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Los directivos y la hinchada del Club Juan Aurich señalan al presidente de la Federación Peruana de Fútbol – FPF, Agustín Lozano Saavedra, como responsable de la no participación del “Ciclón del Norte” en el torneo de la Liga 2 del fútbol peruano, competencia para la cual se le negó la licencia al equipo Chiclayo, con un trato que sería desigual frente a otros equipos que sí están jugando las fechas.

El 9 de abril empezó lo que es hasta ahora un verdadero viacrucis para el Juan Aurich, emblemático equipo lambayecano, campeón del fútbol peruano en el 2011. Ese día, faltando dos horas para el primer partido del equipo en la Liga 2, el Tribunal de Apelaciones de la Federación Peruana de Fútbol – FPF, emitió un comunicado dando a conocer los alcances en su resolución, en la cual negó al club la licencia para participar, la misma que le había sido negada en primera instancia por la Comisión de Licencias.

Desde ese momento se empezó a denunciar una presunta injerencia de la alta dirigencia de la federación para perjudicar no sólo al Juan Aurich, sino también al Unión Huaral, reduciendo el número de equipos que disputan el pase a la Liga 1 en la zona norte.

Más aún, los cuestionamientos tomaron fuerza cuando se conoció que la razón por la cual el tribunal dejó fuera al Juan Aurich era la existencia de una deuda tributaria, condición que otros equipos de la Liga 2, como Deportivo Municipal y Binacional, recibieron licencia aún teniendo deudas con la SUNAT.

Razones del reclamo

Juan Aurich y Unión Huaral presentaron un recurso de reconsideración, el mismo que fue desestimado, pese a que en el caso del “Ciclón del Norte”, el 52 % de la deuda tributaria exigible (coactiva), fue pagada días después de la resolución del tribunal. Por otro lado, se conformó una comisión en el Directorio de la federación, cuya recomendación fue que se otorgue la licencia a los equipos en aras de un trato igualitario, la misma que no fue tomada en cuenta.

Esta situación obligó al club chiclayano a recurrir al Tribunal de Arbitraje Deportivo – TAS, con una medida cautelar cuyo trámite fue admitido el 2 de mayo, la misma que está pendiente de resolución, pero para la cual se requiere de la respuesta de la Federación Peruana de Fútbol.

“El TAS acaba de admitir el trámite de la medida cautelar presentada por el club Juan Aurich que busca su incorporación a la Liga 2, asimismo, ya se notificó dicha cautelar a la Federación Peruana de Fútbol para su pronunciamiento. En las próximas horas se sabrá si el presidente de la FPF, Agustín Lozano, formulará oposición o no a dicho pedido”, informó en un comunicado el equipo rojo.

Llamado directo

El club afirma que la federación, liderada por Agustín Lozano, ha pedido diez días más para responder ante el TAS, actitud que consideran dilatoria y que buscaría seguir perjudicando al “Ciclón del Norte”.

“No sólo ha pedido un plazo adicional, dilatando los tiempos, sino también que no se ha cumplido con la entrega de los 45 mil dólares que nos corresponde por parte de la federación, pese a que nuestra situación aún no está resuelta. A todos los clubes se les ha entregado dicho monto, menos a nosotros. ¿A qué se debe ese tipo de trato?”, cuestiona Giancarlo Cesaro Raffo, vicepresidente y gerente general del club.

Chiclayo, dirigentes, jugadores, técnicos e hinchada, con el respaldo de organizaciones de la sociedad civil, han realizado hasta la fecha cuatro marchas masivas, exigiendo una pronta solución a la exigencia del Juan Aurich, de tener la posibilidad de competir en la Liga 2.

“Un mensaje al presidente de la federación: si bien es cierto estamos en un arbitraje internacional, nosotros aún pertenecemos a la Liga 2 y por eso exigimos que se nos desembolsen los 45 mil dólares que les han dado a todos los equipos, porque estamos en igualdad de condiciones. Tenemos comando técnico y jugadores que en estos momentos no reciben ni un sol, pese a los esfuerzos que está haciendo la directiva para cumplir con ellos. Le pido al presidente de la federación que justifique y que nos pague ese dinero, porque nosotros hoy por hoy estamos esperando el fallo del TAS para volver a las canchas”, enfatizó Cesaro Raffo.

LOZANO: ¿Verdugo del Aurich?

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Congresista Mary Acuña logró intervención de los Ministros de Economía y Vivienda en la Comisión de Presupuesto

Una luz al fondo del túnel. Lo que podría ser la solución final al entrampamiento de las obras esperadas para solucionar los problemas de drenaje, aniegos, agua y alcantarillado, en la ciudad de Chiclayo, se pondrá en marcha directamente desde el Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento dejando de lado a la Municipalidad de Chiclayo, Autoridad Nacional de Infraestructura, ANIN y la empresa Epsel.

En ese sentido, se integrará al proyecto de "Grandes Ciudades" a Chiclayo, el mismo que se declarará viable la última semana de mayo del 2024 al contar con el visto bueno del Consejo de Estado Regional.

En paralelo, el Programa Nacional de Saneamiento Urbano PNSU está trabajando los términos de referencia TDR para licitar las obra en la tercera semana de junio, tiempo en el que se firmará convenio con Epsel, MPCH y ANIN para el cambio de unidad ejecutora.

Esta disposición beneficiará directamente a la provincia de Chiclayo, y los distritos de José Leonardo Ortiz y La Victoria por tratarse de proyectos integrales.

La decisión del Gobierno Central fue el resultado de las múltiples reuniones entre la congresista lambayecana María Acuña Peralta y la ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Hannia Pérez de Cuéllar, el ministro de Economía José Arista Arbildo y  funcionarios de gabinete del Ministerio en mención.

?La ministra Pérez de Cuéllar, le informo a la parlamentaria lambayecana, la decisión adoptada como una forma de solución atendiendo al reclamo de la población de Chiclayo.

"Yo asumí el compromiso con mi región y me propuse sacar adelante estas obras paralizadas por denuncias de corrupción en la Municipalidad- gestión de Roberto Torres -y la ineficiencia de funcionarios sin compromiso de la empresa Epsel y peor la liquidada Reconstrucción con Cambios" precisó la congresista.

Sostuvo que desde la Comisión de Presupuesto en la condición de vicepresidenta insistió permanente en destrabar este problema que es preocupación de la población chiclayana.

Indicó, que esta decisión histórica beneficiará directamente a la provincia de Chiclayo pero también a los distritos de La Victoria, José Leonardo Ortiz, La Victoria y Pimentel.

 

El Programa Nacional de Saneamiento Urbano está orientado a la ejecución de programas, proyectos de inversión y actividades que se dirigen a la implementación de la política de cierre de brechas de los servicios de saneamiento en el ámbito urbano, que conlleva a un mayor gasto e inversión.

Como se sabe existen hasta tres grandes proyectos relacionados al agua y saneamiento de Chiclayo.

Drenaje Pluvial Paralizado

Es un proyecto que tiene como unidad ejecutora a la ANIN, está en camino, los estudios los está haciendo desde hace más de un año TYPSA que es una empresa española y el plazo de entrega de los mismos es en diciembre de 2024.

Luego tendrían que buscar el financiamiento correspondiente para el proyecto de mejoramiento de los emisores principales de la ciudad de Chiclayo– CUI 2130752. Este proyecto tiene como unidad ejecutora a EPSEL, estando paralizadas desde el 2016 con un avance del 66%, por deficiencias en el expediente técnico y solución de servidumbres (Se han demorado porque existe expansión urbana en ciertas zonas en donde se desarrollaría el proyecto)

Proyecto de mejoramiento de las redes de agua potable y alcantarillado con conexiones domiciliarias del casco central de Chiclayo antiguo y colectores Pedro Ruiz, francisco cabrera y elvira García y García – CUI 2109491 Estado-paralizado.

Este proyecto tiene como unidad ejecutora a la MPCH, se paralizó en la época del alcalde Torres Gonzáles, con un avance estimado de 39%, para reiniciar la obra hay que hacer un peritaje para verificar oficialmente el estado de la obra, luego hacer un expediente de saldo de obra.

En el primer semestre del 2023, se dejó firmado el convenio para que Vivienda financie este peritaje que podría costar hasta 500,000 soles.

Con ese peritaje se iniciaría el expediente de saldo de obra, habría que ver, que se avanzó desde esa fecha. Adicionalmente hay un proyecto planificado para obras por impuestos denominado: Ampliación, Mejoramiento de la Planta de Tratamiento de Agua Potable EPSEL PTAP N° 2 Distrito de Chiclayo, Provincia de Chiclayo -Lambayeque

CUI: 2341058

Este proyecto es para aumentar la capacidad de agua Estado: Ejecutora-Proinversión.

ASUME UNIDAD EJECUTORA: Ministerio de Vivienda ejecutará saneamiento y drenaje pluvial de Chiclayo

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  • Funcionarios deberán deslindar responsabilidad ante la Secretaría Técnica de Procedimiento Administrativos Disciplinarios.

La gestión del gobernador Jorge Pérez Flores no da pie con bola. Con dos resoluciones emitidas el 4 de mayo se declaró la nulidad de dos procesos de contratación convocados para beneficiar con obra pública al distrito de La Victoria, debido a las advertencias de irregularidad formuladas por la Subdirección de Procesamiento de Riesgos del Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado – OSCE.

Con la Resolución Ejecutiva Regional n.° 000246-2024-GR.LAMB/GR, se declaró la nulidad de oficio del procedimiento de selección del proceso para la contratación de la obra “Mejoramiento de la infraestructura vial y peatonal de la 1, 2 y 3 etapa de la habilitación urbana municipal, distrito de La Victoria”, retrotrayéndolo a hasta la etapa de convocatoria por trasgresión de la Ley de Contrataciones del Estado. El proyecto tiene un valor referencial de dos millones 567 mil 858 soles.

El proceso fue convocado el 20 de marzo pasado a través del Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado – SEACE, debiendo haberse adjudicado la buena pro el 8 de abril.

Alerta del OSCE

Fue la Subdirección de Procesamiento de Riesgos del Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado, el que el a través del Informe de Supervisión de Oficio n.° D000286-2024-OSCE-SPRI, formuló observaciones a las bases integradas y el expediente técnico, en relación a los siguientes aspectos: documentos de presentación facultativa; requisitos para perfeccionar el contrato; responsabilidad por vicios ocultos, otras consideraciones y deficiencias en el expediente técnico.

Dicho informe concluye que ante la existencia de transgresiones a la normatividad vigente que regula las contrataciones del Estado, correspondía al titular de la entidad, en este caso a Jorge Pérez Flores, en su calidad de más alta autoridad del GORE Lambayeque y responsable de la supervisión de los procesos de contratación, evaluar el inicio del respectivo deslinde de responsabilidades de conformidad al artículo 9 de la Ley n.° 30225, Ley de Contrataciones del Estado.

Entre los hallazgos específicos en relación a las bases del proceso, se detectó la exigencia de requisitos que carecen de sentido, requisitos erróneos para el perfeccionamiento de contrato, omisiones en las responsabilidades del contratista, condiciones económicas que no están previstas en el proceso, vulneración de la normativa de contratación pública y del principio de transparencia y omisión de documentación como parte del expediente técnico.

Las advertencias de la supervisión del OSCE fueron confirmadas por informes técnicos de funcionarios de la propia gestión de Pérez Flores, como es el caso del Informe Técnico n.° 000032-2024-GR.LAMB/ORAD-OFLO, emitido por la jefatura de la Oficina de Logística, que entre otros aspectos concluye que “se ha configurado la causal de nulidad del procedimiento de selección por la contravención a las normas legales”.

“De acuerdo a lo señalado se observa que en el contenido de las bases integradas existe clara transgresión y/o vulneración de los principios de transparencia, libre concurrencia y de competencia, detectadas por la Subdirección de Procesamiento de Riesgos del OSCE respecto a los apartados de los documentos de presentación facultativa, a los requisitos para perfeccionar el contrato en otras consideraciones, así como el contenido del expediente técnico en el cual también existen incongruencias en respecto a la responsabilidad por vicios ocultos y al contenido del expediente técnico de obra en las especificaciones técnicos, en los ítems consignados en los metrados y el presupuesto de obra y sobre la documentación obrante en el expediente técnico. Evidenciándose una clara contravención a las normas legales, lo que conllevaría a declarar la nulidad de oficio del procedimiento de selección ASSM-25-2024-GR.LAMB/CS-1, cuyo objeto de convocatoria es la contratación de la ejecución de la obra: Mejoramiento de la infraestructura vial y peatonal de la 1, 2 Y 3 etapa de la habilitación urbana municipal, distrito de La Victoria - Provincia de Chiclayo - Región Lambayeque, Código Único de Inversiones N° 2400745, configurada en el numeral 44.2 del artículo 44 de la Ley de Contrataciones del Estado, debiendo retrotraerse a la etapa de convocatoria”, señala la resolución.

Jalón de orejas

El artículo tercero de la resolución ordena que la Oficina de Logística efectúe las coordinaciones respectivas a fin de corregir las vulneraciones, incongruencias y omisiones detectadas que han ocasionado la nulidad.

En el artículo quinto se dispone también derivar copia de los actuados a Secretaría Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios para el deslinde de responsabilidades de conformidad con lo establecido en el numeral 44.3 del artículo 44 del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones del Estado.

La resolución de Pérez Flores encarga, además, en el artículo sexto, que la Oficina Regional de Administración imparta “las directrices que correspondan a los funcionarios que participan en los procesos de contratación de la Entidad a fin de evitar situaciones similares en futuros procedimientos de selección”.

Segundo proceso

El segundo proceso anulado por el Gobierno Regional de Lambayeque es la Adjudicación Simplificada n.° 24-2024-GR.LAMB/CS-1, para la contratación de la obra “Renovación de pista, en la Av. Grau (Tramo Av. Chinchaysuyo - Av. Gran Chimú) y Ca. Cahuide (Tramo Av. Unión - Av. Gran Chimú) del distrito de La Victoria”. El valor referencial es de dos millones 53 mil 232 soles.

Dicho proceso también fue convocado a través del SEACE el 20 de marzo, siendo el 15 de abril la fecha indicada en el cronograma para la adjudicación de la buena pro.

Sin embargo, el 18 de abril la Oficina Regional de Administración advierte vicios en las bases integradas y el expediente técnico de obra, por lo que con Oficio n.° 002223-2024-GR.LAMB/ORAD-OFLO [515278758 - 40], recomienda la declaratoria de nulidad oficio del procedimiento de selección, previa reformulación del requerimiento materia de contratación, a fin que se corrijan los vicios advertidos.

Los errores en las bases integradas del proceso son los mismos que en el caso anterior, evidenciándose la incapacidad recurrente de los funcionarios convocados por Pérez Flores a su gestión para el desarrollo de actos preparatorios idóneos, que permitan eficiencia en las contrataciones y, en consecuencia, un correcto manejo de los recursos públicos.

Así, por ejemplo, también de detectó que las bases consideraban requisitos que carecen de sentido, requisitos erróneos para el perfeccionamiento de contrato, omisiones de responsabilidad en el ganador de la buena pro, condiciones económicas no previstas para la admisión de la oferta, errores en las metrados, presupuestos y partidas, entre otros aspectos.

“De acuerdo a lo señalado se observa que en el contenido de las bases integradas existe una clara vulneración de los principios de transparencia, libre concurrencia y de competencia, detectadas por el Órgano Encargado de las Contrataciones (Oficina de Logística de la Entidad), respecto a los apartados de los documento de presentación facultativa, a los requisitos para perfeccionar el contrato, en otras consideraciones; así como en el contenido del expediente técnico, en el cual también existen incongruencia en respecto a la responsabilidad por vicios ocultos y al contenido del expediente técnico de obra en las especificaciones técnicos, en los ítems consignados en los metrados y el presupuesto de obra y sobre la documentación obrante en el expediente técnico. Evidenciándose una clara contravención a las normas legales, lo que conllevaría a declarar la nulidad de oficio”, se lee en la resolución.

Por este caso también se ha remitido copias a la Secretaría Técnica de Procedimiento Administrativos Disciplinarios, para el deslinde de responsabilidades.

SIGUEN LOS TROPIEZOS EN LA GESTIÓN DE JORGE PÉREZ: GORE Lambayeque declara nulidad de dos procesos para el distrito de La Victoria

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La pobreza monetaria en Lambayeque pasó del 14.1 % en el 2022 al 17.9 %, según el reporte de Evolución de la Pobreza Monetaria 2017-2023, elaborado por el Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI. La cifra evidencia uno de los incrementos más notorios de los últimos años.

De acuerdo al documento, la pobreza extrema en el departamento es menor al 1 %, resultado que lo pone en situación similar a Tumbes e Ica.

Según el INEI, las regiones más pobres del Perú son Ayacucho, Cajamarca, Huancavelica, Huánuco, Loreto, Pasco y Puno.

Acceso a servicios

El reporte señala que en el caso de Lambayeque el 23.5 % de la población no tiene acceso a los servicios de agua potable, saneamiento (desagüe) y electricidad; lo que ubica a la región en el sexto puesto respecto a las jurisdicciones donde las familias tienen acceso a dichos servicios.

Lambayeque supera a La Libertad (24.7 %); Tumbes (33.8 %); Piura (40.6 %) y Cajamarca (52.9 %) en el norte del país.

Respecto al acceso de dichos servicios, además de telefonía móvil e internet, el porcentaje para Lambayeque es del 47.5 %; es decir, se incrementa el número de población que no accede a estas oportunidades de desarrollo. Aún así, el INEI indica que Lambayeque está por encima de las otras regiones del norte.

Pobreza en el Perú

En el año 2023, la pobreza monetaria afectó al 29 % de la población del país y aumentó en 1,5 puntos porcentuales respecto al año 2022 (27.5 %). En el área urbana fue de 26.4 %, incrementándose en 2.3 puntos porcentuales con relación al año anterior; en tanto que, en el área rural fue de 39.8 %, disminuyó en 1.3 puntos porcentuales. El INEI, al presentar el documento “Perú: Evolución de la Pobreza Monetaria 2014-2023”, elaborado con los resultados de la Encuesta Nacional de Hogares - ENAHO, precisó que la población en condición de pobreza alcanzó a nueve millones 780 mil personas, cifra mayor en 596 mil personas, respecto al año 2022 (nueve millones 184 mil personas).

Asimismo, dio a conocer que la población en situación de pobreza extrema, en el año 2023, fue de 5.7 % que afectó a un millón 922 mil personas; es decir, 249 mil personas más que en el año 2022 (un millón 673 mil personas). En 1 % disminuyó el ingreso real por habitante entre los años 2022 y 2023.

El ingreso real por habitante se redujo en 1 % entre los años 2022 y 2023 (de S/ 1,160 a S/ 1,148 soles). El ingreso real por habitante en el resto urbano disminuyó en 3 % al pasar de S/ 1,241 a S/ 1,204. Sin embargo, en Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao creció en 0.7 % (de S/ 1,323 a S/1,332), seguido del área rural en 0.3 % al aumentar de S/ 699 a S/ 700.

Gasto real por habitante

El gasto real mensual por habitante se redujo en 0.7 %, al pasar de S/ 872 en el año 2022 a S/ 866 en el año 2023. En Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao, el gasto real per cápita mensual se redujo en 0.4 % (de S/ 972 a S/ 968), para los años 2022 y 2023, seguido del resto urbano en 1.8 % al disminuir de S/ 935 a S/ 917.  No obstante, aumentó en el área rural en 1.4 % al pasar de S/ 561 a S/ 569.

El INEI explicó que la línea de pobreza es el equivalente monetario al costo de una canasta básica de consumo de alimentos y no alimentos, que para el año 2023, asciende a S/ 446 al mes por habitante. Así para una familia con cuatro integrantes correspondería un monto de S/ 1784.

La medición de pobreza monetaria y extrema se realiza mediante el indicador del gasto debido a que esta variable se aproxima a la cuantificación de los niveles de vida a partir de lo que las personas y los hogares consumen, compran, adquieren productos y/o servicios. Para el año 2023, la canasta básica alimentaria es de S/ 251 y para una familia de cuatro integrantes S/ 1,004.

Canasta básica de alimentos

Del total de 110 principales productos que integran la canasta básica de alimentos, 95 registraron aumento de precios, siete redujeron precios y ocho no mostraron variación. Entre los productos que presentaron mayor variación de precios entre los años 2022 y 2023, destacaron el tomate (30 %), cebolla de cabeza (27.3 %), huevos a granel de gallina (24.1 %) y el limón (21.4 %), a nivel nacional.

Los departamentos que presentaron mayor incidencia de pobreza, en el año 2023, fueron Cajamarca (44.5 %), Loreto (43.5 %), Pasco (41.7 %) y Puno (41.6 %). Por el contrario, presentaron menor incidencia Ica (6.9 %), Moquegua (13.1 %), Arequipa (13.9 %), Madre de Dios (16.6 %) y Lambayeque (17.9 %).

Pobreza extrema

Durante el año 2023, la pobreza extrema afectó al 5.7 % de la población cifra superior en 0.7 punto porcentual en comparación con el año 2022 (5 %). Así, la población en extrema pobreza se incrementó en 249 mil 400 personas, entre los años 2022 y 2023, es decir, un millón 673 mil personas y un millón 922 mil personas.

En cuatro departamentos más del 80 % de su población no dispone del paquete integrado de servicios básicos

En el año 2023, el acceso al paquete integrado de servicios básicos que incluye agua, saneamiento, electricidad, telefonía móvil e Internet, no se encuentra disponible para el 83.5 % de la población del departamento de Puno. Lo mismo ocurre con los departamentos de Ucayali (83.1 %), Loreto (82.8 %) y Huancavelica (81.1 %). En cambio, este porcentaje es inferior en la Provincia Constitucional del Callao (23.7 %), Lima Metropolitana (27.5 %), Moquegua (32.7 %) e Ica (39.7 %).

Durante el año 2023, del total de la población, el 31.4 % se encuentra en riesgo de caer en situación de pobreza como resultado de cualquier cambio de las condiciones de la economía. No obstante, esta cifra es inferior a las registradas en los años 2022 (32.3 %).

Pobreza multidimensional

Con el fin de medir la naturaleza multidimensional de la pobreza, en cumplimiento del Decreto Supremo Nº002-2023-MIDIS, que declara de prioridad nacional la elaboración y aprobación de la medición oficial de la pobreza multidimensional de manera complementaria a la medición de la pobreza monetaria en el marco de la implementación de la Política Nacional de Desarrollo e Inclusión Social – PNDIS, al 2030, el INEI construyó un Tablero de Control de 8 dimensiones básicas del bienestar y 29 indicadores que representan carencias que limitan la calidad de vida de la población. 

Del total de 29 indicadores del tablero de control, 13 incrementaron sus niveles de carencia, entre estos, creció en 4.2 puntos porcentuales la población urbana que fue víctima de algún hecho delictivo, alcanzando el 27.1 %; en la dimensión educación aumentaron los estudiantes de segundo grado de secundaria que no alcanzaron los objetivos de aprendizaje esperados en Lectura y Matemática, alcanzando el 81.6 % y 88.7 %, respectivamente. En la dimensión servicios básicos, aumentó en 1.6 puntos porcentuales la población sin agua gestionada de manera segura, siendo esta el 73.7 %. Por otra parte, entre las carencias que disminuyeron, se encuentra la población de 6 y más años de edad que no hace uso de internet con 22.9 %, disminuyendo en 4.4 puntos porcentuales; y la población de 15 y más años de edad con presión arterial alta disminuyó 3.2 puntos porcentuales, alcanzando el 13 %.

LAMBAYEQUE: Pobreza monetaria en la región creció 3.8 % en el último año

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