La Estación de Servicios Líder SRL viene participando en algunos procesos de selección que son convocados por entidades públicas con la finalidad de adquirir ingentes cantidades de combustibles para ser utilizadas por las unidades vehiculares a su cargo. Dicho proveedor declara bajo juramento cumplir con los requisitos establecidos, cuando la información presentada no se ajusta a la verdad.
La adquisición de combustibles, indefectiblemente, en una primera instancia debe ser convocada y llevada a cabo bajo la modalidad de Subasta Inversa Electrónica, en la cual deben participar como mínimo dos proveedores que realicen la actividad comercial inherente al objeto de la convocatoria (venta de combustibles al por menor), quienes deben contar por lo menos con una estación de servicios (grifo) en la jurisdicción y la distancia que las bases del proceso establezcan.
El desarrollo procesal
La Subasta Inversa Electrónica se basa fundamentalmente en una mejora de precios sobre el valor estimado considerado para la adquisición de los carburantes, los cuales son producto de un estudio de mercado que conlleva a establecer el valor de la adquisición que, por cierto no es pública, el cual debe ser mejorado a favor de la entidad convocante y, bajo esta condición, el participante que oferte el menor precio a través de los lances que logre realizar (pujas), el sistema electrónico determina quien ocupó el primer lugar y su oferta sea sometida a su evaluación.
Los requisitos para ser participante
En la fecha indicada, los proveedores del rubro que pretenden postular en el proceso registran su participación y presentan sus ofertas en forma electrónica, para luego realizar la mejora de precios, ofertar el menor que le permita obtener el primer lugar en el orden de prelación. Luego, el comité de selección procede a evaluar la documentación contenida en las ofertas de por lo menos dos participantes, para luego otorgarle la buena pro al postor que no solo ofertó el menor precio, sino que presentó su oferta en las condiciones previstas en las bases.
La irregular participación
Cuando se trata de la adquisición de combustibles por parte de las entidades públicas, las bases proponen el requisito obligatorio de que los postores cuenten con una estación de servicio (grifo) a cierta distancia de la Entidad convocante, esto es una zona cercana a la misma.
En ese sentido, la Estación de Servicios Líder SRL, vulnerando este requisito, ha participado, por lo menos en dos procedimientos sin cumplir con este requerimiento; es decir, sin contar con la distancia requerida, a pesar de haber suscrito una declaración jurada, entre otros aspectos, declarando bajo juramento que sí lo cumplía.
Los procesos
El primer proceso en el cual participó la Estación de Servicios Líder SRL fue convocado por el Gobierno Regional de Lambayeque, cuyo objeto consistió en la compra de 21 mil 600 galones de Diésel B5-S50 (petróleo. El referido proveedor ofertó el menor precio. Sin embargo, fue descalificado por no contar con una Estación de Servicios ubicada en una radio de 5 Km de la sede del Gobierno Regional de Lambayeque, toda vez que su domicilio consignado tanto en la SUNAT como en el Registro Nacional de Proveedores (RNP), se encuentra ubicado en la Av. México N° 274 Urb. Urrunaga, en el distrito de José Leonardo Ortiz.
El segundo procedimiento en el que ha participado dicho proveedor fue convocado por la Municipalidad Provincial de Lambayeque. En este participaron tres postores, entre ellos la Estación de Servicios Líder SRL, que luego de los lances respectivos ofertó el menor precio en los dos ítems convocados para adquirir 38 mil 789 galones de petróleo y 10 mil 602 galones de gasohol 90, ocupando el primer lugar. Sin embargo, también fue descalificado por el comité de selección por la misma causal del proceso anterior, en este caso no cumplir con la distancia establecida de 6 km.
Opinión
El consultor en Contrataciones del Estado, Jorge Chávez Pita, manifiesta que la participación de dicho postor sería sistemática, ya que sabiendo que no cumple con el requisito obligatorio de tener una estación de servicios en las distancias indicadas, participa en los procesos afirmando que sí reúne esta condición.
“Esto llevaría a pensar que el proveedor en cuestión participa con la finalidad de rebajar los precios para ocupar el primer lugar y luego dar motivo a su descalificación, para que el postor que ocupó el segundo lugar se vea favorecido bajo la modalidad de un presunto bloqueo sistemático de los lances que los otros postores podrían realizar”, explicó.
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