Teniendo en cuenta que los Colegios Profesionales son instituciones de derecho público reconocidos por la Constitución en el artículo 20, tienen facultades de autorregulación en virtud a su autonomía institucional y recordando que estos gremios fueron creados para “conciliar los intereses profesionales con los derechos de sus destinatarios y se constituyen como entidades que satisfacen exigencias sociales de interés general, teniendo motivos específicos como el regular y supervisar el ejercicio del profesional, defender los intereses profesionales, promover la ética y la responsabilidad social, además de contribuir con el desarrollo del país, la empresa Nexus lab, investigación legal, convocó a las 25 órdenes profesionales de Lambayeque para recordarles a los profesionales como funcionan estas instituciones.
La exposición estuvo a cargo del doctor Idelso Vásquez Olano, quien refirió que una de las funciones más significativas de los Colegios Profesionales es la de iniciativa legislativa, que consiste en proponer leyes para que conforme a los procedimientos del Poder Legislativo sean objeto de revisión y, de ser aprobadas, promulgadas y se publiquen como leyes.
Refirió que esta facultad conferida por la Constitución en el artículo 107, permite que los gremios especializados, integrados por profesionales con amplio conocimiento y experiencia, propongan proyectos de ley que respondan a las necesidades reales de la sociedad y al desarrollo de sus respectivas disciplinas.
De otro lado precisó que para ejercer este derecho, los Colegios Profesionales deben cumplir con el procedimiento legislativo regular establecido en los artículos 75 y 76 del Reglamento del Congreso. En términos prácticos, esto implica la elaboración de un proyecto de ley que cumpla con los requisitos formales y sustantivos, seguido de su presentación ante la Oficialía Mayor del Congreso de la República. A partir de este momento, el proyecto es derivado a una o más comisiones parlamentarias competentes, las cuales se encargarán de su estudio, debate y dictamen. En caso de obtener un dictamen favorable, el proyecto es sometido a votación en el Pleno del Congreso, y si es aprobado, pasa a la etapa de promulgación, que corresponde al Presidente de la República o, en su defecto, al Presidente del Congreso para su posterior publicación como ley.
Asimismo el profesional del derecho manifestó que para ejercer este derecho, los Colegios Profesionales deben cumplir con el procedimiento legislativo regular establecido en los artículos 75 y 76 del Reglamento del Congreso. En términos prácticos, esto implica la elaboración de un proyecto de ley que cumpla con los requisitos formales y sustantivos, seguido de su presentación ante la Oficialía Mayor del Congreso de la República. A partir de este momento, el proyecto es derivado a una o más comisiones parlamentarias competentes, las cuales se encargarán de su estudio, debate y dictamen. En caso de obtener un dictamen favorable, el proyecto es sometido a votación en el Pleno del Congreso, y si es aprobado, pasa a la etapa de promulgación, que corresponde al Presidente de la República o, en su defecto, al Presidente del Congreso para su posterior publicación como ley.
Idelso Vásquez Olano, refirió a los decanos de los Colegios Profesionales sobre la importancia de esta facultad que radica en la posibilidad de que los Colegios Profesionales incidan directamente en la creación de normas que promuevan el bienestar colectivo, la actualización de la legislación y la mejora en el ejercicio de sus respectivas profesiones. Esta iniciativa no debe limitarse únicamente a los colegios de abogados —que, sin duda, han desempeñado un rol activo en asuntos relacionados con la administración de justicia y el ordenamiento jurídico— sino que debe ser una prerrogativa ejercida por todos los colegios profesionales, como los de ingenieros, médicos, economistas, contadores, arquitectos, entre otros.
¿Qué beneficios tiene un colegiado?, pregunto en su exposición el reconocido hombre de derecho, reafirmando que los Colegios Profesionales cumplen una función social esencial al velar por la defensa y promoción de los adscritos a su orden. Este compromiso no solo fortalece la práctica profesional, sino que también garantiza el adecuado ejercicio de las distintas disciplinas en beneficio de la sociedad. A través de sus estatutos y normativas internas, estas instituciones ofrecen una serie de beneficios y herramientas que contribuyen al desarrollo integral de sus miembros.
Sobre la los beneficios de los colegiados en su respectiva orden profesional el representante de Nexus Lab, investigación legal, manifestó que tienen derecho a una defensa como colegiados en alguna dificultad que se presente, además tienen el derecho de contar con una promoción de su desarrollo profesional. “El respaldo que ofrecen los Colegios Profesionales a su colegios no solo beneficia a los agremiados, sino que también impacta positivamente en la sociedad. Al promover la capacitación y la ética, estas instituciones aseguran servicios profesionales de calidad, además, su intervención en debates públicos, propuestas legislativas y procesos constitucionales, refuerza la importancia de contar con gremios técnicos y especializados en la construcción de políticas públicas efectivas”, reafirmó.
Durante la exposición se concluyó que la defensa y promoción es un binomio que fortalece la posición del profesional en el mercado laboral, asegura el cumplimiento de estándares éticos y técnicos, promueve un ejercicio profesional comprometido con la excelencia y el servicio a la comunidad
Los Colegios Profesionales del Perú desempeñan un papel crucial en la sociedad al equilibrar los intereses profesionales con los derechos ciudadanos, supervisan la práctica profesional, promueven la ética y contribuyen al progreso del país. Además, poseen la facultad de proponer legislación en áreas de su competencia, y están legitimados para impugnar la constitucionalidad de leyes y participar en procesos constitucionales, como demostró el Colegio de Abogados de Lima en momentos críticos de la historia peruana.
Los miembros de estos colegios gozan de defensa legal, reconocimiento profesional y acceso a capacitación, a la vez que se someten a procedimientos disciplinarios que garantizan el cumplimiento de las normas éticas y legales.
Con respecto a la iniciativa legislativa, para elaborar un proyecto de ley es recomendable la asesoría de un abogado o un especialista en derecho parlamentario, ya que, en virtud de su formación, es un profesional familiarizado con las técnicas legislativas.
Finalmente Idelso Vásquez dijo “sin perjuicio de ello, cualquier colegio profesional puede investigar e identificar un vacío legal, necesidad o problema asociado a su rubro o especialidad y sobre ello elaborar un proyecto de ley, el cual consta de un título, una exposición de motivos y un texto normativo de artículos sistematizados en títulos, secciones, disposiciones complementarias, transitorias y finales; cada uno de estos aspectos debe evidenciar un lenguaje adecuado, es decir, claro y preciso”, finalizó..
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