Continúan las irregularidades. Todo lo que viene aconteciendo en la interna del Gobierno Regional de Lambayeque hace presumir que los postores participantes en los diferentes procedimientos selectivos de esta entidad tendrían el camino abierto no solo para incurrir en errores al momento de formular sus ofertas, sino también para introducir en las mismas documentación presumiblemente falsa, las cuales, a la luz de las evidencias, no estarían siendo advertidas por los comités de selección o porque los controles posteriores no son efectivos ni oportunos.
El 23 de julio, el Comité de Selección conformado por el licenciado Wilmer Vásquez Guerrero en su calidad de presidente y sus integrantes, los ingenieros José de la Rosa Barba Maique y José Giancarlo Huamán Vargas, luego de revisar la documentación presentada por el Consorcio Ejecutor BIM – 3 y realizar el sorteo correspondiente entre otros 10 participantes más, adjudicó la buena pro a la mencionada empresa, la misma que ocupó el primer lugar en el orden de prelación.
De esta manera, tras los procedimientos pertinentes, el Consorcio Ejecutor BIM – 3 debería iniciar los trabajos para el “Mejoramiento del Servicio Educativo en las Instituciones del Nivel Primaria y Secundaria N° 10785, 11069, 11083 y 11062”, de los distritos de Olmos, Salas, Incahuasi y Cañaris, luego de haber ofertado para tal fin ocho millones 273 mil soles.
DOMICILIO DISTINTO
Tanto el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y su reglamento, como también las bases integradas de los procesos selectivos que son regulados por estos cuerpos normativos, requieren como condición obligatoria que los postores presenten una Declaración Jurada amparada en el literal b) del artículo 52° del Reglamento (Anexo 2), mediante el cual el Representante Legal de la empresa participante declara bajo juramento, entre otras consideraciones, que la información de la persona jurídica que representa registrada en el Registro Nacional de Proveedores se encuentra actualizada, aseveración que en el caso de uno de los integrantes del Consorcio Ejecutor BIN – 3, en este caso la empresa BBC Servicios de Ingeniería SAC, no se ajustaría a la realidad.
BBC Servicios de Ingeniería SAC registra como domicilio, en el RNP, el inmueble ubicado en la Calle Centenario 157 – Urbanización Santa Patricia (frente a la Of. Principal del BCP), La Molina, Lima, datos que supuestamente provienen de la información declarada ante la SUNAT.
Sin embargo, el domicilio que no es concordante con el que obra en la ficha RUC de dicha empresa, en cuanto en esta se registra que el domicilio actual de BBC Servicios de Ingeniería es “Cal. Palas Atenea Mza. 5 lote 24 Dpto. 401 Urb. La Campiña Zona Octava (Colegio Palas Atenea) Chorrillos-Lima. En consecuencia, la información que se muestra en el RNP no es concordante, razón por la cual, lo declarado por el representante de la empresa mencionada no se ajusta a la verdad.
Nuestro equipo de investigación tuvo acceso a la información contenida en el portal del Registro Único del Contribuyente – RUC, respecto al historial de la empresa en cuestión, encontrando que ambas direcciones que se muestran, tanto en la ficha RUC como en el RNP, se encuentran de baja, ya que la que registra en “Pals Atenea” habría sido dada de baja el 28 de mayo de este año, y la de la “Calle Centenario” el 26 de noviembre del 2018.
OPINIÓN TÉCNICA
Expresiónbuscó la opinión del consultor en Contrataciones del Estado Jorge Chávez Pita, quien manifiesta que efectivamente la información que mantenga el proveedor en el RNP debe de estar actualizada, precisando además que el Artículo 11° del Decreto Supremo N° 344-2018, que modificó el anterior aprobado por el Decreto Supremo N° 350-2015-EF, establece con meridiana precisión en el sub numeral 11.2 lo siguiente:
“La actualización de la información legal de bienes, servicios, consultorías de obras y ejecución de obras comprende la variación de una serie de condiciones formales empresariales, entre ellas el domicilio, razón por la cual, la declaración jurada incluida en la oferta del consorcio a quien se le adjudicó la buena pro resultaría ser falsa y, por lo tanto, no debió ser admitida. Sin embargo, como esto ya se dio deber sometida a los análisis posteriores y, de ser el caso revocarle la buena pro, bajo los fundamentos de haber presentado información falsa contenida en el Anexo 2 de su oferta”, señala.
respuesta de willy burga el 2021-01-17.
El sr. WILMER VASQUEZ GUERRO, es la orquesta de la mafia y corrupcion de Gobierno Regional Regional, que ahora esta esparcida en Gerencia de Salud Lambayeque. Investiguen
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