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AUDIENCIA SERÁ EL 3 DE MAYO: Demandan a alcalde de Ferreñafe por alimentos y reconocimiento

Escribe: Semanario Expresión
Edición N° 1294

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  • Juzgado ordenó recorte provisional del 50 % de su sueldo como autoridad.

El juez William Mijahuanca Cajusol, del Primer Juzgado de Paz Letrado de Ferreñafe, programó para el próximo 3 de mayo la audiencia única a la que deberá concurrir el alcalde de la vecina provincia, Polanski Carmona Cruz, quien fue demandado por pensión alimenticia y reconocimiento.

La decisión está contenida en la Resolución n.° 1, del 3 de marzo del 2023, contenida en el Expediente 00776-2023-0-1707-JP-FC-01, abierto tras la demanda presentada por Erika Díaz Manay contra la autoridad municipal, con el objetivo que esta la acuda con una pensión de alimentos mensual y adelantada a favor de la hija de ambos, de iniciales A.A.C.D., de 6 años de edad.

Pensión anticipada

Ante ello, el magistrado, considerando que el proceso de alimentos debe ser resuelto en los plazos más cortos, por cuanto el derecho de alimentos está relacionado al derecho a la vida y su atención debe ser primordial, máximo si se tiene en cuenta que se trata de procesos relacionados a menores de edad, es pertinente la aplicación de plazos razonables.

“Si bien el segundo párrafo del artículo seiscientos setenta y cinco del Código Procesal Civil, prescribe que: ‘En los casos de hijos menores con indubitable relación familiar, el juez deberá otorgar medida de asignación anticipada, actuando de oficio, de no haber sido requerida dentro de los tres días de notificada la resolución que admite a trámite la demanda”; sin embargo; atendiendo al carácter tuitivo de los alimentos y teniendo en cuenta además el Principio Rector del Interés Superior del Niño, el que suscribe la presente resolución, es de la idea de conceder dicha asignación en el presente auto y no esperar a que se solicite dentro de los tres días de notificado el mismo, pues debido a la carga procesal que maneja este Juzgado, sería difícil poder controlar y computar dicho plazo, motivo por el cual se concederá una asignación de alimentos provisional”, argumentó el juez respecto a su decisión de conceder la pensión alimentaria anticipada.

Decisión

El magistrado anota, además, con la partida de nacimiento de la menor alimentista, inserta en los anexos presentados, se encuentra acreditado el entroncamiento familiar entre esta y el demandado; por tal sentido concluye que existiendo el estado de necesidad de la alimentista; la verosimilitud del entroncamiento familiar; y el peligro en la demora, por tratarse de una acción

impostergable como son los alimentos, cumpliéndose así con la exigencia del artículo seiscientos setenta y cinco del Código Procesal Civil, es amparable una asignación anticipada.

De este modo, como pensión alimentaria anticipada, el juez ha decidido otorgar el 50 % de la remuneración, gratificaciones, bonificaciones, escolaridad y demás ingresos y beneficios que percibe Polanski Carmona como alcalde de la Municipalidad Provincial de Ferreñafe.

Acto seguido, el juez admite en la vía el proceso único de demanda de pensión alimenticia y reconocimiento instaurado por Erika Díaz Manay, en representación de su menor hija, contra Polanski Carmona Cruz, señalando como que la audiencia única virtual deberá realizarse el próximo 3 mayo a las 10:00 de la mañana.

Ordenó que se abra una cuenta alimestista en el Banco de la Nación a nombre de la demandante y que se curse oficio a la Superintendencia Nacional de Registros Públicos – SUNARP, para que se realice la búsqueda a nivel nacional de bienes muebles e inmuebles que estén a nombre del alcalde de Ferreñafe como persona jurídica en calidad de socio, gerente o apoderado. También se ha solicitado la declaración jurada de rentas.

En la misma resolución, el magistrado invita a las partes a la conclusión del proceso vía conciliación.

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