Recurrentes demoras son las que se vienen dando en la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones de Lambayeque, producto de serias inconsistencias advertidas en las bases de los procedimientos de selección, los cuales dan lugar – recurrentemente - , para que los mismos sean declarados nulos y, por ende, retrocedidos hasta la fase inicial de su convocatoria.
De acuerdo a la plataforma del Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado – Seace, el segundo proceso denominado Concurso Público N° 1-2025-GR. LAMB/GRTC – ha sido convocado el 24 de junio de este año, habiéndose programado que la formulación de consultas y observaciones el 25 de junio, cuya absolución debería realizarse el 7 de julio, para luego, el mismo día, integrar las bases; el 25 de julio dar lugar para que los postores presenten sus ofertas y, el día 30 de julio, se otorgue la buena pro.
El objetivo de los procesos convocados
Según el Seace, el referido proceso ha sido convocado bajo la modalidad de ítems, es decir, dentro de un solo procedimiento se llevarán a cabo cinco (05) procedimientos independientes por el mismo número de ítems, cada uno cumpliendo con los plazos establecidos del concurso público y las etapas procesales ya determinadas.
El primer Ítem y su presupuesto
De acuerdo al Seace, el primer ítem tiene como objetivo la contratación del servicio “Mantenimiento periódico de la carretera departamental entre los sectores de Palo Blanco – Morripon – Huayros – Limón Pampa –Colaya, ubicados entre los distritos alto andinos de Salas y Kanaris., cuyo presupuesto asignado a comienzos del presente año”. Asciende a más de un millón 500 mil soles.
El segundo ítem
Asimismo, el referido portal de transparencia (Seace), muestra que el objetivo consignado en este ítem, está referido a la contratación del servicio en general: “Mantenimiento periódico de la Red Vial Departamental en la ruta Chochope – La Ramada – -Div Salas – Kerguer”, con un valor presupuestal superior a los 900 mil soles.
El tercer ítem
Tan igual que los ítems anteriores, el tercero tiene como objetivo contratar el servicio en general del: “Mejoramiento periódico de la carretera departamental Salas – El Algarrobo Grande (Div. Kerguer)”, para lo cual tiene un presupuesto aprobado que supera el millón de soles.
El ítem cuatro
El Seace muestra que, mediante la convocatoria consignada en este ítem, la Gerencia de Transportes de Lambayeque, busca contratar la contratación del servicio en general para la realización del: Mantenimiento Periódico de la carretera departamental Tramp Kañaris, Pandachi, Huacapampa (Div. Cajamarca), cuyo presupuesto asciende a 803 mil soles.
El quinto y último ítem
El objetivo que se busca con la contratación del servicio en general consignada en este Ítem, consiste en el: “Mantenimiento periódico de la Red Vial Departamental que circula entre los distritos Patapo y Pucala”, tiene un presupuesto debidamente aprobado de 464 mil soles, que en suma incluyendo a los cuatro ítems anteriores, la inversión programada bordea los cinco millones de soles.
El comité de selección
Los actos procedimentales de cada uno de los procedimientos convocados, hasta el cierre de nuestra edición, nos muestran – según el Seace -, que serán llevados a cabo por el comité de selección presidido por Luis Gustavo Vela Requejo e integrado por los miembros Jorge Manuel Llerena Roncal y Cesar Yeude González Bernal, quienes realizar la evaluación de las ofertas que presenten los participantes y, su posterior otorgamiento de la buena pro programada para 30 de julio de 2025.
Los antecedentes
El proceso convocado referenciado líneas arriba, inicialmente fue convocado el 15 de abril del año en curso, el cual fue declarado nulo por el gobernador regional Jorge Pérez Flores, mediante la Resolución Ejecutiva Regional N° 000239-2025-GR. LAMB/GR de fecha 9 de junio de 2025, quien al tener conocimiento de serios vicios advertidos tanto en la utilización de las bases correspondientes y la vulneración de los principios de transparencia, eficacia y eficiencia que rigen para las contrataciones públicas del Estado, siendo considerados como vicios de nulidad, dieron lugar para que el titular de la Entidad decidiera declarar de oficio la nulidad del proceso.
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