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ALERTA CONTRALORÍA: INTERVENCIÓN EN RÍO LA LECHE NO RESPONDE AL OBJETIVO DE PREVENCIÓN

Escribe: Semanario Expresion
Edición N° 1399

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  • Entidad de control advierte incongruencia en contrato Estado a Estado.
  • Se construyen defensas ribereñas considerando un caudal controlado en el río, pero no se han construido las presas de laminación.

La Contraloría General de la República, a través de la Subgerencia de Control de Megaproyectos, emitió el Informe de Hito de Control n.° 4055-2025-CG/MPROY-SCC, relacionado a la “Ejecución de la solución integral de la cuenca del río La Leche en el marco del contrato Estado a Estado”.

El informe arroja la existencia de dos situaciones adversas, siendo la primera las constantes inasistencias del director del Plan de Estudio Arqueológico y las sustituciones del director del PEAL y del residente de arqueología en la ejecución del PEA-SHBP, gestionadas por contratista,  a pesar de no cumplir con los Términos de Referencia del subcontrato NEC3 y sus términos contractuales, con lo que se incumple lo establecido en el contrato NEC3 y genera incertidumbre sobre la calidad de los entregables de los trabajos realizados.

La segunda situación adversa versa sobre las incongruencias entre el objetivo del proyecto y la descripción de las obras contenida en el contrato NEC3, debido a que se suscribió únicamente el contrato del componente A (defensas ribereñas), sin prever la ejecución conjunta del componente B (presas de laminación), pese a que el Plan Integral establece una interdependencia directa entre ambos.

Esto – dice la Contraloría – “genera incertidumbre sobre la capacidad de resiliencia de las estructuras que se ejecutarán en el Proyecto de Defensas Ribereñas del río La Leche y podrían afectar la seguridad de la población”.

El contrato NEC3 para la intervención en el río La Leche fue suscrito entre la desaparecida Autoridad para la Reconstrucción con Cambios – ARCC, ahora Autoridad Nacional de Infraestructura – ANIN, y el Consorcio Ríos del Norte, conformado por las empresas SACEEM SA Sucursal del Perú y Guintoli.

El proyecto de defensas ribereñas del río La Leche, con un costo de S/243 millones 923 mil 772, forma parte de la solución integral de la cuenca del río La Leche, plasmada en el “Plan integral para el control de inundaciones y movimientos de masa en la cuenca del río La Leche”, que incorpora un portafolio de proyectos de intervenciones estructurales y no estructurales con el objetivo de alcanzar los niveles deseados de protección y seguridad, mediante la reducción de riesgos de desastres. Estos trabajos comprenden intervenciones en los distritos de Pacora, Íllimo, Túcume, Pítipo y Ferreñafe.

De acuerdo a lo que explica la Contraloría, el plan integral consideró la implementación de tres componentes, los cuales fueron declarados viables con proyectos de inversión, siendo dos de estos: “Creación del Servicio de protección ante el peligro de inundaciones en el río La Leche, en 53 Localidades de los distritos de Pacora, Íllimo y Jayanca en la provincia de Lambayeque y en los distritos de Pítipo y Incahuasi de la provincia de Ferreñafe, Departamento Lambayeque” (“Proyecto Defensas Ribereñas del Río La Leche”), y “Creación del servicio de protección en 8 puntos críticos de riberas del río vulnerables ante el peligro de inundaciones y servicios de protección en 29 puntos críticos de quebradas vulnerables ante el peligro de movimiento de masa de la cuenca media y alta del río La Leche, en los distritos de Incahuasi y Pítipo, Tocmoche y Miracosta, de la provincia de Ferreñafe del departamento de Lambayeque y la provincia de Chota del departamento de Cajamarca” (Presa laminadora).

Primera situación adversa

Mediante la Resolución Directoral N.° 000257-2024-DCIA-DGPA-VMPCIC/MC, del 13 de junio de 2024, el Ministerio de Cultura autorizó la ejecución del “Proyecto de Evaluación Arqueológica con excavaciones restringidas de Potencialidad para la construcción de Diques de protección de las defensas ribereñas dentro del Santuario Histórico del Bosque de Pómac, en los distritos de Pacora, Íllimo, Túcume y Pitipo, y Ferreñafe, designando como director del PEA a un especialista en arqueología propuesto por el contratista.

Dada la complejidad del proyecto –que contempla la ejecución de doscientos ochenta y seis (286) unidades de excavación distribuidas en doce (12) ámbitos de trabajo en diques y cauces de río La Leche–, se dispuso que tanto el director del PEA como el residente de Arqueología debían estar colegiados, habilitados y cumplir otros requisitos.

El Contratista emitió la Carta de Recomendación (Letter of Recommendation, LOR) 10, mediante la cual recomendó la suscripción del subcontrato con la empresa Servicios Especializados de Asistencia de Arqueología S.A.C. – SEDASAR S.A.C. Esta empresa propuso como personal clave a Luis Eduardo Salcedo Camacho como director del PEA, con 5,24 años de experiencia, y a Marco Antonio Valderrama Rivera como residente de Arqueología, con 6,66 años de experiencia, ambos cumpliendo con los requisitos establecidos en los TDR.

Sin embargo, ambos profesionales fueron reemplazados, designándose a personal que no alcanzada la experiencia mínima y, por lo tanto, no cumplía con los TDR, contraviniendo lo señalado en el subcontrato para PEA.

Informa Contraloría que durante la visita de inspección realizada por la Comisión de Control el 18 de marzo pasado a la ejecución del PEA-SHBP, no se constató la presencia del director PEA ni del residente de Arqueología, situación que fue registrada en el Acta de Inspección.

“De todo lo expuesto, se advierte que el proceso de designación y reemplazo del Director del PEA y del Residente de Arqueología, en el marco de la ejecución del PEA-SHBP, presentó una serie de inconsistencias y omisiones por parte del Contratista al no respetarse los requisitos mínimos de experiencia establecidos en los TDR, ni las disposiciones contractuales del Subcontrato NEC3, lo cual se evidencia en los casos de profesionales que asumieron funciones sin cumplir con el perfil requerido, incumpliendo lo estipulado en la Cláusula G230.1 del Contrato NEC3, que establece que el Contratista debe asegurar que los trabajadores del sitio del Subcontratista tengan las habilidades y experiencia adecuadas para el tipo y calidad del trabajo que realizan. Sumado a esto, se identificaron constantes inasistencias del Director del PEA, lo cual fue materia de la NAT205 y evidenciado durante la inspección realizada por la Comisión de Control, lo que genera incertidumbre sobre la calidad de los entregables y la correcta ejecución de las actividades del PEA-SHBP”, señala el informe de control.

Segunda situación adversa

Respecto a la segunda situación detectada, la Contraloría señala que la ARCC (Ahora ANIN) suscribió únicamente el Contrato del Componente A (Defensas Ribereñas), dejando de lado el Componente B (Presas de Laminación), pese a que, según el propio Plan Integral de la cuenca de río La Leche, ambos componentes son interdependientes.

“Existen incongruencias entre el objetivo del Proyecto y la Descripción de las Obras del Contrato NEC3 toda vez que, si bien el contrato exige generar resiliencia y sostenibilidad a través de soluciones definitivas basadas en estudios y análisis técnicos, la ejecución parcial del Plan Integral -limitada únicamente al Componente A (Defensas Ribereñas)- contraviene dicho propósito”, precisa el informe.

Lo que advierte Contraloría es que el diseño de las defensas ribereñas se ha hecho considerando caudales laminalados (reducidos) por la existencia de las presas que no se están construyendo, lo que genera una situación de vulnerabilidad que podría afectar con severidad a las poblaciones asentadas en la parte baja del río La Leche. 

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