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EN PIMENTEL: Consuman irregular contratación para la compra de combustible

Escribe: Semanario Expresión
Edición N° 1295

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  • Admitieron participación de estación de servicios ubicada en Ferreñafe cuando las bases pedían que esté como máximo a 8 kilómetros del distrito.

Valiéndose de acciones contrarias a la norma de las contrataciones del Estado, la Municipalidad Distrital de Pimentel desarrolló un proceso que en el que, por sus características, deberían tener dos postores habilitados para evaluarlos y adjudicar la buena pro. Sin embargo, decidió continuar los pasos previstos en la convocatoria, pese a que uno de los participantes no cumplía con el requisito de ubicarse en un radio menor a los 8 kilómetros de la jurisdicción.

De acuerdo al Sistema Electrónico de las Contrataciones del Estado – SEACE, se puede advertir que la comuna de Pimentel, el 13 de febrero del año en curso, convocó el proceso de selección bajo la modalidad de Subasta Inversa Electrónica, con la finalidad de adquirir 70 mil galones de Diésel B5 –S50 (petróleo), por un valor que supera el millón 500 mil soles, los cuales serán consumidos en el lapso de 300 días calendarios por la unidades vehiculares que efectuarán el regojo de los residuos sólidos en el ámbito de su jurisdicción.

El requisito obligatorio

Según las bases del proceso, los participantes debían contar con una estación de grifo ubicada dentro de un radio no mayor a 8 kilómetros fuera del distrito de Pimentel, para lo cual – según las condiciones establecidas - los participantes debieron adjuntar como requisito obligatorio el plano de ubicación y dirección de la estación de servicio a ofertar, corroborado por cierto, tanto con la información domiciliaria contenida en la ficha RUC de cada proveedor, como en la obrante en el Registro Nacional de Proveedores – RNP.

Los participantes y la modalidad procesal

Según el acta del proceso, solo dos postores presentaron sus ofertas, el primero la Estación Vimalca SAC y el segundo Autocentro Ferreñafe SA, quienes según la modalidad del proceso debieron realizar sus lances en forma electrónica en la etapa de mejora de precios, con la finalidad  de que en el tiempo establecido se determine qué postor ofertó el menor precio, que en este caso correspondió a la Estación Vimalca SAC, quien resultó ganador de la buena pro, ocupando el segundo lugar la estación de Servicios Autocentro Ferreñafe SA, por haber ofertado un mayor precio por los 70 mil galones del carburante.

La irregularidad implícita

Como quiera que las bases del proceso establecieron como requisito obligatorio que los participantes deberían contar con una estación de servicios en el radio no mayor de 8 kilómetros fuera del distrito de Pimentel, la estación Autocentro Ferreñafe SA no cumple con ese requisito, por cuanto su dirección que se registra tanto en SUNAT y el RNP se encuentra en la avenida Andrés A. Cáceres N° 550 – Ferreñafe, no contando - según el portal del ente recaudador - con un anexo que pudiera estar ubicado cerca del distrito de Pimentel.

La corroboración de la infracción

Expresión tuvo acceso a la oferta presentada por el postor Autocentro Ferreñafe SA, evidenciando que en la misma obra el Anexo N° 1 – Datos del Postor, donde se ha consignado como domicilio el mismo que se encuentra registrado tanto en la ficha RUC, como en el RNP (Av. Andrés A. Cáceres N° 550 – Ferreñafe). Es decir, dicha estación no cumplió con acreditar el requisito obligatorio de contar con una estación de servicios en el radio establecido, lo que debió dar lugar a la no admisión de su oferta y, de esta manera, quedar admitida solo la oferta de la Estación Vimalca SAC.

El consultor en contrataciones del Estado, Jorge Chávez Pita, precisa que de acuerdo a la norma de las compras estatales, para que un proceso llevado a cabo bajo la modalidad de Subasta Inversa Electrónica pueda ser adjudicado, deben existir por lo menos dos ofertas que cumplan con los requisitos establecidos y, bajo esta condición, la buena pro sea otorgada al postor que hubiera ofertado el menor precio.

“En este caso no ha sido así, ya que la oferta de uno de los participantes no debió ser admitida, al no cumplir con la ubicación de una estación en la distancia establecida, por ende, el proceso debió ser declarado desierto por no contar con dos postores habilitados”, enfatiza Chávez Pita.

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