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CONTRALORíA LE OBSERVA 26 PROCESOS DE CONTRATACIÓN Y SELECCIÓN A DAVID CORNEJO

Escribe: Semanario Expresión
Edición N° 1017

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Doce licitaciones y adjudicaciones fueron anuladas por la existencia de irregularidades.

 

De malas. La gestión del alcalde David Cornejo Chinguel en la Municipalidad Provincial de Chiclayo registra, hasta el momento, más de un tropiezo. Diversas son las contrataciones, adjudicaciones y procedimientos que la Contraloría General de la República le ha observado en los dos años y medio que tiene al frente de la comuna, acciones de control que han permitido poner al descubierto prácticas irregulares que han originado la caída de los procesos, muy similares a las que aplicaba la administración anterior.

 

Expresión  hace un recuento detallado de todo lo hallado por la Contraloría en el 2015, 2016 y lo que va del presente año en la gestión de Cornejo Chinguel, a cuyo despacho se advirtieron oportunamente las deficiencias en las que incurrían las áreas usuarias y sus principales funcionarios al pretender concretar procesos viciados, poniendo en juego millones de soles.

 

ALIMENTOS

El 11 de mayo del 2015 el alcalde de la ciudad fue informado, a través del Oficio N° 112-2015 de la Oficina de Control Institucional – OCI, sobre lo encontrado en la Adjudicación por Régimen Especial N° 01-2015-MPCH: “Adquisición de arroz pilado superior y frejol pallar bebé para el Programa de Complementación Alimentaria de la Municipalidad Provincial de Chiclayo”, valorizada en un millón 455 mil 197.10 soles, donde se determinó que el valor referencial de los productos alimenticios incumplía la normativa aplicable.

 

Además, se estableció que en la evaluación de la propuesta técnica la Comisión de Adquisiciones consideró como válida la propuesta técnica de los postores a pesar de no cumplir con requisitos en las bases. Todo ello fue corroborado en el Informe de Auditoría N° 581-2016-CG/CORECH-AC.

 

LLANTAS

El 30 de julio la Contraloría advirtió anomalías en la Adjudicación de Menor Cuantía N° 15-2015-MPCH-CEP: “Adquisición de llantas para diferentes unidades vehiculares de la Municipalidad Provincial de Chiclayo – Primera Convocatoria Derivada de la ADP N° 03-2015-MPCH-CEP”.

Con el Oficio N° 234-2015-MPCH/OCI, se notificó a Cornejo Chinguel que el Comité Especial había decidido no admitir la propuesta técnica del postor argumentando que la Declaración Jurada de Capacitación de Personal consignaba una denominación diferente al proceso de selección convocado, y que este había decidido no devolver la propuesta técnica original al postor que presentó un documento emitido por un distribuidor y no por un fabricante. El proceso, valorizado en 287 mil 316.38 soles, fue declaro desierto.

 

PISTAS Y VEREDAS

Un tercer proceso observado por la Contraloría a la gestión de David Cornejo fue la Licitación Pública N° 04-2015-MPCH-CEP: “Construcción de pavimento y veredas en la Avenida Tumbes, tramo entre la Avenida Salaverry y la Avenida Prolongación Bolognesi – Pueblo Joven Elías Aguirre, Chiclayo”, con un valor de tres millones 259 mil 944.56 soles.

 

En este caso se estableció que en los Requerimientos Técnicos Mínimos de las bases administrativas se incluyó como personal a un ingeniero topógrafo y agrimensor, profesional que no estaba considerado en el análisis de gastos generales variables del expedite técnico; que se establecieron exigencias específicas para el personal y que en el Resumen Ejecutivo no se consignó información exigida por la directiva que regulaba su contenido.

 

Esto fue comunicado al burgomaestre con el Oficio N° 403-2015-MPCH/OCI el 30 de noviembre del 2015, y se confirmó con el Informe de Auditoría N° 581-2016 de la Contraloría.

 

El 9 de diciembre de ese año, Cornejo Chinguel fue informado, a través del Oficio N° 418 por el Órgano de Control que se había encontrado deficiencias en la Licitación Pública N° 03-2015-MPCH-CEP: “Mejoramiento de la transitabilidad peatonal de las veredas de las calles del pueblo joven Jorge Chávez, Chiclayo”, presupuestada en dos millones 582 mil 930.10 soles. En dicho proceso reportaron cinco observaciones.

 

La primera de estas es que en los Requerimientos Técnicos Mínimos de las bases administrativas se incluyó como personal técnico mínimo a un profesional ingeniero prevencionista, el que no estaba considerado en el Análisis de Gastos Generales Variables del expediente técnico; deficiencias respecto a las existencias establecidas como requerimientos técnicos mínimos para el personal propuesto como administrador, que los factores de evaluación considerados en las bases no correspondían a procesos convocados para la contratación de obras, que los criterios de evaluación establecidos para el residente de obra limitaba la participación de postores y que en el Resumen Ejecutivo no se consignó la información exigida por la Directiva N° 004-2013-OSCE/CD.

El proceso se declaró desierto.

 

CALLE AREQUIPA

Ese año también se reportó lo observado en la Adjudicación Directa Selectiva N° 21-2015-MPCH/CEP: “Mejoramiento del servicio de agua potable y alcantarillado de la calle Arequipa, cuadra 1, 2, 3 y 4, del distrito de Chiclayo”. Esto fue comunicado al alcalde con el Oficio N° 445-2015 del Órgano de Control Interno el 17 de diciembre.

 

Se determinó que en dicho proceso los Requerimientos Técnicos Mínimos específicos solicitados en las bases para el personal propuesto (residente de obra, asistente de obra, maestro de obra, ingeniero especialista en seguridad almacenero) limitaban la mayor participación de postores. En el caso del maestro de obra, por ejemplo, no se contemplaba en el Análisis de Gastos Generales Variables del expediente técnico. Las anomalías también se confirmaron con el Informe de Auditoría 581-2016 de la Contraloría.

 

VISITAS DE CONTROL

En el 2015 se realizaron también diversas visitas de control y en ellas se determinaron otras anomalías en los procedimientos seguidos por la administración municipal. Por ejemplo, se hallaron deficiencias en la entrega de aceite vegetal adquirido para el Programa de Complementación Alimentaria; en la obra de “Mejoramiento de la plataforma deportiva tramo entre la Avenida Raymondi, Arica, México y Pasaje 9 de Octubre en el pueblo joven El Porvenir”, (188 mil 517.97 soles) ejecutada por administración directa, y en la obra de “Mejoramiento del sistema de agua potable y alcantarillado de la calle Sergio Bermejo, entre la calle Prolongación Pacasmayo y la Avenida Garcilaso de la Vega” (162 mil 890.09 soles), también ejecutada por administración directa.

 

Otras anomalías se constataron también en el mantenimiento de parques y jardines.

 

GERENCIA DE URBANISMO

Ya en el 2016, el 20 de abril, David Cornejo fue informado con el Oficio N° 157-2016-MPCH/OCI, sobre las irregularidades halladas en la tramitación y emisión del Formulario Único de Conformidad de Obra y Declaratoria de Edificación.

 

La Contraloría determinó que la Gerencia de Desarrollo Urbano, a través de dicho formulario, había otorgado conformidad a trabajos de ampliación y modificación que trasgreden la norma de edificación vigente y cuyos planos contenían información distinta a la real.

 

Asimismo, que en dicha gerencia se había extraviado el expediente que contenía los actuados del Formulario Único de Conformidad de Obra y Declaratoria de Edificaciones tramitado y emitido de manera irregular.

 

PUEBLO JOVEN SANTO TORIBIO

El 3 de mayo, se notificó al alcalde con el Oficio N° 188-2016 del Órgano de Control de lo detectado en la Adjudicación Simplificada N° 03-216-MPCH: “Mejoramiento del servicio de transitabilidad peatonal en las calles del pueblo joven Santo Toribio de Mogrovejo, Chiclayo”, valorizada en 570 mil 191.51 soles.

 

La Contraloría estableció que el Comité de Selección por unanimidad había descalificado la oferta del Consorcio Ejecutor Lambayeque, invocando el Artículo 47 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aplicable en la contratación de servicios en general y consultoría en general.

 

La decisión del comité se basó en que la oferta económica presentada por el consorcio fue de 513 mil 172.36 soles, monto que correspondía al 90 % del valor referencial. Sin embargo, según la norma las entidades solo deben rechazar las propuestas que se encuentran por debajo del 90 % del valor total.

 

AVENIDA TUMBES - II

Con el Oficio N° 222-2016, del 26 de mayo del 2016, el alcalde fue informado que en la Licitación Pública N° 004-2015-MPCH/CE: “Construcción de pavimentos y veredas de la Avenida Tumbes, tramo entre la Avenida Salaverry y la Prolongación Bolognesi, del pueblo joven Elías Aguirre”, se había convocado sin considerar los trabajos de saneamiento básico pendientes por parte de EPSEL.

En opinión de la Contraloría dicha ausencia afectaba la ruta crítica de la obra y podía ocasionar posibles ampliaciones de plazo y el reconocimiento de mayores gastos generales a favor del contratista. La deficiencia se confirmó con el Informe de Auditoría N° 581-2016.

Calle Arequipa – II

 

En la Licitación Pública N° 002-2016-MPCH/CE: “Mejoramiento de la transitabilidad vehicular y peatonal de la calle Arequipa, tramo entre la Avenida Salaverry y la Prolongación Bolognesi”, valorizada en cuatro millones 785 mil 005.24 soles, se detectó que el expediente técnico de la obra fue elaborado y aprobado sin contar con el estudio de mecánica de suelos exigido en el marco normativo aplicable, lo que cual afectaba la calidad de la obra y reducía su vida útil.

 

Asimismo, el 10 de junio del año pasado, Cornejo Chinguel fue informado que el expediente técnico de la obra también fue elaborado sin contar con la declaratoria de la viabilidad del proyecto exigida por el Sistema Nacional de Inversión Pública.

 

En agosto, la Contraloría detectó también que la obra no contaba con la supervisión exigida en la normativa presupuestal y de contratación pública.

 

Como consecuencia de lo advertido, se inició el proceso administrativo disciplinario contra dos funcionarios municipales.

 

CONTRATACIÓN IRREGULAR

El 3 de octubre del 2016 el alcalde fue informado de la irregularidad cometida por la comuna con la contratación del ciudadano extranjero Lorenzo Ferrer Villamontes.

 

La Municipalidad Provincial de Chiclayo contrató los servicios de Ferrer Villamontes sin contar con la aprobación del Ministerio de Trabajo y Promoción Social, manteniendo una relación contractual con dicho ciudadano en calidad de ingeniero mecánico pese a no contar con el título profesional validado por el Colegio de Ingenieros del Perú ni poseer Registro Nacional de Proveedores para contratar con el Estado.

 

COMPLEJO DE CIUDAD DEL CHOFER

Otro proceso observado por la Contraloría fue la Licitación Pública N° 01-2016-MPCH/CS: “Creación del Complejo Deportivo Municipal en la Urbanización Ciudad del Chofer, Chiclayo”, valorizada en cinco millones 370 mil 119.10 soles.

 

En dicho proceso se halló que la Conformación del Comité de Selección vulneraba lo establecido en la normativa de contrataciones del Estado, que el perfil mínimo del plantel profesional clave para la ejecución de la obra limitaba la mayor participación de postores, que el expediente técnico duplicaba partidas y que el valor referencial de la obra presentaba una antigüedad de seis meses.

 

MÁS CASOS

La Contraloría General de la República anuló de oficio, con el Informe N° 23-2016-GRRHH/ADP, el Proceso CAS N° 014-2014-MPCH, convocado para la contratación de personal de la Subgerencia de Logística y Servicios Internos de la comuna.

 

Lo mismo aplicó a la Adjudicación Simplificada N° 017-2016-MPCH/CS: “Mejoramiento de la transitabilidad vehicular de la calle Miraloverde, cuadra 1 (tramo entre la calle Santa Inés y la calle Juan Pablo II), Urbanización Las Brisas, valorizada en 307 mil 522.64 soles.

 

También se observó la Adjudicación Simplificada N° 06-2016-MPCH/CS: “Creación del Parte de las Fuentes”, donde se constató que los requisitos de calificación para la capacidad técnica y profesional del personal propuesto en las bases era contraria a lo establecido por el marco normativo. Sin embargo, la comuna no adoptó las medidas correctivas.

 

Asimismo, se observó la designación de María Lucumí Paucar como Subgerente de Estudios y Proyectos, lo que originó su destitución, debido a que su nombramiento colisionaba con la normativa vigente; y los gastos de servicios básicos asumidos por el municipio al suscribir con la Academia Nacional de la Magistratura el convenio de cooperación y afectación del uso gratuito de inmueble para el funcionamiento de su local institucional.

 

Por otro lado, la Contraloría halló irregularidades en el gripo municipal, en la obra “Mejoramiento del complejo deportivo entre las calles Echenique y Progreso de la Urbanización Remigio Silva”, y en el almacenamiento de cemento y tuberías de PVC.

 

EN EL 2017

En lo que va del año, la Contraloría ha observado la Licencia de Edificación N° 1205-2016, que autorizó la construcción de un inmueble para el uso comercial en la calle Francisco Cúneo N° 460 de la Urbanización Patazca, así como la Adjudicación Simplificada N° 015-2016-MPCH-OEC: “Contratación del suministro de entero de caballa en aceite vegetal para el Programa de Complementación Alimentaria”, valorizada en 384 mil 395 soles.

 

También, la designación de la Procuradora Pública Municipal Adjunta sin cumplir los requisitos exigidos en la normativa aplicable, y la Adjudicación por Régimen Especial N° 001-2017-MPCH-CA: “Adquisición de suministros de arroz pilado superior y frejol bocanegra para el Programa de Complementación Alimentaria – 2017”.

 

Otros casos son la Licitación Pública N° 001-2017-MPCH/CS: “Mejoramiento de la transitabilidad vehicular y peatonal en la Urbanización Ana de los Ángeles”, valorizada en dos millones 47 mil 11.38 soles, y la Adjudicación Simplificada N° 004-2017-MPCH/CS: “Mejoramiento de la transitabilidad vehicular y peatonal de la calle Precursor Miranda, cuadra 1, 2 y 3 del pueblo joven 9 de Octubre”, con un millón 149 mil 718.89 de presupuesto.

 

Del mismo modo se han hecho observaciones al Archivo de la Gerencia de Desarrollo Urbano. 

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 respuesta de jose paredes el 2019-11-05.

que comentario bueno sera de estos futuros congresistas que van seguir el mismo rumbo de los excongresistas anteriores, solo falta anotar al rateraso de rolando Campos Villalobos son una sarta de oportunistas que solo entran al congreso para favorecerse y a sus amigos auspiciadores no debe existir congreso, no deben tener impunidad y bajar el sueldo al minimo como cualquier servidor si ponen este sueldo veamos si postulan e invierten en su npostulación bueno eso es mi comentario

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