La Ley de Negociaciones Colectivas publicada por el Ejecutivo ha despertado la voz de protesta en los trabajadores. Pese a haberse presentado como un intento para regular las negociaciones colectivas en el sector público, los gremios sindicales coinciden en que esta es de carácter inconstitucional, pues abre la posibilidad de que el Ministerio de Economía y Finanzas – MEF, intervenga, a través de informes desfavorables, en los pactos logrados anteriormente por los trabajadores.
En esa línea, los gremios sindicales plantean no solo presentar una acción de inconstitucionalidad, sino apostar por la derogatoria del citado decreto, para lo cual mantienen diálogo con los parlamentarios electos y ya tienen programada una jornada nacional de lucha para el 19 de marzo.
LESIVO
Al respecto, Arturo Reaño Tapia, secretario de la Confederación General de Trabajadores del Perú – CGTP Lambayeque, señala que con el Congreso anterior se había elaborado un proyecto de negociaciones colectivas en el sector público que se ajustaba a los postulados de la Organización Internacional de Trabajo – OIT. Sin embargo, el Ejecutivo lo observó y, tras la disolución del Parlamento, promulgó el mencionado decreto.
“La OIT establece como parámetro la democracia entre las partes para negociar, sin la intervención de terceros. No obstante, esto no se cumple con el decreto emitido por la gestión de Martín Vizcarra, pues el MEF tendrá injerencia directa poniendo los techos de negociación, quitándole autonomía a los involucrados”, asevera.
Asegura que el decreto contiene una serie de disposiciones complementarias que dotan de poder a los titulares de las distintas entidades del sector público, puesto que en cualquier momento podrán solicitar al MEF que emita un informe económico respecto a un pliego de pedidos, el cual de ser desfavorable culminaría con la inaplicabilidad total o parcial de la negociación colectiva.
PASIVIDAD
En tanto, Luis Escajadillo Castillo, secretario del Sindicato de Trabajadores del Poder Judicial del departamento, resalta que esta era una medida que se veía venir desde el mensaje presidencial del 28 de julio de Martín Vizcarra, en el cual anunció un paquete de normas en el ámbito laboral.
“Lamentablemente las centrales sindicales tomaron un poco a la ligera el anuncio del presidente, no se dio el golpe contundente en su momento y el resultado ha sido este decreto de urgencia que ha suscitado la atención de la colectividad”, indica.
Explica que en las leyes de presupuesto siempre existe un artículo que restringe dietas, asignaciones, bonificaciones y ajustes de nivel remunerativo para los trabajadores del Estado, sobre lo cual el Tribunal Constitucional se pronunció en su momento señalando su inconstitucionalidad y delegando al Congreso la legislación de un proyecto que regule dicha normativa.
“El Congreso incumplió su labor, tardó mucho y ahora el gobierno lo ha suplido con este decreto de urgencia que, lejos de regular la negociación económica, pone una serie de trabas al condicionar los pactos al visto bueno del MEF”, manifiesta.
NEGOCIACIONES
Por otro lado, Reaño Tapia señala que el argumento del Ejecutivo sobre un excesivo gasto fruto de los pactos colectivos carece de sentido, pues a lo largo de los años el Estado le ha negado a los trabajadores del sector público la posibilidad de negociar condiciones económicas, por lo que han debido buscar otras vías.
Refiere que, por ejemplo, el hecho de que el hijo de un trabajador acceda a ocupar su puesto en el caso de que este quede discapacitado no puede usarse como referente para decir que se ha abusado de los pactos colectivos, pues estos solo han significado paliativos, mas no soluciones de fondo.
“El decreto no solamente es inconstitucional, sino que es una norma política dictada por el gobierno para hacer caja y continuar pagando la deuda externa. El Ejecutivo dice que se gasta demasiado en pactos colectivos, pero si hacemos un paralelo entre lo logrado por los trabajadores y lo que se paga de deuda externa, no hay punto de comparación, el desequilibrio presupuestal es 40 o 50 veces más”, advierte.
El único gremio sindical que tiene la posibilidad de negociar su pliego nacional es el de construcción civil, el cual todos los años arriba a un acuerdo con la Cámara Peruana de Construcción – CAPECO, para el logro de incrementos salariales.
Contraria es la postura de Escajadillo Castillo, quien sostiene que los gremios sindicales deben hacer una autocrítica, pues en algunas municipalidades casi la mitad de la planilla se va en pagos producto de los pactos colectivos. Sin embargo, apunta que de un caso particular no se puede hacer una generalización.
“El caso de la Municipalidad Provincial de Chiclayo es un factor negativo para nuestros intereses, sabemos que muchos alcaldes han cometido excesos al aprobar incrementos o beneficios que no correspondían. Lamentamos que algunos municipios se hayan acostumbrado a negociar sin tener en cuenta el equilibrio fiscal, en esos casos debería hacerse una evaluación, pero por ningún motivo pueden usarse estos ejemplos para afectar el derecho a la negociación colectiva”, indica.
Manifiesta que en el Poder Judicial ya hay un grupo de trabajadores que tiene procesos arbitrales ganados, los cuales podrían ser materia de revisión por parte del MEF, pese a que la jurisdicción arbitral tiene el respaldo de la Constitución, por lo que si un árbitro decide la viabilidad de un incremento salarial, este fallo adquiere la calidad de cosa juzgada.
“Que el gobierno diga que va a revisar los pactos colectivos o laudos arbitrales me parece un exceso, porque así ya no habría seguridad jurídica. Hay gremios que han obtenido beneficios por esa vía y si el gobierno no interpuso ninguna acción legal en su momento, ahora solo debe respetarlos”, advierte.
En la Corte Superior de Justicia de Lambayeque laboran un promedio de mil 300 trabajadores, de los cuales 700 son nombrados, 500 están sujetos al régimen de Contrato Administrativo de Servicio – CAS, y el resto se encuentra contratado a plazo fijo temporal.
MEDIDAS
En cuanto a las medidas a adoptar, Reaño Tapia afirma que la CGTP plantea la derogatoria del decreto mediante el Congreso, para lo cual ejercerán presión social y a la par que dialogarán con las distintas bancadas. Por lo pronto, asegura que a nivel nacional ya tienen un acuerdo con la del Frente Amplio.
“Tenemos conocimiento de que la Comisión Permanente del Congreso también emitirá en estos días un informe técnico desfavorable sobre el decreto de urgencia, el cual será entregado al nuevo Parlamento. Las bases sindicales de Lambayeque hemos acordado que el 19 de marzo nuestra lucha se reflejará en un paro. La norma debe derogarse, porque por donde se le vea no hay un solo artículo que favorezca a la negociación colectiva”, asevera.
En tanto, Escajadillo Castillo señala que si bien su gremio apunta a la derogatoria, también presentará la acción de inconstitucionalidad, para lo cual buscan el apoyo de los distintos Colegios de Abogados del país, de modo tal que adquiera legitimidad su pedido.
“Creemos que la gestión de Martín Vizcarra es la continuidad de los demás gobiernos. Si bien es cierto mantiene una lucha firme contra la corrupción, en el plano laboral deja mucho que desear. No solamente ha emitido el Decreto 014-2020, también está el 016 que prohíbe los nombramientos en el sector público, salvo concurso, y el 020 sobre arbitrajes en el Estado. Ahora sabemos que habrá una modificación del Decreto Legislativo Nº 728, el cual si bien es un régimen privado, alberga a algunos sectores del Estado. Esto podría significar la afectación de derechos en materia de ceses colectivos y laborales por rendimiento deficiente. Nos preocupa porque ya vemos que el gobierno legisla a su antojo y podría haber muchos despidos de trabajadores sin que se respete el debido proceso”, sentencia.
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