Por falta de profesionalismo y visión, el alcalde del distrito de Olmos, Juan Mío Sánchez, está condenando a su pueblo al atraso, desinformación y descontento general. Desde hace 16 meses en que asumió la alcaldía no muestra una obra efectiva que evidencie desarrollo y progreso para los olmanos.
De ascendencia política fujimorista, Juan Mío llegó por segunda vez a dirigir los destinos de los olmanos bajo la promesa de desarrollar un trabajo municipal que cubra las expectativas y para que su pueblo llegue a ocupar el sitial que le corresponde, ahora que el Proyecto Olmos se hizo realidad y empresas de renombre nacional se han instalado en su jurisdicción para generar trabajo y crecimiento económico de la zona.
Sin embargo, lo que hasta ahora ha sobresalido en la gestión de Mío Sánchez son las diversas denuncias que ha emprendido contra la gestión del exalcalde Willy Serrato Puse, las que con todo derecho puede emprender, sin que ello signifique detener la ejecución de importantes obras y las mejores relaciones entre los actores que coadyuvan al crecimiento del distrito.
Nos ha llamado la atención que el burgomaestre olmano no haya comunicado a su cuerpo de regidores y menos a la comunidad lambayecana que la Contraloría General de la República, a través de Oficina de Coordinación Regional Norte, con fecha 15 febrero del presente año, comunicó su diagnóstico legal respecto a la determinación de deuda e ingresos por concepto de impuesto de alcabala del período 2010 y 2013 en la Municipalidad Distrital de Olmos, con especial énfasis en el caso de las 12 empresas adquirientes de los lotes del Proyecto de Irrigación Olmos.
Y la pregunta cae de madura, ¿por qué después de dos meses y medio el alcalde sigue guardando este documento que a todas luces señala que los procedimientos de pagos de los tributos de las tierras adquiridas se han aplicado de manera correcta?
Creo, sin temor a equivocarme, que Mío Sánchez busca mantener un halo de desinformación, cuya consecuencia directa es ahuyentar las inversiones en el distrito con irresponsabilidad y abuso de autoridad, más aún cuando se ha comunicado por parte de la Contraloría los resultados de la revisión de la información sobre ingresos por tributo de alcabala, tema por el cual la gestión del alcalde, a través de su Procurador Municipal, denunció penalmente el año pasado al exlacalde, a los exregidores y a los representantes que compraron las tierras de Olmos. Hoy según lo señala la Contraloría, se sabe que no hay irregularidades y, por lo tanto, la denuncia se ha caído.
Como es de conocimiento público, la fiscalía, en primera instancia, declaró que no procede formalizar ni continuar con la investigación preparatoria. Sin embargo, la Fiscalía Superior de Apelaciones, ante el recurso presentado por el Procurador de la Municipalidad Distrital de Olmos, Hugo Lamadrid Ibáñez, declaró fundado en parte el recurso y ordenó a la Fiscalía Provincial que formalice investigación preparatoria contra los representantes de las empresas y contra el exalcalde y los exregidores por delito de Colusión y Cohecho ordenando el cierre del caso por delitos de malversación y asociación ilícita, pero además que se les investigue por delito tributario.
A mi entender el Procurador Ad Honorem de la municipalidad olmana, Hugo Lamadrid Ibáñez, ha llevado a un error grave, con consecuencias que podrían desencadenar un proceso penal contra el alcalde Juan Mío por daños y perjuicios ocasionados a los denunciados.
Creo también pertinente señalar que Lamadrid Ibáñez tiene intereses incompatibles en su desenvolvimiento profesional, pues está vinculado a casos contra el Estado, vulnerando la legislación de la Defensa Jurídica del Estado, razones por las cuales debería ser separado del cargo.
Recordemos que Lamadrid Ibáñez, interpuso una acción de amparo contra el Gobierno Regional de Lambayeque, el Ministerio de Agricultura, el Congreso de la República y el Proyecto Especial Olmos Tinajones, actuando como abogado en representación de la Comunidad de Olmos.
Por lo que teniendo en cuenta que uno de los requisitos fundamentales para poder ser nombrado como Procurador Público Municipal es no tener litigio pendiente con el Estado, conforme lo señala el inciso 7, del Artículo. 18° del Decreto Legislativo N° 1068, del Sistema de Defensa Jurídica del Estado, al momento en que fue nombrado como Procurador aún mantenía litigio pendiente contra el Estado, por lo que su nombramiento es nulo, al no cumplir con los requisitos definidos por la norma pertinente. Hasta donde se sabe, su permanencia en el cargo podría generar responsabilidades de orden penal, civil y administrativo.
Ojalá el alcalde de Olmos revise bien todas las normas, se asesoré profesionalmente y no condene a su pueblo en la postergación de sus obras, negando la oportunidad de trabajo a tantos pobladores que necesitan de ingresos para mejorar su calidad de vida.
Chk1 and Chk2 inhibitors clinical trials with sunitinib gemcitabine CBP 501 and UCN 01 for cancer, Can Bas donde comprar priligy mexico Whole brain one sample t tests for angry versus neutral face recognition revealed significant activation for the raloxifene and placebo conditions see Figure 1, Table 2