Un total de 23 trabajadores de seguridad, que retornaron al Ministerio Público en Lambayeque con medidas cautelares, se encuentran impagos hace seis meses, por lo que demandan a la Gerencia Administrativa de la entidad a cumplir con sus remuneraciones, pues se estaría desconociendo el pronunciamiento del Poder Judicial a su favor.
El 6 de mayo del 2016, la Gerencia de Servicios Generales de la Unidad Ejecutora 002 – Gerencia General del Ministerio Público, decidió contratar directamente bajo la modalidad de locación de servicios (servicios por terceros), el servicio de guardianía para la Unidad Ejecutora 004 – Gerencia Administrativa del Ministerio Público en Lambayeque hasta el 8 de marzo del 2018, fecha en la que se procedió a instalar formalmente el servicio de seguridad y vigilancia prestado por una empresa particular.
Ante el cese del vínculo laboral, a su entender arbitrario, los trabajadores contratados bajo la modalidad locación de servicios formalizaron demandas de índole laboral ante el Poder Judicial, exigiendo que se les reconozca la existencia de una relación laboral con el Ministerio Público en Lambayeque.
La autoridad judicial emitió medidas cautelares a favor de los 23 trabajadores demandantes para que retornen al centro de labores de manera provisional hasta que se emita la sentencia en el proceso principal.
De esto modo, retornaron al trabajo hasta el inicio de la emergencia sanitaria por el Covid-19, cuando la administración del Ministerio Público tomó la dedición (en virtud de los decretos emitidos por el gobierno nacional), de suspender las labores del personal, entre ellos los trabajadores de guardianía.
Sin sueldos
Sin embargo, la medida implicó que estos dejen de percibir sus remuneraciones ascendentes a mil 400 soles mensuales, hecho que los trabajadores califican como un abuso.
“Somos 23 trabajadores, repuestos por medida cautelar, pero el Ministerio Público no nos paga nuestras remuneraciones. Sentimos indignación por el comportamiento de los funcionarios del Ministerio Público, específicamente el presidente de la Junta de Fiscales, Jorge Arteaga, y el gerente administrativo, Percy Barrueto, por el proceder injusto e inhumano hacia nosotros. Si bien hemos retornado por medida cautelar, estamos sujetos al régimen 728 y el Ministerio Público está incumplimiento el mandato judicial, porque tenemos seis meses sin pago de nuestras remuneraciones”, expresa Jorge Sandoval Granados, uno de los trabajadores afectados.
Explica que al incumplir con los pagos, el Ministerio Público incurre en lo señalado en el Artículo 3 del Título Preliminar de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, que establece que los jueces laborales tienen rol protagónico en el desarrollo e impulso del proceso laboral, sancionando la inconducta contraria a los deberes de veracidad, probidad, lealtad y buena fe de las partes.
Multas por incumplimiento
“En atención a ello, el Código Procesal Civil establece que a fin de conservar una conducta procesal correspondiente los jueces deben aplicar las sanciones que el código establece, por lo que se señala que este puede imponer multas compulsivas y progresivas contra quienes no cumplen con los mandatos judiciales”, refiere.
Sandoval Granados manifiesta que antes de la emergencia sanitaria, el grupo de trabajadores que demandó su reposición por la vía judicial sufrió una serie de violaciones a sus derechos laborales, como la no percepción de sus remuneraciones de manera mensual.
“Nos han pagado cuando han querido, cada dos y cuatro meses. Ahora, durante la pandemia, nos han dejado en total desprotección, porque nosotros dejamos de laboral no por que hayamos querido, sino porque así se estableció durante la cuarentena y la inmovilización social obligatoria. No hemos recibido nuestros sueldos pese a encontrarnos bajo el régimen 728 y, lo que es peor, ahora que hemos retornado a las labores no contamos con materiales de protección y bioseguridad como ordena el gobierno”, cuestiona.
Los trabajadores demandan que se les reconozca los meses adeudados. En tanto tres de ellos ya cuentan con sentencia favorable a su pretensión. Sin embargo, esta no ha sido aún notificada al Ministerio Público.
respuesta de 289997 el 2024-06-07.
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