El jefe de la Oficina Desconcentrada de Control Interno del Ministerio Público de Lambayeque, Alejandro Lamadrid Ubillús, dispuso el inicio de la investigación preliminar contra el fiscal Sergio Lucio Zapata Orozco, responsable del caso “Limpios de la corrupción”, por los delitos de prevaricato y fraude procesal en agravio del Estado.
Con la Disposición N° 01-2017, del Caso N° 2411010000-2017-232-0, Lamadrid Ubillús acogió la denuncia presentada contra Zapata Orozco por Juan Miguel Valdivia Goicochea, ex gerente general de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento de Lambayeque – EPSEL, investigado por el caso “Limpios de la corrupción”, quien se encuentra bajo mandato de prisión preventiva desde enero del 2015.
BASE DE LA DENUNCIA
La disposición emitida el 28 de junio pasado, explica que en el requerimiento de acusación, de fecha 12 de mayo del 2017, y el requerimiento de variación de comparecencia simple por prisión preventiva, del 2 de junio de este año, presentados por Zapata Orozco ante el Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, contra Valdivia Goicochea, por la presunta comisión del delito de corrupción de funcionarios en su modalidad de cohecho pasivo impropio (caso “Limpios de la corrupción”), el fiscal habría consignado declaraciones falsas, atribuidas al también investigado Jorge Matallana Peralta.
Estas aseveraciones fueron incluidas en los puntos 11 y 26 de los requerimientos del fiscal contra Valdivia Goicochea.
En su declaración dada el 14 de julio del 2016, Matallana Peralta dice textualmente que “cuando Vera Cóndor hacía el depósito del dinero en la cuenta del proveedor de facturas, este avisaba a Percy Quesquén Díaz, quien lo llamaba y le solicitaba que fuera al proveedor de las facturas a retirar el depósito de su cuenta; luego de ser cobrado el depósito por el proveedor, cogía su parte por concepto de comisión, que consistía en el 5 % del monto de la factura, y la diferencia se la entregaba en un sobre cerrado manila en las instalaciones de la Municipalidad Provincial de Chiclayo, quien a su vez entregaba el dinero a Percy Quesquén”.
“En la declaración de Jorge Matallana Peralta (…), recibida por el mismo fiscal Sergio Lucio Zapata Orozco, se puede apreciar que en ninguna de las respuestas dadas a las 25 preguntas formuladas se señala lo indicado en el punto 26 del requerimiento de acusación y en el punto 11 del requerimiento de variación de la comparecencia simple por prisión preventiva, lo que configuraría los delitos denunciados”, señala la disposición del órgano de control.
LOS DELITOS
El delito de prevaricato está previsto y sancionado por el Artículo 418 del Código Procesal Penal.
De acuerdo a la denuncia presentada por el exfuncionario de EPSEL, el fiscal Zapata Orozco en el punto 26 del requerimiento de acusación y en el punto 11 del requerimiento de variación de comparecencia simple por prisión preventiva, habría citado pruebas inexistentes o hechos falsos, que no se encuentran consignados en la declaración de Jorge Matallana.
Asimismo, el delito fraude procesal se configuraría debido a que el fiscal consignó dichos datos en sus escritos ante el Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria, “buscando presumiblemente sorprender e inducir al error a la autoridad judicial”.
DECISIÓN DE CONTROL INTERNO
“Por lo expuesto, y de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 159, inciso 4 de la Constitución Política del Perú y los artículos 58 y 59, inciso a, b, y 60 del Reglamento de Organización y Funciones de la Fiscalía Suprema de Control Interno (…), se dispone abrir investigación preliminar por el término de ley contra el abogado Sergio Lucio Zapata Orozco, fiscal provincial de la Tercera Fiscalía Provincial Penal de Chiclayo, por la presunta comisión del delito de prevaricato y fraude procesal en agravio del Estado”, reza la disposición de Lamadrid Ubillús.
En atención a lo dispuesto se ha requerido a Zapato Orozco su informe de descargo en el térmico de cinco días hábiles, y que la Tercera Fiscalía Provincial Penal de Chiclayo remita copias certificadas de las declaraciones que haya brindado el procesado Jorge Matallana Peralta, del requerimiento de acusación de fecha 12de mayo del 2017, y del requerimiento de variación de comparecencia simple por prisión preventiva de fecha 2 de junio del 2017 de la Carpeta Fiscal N° 2447-2014.
También se ha ordenado que el caso sea puesto de conocimiento al Procurador Público del Estado.
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