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OBJETAN ADECUACIÓN A CRIMEN ORGANIZADO: ¿EXCESOS Y PRIVILEGIOS EN INVESTIGACIÓN DEL CASO ‘LIMPIOS DE LA CO

Escribe: Semanario Expresión
Edición N° 947

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  • Ex funcionarios recluidos en el penal de Chiclayo cuestionan tipificación penal que maneja el Ministerio Público.

 

A 16 meses de permanecer recluidos en el penal de Chiclayo, ex funcionarios de la Municipalidad Provincial de Chiclayo, inmersos en el caso ‘Limpios de la corrupción’, rompieron su silencio rechazando la adecuación de la investigación preliminar que se les sigue al Sistema de Crimen Organizado - Ley N° 30077.

 

Martín Villanueva Velezmoro, Carlos Santa Cruz Alarcón, Ciro Chávez Marttos, José Baca Távara y Jorge Inchaústegui Samamé, hicieron sentir su voz de protesta contra la investigación que dirige el fiscal Sergio Lucio Zapata Orozco, de la Tercera Fiscalía Provincial Penal de Chiclayo, quien a semanas de cumplirse el plazo de 18 meses de investigación dictaminada por la jueza Cecilia Costa Rodríguez Gonzales, del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria, resolvió adecuar lo actuado a la Ley de Crimen Organizado, a fin de ampliar el período indagatorio a 36 meses.

 

RECHAZAN ADECUACIÓN

Ellos denuncian que la fiscalía pretende adecuar las investigaciones de presuntos delitos realizados por “personas comunes” a la perpetración de una  organización criminal.

 

Sus abogados explican que, de acuerdo a lo señalado por la Ley N° 30077 – Ley Contra el Crimen Organizado, para que exista una organización criminal deben darse los siguientes requisitos: Que se trate de cualquier agrupación de tres o más personas; que exista un reparto de tareas o funciones; que se trate de cualquier tipo de estructura; que abarque cualquier ámbito de acción; que exista cierta permanencia en el tiempo; que tenga como finalidad la obtención de lucro; y que tenga como objeto o función, la comisión de uno o varios delitos graves.

 

Refieren que siendo estos investigados por los delitos de lavado de activos, peculado, corrupción de funcionarios, asociación ilícita para delinquir y otros, no calificarían para ser considerados como expresión de la criminalidad organizada, ya que – según las investigaciones - algunos de estos presuntamente se habrían realizado no como asociación ni mucho menos como organización, sino que se habrían consumado individualmente.

 

Esto se desprende de las investigaciones realizadas hasta el momento a cada imputado por parte del equipo del Ministerio Público. “Además, son investigados por una fiscalía penal común y no especializada. Lo mismo sucede con el juzgado penal común que ordenó su detención”, señalan.

 

El 30 de septiembre del 2014 la juez del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria ordenó el mandato de captura contra el entonces alcalde de Chiclayo, Roberto Torres Gonzales, familiares, regidores, funcionarios, empresarios, falsos proveedores y colaboradores, por presuntamente integrar una organización delictiva en perjuicio de la comuna provincial, la entidad del saneamiento EPSEL, el Servicio de Administración Tributaria de Chiclayo – SATCH y la Beneficencia Pública.

 

Un mandato similar se emitió el 11 de diciembre de ese año, siendo capturados dos exgerentes de la comuna, así como el gerente general de EPSEL.

 

EXIGEN GARANTÍA

“La doctrina conceptualiza al debido proceso como aquella garantía general mediante la cual se va a dotar de rango constitucional a todas aquellas garantías específicas que no han sido reconocidas expresamente en la Constitución. En ese sentido, es un derecho fundamental que asiste a todos los sujetos del derecho en cuya virtud, deben ser juzgados por un órgano creado conforme a lo prescrito por la Ley Orgánica correspondiente dentro del ámbito de la jurisdicción ordinaria, respetando los principios constitucionales de igualdad, independencia, imparcialidad y sumisión a la ley”, refiere la defensa técnica de los imputados.

 

Esta – conformada por los abogados particulares de cada investigado – relieva que incluso la Convención Americana de Derechos Humanos sanciona que “toda persona tiene derecho a ser oída por un tribunal competente, independiente e imparcial, establecido con anterioridad por la ley, en la sustentación de cualquier acusación penal formulada contra ella”.

 

Explica que esto quiere decir que si el fiscal de investigación pretende adecuar las investigaciones a crimen organizado, deberá ser una fiscalía especializada de crimen organizado que vea dichas investigaciones y, por consiguiente, un juez especializado en crimen organizado.

 

“Es más el fiscal pretende decir que es crimen organizado sin transcendencia nacional, situación que es algo contradictorio vulnerando derechos procesales de los investigados”, advierten los letrados.

 

“Han pasado 16 meses y aún no terminan con las investigaciones ni reúnen los elementos de convicción”, cuestiona la defensa legal, añadiendo que los imputados se mantienen con los mismos cargos por los que fueron ingresados en el establecimiento penitenciario.

 

“Por eso  pretender adecuar la investigaciones  como crimen organizado, es vulnerar derechos procesales de los investigados”, recalcaron.

 

TUTELA PROCESAL EFECTIVA

Frente a tal situación, los abogados de los ex funcionarios en mención, presentarán una Tutela Procesal Efectiva contra el fiscal responsable Sergio Lucio Zapata Orozco,  por considerar arbitrario, abusivo e ilegal lo resuelto en la Disposición N° 145 de fecha 12 de enero del 2016.

 

“Si el Ministerio Público, quisiera adecuar la presente investigación a una de crimen organizado, primero deberá verificar si tiene facultades para adecuar investigaciones ordinarias a una de crimen organizado y cumplida dicha exigencia; si los hechos materia de investigación, a efectos de ser considerados como crimen organizado, cumplen con los criterios fijados en el artículo 2° de la ley 30077 – Ley Contra el Crimen Organizado”, explicaron los abogados.

 

Bajo ese contexto, la fiscalía no habría sustentado adecuadamente si la organización criminal denominada por el Ministerio Público “Los Limpios de la Corrupción” cumple con los criterios antes mencionados, por lo que – aseguran - se hará valer los derechos con los recursos que establece la ley cuando los derechos de un procesado son vulnerados.

 

INVESTIGACIÓN DEFICIENTE

Para los abogados defensores la investigación nació con una serie de deficiencias, documentación fraguada y transgresiones al debido proceso, pruebas que serán exhibidas en el juicio oral.

 

Durante el presente período indagatorio (16 meses hasta ahora), el Ministerio Público no ha tenido un trato igualitario con los 120 investigados, algunos de los cuales han sido tratados – afirman - con “guantes de seda” pese a la gravedad de los hechos ilícitos cometidos según su propia declaración, como es el caso del ex presidente del directorio de EPSEL, Percy Quesquén Díaz; y del exgerente de Infraestructura, Carlos Mendoza Oliden.

 

“Si el grueso de la investigación radica en las obras, según la propia disposición 145 rubricada por el fiscal Zapata Orozco que adecúa el caso a Crimen Organizado, es injusto que el señor Mendoza goce de libertad mientras que los cinco exfuncionarios, ajenos a estas transacciones, están privados de su libertad desde hace 16 meses”, refiere la defensa.

Acota que existiría ensañamiento contra los funcionarios recluidos en el penal de Chiclayo.

 

TEST DE CREDIBILIDAD

Los letrados mencionan que gran parte de la investigación está sustentada en la declaración de los colaboradores eficaces, quienes amparados en el código de protección, habrían relatado los hechos en base a su conveniencia. Frente a esta situación, la defensa de Ciro Chávez y Carlos Santa Cruz ha pedido sin éxito al Ministerio Público que estos sean sometidos a un test de credibilidad.

En respuesta, la fiscalía  señala que recién está en la etapa de corroboración y aceptación de su solicitud de acogimiento a este beneficio.

 

“Si el principal sustento para ordenar la captura y posterior mandato de prisión preventiva fue la versión de los colaboradores eficaces, ahora se dice que está en evaluación, entonces por qué se hizo tabla rasa con la presunción de inocencia de los ahora encarcelados. Con esa actitud el mensaje fue primero te encierro y después te digo de qué te acuso”, cuestionan.

 

Además, detallan que en la normatividad referida a los colaboradores eficaces se indica que los cabecillas de una red delictiva no pueden ser considerados como tales. Sin embargo, en este caso se habrían acogido a este beneficio las cabezas de esta supuesta red criminal.

 

“Para el levantamiento del secreto de las comunicaciones no se ha seguido el protocolo correspondiente, tal es así que cuando los investigados piden copias de las actas suscritas por los especialistas, los mandan a buscar los folios en los voluminosos expedientes. En virtud a ello es que hemos solicitado la pericia de homologación de voces, pedido que también está pendiente de ejecución”, indican los abogados.

 

ORGANIZACIÓN SIN CEREBRO

Desde el inicio de la investigación,  Martín Villanueva Velezmoro fue sindicado  como  el “cerebro” de la organización “Los limpios de la corrupción”. Sin embargo, a lo largo del proceso esta tesis se habría desbaratado puesto que el encarcelado exfuncionario no aparece ni en las obras materia de cuestionamiento ni en la preparación de la campaña para la reelección del exalcalde Roberto Torres.

 

“Con cuanta ligereza se colocan apodos mellando su dignidad humana y ahora no pueden sostener esta aseveración que con tanta seguridad fue sustentada en el requerimiento de prisión por el fiscal Sergio Lucio Zapata y a lo largo de estos 16 meses. Ahora, en la disposición 145 de adecuación, el apelativo, ha desaparecido como por arte de magia”, refiere su defensa, anotando que frente a este abuso, los familiares tomarán las acciones correspondientes ante la instancia pertinente para resarcir el daño moral ocasionado.

Sin pericias contables

Por otro lado, exponen que para sustentar el delito de lavado de activos se debe contar con las pericias contables correspondientes, pero que por falta de recursos el Ministerio Público hasta ahora no ha realizado las mismas.

“Sin embargo, cuando los investigados han presentado las pericias de parte en su requerimiento de cese de prisión, estas han sido objetadas con argumentos poco relevantes como que por qué no consignaron los gastos de movilidad, detergente o diversión”, señalan.

 

Los abogados afirman que los exfuncionarios pasan sus días en prisión sin ningún tipo de privilegios, con todas las restricciones que conlleva vivir privados de su libertad y las carencias propias del sistema carcelario que aqueja al país.

 

Añaden que como cualquier interno soportan el hacinamiento, la penosa separación física de sus seres queridos especialmente de sus hijos, muchos de los cuales por ser menores edad desconocen su situación jurídica.

“No se justifica una prolongación de 18 meses más para los ex funcionarios privados de su libertad, entendiendo que consecuentemente a la adecuación de la investigación el fiscal solicitará la ampliación de la prisión preventiva para los ex funcionarios en cárcel”, anotaron.

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