora no hizo bien su labor. Y de ser así, PRONIED, que es el ente que contrató, debe ejecutar alguna sanción”, asevera.

 

ESCASOS RECURSOS

Por otro lado, manifiesta que, gracias a algunas gestiones, lograron que se asigne un presupuesto de 26 mil soles al colegio para el mantenimiento anual, pues antes recibían los 11 mil que le corresponde a toda institución educativa pública. Sin embargo, revela que ese monto solo alcanza para cubrir un 10 % de lo que demanda el colegio.

Apunta que una de las principales necesidades que tienen es personal de mantenimiento, toda vez que actualmente solo cuentan con siete para 80 aulas, cuando por ley un trabajador solamente puede limpiar ocho ambientes.

“Estoy hablando solo de las aulas, porque falta más personal todavía para los ambientes administrativos de primaria y secundaria, además de laboratorios, ambientes de cómputo, el polideportivo, la piscina que de por sí necesita personal especializado, y guardianes que increíblemente no tenemos en la nómina”, sostiene.

Añade que algunas cosas como el mobiliario suelen malograrse rápidamente por la cantidad de alumnado que hay. De igual forma, los baños también deben repararse constantemente.

 

PROBLEMAS CON LAS APAFAS

Por otro lado, comenta que desde el 2016 se acordó con la Asociación de Padres de Familia – APAFA, que sean estos quienes se encarguen de recibir donaciones para resolver la falta de personal que existe en el plantel.

Sin embargo, esta APAFA con la nueva que ingresó en el 2018 tuvo problemas por denuncias de malos manejos de los recursos, motivo por el cual, avalados en el Decreto Supremo Nº 028-2007, la dirección del colegio decidió que sea el mismo equipo directivo quien maneje las donaciones.  

“Que manejemos nosotros este dinero es mucho más transparente, porque si el director hace un mal uso de aunque sea un sol, la UGEL lo procesa y sanciona, pero si padre de familia no hacía un correcto uso, no pasaba nada”, explica.

 

Leer más


CONSORCIO GANADOR ESTàINTEGRADO POR EMPRESA CUESTIONADA: GERENCIA DE AGRICULTURA ADJUDICA OBRA A POSTOR QUE PRESENTÓ DOCUMENTACIÓN IRREGULAR

Escribe: Semanario Expresión
Edición N° 1114

  comentarios   

  • Comité no evaluó de manera correcta oferta presentada para la construcción del canal El Padre en Mochumí.

 

Luego de una serie de postergaciones que devienen desde noviembre del año pasado, la Gerencia Regional de Agricultura de Lambayeque logró, el 13 de mayo, adjudicar la buena pro para la ejecución de la obra “Mejoramiento del Canal de Riego El Padre del distrito de Mochumí”, recayendo la misma en el Consorcio Padre Fema, integrado por Corporación NEBUSI SAC, Vacons Ingenieros SRL y la cuestionada empresa de origen piurano Servicios Generales Viviana SRL. El postor resultó ganador ofertando un precio de cuatro millones 932 mil soles.

 

Expresión tuvo acceso a la oferta presentada por dicho consorcio, la cual fue sometida a una evaluación rigurosa realizada por nuestro equipo consultor en temas de contrataciones del Estado, evidenciándose ciertas irregularidades en la documentación que fue presentada para acreditar el equipamiento estratégico a ser utilizado en la ejecución de la obra, la experiencia requerida para el residente, así como las contrataciones que fueron incluidas en su oferta para demostrar experiencia en obras iguales y/o similares, las mismas que no se condicen con lo establecido en las bases integradas del procedimiento convocado.

 

MAQUINARIA AJENA

Así se tiene que el Consorcio El Padre Fema presentó para acreditar el equipamiento estratégico compromisos de venta y facturación que sustenta la propiedad de ciertas maquinarias, donde claramente se muestra que las mismas no cumplen con los aspectos técnicos requeridos para cada una de ellas, especialmente en lo que concierne a su potencia, en cuanto estas superan significativamente lo considerado en el expediente técnico, a pesar que las bases del proceso no consideraban la opción de presentar maquinaria con mayor potencia, incumpliendo de esta manera lo establecido en el expediente técnico del proyecto.

Asimismo, la integrante del consorcio Servicios Generales Viviana EIRL pretendió acreditar la propiedad de una excavadora hidráulica de orugas mediante la Factura Electrónica N° 0091, cuando dicho comprobante de pago consigna como adquiriente a la entidad financiera Scotianbank Perú SAA, incongruencia que no fue advertida al momento de la evaluación realizada por el Comité de Selección, lo que hubiera permitido la no admisión de la oferta presentada por el adjudicatario. 

 

EXPERIENCIA MENOR

En esa misma línea evaluativa, se evidencia una irregularidad trascendente que debería determinar la revocatoria de la buena pro otorgada al Consorcio El Padre Fema, en tanto a folios 11 de su oferta presentó la Carta Compromiso del Personal Clave suscrita por el ingeniero Víctor Guillermo Muro Rosado, quien se compromete a realizar las labores de Residente Obra, para lo cual, y a fin de acreditar los cuatro años requeridos como experiencia mínima, refiere en el Ítem 1 de la misma haber laborado como tal en la obra “Creación de la bocatoma y mejoramiento del canal de riego Paraje Carhuamarán – San Antonio de Leguía, distrito de Leonor Ordoñez – Jauja – Junín”, a cargo del Consorcio Huancani.

Muro Rosado consideró como fecha de inicio de sus labores el 16 de febrero del 2018, culminando supuestamente las mismas el 21 de diciembre 12 del 2018; es decir, por un período acumulado de 309 días, el cual aparentemente se corrobora con el Certificado de Trabajo emitido por el consorcio ejecutor obrante a folios 081 de la oferta del adjudicatario, donde se consigna el mismo período indicado en la Carta de Compromiso.

En este extremo, de acuerdo al análisis realizado sobre la acreditación de la mencionada experiencia, se evidencia mediante el contrato suscrito con la Municipalidad Distrital de Leonor Ordoñez para la ejecución de la obra mencionada, que este fue firmado recién el 8 de marzo del 2018; es decir, 22 días después de la fecha consignada como inicio de las labores del profesional, condición que siendo desde ya inconsistente e inexacta, genera una contradicción implícita que invalida la experiencia acreditada y, por ende, su experiencia no alcanza los cuatro años requeridos. En consecuencia, por contener información falsa y/o inexacta la oferta debió ser descalificada.

 

MONTO DE CONTRATACIÓN

Respecto a la acreditación de la experiencia en obras iguales y/o similares al objeto de la convocatoria, tipificadas textualmente en las bases del procedimiento, estas deberían alcanzar como mínimo un total equivalente a cuatro millones 947 mil 81 soles, todo ello producto de las contrataciones que debieron presentar los consorciados como tales, lo que no fue cumplido a cabalidad, ya que la empresa Vacons Ingenieros SRL integrante del consorcio, aportó una experiencia en consorcio que supera los 600 mil soles por la ejecución de una obra cuyo objeto no está considerado en las bases integradas como igual y/o similar. Se trata del contrato celebrado con la Municipalidad Distrital de Mochumí, cuyo objeto consistió en la ejecución de la obra denominada: “Instalación del Sistema de Drenaje Pluvial en el Área urbana  del Distrito de Mochumí”, antecedente que no debió ser considerado válido.

El monto que le corresponde al referido consorciado (Vacons Ingenieros SRL), al ser descontado del importe total acreditado, por el ejecutor del drenaje pluvial de Mochumí (cinco millones 475 mil 259.73 soles), da como resultado un monto inferior al requerido. En consecuencia, la oferta del Consorcio El Padre Fema debió ser descalificada.

Por otro lado, se tiene que la empresa Servicios Generales Viviana EIRL, integrante del Consorcio El Padre Fema, fue beneficiada en Piura con contratos por más de 96 millones de soles, todo ello para la descolmatación de canales y ríos y otras obras de la reconstrucción, manteniendo una serie de cuestionamientos respecto a la deficiente labor realizada. Según la Contraloría General de la República, inclusive se le habría cancelado montos importantes por trabajos no realizados.         

Leer más


ANTE REQUERIMIENTO DE LA OFICINA DE INTEGRIDAD: PROTEGEN A EX GERENTE DE ESSALUD LAMBAYEQUE

Escribe: Semanario Expresión
Edición N° 1114

  comentarios   

  • Jefe de Recursos Humanos no alcanzó información sobre sanciones contra Juan Rodríguez Terrones.

 

El abogado Yván Pérez Solf, jefe de Recursos Humanos de la Red Asistencial Lambayeque, habría incurrido en falta administrativa al incumplir con el requerimiento de la Oficina de Integridad de EsSalud de remitir información referida al exgerente de red, Juan Rodríguez Terrones, en virtud de lo que Expresión informó sobre este en mayo del año pasado.

 

El 1 de marzo la jefa de la Oficina de Integridad de EsSalud, Tatiana Mendieta Barrera, dirigió la Carta N° 0313-OFIN-PR-ESSALUD-2019, al jefe de la Oficina de Recursos Humanos de la Red Asistencial Lambayeque, Yván Pavel Pérez Solf, requiriéndole información teniendo como referencia el informe publicado por Expresión en la Edición 1062, del 10 al 17 de mayo del 2018, bajo el titular: “Sancionado otra vez: Flamante jefe de EsSalud en Lambayeque quiso cobrarle a asegurada para operarla”, relacionada al actuar del médico Juan Rodríguez Terrones.

 

El requerimiento realizado a Pérez Solf, quien precisamente fue designado por Rodríguez Terrones al frente de la Oficina de Recursos Humanos, se sustentó en el literal d) del Artículo 35-A del Texto Actualizado y Concordado del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Social de Salud – EsSalud, aprobado con Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 767-PE-ESSALUD-2015 y sus modificatorias, orientada a realizar “análisis e investigación para detectar posibles actos de corrupción”.

Mendieta Barrera le precisó al funcionario que de conformidad con lo dispuesto en el numeral 8.40 de la Directiva de Gerencia General N° 010-ESSALUD-2018 V.01, denominada “Procedimiento para la atención de denuncia por presuntos actos de corrupción en el Seguro Social de Salud – EsSalud y el otorgamiento de medidas de protección al denunciante”, los órganos de nivel central, general y desconcentrados de EsSalud “deben proporcionar en un plazo no mayor de tres días hábiles, bajo responsabilidad administrativa, la información solicitada por la Oficina de Integridad, así como brindar apoyo requerido para el desarrollo de su función”.

 

INCUMPLIMIENTO

Siendo así, Pérez Solf debió dar respuesta a la carta de Mendieta Barrera a más tardar el miércoles 6 de marzo. Sin embargo, no cumplió.

La Oficina de Integridad de EsSalud requería que este remita información documentada referente a: confirmar si en contra del servidor denunciado (Juan Rodríguez Terrones) se había iniciado alguna investigación o procedimiento administrativo disciplinario, o en todo caso si a la fecha registraba alguna sanción administrativa. Asimismo, indicar si a la fecha afrontaba algún proceso judicial o había interpuesto alguna demanda contra EsSalud ante el Poder Judicial y, finalmente, si a la fecha mantenía vínculo laboral o contractual con la Red Asistencial Lambayeque.

Expresión accedió a la Carta N° 0313 y de inmediato tomó contacto con la Oficina de Integridad, recibiendo la respuesta del abogado asignado por dicha dependencia de la Presidencia Ejecutiva de EsSalud para el caso, identificado como Cayetano Quispe, quien confirmó que hasta el momento el jefe de la Oficina de Recursos Humanos de la red no ha cumplido con remitir la información solicitada bajo responsabilidad administrativa.

Es más, el funcionario indicó que recientemente se ha enviado al despacho de Pérez Solf un documento reiterativo, ante la resistencia de este de informar a la Oficina de Integridad sobre los aspectos requeridos, pese a la obligatoriedad que existe conforme lo señala el Texto Actualizado y Concordado del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Social de Salud – EsSalud.

 

EL CASO DENUNCIADO

En la Edición 1062 de Expresión, publicada en mayo del año pasado,se dio cuenta de la sanción confirmada en la última instancia administrativa contra Juan Rodríguez Terrones, luego de acreditarse que propuso a una paciente de la seguridad social operarla de manera particular mientras era atendida en el Hospital Nacional Almanzor Aguinaga Asenjo y que accedió de manera irregular a su historia clínica para deslegitimar la queja que esta presentó en su contra. 

El hecho se remonta a marzo del 2016, cuando Yeri del Rocío La Rosa ingresó al servicio de Emergencia del Hospital Almanzor Aguinaga con un cuadro de cólicos de vesícula, siendo atendida en el Tópico de Cirugía por el médico Juan Rodríguez Terrones, quien – según su denuncia – intentó cobrarle tres mil 500 soles para operarla. La denuncia fue presentada por la paciente a través del Libro de Reclamaciones el 12 de abril del 2016.

Al día siguiente, la coordinadora de la Oficina de Atención al Asegurado, Zahyde Hernández Arellano, remitió al Carta N° 042 al entonces jefe del Servicio de Cirugía del Hospital Almanzor Aguinaga, Juan Otayza Hurtado, alcanzando el formato de la denuncia presentada por la paciente para que este solicite el descargo de Rodríguez Terrones y disponga las medidas correctivas implementadas.

Notificado del hecho, el 22 de abril del 2016 Rodríguez Terrones cursó una carta notarial a la paciente solicitándole su rectificación. En la misiva, el médico dio cuenta que la atendió de acuerdo a los protocolos médicos de EsSalud, indicándose administración de antibióticos por vía endovenosa y que formuló la interconsulta al servicio de Gastroenterología para Pancreatocolangiografía Retrógrada Endoscópica, útil para extraer los cálculos de la vía biliar sin tener que abrir la misma por cirugía abierta.

El 28 de abril la entonces gerente de la Red Asistencial Lambayeque, Rosa Pascual Albitres, remitió la Carta N° 1434 a Yeri del Rocío La Rosa precisando que lamentaba el “malentendido ocasionado” y que se estaban tomando medidas correctivas al respecto. En respuesta, el 10 de mayo la paciente se dirigió a la gerente de la red con un recurso de reconsideración, pidiendo que se inicie una investigación y, de haber lugar, se aplique la sanción disciplinaria correspondiente al médico Juan Rodríguez por la presunta falta ética.

 

PROCESO ADMINISTRATIVO

EsSalud procedió a iniciar el proceso administrativo contra Rodríguez Terrones. El médico fue notificado para que el 15 de febrero del 2018 exponga lo conveniente a su defensa a través de un informe oral, ya sea personalmente o mediante su abogado. Sin embargo, faltó a la diligencia y solicitó la reprogramación de la misma, siendo concedida mediante Carta N° 11 para el 22 de febrero. Empero, Rodríguez Terrones tampoco acudió y mucho menos presentó alegatos por escrito, levantándose las actas correspondientes.

Dada la naturaleza de los hechos, el Órgano Instructor del Procedimiento Administrativo Disciplinario - PAD estimó aplicar la amonestación escrita por cuanto resultaba razonable y proporcional.

Así, el 26 de febrero del año pasado, la jefatura del Servicio de Cirugía General, con Resolución N° 1, impuso la amonestación escrita al médico por haber vulnerado el numeral 2) del Artículo 6 del Código de Ética de la Función Pública, aprobado mediante la Ley N° 27815, concordante con el literal b) del numeral 5.1 del Código de Ética del Personal del Seguro Social de Salud – EsSalud, enmarcando su actuación con la falta administrativa disciplinaria establecida en el literal h) del Artículo 85 de la Ley del Servicio Civil – Ley N° 30057, en concordancia con el literal f) del Artículo 98.2 del Reglamento General de la Ley N° 30057.

Rodríguez Terrones apeló ante la Oficina de Recursos Humanos de la Red Asistencial Lambayeque, que para el caso de amonestaciones escritas se constituye en la última instancia de acuerdo a la norma que rige el servicio civil, requiriendo la nulidad de la sanción y que se le absuelva de la imputación atribuida por supuesta contravención al derecho de defensa, así como el archivo definitivo del proceso disciplinario por insuficiencia probatoria y por existir – según indicó – “consigna temeraria por parte de la jefatura”.

La Oficina de Recursos Humanos evaluó cada uno de los argumentos presentados por el médico y precisó que sí existía prueba indiciaria, que además de ello se tenía la declaración jurada de la tía de la paciente y que la presunta violación al derecho de defensa quedaba descartada considerando que este tuvo dos oportunidades para presentar de manera oral o escrita, personal o a través de su abogado, los descargos correspondientes, pero no asistió a las audiencias.

Otro hecho que evaluó Recursos Humanos es que en su recurso impugnatorio Rodríguez Terrones expuso información contenida en la historia clínica de Yeri del Rocío La Rosa, lo que se considera una violación a la intimidad de las personas.

En tal sentido, tras determinar que las actuaciones realizadas respetaron las etapas y fases del procedimiento administrativo disciplinario, la Oficina de Recursos Humanos de la Red Asistencial Lambayeque emitió la Resolución N° 5, del 24 de abril del 2018, declarando infundado el recurso administrativo de apelación presentado por Juan Rodríguez Terrones contra la sanción impuesta por el Servicio de Cirugía General del Hospital Nacional Almanzor Aguinaga Asenjo y declaró agotada la vía administrativa, debido a que dicha dependencia se constituye en la última instancia conforme lo señalado por la Ley del Servicio Civil y su Reglamento General.

 

OTROS HECHOS

Si Pérez Solf hubiera cumplido el requerimiento de la Oficina de Integridad no solo hubiera estado en la obligación de dar cuenta de estos hechos, sino también que existe otra sanción (por 21 días) contra Rodríguez Terrones, confirmada por el Tribunal del Servicio Civil como última instancia, debido a que se probó que el médico acudió a operar en el Hospital Almanzor Aguinaga y en una clínica particular cuando se encontraba de descanso médico por un esguince en el tobillo, lo que se constituye en falta muy grave, pero además que para anular dicha sanción inició un proceso judicial contra la Red Asistencial Lambayeque, de la que fue gerente tras su designación con la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 338-PE-ESSALUD-2018, firmada por Fiorella Molinelli Aristondo, el 26 de abril del año pasado.

 

Leer más


CÉSAR SAN MARTÃÂN: “LA PRISIÓN PREVENTIVA EXIGE QUE LAS INVESTIGACIONES SE REALICEN CON RAPIDEZâ€Â

Escribe: Semanario Expresión
Edición N° 1114

  comentarios   

  • Juez supremo señala que esta medida gravosa no debe erigirse como una forma de castigo al imputado.
  • Imposición del grillete electrónico puede ser una medida alternativa a la prisión preventiva.

 

En concordancia con lo dicho por la Corte Interamericana de Derechos Humanos respecto a la necesidad de reducir el uso excesivo de la prisión preventiva en los países de Latinoamérica, particularmente en el Perú, tras el incremento de la duración de esta medida hasta en 48 meses, el presidente de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de la República, César San Martín Castro, afirma que restringir a una persona de un derecho como la libertad obliga a que las investigaciones sean céleres, toda vez que parten del presupuesto de tener sospechas graves y fundadas.

 

“Una obligación que es consecuencia de la pérdida de libertad es que las investigaciones se realicen con rapidez, desde luego siempre reconociendo las dificultades propias de determinadas actuaciones probatorias o de investigación que deben hacerse en el extranjero cuando así corresponda”, asevera.

Salvo ese caso particular, San Martín Castro afirma que el grueso de las demás investigaciones no tiene por qué demorar, pues si se dictamina la prisión preventiva es porque ya hay pruebas lo suficientemente convincentes para formular la acusación fiscal.

Añade que el debate sobre la prisión preventiva no hubiese surgido en el país de no ser porque esta medida coercitiva fue impuesta a personajes de renombre político, lo cual no oculta que este problema de política criminal afectó y afecta hoy en día a muchas personas, razón por la cual urge volver a perfilar de modo razonables los métodos, técnicas y costumbres de esta institución para aplicarla correctamente.

 

PRESUNCIÓN DE INOCENCIA

San Martín Castro señala que la finalidad de la prisión preventiva será siempre asegurar la presencia del imputado en la celebración de la causa para el desarrollo del proceso penal, mas no para castigarlo, pues prima sobre él la presunción de inocencia mientras no haya una sentencia firme.

Apunta que es vital el principio de temporalidad, pues una duración excesiva de la prisión preventiva se constituye en una pena anticipada, lo cual significa la vulneración de la presunción de inocencia del imputado.

“Hay que ser bastante restrictivos porque está en juego la libertad de las personas y en una democracia, entre represión y libertad, se prefiere siempre la libertad, por más que haya gente que pida sangre”, sostiene.

Anota que la garantía de la presunción de inocencia funciona como regla de prueba, pues para una condena legítima se requiere que esta sea plural, fiable y suficiente en el sentido de inculpatoria más allá de toda duda razonable, sino entra a tallar el principio “in dubio pro reo”, el cual señala que la duda favorece siempre al imputado.

Además, la presunción de inocencia también funciona como regla de tratamiento, toda vez que a nadie se le puede restringir en el curso de un proceso un derecho fundamental sin que exista una sospecha grave y fundada, ya que el fin de la prisión preventiva no es punitivo.

 

CARACTERÍSTICAS DE LA PRISIÓN PREVENTIVA

Sobre el objeto de la prisión preventiva y su carácter coercitivo, manifiesta que le asisten como características su absoluta jurisdiccionalidad, la patente excepcionalidad y no obligatoriedad, la injerencia de principios transversales y la temporalidad.

Respecto a la absoluta jurisdiccional, explica que esto significa que la prisión preventiva solo puede ser dictada por un juez competente al interior de un proceso penal abierto mediante disposición fiscal, es decir, con el acto de inculpación formal.

De la patente excepcionalidad señala que la prisión preventiva es una institución de aplicación excepcional que se rige bajo el entendimiento de las situaciones concretas, siempre en favor de la libertad.

Sobre la injerencia de principios transversales manifiesta que intervienen los concernientes al derecho a la libertad como son el de intervención indiciaria y el de proporcionalidad. Añade que tiene el carácter provisional, pues puede cambiar según varía la situación que provocó su dictamen y es temporal pues tiene una duración propia, distinta a la del proceso penal que se sigue en paralelo.   

Según el Decreto Legislativo Nº 1307 – “Decreto Legislativo que Modifica el Código Procesal Penal para Dotar de Medidas de Eficacia a la Persecución y Sanción de los Delitos de Corrupción de Funcionarios y de Criminalidad Organizada”, el plazo para la prisión preventiva en las investigaciones simples es de nueve meses y para las complejas 18, tiempo que puede prorrogarse por la misma duración de tiempo en caso existan circunstancias que constituyan una especial dificultad. En el caso de las organizaciones criminales el plazo es de 36 meses con una extensión máxima de 12 más.

 

ELEMENTOS DE CONVICCIÓN

Por otro lado, el letrado señala que en esta institución es importante diferenciar entre un elemento y un medio de investigación. Apunta que los medios son los instrumentos que la ley establece respecto de cómo incorporar una determinada información al proceso, los cuales pueden ser mediante testimonios, inspección judicial, confrontación, etc.

En tanto, el elemento es el resultado que arroja la información proporcionada a través del medio de investigación. Es decir, la información resultante de lo que declara el órgano de prueba (testigo).

“A veces dicen  en los medios ‘el fiscal aportó 40 elementos de convicción’ cuando no es así. El fiscal lo que da son 40 medios de investigación, luego habrá que hacer la respectiva interpretación y valoración a fin de comprobar si la información que ha dado el testigo es fiable”, señala.

 

PELIGROS PROCESALES

Respecto al peligrosismo procesal, manifiesta que el peligro de fuga debe valorarse por encima del de obstaculización o entorpecimiento procesal, pues para lo segundo pueden aplicarse medidas de protección como la anticipación probatoria o la incautación de documentos, por lo que no pueden medirse ambos peligros bajo los mismos parámetros

Comenta que para valorar el peligro de fuga debe apreciarse no solo la gravedad del hecho y los antecedentes del imputado, sino también el arraigo, exigencia que demanda que el sujeto esté situado en un lugar, ya sea por familia o trabajo, condiciones que hagan más difícil su fuga.

“Siempre hay que buscar si existen medios suficientes a disposición del imputado para perpetrar la fuga. No se trata de decir: ‘Yo creo que va a fugarse’, debe haber datos que lo demuestren. Algunos pueden decir que se pide mucho, pero en realidad se restringe mucho, estamos hablando de la libertad de las personas”, sostiene.

Sobre el peligro de entorpecimiento de la actividad probatoria, manifiesta que debe diferenciarse la simple actividad obstruccionista del imputado. Para hacer una correcta valoración, el Código Procesal Penal señala que deberá tenerse en cuenta si el imputado destruye, modifica, oculta, suprime o falsifica elementos de prueba.

Hace hincapié en que el código debería decir fuentes de prueba (medios de investigación), en vez de elementos. Afirma que hacen falta conductas activas como influir en coimputados, testigos o peritos a fin de que informen falsamente para que pueda considerarse que existe un entorpecimiento de la actividad probatoria.

Señala que la sentencia del Tribunal Constitucional Nº 1091-2002-HC/TC, considera que el solo propósito de ocultar evidencias probatorias que ayuden a culminar con éxito la investigación judicial se constituye en una deslealtad procesal, lo que hace que el juicio de necesidad se supere inmediatamente, haciendo que no sea necesario discutir si se puede aplicar otra pena menos gravosa que la prisión preventiva.

San Martín Castro discrepa sobre esta sentencia, pues señala que la ley en cuanto a la obstaculización hace referencia a la prueba, más no al procedimiento. Manifiesta que negarse a declarar o mentir no constituye ninguna situación de gravedad para entorpecer el proceso, pues el imputado tiene derecho a guardar silencio y la ley tampoco le exige que diga la verdad. No obstante, algunos jueces equivocadamente valoran estos comportamientos como si fuera obstaculización del proceso.

 

MEDIDAS ALTERNATIVAS

En virtud de lo antes mencionado, afirma que la vigilancia electrónica es una buena medida como alternativa a la prisión preventiva, aunque para eso es necesario que la aplicación de esta institución se dé a nivel país, pues actualmente solo se aplica en determinadas ciudades.

Explica que la vigilancia electrónica personal regulada mediante el Decreto Legislativo Nº 1322 del 6 de enero del 2017, es una alternativa que requiere la aceptación del reo, pero además un pedido por parte del fiscal o del mismo imputado, ya sea como una medida inicial o revocatoria de la prisión preventiva.

“Está demostrado que, incluso desde el punto de vista financiero, la vigilancia electrónica es una buena alternativa, pues un imputado con grilletes le cuesta menos al Estado que uno tras las rejas”, sentencia.

Leer más


INSTITUCIÓN EDUCATIVA N° 10828 COSOME: ENSEÑANZA CON ENFOQUE DE AUTONOMÃÂA

Escribe: Semanario Expresión
Edición N° 1114

  comentarios   

  • La formación personal de los estudiantes es uno de los pilares de la institución educativa.

 

Hablar de instituciones educativas de nivel primario en Chiclayo es sin duda referirse a la Institución Educativa Nº 10828 – ‘COSOME’. Fundado el 15 de agosto de 1975, hoy el colegio abre sus puertas a una enseñanza basada en la autonomía de los estudiantes, quienes son su mejor carta de presentación.

 

El director del colegio, Carlos Chang Jiménez, quien ejerce funciones en el cargo desde el 13 de febrero del 2017, cuenta que el plantel surgió gracias a la iniciativa de un grupo de esposas de los funcionarios de la entonces Dirección Regional de Educación, quienes decidieron crear una institución educativa en la que pudiesen realizar todas las reformas que exigía el gobierno militar de ese entonces.

Sin embargo, ante la poca inversión del Estado, las familias conformaron una delegación llamada ‘Comité Social del Ministerio de Educación’, de la cual proceden las siglas del colegio. Fueron estas personas quienes se encargaron de buscar el primer local donde funcionó la institución, el cual estuvo ubicado en lo que fue la casona ‘Castañeda’, entre las calles Luis González y Lora y Cordero.

“Las familias fueron quienes compraron el mobiliario, mientras que el Estado aportaba con el pago de las planillas de los docentes. Con el transcurrir del tiempo se gestionó el terreno donde está actualmente, ubicado en Manuel Arteaga 351, urbanización Los Parques, y fueron también los padres quienes aportaron en la construcción de las instalaciones. Podemos decir que básicamente el COSOME se debe al esfuerzo de las familias”, sostiene.

 

NIÑOS AUTÓNOMOS

Chang Jiménez afirma que si algo diferencia al COSOME de otros colegios es el plan de formación que tienen destinado al desarrollo de la autonomía de los estudiantes. Lo que se busca a través de esta oferta educativa es que sus egresados sean niños que trabajen solos; es decir, sin que sea el padre quien esté constantemente detrás de ellos.

“Nuestros egresados son niños que estudian solos, pues en el colegio les enseñamos estrategias de aprendizaje. Además, tienen arraigado el hábito de la lectura”, comenta.

Añade que los niños del COSOME también son orientados respecto al trabajo colectivo, por lo que son estudiantes con espíritu proactivo que saben desempeñarse en cualquier ámbito de la sociedad.

Para esta labor la institución realiza una tutoría tanto individual como grupal con sus estudiantes, además de contar con un departamento de Asesoría Psicológica. Chan Jiménez comenta que incluso los docentes tienen un tiempo asignado para realizar entrevistas con cada niño.

“De acuerdo a las necesidades socioafectivas y educativas del niño se diseña e implementa un plan de acción que el docente va monitoreando a fin de que el estudiante pueda desarrollarse y tenga el soporte socioemocional que le dé éxito en sus estudios”, sostiene.

 

FORTALEZAS

Chang Jiménez comenta que actualmente en la institución que dirige se dictan los talleres de danzas, ajedrez, inglés y música. Sobre este último afirma que trabajan en el fortalecimiento de su ya consolidada banda de músicos en la cual se incentiva a los niños a la práctica instrumental como factor primordial en el desarrollo integral de la persona.

Apunta que uno de sus proyectos a mediano plazo es la firma de un convenio con la Universidad Nacional Pedro Ruíz Gallo – UNPRG, a fin de que los estudiantes de pedagogía del arte de dicha casa superior de estudios los apoyen en el desarrollo de las cualidades artísticas de los niños.

“Nuestra meta es conformar una pequeña orquesta sinfónica, además de empezar con la práctica del ballet”, anota.

Señala que, en cuanto a la aplicación de las pruebas estandarizadas por parte del Ministerio de Educación – MINEDU, donde se miden los niveles de logros de los estudiantes, un número significativo de ellos ha superado el nivel de inicio, mientras que en el de preinicio ya no hay ninguno, lo cual constituye un aprendizaje por encima del estándar.

Menciona que  cuentan con el apoyo de la Fundación Telefónica y su proyecto ProFuturo, gracias al cual tienen cuatro aulas móviles que se desplazan por todos los salones, las cuales son unas maletas en cuyo interior se contienen 40 tabletas digitales, un servidor y un proyector multimedia que los profesores utilizan para la gestión del aprendizaje.

Además, capacitan a los docentes en la implementación del Currículo Nacional de la Educación Básica Regular, a quienes se les exige asistir en un horario alterno al dictado de clases para ser instruidos.

 

DIFICULTADES

Como toda institución púbica, el COSOME tampoco está exento de dificultades. Chang Jiménez señala que por parte de la Dirección Regional de Educación tienen asignada dos plazas para personal de servicio, pero desde hace varios años están destinadas a la Unidad de Gestión Educativa Local – UGEL Chiclayo, lo cual genera un incremento en la cuota de ingreso de los niños para el pago de los honorarios de las personas que cubren esos puestos.

Además, el año pasado la UGEL Chiclayo les quitó una plaza que tenían asignada para el personal de laboratorio de ciencias, por lo que hoy no tienen al profesional que se haga responsable de los equipos.

Ante esta situación, afirma que tienen el ofrecimiento de los padres de primer grado, quienes tienen toda la predisposición de apoyar económicamente para la implementación de mejoras en cuanto al equipamiento de la institución, lo cual consiste en que cada aula tenga el soporte de un proyector multimedia y una computadora, pues el tiempo ha hecho que algunos de los equipos sufran desperfectos.

Añade que también han sabido cómo suplir la carencia de espacios para áreas verdes, debido a la iniciativa de una profesora que implementó los ‘jardines colgantes’, los mismos que se mantienen gracias al cuidado de los alumnos.

Actualmente la institución cuenta con 45 docentes en ambos turnos (mañana y tarde) que atienden a 35 secciones (seis de primero a quinto y cinco en sexto grado), lo cual hace un total de mil 284 niños en el plantel educativo. Cuentan además con apoyo de profesores auxiliares en primer y segundo grado.

“A toda la comunidad chiclayana le reafirmo nuestro compromiso de brindar mejores condiciones para el desarrollo de nuestros estudiantes. Hacemos un trabajo esmerado que es reconocido por la colectividad, siendo nuestros egresados la mejor carta de presentación, pues tenemos grandes profesionales, congresistas e incluso sacerdotes”, afirma.

Leer más


EN LAS UGEL DE CHICLAYO, LAMBAYEQUE Y FERREÑAFE: FUNCIONARIOS NO CUMPLEN CON PERFIL PARA EL EJERCICIO DE CARGOS

Escribe: Semanario Expresión
Edición N° 1114

  comentarios   

Concluyente. El Órgano de Control Institucional – OCI, del Gobierno Regional de Lambayeque, señala con su Informe de Orientación de Oficio N° 010-2019-OCI/5343-00, emitido el 17 de mayo, que varios de los funcionarios designados en las Unidades de Gestión Educativa Local – UGEL, de las tres provincias del departamento, no cumplen con los perfiles exigidos para ocupar los cargos.

 

El documento denominado “Verificación de cumplimiento de perfiles de puestos en las Unidades de Gestión Educativa Local Chiclayo, Ferreñafe y Lambayeque”, fue notificado al gobernador regional, Anselmo Lozano Centurión, con Oficio N° 000181-2019, suscrito por el jefe del Órgano de Control Institucional, Miguel Alexander Estrella Gil.

 

UGEL CHICLAYO

Al revisar la documentación referida al ejercicio de cargos, OCI identificó que en la UGEL Chiclayo la administradora no cumple con las condiciones mínimas para ocupar dicha función, de acuerdo a lo establecido en el Manual de Organización y Funciones – MOF, vigente, lo que “afecta la legalidad con la que deben regirse los actos de administración interna y consecuentemente el logro de los objetivos de la entidad”.

El 2 de enero, con Resolución Ejecutiva Directoral N° 000033-2019-GR.LAMB/GR, se designó a Celia Peralta Lalopú en el cargo de confianza como directora de Sistema Administrativo II – Jefe de la Oficina de Administración de la UGEL Chiclayo.

De acuerdo al MOF, para ocupar dicho cargo la persona designada debe tener título profesional universitario de Contador Público, Economista o Administrador, contar con experiencia laboral, amplia experiencia en la conducción de los sistemas administrativos de Planificación, Personal, Contabilidad, Tesorería y Abastecimiento, así como capacitación especializada en las áreas funcionales de la gestión administrativa.

Sin embargo, para el OCI, Peralta Lalopú no cumple con tales requisitos, pues su experiencia es haber integrado la Comisión de Planificación y Presupuesto de la Sede Regional en 1992, haber sido responsable del Área de Pensiones de la Oficina de Administración en el 2013 y Responsable de Abastecimiento en el 2010  en la UGEL Chiclayo, lo cual no es suficiente para desempeñar funciones como administradora de la entidad.

 

UGEL FERREÑAFE

Similar situación se detectó en la UGEL Ferreñafe, donde el jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica y el de la Oficina de Administración tampoco cumplen con los requisitos exigidos por el Manual de Organización y Funciones – MOF, aprobado por el Decreto Regional N° 043-2013-GR.LAMB/PR, del 27 de diciembre del 2013.

Para desempeñar funciones en la jefatura de la Oficina de Asesoría Jurídica se requiere contar con título profesional universitario relacionado con las funciones (abogado), contar con experiencia laboral no menor de 10 años y tener capacitación en los últimos dos años no menor a 50 horas. El designado, Gilberto Casusol Acosta, no cumple tales requisitos.

El funcionario remitió su currículo vitae sin adjuntar constancias, resoluciones, certificados u otros documentos que acrediten su experiencia profesional de 10 años. Tampoco acreditó capacitación en los últimos dos años, pues dentro del período únicamente logró el certificado como asistente en la “IX Convención Macrorregional de Representantes de las Oficinas de Asesoría Jurídica y Gerencias Legales de las Entidades del Sector Público: Modalidades para promover inversiones en el Perú”, realizado en el 2017.

 

Respecto al administrador de la UGEL Ferreñafe, Walter García Ñeco, designado con Resolución Ejecutiva Directoral N° 000095-2019-GR-LAMB/GR, el 17 de enero pasado, este tampoco cumple con los requisitos que demanda el MOF.

“De la revisión al legajo del citado funcionario se advierte que no cumple con el requisito de amplia experiencia en la conducción de los Sistemas Administrativos, específicamente sistemas de Personal, Contabilidad y Abastecimiento; contando únicamente con experiencia en los sistemas administrativos de Planificación y Tesorería”, señala el informe de OCI.

García Ñeco se desempeñó desde octubre del 2016 a enero del 2017 como director de Presupuesto y desde el 1 de diciembre del 2009 al 31 de diciembre del año pasado como tesorero del Colegio Militar Elías Aguirre.

 

UGEL LAMBAYEQUE

Incumplimientos también fueron detectados en la Unidad de Gestión Educativa Local de Lambayeque, donde el Órgano de Control Institucional del gobierno regional estableció que existen funcionarios que al ejercer cargos sin cumplir lo dispuesto por el MOF afectan la legalidad con la que deben regirse los actos de administración interna.

Ese es el caso de Carlos Augusto Vílchez Peche, quien desde el 2 de enero ocupa la jefatura de la Oficina de Administración al haber sido designado en el cargo de confianza con la Resolución Ejecutiva Directoral N° 036-2019-GR.LAMB/GR.

Vílchez Peche acumuló experiencia en la Municipalidad Distrital de Túcume, donde se ha desempeñado como recaudador, jefe de la Oficina de Abastecimiento, “asesor especializado en diagnóstico de la problemática municipal en cuanto al mejoramiento de la recaudación”, jefe de la Unidad Local de Fiscalización y monitoreo de los programas sociales, ejecutor de labores de planificación, organización y trabajo de campo en la Oficina de Focalización de Hogares – SISFOH, y jefe de la Oficina de Planificación y Presupuesto.

Otro caso en la UGEL Lambayeque es el del director de Gestión Institucional, donde según el Manual de Organización y Funciones se requiere a una persona con título profesional universitario relacionado con las funciones a desempeñar, experiencia laboral no menor de diez años, con capacitación en los últimos dos años no menor de 50 horas y con capacitación especializada en Gestión, Administración Pública y Áreas Educativas.

El 31 de enero, con el Contrato Administrativo de Servicios N° 0000002-2019-GR.LAMB/GRED/UGEL.LAMB, se designó como Director de Gestión Institucional de dicha dependencia a Óscar Ely Díaz Castro.

Sin embargo, dicho profesional no cuenta con título profesional universitario, dado que según el Registro Nacional de Grados Académicos y Títulos Profesionales de la Superintendencia Nacional de Educación Universitaria – SUNEDU, únicamente ostenta el grado de bachiller en educación por la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo y el grado de magíster en Educación con mención de Docencia y Gestión Educativa por la Universidad César Vallejo.

Díaz Castro cuenta con el título de profesor de Educación Primaria emitido por el Instituto Superior Pedagógico “Octavio Matta Contreras” de Cutervo, el mismo que no es suficiente ante los requisitos que exige el MOF. Tampoco acreditó capacitación especializada en administración pública.

El Órgano de Control Institucional ha recomendado que se adopten las medidas correctivas que correspondan a fin de asegurar el buen funcionamiento de las áreas bajo competencia de las Unidades de Gestión Educativa Local de Chiclayo, Ferreñafe y Lambayeque.

Leer más


POR INFRACCIONES GRAVES A LA LABOR INSPECTIVA: SUNAFIL MULTÓ CON MÃÂS DE 373 MIL SOLES A LA MPCH

Escribe: Semanario Expresión
Edición N° 1114

  comentarios   

  • Sanciones suman más de medio millón de soles en el último año.
  • Gestión Gasco omitió informar sobre las multas.

 

Por trabar la labor inspectiva, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL, sancionó a la Municipalidad Provincial de Chiclayo con una multa ascendente a 373 mil 500 soles, más los intereses de ley, de acuerdo a la Resolución de Sub Intendencia N° 0015-2019-SUNAFIL/IRE-LAM/SIRE, emitida el 1 de febrero pasado.

 

La Intendencia Regional Lambayeque de la SUNAFIL emitió una Orden de Inspección al amparo del Artículo 13 de la Ley General de Inspección del Trabajo – LGIT y su reglamento, disponiendo la realización de actuaciones inspectivas de investigación contra la Municipalidad Provincial de Chiclayo para verificar el cumplimiento de la normativa de orden sociolaboral.

Dichas diligencias – señala la resolución – concluyeron con la emisión del Acta de Infracción que contenía la propuesta de sanción a la comuna, al identificarse dos infracciones consideradas como muy graves a la labor de los fiscalizadores.

“La autoridad instructora emitió el informe final mediante el cual recomienda a esta Sub Intendencia continuar con el procedimiento administrativo en su fase sancionadora en contra del administrado (municipalidad)”, indica el documento.

La Sub Intendencia procedió a notificar al municipio el informe final y el proveído del 27 de diciembre del 2018, otorgándole cinco días hábiles para que la entidad presente sus descargos de conformidad con lo establecido en el Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo.

Iniciada la gestión de Marcos Gasco Arrobas, el 7 de enero el municipio remitió su descargo con Registro N° 1668, el mismo que no fue suficiente para frenar el proceso sancionado.

 

RAZONES DE LAS INSPECCIONES

Los hechos por los cuales se inició el procedimiento contra la municipalidad se remontan a la gestión del recluido exalcalde David Cornejo Chinguel.

En julio del 2018 la SUNAFIL realizó un operativo de fiscalización orientado a verificar el cumplimiento de las disposiciones sociolaborales en materia de seguridad y salud en el trabajo en la municipalidad de Chiclayo, identificando afectación contra mil 89 trabajadores.

El numeral 3.2 del inciso 3 del Artículo 5 de la Ley General de Inspección del Trabajo establece que en el desarrollo de las actuaciones de inspección “los inspectores del trabajo que estén debidamente acreditados están investidos de autoridad y facultados para exigir la presencia del sujeto inspeccionado o de representantes y encargados”. El Artículo 9 de la misma norma señala la obligación de colaborar con la función inspectiva.

No cumplir con la obligación de colaborar se constituye en falta grave muy grave de acuerdo a lo establecido en la norma vigente.

Tras el operativo, pese a que la municipalidad fue notificada oportunamente que su representante debía acudir a las instalaciones de la Intendencia Regional Lambayeque de la SUNAFIL, ubicadas en la Urbanización Santa Victoria, no se cumplió con el requerimiento en los días 13 y 21 de agosto pasado.

Ante ello, el 26 de noviembre del 2018 se emitió el Informe Técnico de Imputación de Cargos N° 0123-2018-SUNAFIL/IRE-LAM/SIAI, que fue notificado ese mismo día a la municipalidad, entidad que emitió sus descargos inicialmente el 5 de diciembre, generándose días después (17 de diciembre) el informe final en el que se propone la imposición de multa contra la comuna. La Resolución del informe final fue remitida al municipio, como ya se ha indicado, el 27 de diciembre.

“Las infracciones determinadas por los inspectores comisionados sobre el incumplimiento a la labor inspectiva, son por su naturaleza insubsanables, dado cuenta que quedan consumadas en el momento mismo de incurrir en inasistencia, teniendo una única oportunidad para cumplir dicha obligación al no poderse retrotraer el tiempo para poder subsanarla. (…) Si bien es cierto que el administrado ha presentado un escrito de descargo el 7 de enero del 2019 contradiciendo los hechos imputados en su contra, ello no enerva su responsabilidad respecto a la configuración de la infracción a la labor inspectiva referida a la inasistencia a las comparecencias de fecha 13 y 21 de agosto del 2018”, señala la resolución.

 

OTRAS SANCIONES

El 31 de julio del año pasado el municipio de Chiclayo también fue sancionado con la Resolución de Sub Intendencia N° 0031-2018-SUNAFIL/IRE-LAM/SIRE, con una multa ascendente a 24 mil 277.50 soles, por afectar las relaciones laborales y la labor inspectiva.

Se tiene, por ejemplo, que la intendencia determinó que la comuna no había registrado en planilla a un trabajo desde el 23 de julio del 2017, lo que constituyó en infracción muy grave de acuerdo al numeral 25.20 del Artículo 25 del Reglamento de la Ley General de Inspección de Trabajo y no acreditó la entrega de boletas de pago de junio a diciembre del 2014 a otro trabajador, infracción leve de acuerdo al numeral 23.2 del Artículo 23 del mismo cuerpo normativo. Por ambos casos se impuso la multa ascendente a nueve mil 337.50 soles.

Otra infracción grave que detectó la inspección fue que no se había acreditado el pago de las remuneraciones de junio a diciembre del 2017 a favor de un trabajador, por lo que se sancionó en función de lo establecido por el numeral 24.4 del Artículo 24 del mismo reglamento, con una multa de cinco mil 602.50 soles. También se sancionó al municipio por no cumplir con la medida inspectiva de requerimiento del 13 de noviembre del 2017. La multa por ese caso fue de nueve mil 337.50 soles.

Del mismo modo, el 24 de octubre pasado el municipio fue sancionado con la Resolución de Sub Intendencia N° 0064-2018-SUNAFIL/IRE-LAM/SIRE, con una multa de 280 mil 125 soles por haber incurrido en dos infracciones a la normativa sociolaboral: una referida a la seguridad y salud en el trabajo y otra por infracción a la labor inspectiva.

Dicha multa se divide en los siguientes conceptos: 93 mil 375 soles, equivalentes a 22.50 Unidades Impositivas Tributarias – UIT, por afectar a mil 115 trabajadores al no contar con la implementación de los registros del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, tal como exige el Artículo 28 de la Ley 29783 y el Artículo 33 del Decreto Supremo N° 005-2012-TR, y 185 mil 750 soles (45 UIT), por incurrir en infracción muy grave (insubsanable), también en perjuicio de mil 115 trabajadores, por no cumplir con el requerimiento de adopción de medidas en orden al cumplimiento de la normativa sociolaboral.

Leer más


FPF Y FIFA MÃÂS UNIDOS POR EL BALOMPIÉ: PROMETEN FORTALECER LIGAS DE FÚTBOL

Escribe: Semanario Expresión
Edición N° 1114

  comentarios   

Agustín Lozano Saavedra, presidente de la Federación Peruana de Fútbol, está cumpliendo de manera comprometida y profesional la conducción de la trascendental institución deportiva del país, hoy constantemente viaja por el mundo a los más grandes certámenes deportivos convocados por organismos internacionales y se relaciona permanentemente con los presidentes de la FIFA y CONMEBOL. Nos anunció el nuevo diseño de la Camiseta que nuestra Selección Peruana - FPF vestirá en la próxima Copa América, la cual estrenará en los amistosos ante Costa Rica y Colombia

 

Lozano no ha perdido su sencillez, tiene el anhelo mientras conduzca la FPF de viajar por todo el país y conectarse con las Ligas de Fútbol, impulsar el desarrollo de las VIDENAS (Villas Deportivas Nacionales)  y apoyar a los valores del deporte, en particular a los del fútbol. En entrevista con Expresión, deja sentado su deseo de volver a postular al Gobierno Regional de Lambayeque porque refiere su mejor obra la ha dejado sentada en el distrito de Chongoyape, donde ha sido alcalde en dos períodos, trabajo que hoy en día es reconocido no solo por los pobladores del distrito chiclayano sino por funcionarios del Ministerio de Economía y Finanzas.

 

¿Ha estado en la final de la Copa del Emir de Qatar con el presidente de la FIFA Gianni Infantino, cómo están las relaciones interinstitucionales?

Las relaciones están muy  satisfactorias y de respeto, Infantino ve con mucho entusiasmo los logros que estamos adquiriendo en este período corto y las bases que estamos sentando en nuestra Federación Peruana de Fútbol-FPF-, hoy más que nunca la Federación Peruana de Fútbol y la FIFA estamos más unidos que nunca, contamos con su apoyo para nuestro Plan Centenario, efemérides que nos compromete a trabajar de manera unitaria al cumplir un siglo de existencia en la FPF.

Estuvimos con el presidente de la FIFA Gianni Infantino en Doha - Qatar, ciudad moderna situada en la Bahía de Doha, en el golfo Pérsico donde se desarrolla la Copa del Emir de Catar que  es un torneo de fútbol por eliminatorias y copa nacional de Catar. Se disputa anualmente y participan doce equipos de la Liga de fútbol de Catar junto a los seis clubes que integran la segunda división. Se desarrolla desde la temporada 1972-73 y se usa el sistema de eliminación directa. El presidente de la FIFA ve con mucha expectativa todo lo que hacemos en Perú desde la FPF.

Nos hemos reunido también con la  secretaria general de la FIFA  Fatma Samoura, el presidente y vice Presidente de la Conmebol Alejandro Domingüez y Laureano Gonzales, de Marcos Evangelista de Morães “Cafu”, autoridades deportivas y amigos cataríes.

Estamos viendo permanente presencia de la Federación Peruana de Fútbol –FPF-  en diversas regiones del país, ¿eso significa un tácito respaldo a las actividades deportivas?

Definitivamente la FPF promueve los valores del deporte y en especial del fútbol. Y estamos comprometidos a que cada región mejore su infraestructura deportiva. Vamos a invertir en recuperar las VIDENAS del país y estoy seguro que desde esos campos de juego saldrán los nuevos valores, apoyados por el mejoramiento y capacitación de entrenadores que también estamos trabajando a través de nuestros programas. El deseo de nuestra Federación es que la recreación sea un permanente estímulo para todas las personas de nuestro país.

 

 

¿Qué significa para Agustín Lozano Saavedra representar a la Federación Peruana de Fútbol durante estos meses que asumió el cargo?

Es un trabajo que demanda mucha seriedad y compromiso porque la Federación cayó en una crisis económica muy preocupante y ahora estamos intentando por todos los medios salir de ello. No es fácil, pero hemos logrado en pocos meses ordenar a la FPF y conducirla hacia nuevos estatutos. Espero que este año se puedan dar las elecciones y entregar el cargo al nuevo presidente con las cuentas saneadas.

¿Cree lograrlo?

Si actuamos de buena fe, con respeto,  honestidad, demostrando trabajo y amor a lo que hacemos estoy seguro que todo lo que nos hemos propuesto lo vamos a lograr.

¿Ha manifestado que nadie debe preocuparse por la situación económica que la FPF tiene que responderle a Ricardo Gareca?

Así es. Nosotros estamos al día con el comando técnico y nuestro presupuesto contempla que a ellos no les puede faltar nada para trabajar tranquilos. Es un gran esfuerzo, pero lo tenemos sustentando y estamos cumpliendo.

¿Puede mejorar la situación económica de la Federación Peruana de Fútbol?

Sí, se puede. La federación ahora tiene una planilla de trabajadores coherente y realista, y se ha hecho un cronograma de pagos a algunos proveedores con quienes había deudas del 2018. Lógicamente las dificultades no desaparecen de la noche a la mañana, pero hay un compromiso serio de lograr mejoras en la venta de nuestros productos como son las selecciones, derechos de TV, etcétera. Estamos por buen camino.

¿Tendremos algún evento importante el próximo año?

Se está trabajando algo muy grande, pero en este momento guardamos reserva sobre ello cuando tengamos todo encaminado comunicaremos al país a través de la prensa que está siempre informando sobre la labor de la Federación Peruana de Fútbol.

¿Qué extraña de Lambayeque?

Trato de volver seguido a Lambayeque y en especial a Chongoyape, mi distrito querido, llego a jugar fútbol y reencontrarme con mis familiares y amigos. Pero mi principal objetivo está en este momento en Lima y en hacer que la Federación Peruana de Fútbol brille verdaderamente.

¿A cuántos países ha ido por su trabajo en la FPF en los últimos meses?

Los viajes son constantes a reuniones y Congresos que la FIFA y Conmebol citan, pero mucho más he tenido que viajar por las provincias del Perú a recoger testimonios de dirigentes de base y también para capacitarlos. Queremos llegar a distintos lugares del país a conocer cada problemática y ayudar.

Estuve últimamente Qatar, país del Medio Oriente, he asistido a la  Cumbre Ejecutiva de Fútbol de la FIFA en Roma y también en Asunción Paraguay convocado por Conmebol

¿Cómo va su relación con las Ligas de Fútbol?

Está bien, he viajado a muchas provincias a reunirme con los presidentes de Ligas y el respaldo es positivo, el mismo que me compromete a seguir trabajando con ellos de manera coordinada. Nunca antes un presidente de la Federación Peruana de Fútbol visitó en persona cada oficina de las Ligas departamentales y provinciales.

¿Su incursión en la FPF es un trampolín para su insistencia política de Lambayeque?

Yo he sido dirigente de base de la FPF desde mucho antes de incursionar en política. Son actividades que me apasionan. La política siempre la miro con interés y no descarto que en el futuro pueda postular nuevamente para servir a mi región. Sé que como alcalde de Chongoyape hice bien las cosas y eso ha sido reconocido por el Estado. Y en estos momentos también quiero dejar huella en mi gestión en el fútbol peruano.

Leer más