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EL DRAMA DE JORGE RENTERÍA: MÁS DE MIL 200 DÍAS ALEJADO ILEGALMENTE DE SUS HIJAS

Escribe: Semanario Expresión
Edición N° 966

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  • Las instancias superiores le han anulado tres sentencias desfavorables para su causa emitidas por una misma jueza.

 

Desde octubre del 2013 el médico Jorge Rentería Ayudante vive alejado de sus tres menores hijas, pese a que en determinado momento el Poder Judicial declaró a su exconviviente, Ana Magallanes Dagnino, como no apta para mantener la tenencia.

 

El 7 de junio pasado, Rentería Ayudante se dirigió una vez más a la jefa de la Oficina de Control de la Magistratura – OCMA, Ana María Aranda Rodríguez, para pedir que a través de su despacho se interceda en virtud del retardo en la administración de justicia con el que se ha tratado hasta ahora su caso, estando de por medio, la integridad de sus hijas.

 

En febrero del 2013 Magallanes Dagnino se llevó a las menores de edad a Ica, de manera inconsulta y estando pendientes los procesos judiciales iniciados entre esta y el médico.

 

JUICIOS Y MÁS JUICIOS

La triste historia de este conflicto entre padres se originó en el 2012, cuando Jorge Rentería, médico psiquiatra del Hospital Nacional Almanzor Aguinaga Asenjo, presentó una ocurrencia de negligencia infantil ante la Fiscalía Mixta de José Leonardo Ortiz, solicitando que Magallanes Dagnino preste mayor interés en el cuidado de las niñas, debido a que la madre se excusaba en presuntos problemas de salud que nunca pudo acreditar ante la autoridad competente, pese a que se le habían practicado los exámenes correspondientes.

 

En respuesta, Ana Magallanes presentó una denuncia por violencia familiar ejercida presuntamente en perjuicio de ella y las menores, teniendo como resultado que el Ministerio Público emita una disposición de medidas de protección por las cuales se le prohibía al galeno incluso el ingreso a la vivienda que compartía con la madre de sus hijas.

 

Tiempo después se corroboró que las niñas habían sido manipuladas – tal como consta en el fallo judicial emitido en el 2014 – para que testimoniaran en contra de su padre, alegando maltratos que nunca existieron. En ese fallo, la juez Matilde Mesones Montaño, del Juzgado Mixto Transitorio de José Leonardo Ortiz, determinó que Rentería Ayudante ejercía maltrato psicológico contra Magallanes Dagnino, pero no contra las niñas. La jueza prescindió de un nuevo peritaje psicológico a las menores.

 

El fallo de la juez Mesones Montaño fue apelado y esto motivó el pronunciamiento de la Primera Sala Civil de Chiclayo, que ese mismo año, en septiembre, anuló la sentencia exigiéndole un nuevo pronunciamiento. La magistrada volvió a fallar, hubo nuevamente apelación y la Segunda Sala Civil de Chiclayo también le anuló la resolución de sentencia. En consecuencia, la magistrada deberá pronunciarse por tercera vez respecto de la denuncia por supuesta violencia ejercida contra la exconviviente del médico.

 

TENENCIA DE LAS NIÑAS

 

Magallanes Dagnino también inició una demanda para conseguir la tenencia de las menores ante el Tercer Juzgado de Familia de Chiclayo y otra por alimentos en el Juzgado de Paz Letrado, también de Chiclayo. Sin embargo, cuando el proceso por tenencia se encontraba en pleno desarrollo, Ana Magallanes se trasladó con las niñas, de manera inconsulta, a la ciudad de Ica, habiendo conseguido previamente que con una medida cautelar se le asigne el 50 % de la remuneración mensual de Jorge Rentería, que finalmente quedó establecida en el 45 %, equivalente a poco más de tres mil soles.

 

El Juzgado de Paz Letrado de Chiclayo ha solicitado a Magallanes Dagnino la rendición de los gastos efectuados en la manutención de las niñas, pero hasta el momento el requerimiento no ha recibido respuesta.

 

Respecto a la tenencia, el Tercer Juzgado Especializado en Familia de Chiclayo, despachado por la jueza Silvia Alvarado Vera, quien el 9 de julio del 2013 recibió opinión negativa al pedido de la madre por parte de la Tercera Fiscalía Provincial de Familia, declaró a Magallanes Dagnino “no apta para la tenencia de las niñas por improbada”, mencionando en su Resolución N° 17 del Expediente N° 2644-2012-0-1706-JR-FC-03, que la madre incumplió con presentarse a la única audiencia programada y no se sometió al peritaje psicológico, procedimiento que sí cumplió el progenitor. La sentencia, al no ser apelada, quedó consentida en noviembre del mismo año.

 

LOS FALLOS NULOS

Siendo así, Rentería Ayudante entabló una demanda de tenencia que recayó – sorprendentemente - en la competencia del Juzgado Mixto de José Leonardo Ortiz, bajo la tutela de la juez Matilde Mesones, la misma a la que le han anulado dos de sus resoluciones en el caso de violencia.

 

La magistrada dio su pronunciamiento septiembre del 2015 con un fallo que declaró infundada la petición del médico y dispuso el establecimiento de un régimen de visitas para que el galeno vea a sus hijas los sábados y domingo de cada mes, en horario de 9 de la mañana a 1 de la tarde, en el domicilio de la demandada, es decir, en la ciudad de Ica, previa comunicación telefónica o por Internet. Asimismo, le otorgó al padre siete días de vacaciones de verano en su domicilio, tras los cuales las niñas debían ser retornadas a Ica.

 

La decisión fue apelada por la defensa legal del médico y esto ameritó el pronunciamiento de la Primera Sala Especializada Civil, que anuló la sentencia, ordenando que la jueza Matilde Mesones, del Juzgado Mixto de José Leonardo Ortiz, emita un nuevo fallo. Esto está pendiente.

 

“Lo que yo no logro explicarme es cómo la Primera Sala Civil que en el 2014 me negó una medida cautelar para obtener la tenencia de mis niñas, argumentando que estaban más seguras con su madre por su edad y sexo, después anula el fallo de la jueza Matilde Mesones, refiriendo que esta cometió omisiones de naturaleza insubsanable que contravienen los principios procesales de tutela, el debido proceso y la debida motivación. Lo que está sucediendo en mi caso es inconcebible, porque ahora deberé esperar la disponibilidad de la juez para que se pronuncie. Ya una vez se demoró 14 meses, ¿ahora demorará 14 meses más? Y mientras tanto, ¿cómo queda la relación con mis hijas?”, cuestiona Jorge Rentería.

 

RELACIONES ROTAS

El pasado 29 de abril, Rentería Ayudante viajó a Ica y se constituyó a la Institución Educativa Juan XXIII para ver a sus hijas. Sin embargo, la madre las retiró 30 minutos antes de la hora de salida, frustrando así el encuentro entre las menores y su progenitor, pese a no existir fallo judicial vigente que impida el acercamiento.

 

El hecho fue registrado como ocurrencia en la Comisaría de Ica, tal como consta en el respectivo certificado alcanzado a la jueza del Juzgado Mixto de José Leonardo Ortiz.

 

Rentería Ayudante afirma con total seguridad que lo sucedido en su caso responde a la indiferencia de las autoridades judiciales para cautelar el crecimiento armonioso de sus hijas, pues sostiene que se vienen violando principios elementales de la Convención Internacional del Niño, tratado del cual el Perú es país firmante, específicamente los enunciados 3, 4, 9 y 11, referidos al derecho inalienable del menor a contar con un padre y una madre.

 

Lo que más le preocupa es que la separación de sus hijas, por el tiempo transcurrido, ha permitido que se instale el síndrome de Alienación Parental, que consiste en poner al hijo en contra del progenitor no tenedor, con consecuencias emocionales casi irreparables para el desarrollo de su personalidad y la secuela emocional, el mismo que se irá consolidando en la medida que demore la resolución del proceso judicial de tenencia que Jorge Rentería espera de la jueza Matilde Mesones.

 

De ahí su pedido clamoroso a la jefa del Órgano de Control de la Magistratura – OCMA, pues refiere haber agotado todas las instancias locales, reuniéndose incluso hasta en ocho oportunidades con el jefe de la ODECMA Lambayeque, José Rodríguez Tanta, sin tener hasta el momento solución que ampare su ansias de justicia. 

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