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驴JUSTICIA O IMPUNIDAD? El impacto de la Ley n.潞 32107 en las v铆ctimas del conflicto en Per煤

Escribe: Roger Santa Cruz Carranza (*)
Edición N° 1364

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La Ley n.º 32107, que determina la aplicación y los alcances del delito de lesa humanidad y crímenes de guerra en la legislación peruana, ha generado un enorme debate sobre su impacto en los intereses de las víctimas del conflicto en el Perú. Esta ley, promulgada el 9 de agosto de 2024, establece que los delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra cometidos antes del 1 de julio de 2002 no serán procesados ni sancionados, lo que ha suscitado diversas reacciones y preocupaciones entre las víctimas y defensores de derechos humanos. 

Contexto histórico y legal

El conflicto armado interno en el Perú, que tuvo lugar entre 1980 y el 2000, dejó un saldo devastador de violaciones a los derechos humanos, incluyendo desapariciones forzadas, ejecuciones extrajudiciales y torturas. La Comisión de la Verdad y Reconciliación (CVR) estimó que más de 69 000 personas perdieron la vida durante este periodo. La promulgación de la Ley n.º 32107 se enmarca en un contexto de búsqueda de justicia y reparación para las víctimas de estos crímenes atroces.

Principales disposiciones de la Ley n.º 32107

La Ley n.º 32107 tiene como objetivo principal precisar la aplicación y los alcances de los crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra en la legislación peruana, en concordancia con el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional y la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad. Entre sus disposiciones más relevantes se encuentran:

Irretroactividad: La ley establece que nadie será procesado, condenado ni sancionado por delitos de lesa humanidad o crímenes de guerra cometidos antes del 1 de julio de 2002.

Prescripción: Los delitos cometidos antes de la entrada en vigor del Estatuto de Roma y la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad prescriben según los plazos establecidos en la ley nacional.

Nulidad de Sanciones: Toda sanción impuesta que contravenga a estas disposiciones será considerada nula e inexigible en sede administrativa o judicial.

Impacto en los intereses de las víctimas

Acceso a la Justicia: Uno de los principales impactos de la Ley n.º 32107 es la limitación del acceso a la justicia para las víctimas de crímenes cometidos antes del 1 de julio de 2002. Al establecer la irretroactividad y la prescripción de estos delitos, la ley impide que muchas víctimas puedan llevar a los responsables ante la justicia. Esto genera un sentimiento de impunidad y desprotección entre las víctimas, quienes ven frustradas sus esperanzas de obtener justicia y reparación por los crímenes sufridos.

Derecho a la Verdad: El derecho a la verdad es fundamental para las víctimas de violaciones a los derechos humanos. La Ley n.º 32107, al limitar la posibilidad de enjuiciar crímenes cometidos antes de 2002, también restringe el acceso a información crucial sobre los hechos ocurridos durante el conflicto armado. Esto afecta negativamente el proceso de esclarecimiento de la verdad y la construcción de una memoria histórica que permita a la sociedad peruana comprender y aprender de su pasado.

Reparación y Reconciliación: La reparación integral a las víctimas de crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra incluye no solo la compensación económica, sino también medidas de satisfacción y garantías de no repetición. La Ley n.º 32107, al no permitir el procesamiento de delitos anteriores a 2002, dificulta la implementación de estas medidas de reparación. Además, la falta de justicia y verdad puede obstaculizar los esfuerzos de reconciliación nacional, perpetuando el dolor y la división en la sociedad peruana.

Reacciones y Críticas

La promulgación de la Ley n.º 32107 ha generado diversas reacciones entre las víctimas, organizaciones de derechos humanos y la sociedad civil. Muchos han expresado su preocupación por el impacto negativo de la ley en los derechos de las víctimas y han cuestionado su conformidad con los estándares internacionales de derechos humanos.

Organizaciones como la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDDHH) han criticado la ley por considerar que perpetúa la impunidad y vulnera los derechos de las víctimas. Han señalado que la ley contradice los principios de justicia y reparación establecidos en el derecho internacional y han instado al Estado peruano a revisar y modificar la normativa para garantizar el acceso a la justicia para todas las víctimas. La medida incluso a despertado el interés de la conferencia episcopal peruana quienes han asumido dicha política como inaceptable.

La comunidad internacional también ha expresado su preocupación por la Ley n.º 32107. Organismos como la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) han instado al Perú a asegurar que su legislación sea compatible con las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos2.

La Ley n.º 32107 representa un efecto negativo para los intereses de las víctimas del conflicto armado en el Perú. Al limitar el acceso a la justicia, el derecho a la verdad y las posibilidades de reparación, la ley perpetúa la impunidad y afecta negativamente el proceso de reconciliación nacional. 

Con poco mas de una semana de puesta en vigor, la ley ha generado que figuras como el ex marino Augusto Gabilondo García del Barco, sindicado por la fiscalía como responsable de la desaparición forzada de 69 personas en Huanta en 1984, se hayan acogido a la norma, para obtener Impunidad sobre sus actos. Y es una puerta abierta a que más implicados tanto militares como terroristas puedan ser absueltos, ello incluye por supuesto personajes políticos con intereses propios.

Es fundamental que el Estado peruano revise esta normativa y adopte medidas que garanticen los derechos de las víctimas, en conformidad con los estándares internacionales de derechos humanos.

(*) Politólogo | santacruzcarranza@gmail.com

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CONSTITUCI脫N POL脥TICA: Reflejo del cambio de timonel en las econom铆as

Escribe: Renzo Vidal Caycho (*)
Edición N° 1364

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Tras la firma del Tratado de Versalles, en el salón de los espejos a las afueras de París, la República del Weimar vive momentos intensos. La llegada de la democracia en 1919 con una nueva Constitución Política hace vivir periquetes de constante inestabilidad iniciales para luego consolidarse momentáneamente, ya que surge años más tarde la agonía del sistema cuestionada por su política desde los extremos izquierda y derecha quienes intentan recurrentes golpes de Estado. Pero, como casi siempre anteceden a los problemas políticos y sociales el debilitamiento de la economía, esta no es la excepción, ya que con agonizantes pagos por las reparaciones de la I Guerra Mundial lleva al país alemán en 1923 a sufrir lo que se considera como la peor hiperinflación mundial, llegando a más de 30 millones de puntos porcentuales. Son tras esos sucesos, que nace un Adolf Hitler por un clamor popular pensado como su “libertador” yquien toma el poder de dictador a través de la famosa Ley de Habilitación en 1933. Lo demás, es historia conocida.

Que sucesos tan coincidentes estimado lector. En 1993, 60 años después, al otro lado del charco con casi 10 mil Km. de distancia, en un país emergente y próspero nace una nueva Constitución Política (C93) en similares condiciones y que, para muchos, la mejor después de aquella Constitución Política del 1979 (C79), con un capítulo económico donde se coloca economía nacional, para luego cambiarse a economía social de mercado. Pero ¿cuáles son las implicancias de contar con un capítulo de esta índole?

Antes y después

Refresquemos la memoria. Tomemos como referencia 30 años antes (1963 y 1993 aproximadamente) de la C93 como una primera etapa y 30 años después (1993 y 2023) como una segunda etapa.  Según los datos del Banco Central de Reserva, en la primera etapa el Perú crece económicamente en promedio anual 1.9%. En la segunda etapa crece en promedio anual 3.8 %. El doble sin lugar a duda pese a que los últimos años se tienen ciertos atisbos de recesión económica definidas por algunos expertos en la materia. Por ello, se considera un primer gol para la C93. Mientras que, por el lado de la inflación, en la primera etapa el Perú sufre una subida considerable de precios con un promedio anual de 465 %, principalmente en los últimos años de los 80s. Por el contrario, en la segunda etapa es 5.3 % en promedio anual, ochenta y siete veces menor que la primera. Aplausos para el Banco Central y segundo gol para la C93.

En el lado externo, un tipo de cambio real multilateral que refleja la competitividad global de la economía se ubica en la primera etapa con –0.4 %; mientras que en la segunda etapa 1.1 %, más del triple y donde claramente gana el Perú frente a sus competidores más cercanos, siendo el tercer gol de la C93. Respecto a la balanza comercial, que refleja las exportaciones menos las importaciones, en la primera etapa se coloca en promedio anual con 1.2 % como porcentaje del PBI; y en la segunda etapa alcanza 1.8 %. Ello demuestra que somos una economía que, pese a que la minería es uno de los principales sectores exportadores, genera muchas divisas, presionando a la baja al tipo de cambio y aumentando nuestro blindaje financiero que son las reservas internacionales netas. Cuarto gol para la C93.

Resultado fiscal

Desde el lado fiscal, el resultado económico que representa la diferencia entre ingresos y gastos, que si es negativo hay mayores gastos que ingresos (déficit fiscal) y si es positivo los ingresos superan a los gastos (superávit fiscal), en la primera etapa se genera un déficit fiscal promedio de 6.6 %; y en la segunda etapa un déficit fiscal de 1.2 %. Sin embargo, debe acotarse que siempre el Perú vive en déficit fiscal, lo que no se traduce en un bienestar económico, pero que denota franca reducción. Quinto gol para la C93. Por último y no menos importante, la inversión pública. En la primera etapa se posiciona con un 6.3 % del PBI y en la segunda etapa con 4.4 %. Aquí el análisis debe tomarse con pinzas de cirujano dado que la inversión pública es saludable mientras que no arrincone a la inversión privada. Contar con una inversión pública que esté controlada hacia la baja, es mejor considerando que en esta segunda etapa el Perú muestra un crecimiento formidable. Por lo que hay un sexto gol de la C93.

Es así, que antes los futuros comicios y donde los bienaventurados competidores políticos desean alcanzar el asiento de Pizarro, encienden sus motores con aquella alegoría que conquiste los votos populares. Pero, no se deje engañar estimado lector. Las cifras son muy claras, donde la libertad y el progreso sean los mejores aliados para la economía, ahí es. Tras estos goles, ¿por quién votaría?

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(*) Director de la Escuela de Economía de la Universidad Católica Santo Toribio de Mogrovejo.

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El rol del Estado en la reactivaci贸n de la inversi贸n privada en tiempos de incertidumbre

Escribe: Elmer Bagner Salazar Salazar (*)
Edición N° 1364

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La inversión privada es un componente esencial para el crecimiento y desarrollo económico de cualquier país. En el caso de Perú, esta inversión se ha visto afectada por una serie de factores internos y externos que han generado un clima de incertidumbre y han limitado el flujo de capital privado. La pandemia de COVID-19, las fluctuaciones en el precio de las materias primas, y los vaivenes políticos han creado un entorno desafiante para los inversores. En este contexto, el papel del Estado se vuelve crucial para fomentar la confianza y reactivar la inversión privada. Este artículo examina el rol del Estado peruano en la creación de un entorno favorable para la inversión privada, analizando las políticas actuales, sus deficiencias y las oportunidades para mejoras.

Situación Actual de la Inversión Privada en Perú

En 2023, la inversión privada en Perú mostró una tendencia a la baja, registrando solo 5,007 millones de dólares en los primeros tres trimestres, en contraste con los 11,656 millones de dólares de 2022, según la revista de negocios oportunidades. Este declive puede atribuirse a diversos factores, incluyendo la inestabilidad política y la incertidumbre regulatoria. Históricamente, Perú ha dependido en gran medida de la inversión extranjera directa (IED) para el desarrollo de su infraestructura y sectores estratégicos como la minería. Sin embargo, la falta de grandes proyectos nuevos y las condiciones políticas volátiles han disuadido a los inversores.

Factores Contribuyentes a la Incertidumbre

La inestabilidad política, caracterizada por cambios frecuentes en la administración y escándalos de corrupción, ha minado la confianza de los inversores. La incertidumbre regulatoria, manifestada en políticas fiscales y ambientales inconsistentes, ha creado un entorno impredecible para las inversiones. Estas condiciones no solo afectan la percepción de riesgo entre los inversores extranjeros sino también entre los nacionales, limitando así el potencial de crecimiento económico.

El Papel de ProInversión y Otras Agencias Gubernamentales

ProInversión, la agencia gubernamental encargada de promover la inversión privada en Perú, ha tenido un papel fundamental en la atracción de capital extranjero. A pesar de los esfuerzos de la agencia para identificar oportunidades de inversión y facilitar procesos, aún existen desafíos significativos en términos de eficiencia y transparencia. Los procedimientos burocráticos complicados y la falta de coordinación interinstitucional han limitado la efectividad de estas iniciativas.

Comparación Internacional

Comparando a Perú con otros países de América Latina, se observa que naciones como Chile y Colombia han implementado reformas regulatorias que han mejorado significativamente su atractivo para los inversores. Estas reformas incluyen la simplificación de procesos burocráticos y la introducción de incentivos fiscales específicos. Perú podría beneficiarse de un análisis comparativo de estas políticas para identificar prácticas efectivas que puedan ser adaptadas al contexto local.

Impacto de la Inversión en Sectores Estratégicos

Sectores como la minería, la infraestructura, y las energías renovables son cruciales para el desarrollo económico de Perú. La inversión en estos sectores no solo genera empleo, sino que también promueve el desarrollo de tecnologías y capacidades locales. La promoción de alianzas público-privadas (APP) y la creación de marcos regulatorios claros pueden estimular la inversión en estos sectores, impulsando así el crecimiento económico sostenible.

Conclusiones

El análisis sugiere que el Estado peruano tiene un papel central en la creación de un entorno propicio para la inversión privada. La estabilidad política, la certeza regulatoria y la eficiencia administrativa son pilares fundamentales para atraer y retener inversiones. Sin embargo, la situación actual indica que hay áreas significativas de mejora que el gobierno debe abordar para maximizar el potencial de la inversión privada en Perú.

Recomendaciones

Mejoras en el Clima Político y Regulatorio

Estabilidad Política: Es crucial para el gobierno peruano establecer un entorno político estable y predecible, lo que reducirá el riesgo percibido por los inversores.

Certidumbre Regulatoria: La creación de un marco regulatorio claro y coherente es esencial para facilitar la inversión. Esto incluye la estandarización de procedimientos y la reducción de la burocracia.

Fortalecimiento de Agencias Gubernamentales

Eficiencia y Transparencia: ProInversión y otras agencias deben mejorar su eficiencia operativa y transparencia para atraer inversores de manera efectiva. La simplificación de procedimientos y la mejora de la coordinación interinstitucional son pasos críticos.

Capacitación y Desarrollo: Implementar programas de capacitación para funcionarios públicos en mejores prácticas de inversión y gestión de proyectos.

Incentivos Fiscales y Financieros

Incentivos Específicos: Ofrecer incentivos fiscales y financieros para sectores con alto potencial de crecimiento, como las energías renovables y la infraestructura, podría atraer inversiones significativas.

Promoción de Alianzas Público-Privadas

Colaboración Público-Privada: Fomentar la colaboración entre el gobierno y el sector privado para el desarrollo de proyectos estratégicos. La creación de plataformas de diálogo y cooperación facilitará la inversión conjunta.

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Correo: Bagnerss33@gmail.com

Teléfono: 979217638

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ADEX identific贸 oportunidades comerciales con Hong Kong

Escribe: Semanario Expresi贸n
Edición N° 1364

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En el 2023 Perú le exportó productos con valor agregado como uvas, arándanos, paltas.

El acuerdo comercial con Hong Kong –según la viceministra de Comercio Exterior, Teresa Mera, se firmaría en el marco de la Cumbre de APEC 2024, en noviembre próximo– dará previsibilidad a los futuros negocios y promoverá las inversiones en varios sectores (bienes y servicios), manifestó el jefe de Estudios Económicos e Inteligencia Comercial del Centro de Investigación de Economía y Negocios Globales de la Asociación de Exportadores CIEN-ADEX, Gabriel Arrieta Padilla.

Durante el evento ‘Oportunidades comerciales Perú–Hong Kong: Nueva mirada al hub internacional asiático’, organizado por el gremio, señaló que Perú le exporta uvas, arándanos, palta y otros, pero aún guardan un mayor potencial, al igual que otros.

Mencionó los arándanos, pecanas, mandarinas, café en grano y quinua (agroindustria); harina de pescado, pota congelada y buche de pescado seco (pesca); t-shirts de algodón, hilados de pelo de alpaca y camisas de punta de algodón con cuello (textil y confecciones) y selenio en polvo (otros).

Refirió que, en el 2023, Hong Kong fue el 15° destino de la oferta con valor agregado nacional, concentrando el 1.3 % del total. Asimismo, el 79% fueron productos agro (tradicional y no tradicional), el 9 % industriales y el 7 % pesqueros (primario y para consumo humano directo), entre otros.

“Las uvas, arándanos, paltas, harina de pescado y minerales de plomo concentraron casi el 81 % del total de nuestros despachos a Hong Kong, por lo que está pendiente un trabajo para diversificar nuestro portafolio. El acuerdo comercial sumará a ese objetivo”, dijo.

Expresó que hay otros que Hong Kong importa de otros países, que Perú también les podría vender. Algunos son el vino, preparaciones para salsas, productos de panadería, pastelería o galletería, para el cuidado de la belleza, perfumes y aguas de tocador, bolsos de materia textil, instrumental para medicina veterinaria y bisutería de material esmaltado.

En sus palabras de bienvenida al evento, el presidente de ADEX, Julio Pérez Alván, sostuvo que su gremio busca fortalecer los espacios de intercambio de información entre las instituciones y las empresas peruanas y hongkonesas, permitiéndoles generar estrategias específicas a favor de su crecimiento.

Detalló que en el 2023 los despachos peruanos a esa economía sumaron US$ 258 millones y que en el top 3 estaban las uvas con US$ 93 millones, arándanos con US$ 84 millones y las paltas con US$ 18 millones, con variaciones positivas de 9.5%, 7.1 % y 14 %, de forma respectiva.

Primer semestre

Según cifras del Sistema de Inteligencia Comercial ADEX Data Trade, entre enero y junio del 2024, los envíos a Hong Kong (US$ 126 millones 246 mil) crecieron 22.7%. Los tradicionales (US$ 46 millones) registraron un incremento notable de 1,677.1%, gracias al oro y harina de pescado; y los no tradicionales (US$ 80 millones), cayeron -20.2%.

+ NOTICIAS

  • Hong Kong es reconocido como un hub financiero global de primer nivel, ofreciendo a las empresas acceso a financiamiento y un sistema tributario simplificado. Su ubicación estratégica facilita la conexión con China y el resto de Asia.
  • l acuerdo Perú-Hong Kong incluye 14 capítulos, con temas relacionados al acceso a mercados, reglas de origen, medidas sanitarias y fitosanitarias, comercio de servicios, comercio electrónico, inversión, cooperación, facilitación del comercio y otros.

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