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PROPIEDAD DE MARAKOS GRILL SAC: Incautaron cami贸n sin existir delito previo y lo entregaron a la municipalidad de 脥llimo

Escribe: Semanario Expresi贸n
Edición N° 1379

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  • Fiscalía de Extinción de Dominio de Lambayeque y Pronabi habrían actuado de manera ilegal.
  • Serfor ha emitido hasta tres informes negando la existencia de delito ambiental por parte de empresa lambayecana, por lo que caso fue archivado en Fiscalía Especializada en Delitos Ambientales.

La historia de un camión de dos toneladas marca Kia, propiedad de Marakos Grill SAC, representado por Juan Carlos Dongo Ávalo, es sorprendente. En junio pasado fue intervenido en un operativo al ingreso de Lambayeque por la autoridad forestal, encontrándose al interior ramas de poda y frutas, productos extraídos del fundo privado de la empresa y debidamente declarados en las guías correspondientes. Sin embargo, pese a que pronunciamientos oficiales certifican que no había nada de ilegal en la carga, la Fiscalía de Extinción de Dominio de Lambayeque decidió que el bien sea entregado al Pronabi y este lo ha transferido a la Municipalidad Distrital de Íllimo. Dos fiscales están quejados por este extraño procedimiento.

Cerca de las 7:30 p. m., del 6 de junio, el conductor del camión frigorífico marca Kia, de placa M6W 751, notificó al gerente de la empresa Marakos Grill SAC, Juan Carlos Dongo Ávalo, que había sido intervenido en un operativo en el que participaban inspectores del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre – Serfor; el Ministerio Público, a través de la Fiscalía Especializada en Delitos Ambientales y la Policía Nacional del Perú.

Al interior de la unidad, con capacidad de carga de dos toneladas, encontraron cajas de frutas y ramas producto de una poda realizada ese día en el fundo de la empresa, las mismas que estaban declaradas en las guías correspondientes. Aun así, el vehículo fue trasladado a la unidad de la Policía Forestal, en la avenida 9 de Octubre, en Chiclayo.

“Un detalle no menor es que el mismo día, horas después, en el mismo operativo en el que también estaban inspectores del sector Producción, se interviene a una cámara frigorífica de 12 toneladas que trasladaba pescado con tallas menores a las permitidas. Al día siguiente, viernes 7 de junio, fue feriado, por lo que al lunes siguiente solicité que Serfor realice una inspección al fundo y constante que las ramas eran resultado de una poda y no de tala ni depredación, como indicaron en el operativo. La autoridad forestal es Serfor y, por lo tanto, la única que podía determinar si lo que habíamos hecho nosotros, como parte de una poda sanitaria, era o no causal de sanción”, explica Dongo Ávalo.

Inspección del Serfor

Ante la solicitud, Serfor realizó la constatación el 17 de junio en el fundo ubicado en Pítipo, Ferreñafe, y emitió su primer informe fundamentado, señalando que no había infracción al medioambiente y que, en efecto, las ramas eran resultado de una poda.

“Se constata que, efectivamente, se realizaron podas de árboles y efectuado el análisis respectivo con lo expuesto, se determina que en este caso no existe afectación al recurso forestal y por consecuencia tampoco hay afectación al medioambiente”, señala el Informe Fundamentado n.° D000086-2024-MIDAGRI-SERFOR-ATFFS, suscrito por el ingeniero Walter Alarcón Díaz.

Con ese escrito Dongo Ávalo se apersonó a la fiscalía del medioambiente para pedir la inmediata devolución del camión, que seguía retenido.

“El fiscal adjunto David Gonzales Morales se mostró un poco incómodo con el resultado del informe y lo que hizo fue pedir una aclaración del informe. Serfor aclaró, con un segundo informe, en los mismos términos, concluyendo que no había infracción alguna”, explica Dongo Ávalo.

En efecto, la Autoridad Técnica Forestal de Lambayeque emitió el 13 de agosto el Informe Técnico n.° D000143-2024-MIDAGRI-SERFOR-ATFFS-Lambayeque, confirmando los términos del primer documento, señalando, además, que la fiscalía ambiental debía tener conocimiento que la poda con fines sanitarios es permitida debido a que existe una enfermedad que afecta las ramas primarias de los algarrobos, por lo que el argumento de descargo de Dongo Ávalo era absolutamente válido.

“Pedí al fiscal la liberación inmediata del camión y en ese momento recordé lo que he mencionado, que el mismo día ingresó intervenida una cámara de 12 de toneladas. Grande fue mi sorpresa al saber que la cámara había sido liberada. Lo que sabemos es que el propietario de dicha unidad se acogió a la terminación anticipada; es decir, acepto el delito de trasladar especies hidrobiológicas con talla inferior a la permitida y pagó una caución. Sin embargo, en nuestro caso, pese a los informes de Serfor, se nos seguía reteniendo el camión”, manifiesta el empresario.

Dispuesto por Pronabi

Fue ante ese reclamo que la fiscalía del medio ambiente dispuso el archivo del caso y la inmediata liberación del camión, hecho que nunca ocurrió.

“Cuando me apersono para recoger mi camión, la policía me informa que el camión ya había sido incautado por la Fiscalía de Extinción de Dominio y que se había emitido una medida cautelar. Yo soy abogado y pedí a la juez a cargo el cese inmediato de dicha cautelar al no existir delito, pues ya se había archivado el caso y al tener los informes de la autoridad forestal, era lo que correspondía. Citó a audiencia de cese de la medida de incautación el 4 de octubre, para esto el Programa Nacional de Bienes Incautados – Pronabi, ya había hecho el reparto de unidades, entre ellas nuestro camión”, relata.

El camión, que cuenta con un sistema frigorífico alemán, valorizado en aproximadamente 50 mil dólares americanos, fue entregado a la Municipalidad Distrital de Íllimo, pese a que la cautelar de incautación estaba para revisión del cese, la autoridad forestal no había señalado infracción y la fiscalía ambiental había archivado el caso. Es decir, se dispuso del bien sin existir delito.

Nuevos informes

“El día de la audiencia de cese de la cautelar, el fiscal de Extinción de Dominio, Guillermo Olivera Samamé, informa, en mi opinión de manera temeraria, que había solicitado dos informes más, uno a Serfor Lima y otro a Serfor Lambayeque para que aclaren respecto de la inspección realizada y las ramas encontradas en el camión. Como ambos informes no se habían recibido aún, la jueza accedió a no revisar el cese”, explica.

Refiere que Serfor Lima se pronunció pidiendo que la oficina descentralizada de Lambayeque emita un nuevo informe, el mismo que fue enviado al fiscal Olivera Samamé el 11 de octubre, con el Oficio n.° D000454-2024-MIDAGRI-SERFOR-ATFFS-LAMBAYEQUE, suscrito por el administrador técnico forestal de Lambayeque, Jorge Alfaro Navarro. En este se precisa que el caso no ameritaba ninguna multa ni sanción por las razones antes expuestas.

“Los informes ya llegaron y por eso estamos pidiendo una nueva audiencia para el cese de la cautelar de incautación, y en paralelo hemos apelado la decisión de la jueza ante la Sala de Extinción de Dominio con sede en Trujillo. Pedí una audiencia con la fiscal provincial de Extinción de Dominio, Lizeth Velásquez Porras, a la que le manifesté mi extrañeza porque teniendo tres informes positivos de Serfor y un archivo de la fiscalía ambiental, mi camión sigue incautado. La respuesta fue que la decisión de la fiscalía ambiental era independiente de la de su despacho”, relata.

Dongo Ávalo cuestiona que la Fiscalía de Extinción de Dominio haya actuado – en su opinión – con doble criterio respecto a su unidad incautada y la ya mencionada cámara frigorífica de 12 toneladas, pues, como se ha explicado, esta fue liberada.

“Cuando le expuse la situación a la fiscal, esta respondió que quizá su despacho no había sido notificado de la intervención de la cámara de 12 toneladas. Dudé y consulté con la policía, corroborando que ambos casos, el mío y el de la cámara, fueron notificados a Extinción de Dominio el 8 de junio. Dicha fiscalía incautó mi camión el 12 de junio y la cámara fue liberada el 13 de junio, al mediodía. ¿Por qué no se incautó también la cámara? ¿Los fiscales no vieron que había tremendo camión al lado sobre el cual ya habían sido notificados o es que acaso algo ocurrió para que no lo vieran?”, objeta el empresario.

Juan Carlos Dongo ha quejado ante el órgano de control del Ministerio Público a los fiscales Guillermo Olivera Samamé y Lizeth Velásquez Porras, pues considera que su accionar resulta irregular y trasgrede el correcto cumplimiento de la Ley de la Carrera Fiscal.

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