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SIGUE EL CONFLICTO AL INTERIOR DE LA ESCUELA DE MÚSICA: RESOLUCIONES DE LA GERENCIA DE EDUCACIÓN IMPIDEN CUMPLIMIENTO DE MANDATO JUDICIAL

Escribe: Semanario Expresión
Edición N° 1128

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  • Cuarto Juzgado Laboral ratificó medida cautelar a favor de la exdirectora Berbelina Córdova Huancas para permanecer en el cargo.
  • Eriberto Flores Ramos, actual director, alega que la medida fue ejecutada en el 2016.

 

La Escuela Superior de Formación Artística Pública – ESFAP ‘Ernesto López Mindreau’, atraviesa desde el 2016 un período de incertidumbre, debido a un conflicto administrativo que no permite dilucidar con claridad quién es la persona que debe asumir sus riendas. Por una parte, la Gerencia Regional de Educación – GRED, avala a Eriberto Flores Ramos, mientras que por otro el Poder Judicial ampara a Berbelina Córdova Huancas.

 

El 28 de noviembre del año pasado, mediante la Resolución Gerencial Regional N° 001492-2018-GR.LAMB/GRED, la Gerencia Regional de Educación aprobó la convocatoria del proceso de selección de personal para cubrir, mediante encargatura, la plaza de director general de la escuela de música, el mismo que fue ganado por Eriberto Flores, quien el 26 de diciembre recibió el acta de adjudicación. No obstante, una resolución cautelar del Cuarto Juzgado Laboral de Chiclayo podría reponer en el cargo a la exdirectora Berbelina Córdova.

 

SANCIONES

Para entender esta situación hay que remontarse al 2013. En aquel año la Escuela de Música era dirigida por Córdova Huancas, quien fue sancionada con dos meses sin goce de hacer, debido a una presunta usurpación de funciones por negarse a otorgarle un título el 2010 al entonces estudiante Víctor Andrés Peche Búquez.

“El estudiante debía cumplir dos requisitos para graduarse como profesor de música: sustentar su tesis y ejecutar un instrumento. Este último no lo cumplió, por lo cual lo orienté para que pudiese subsanar. Sin embargo, el joven reclamó ante la UGEL Chiclayo y este órgano emitió una resolución ordenándome que yo le dé el título. Ante mi negativa, porque no cumplía con las condiciones, fue al Poder Judicial, el cual le dio la razón en primaria instancia, pero luego me la dio a mí. Pensé que allí había quedado agotado el asunto”, sostiene Córdova Huancas.

A finales del 2015, la docente se presentó al concurso público para ocupar le dirección durante el período 2016-2017, el cual ganó, según consta en la Resolución Gerencial Regional N° 033-2016-GR.LAMB/GGR, del 22 de diciembre de 2015. No obstante, en un hecho que ella no se explica, la Gerencia Regional de Educación, a través de la Resolución Gerencial Regional N° 02916-2015-GR.LAMB/GRED, del 30 de diciembre de ese año, resolvió suspenderla en el ejercicio de sus funciones por el mismo caso sin derecho a remuneración durante 10 días.

“Yo no sé por qué me volvieron a sancionar el 2016, si ya lo habían hecho el 2013. Es más, cumplí esos dos meses de sanción, pero cuando apelé el gobierno regional me dio la razón, dijo que era un acto inconstitucional y me devolvieron la remuneración que dejé de percibir”, asevera.

 

MEDIDA CAUTELAR

A través de la Resolución Gerencia Regional N° 00205-2016GR.LAMB/GRED, del 3 de febrero de 2016, se resolvió encargar el puesto de directora a Córdova Huancas; pero el 12 de abril de ese mismo año, mediante la Resolución Gerencial General Regional N° 033-2016-GR.LAMB/GGR, se resolvió declarar la nulidad de oficio de la primera resolución, debiendo retrotraerse el proceso administrativo a la etapa previa a la emisión del acto resolutivo.

En virtud de lo expuesto, Berbelina Córdova decidió acudir a la vía judicial, en la cual solicitó, a la par, una medida cautelar que le permita mantenerse en el cargo mientras dure el proceso principal. Esta le fue concedida el 5 de agosto del 2016, a través de la Resolución Nº 1 del Cuarto Juzgado Laboral, que despachaba en aquel entonces la jueza Blanca Cervera Dávila.

La magistrada requirió a la Gerencia Regional de Educación y al Gobierno Regional de Lambayeque suspender provisionalmente cualquier acto o acción tendiente a dejar sin efecto el   Oficio N° 1108-2016-GR.LAMB/GRED/OFA-PER, manteniendo a Berbelina Córdova en el cargo “hasta las resultas del proceso”.

De la resolución se desprende que, para el 22 de diciembre del 2015, fecha en la que resultó ganadora del concurso de dirección, Berbelina Córdova no se encontraba aún sancionada, toda vez que la sanción ocurrió el 30 de diciembre y le fue notificada el 7 de enero del 2016.

Además, se menciona en la resolución el informe emitido mediante el Oficio N° 1004-2016-GR.LAMB/GRED-L, en el cual se explica que en las declaraciones juradas que firmaron los participantes, ninguno registró tener sanciones administrativas.

 

IDAS Y VENIDAS

Córdova Huancas refiere que a pesar de contar con la medida cautelar y tener el proceso principal en curso, ella entregó el cargo los primeros días de enero del 2017, tras sentirse “coaccionada”.

No obstante, el 24 de junio del 2018, el Cuarto Juzgado Laboral volvió a pronunciarse, esta vez mediante la Resolución Nº 6, requiriéndole a la Gerencia Regional de Educación y al gobierno regional que suspenda provisionalmente cualquier acto que deje sin efecto el  Oficio N° 1108-2016-GR.LAMB/GRED/OFA-PER, y mantenga en el cargo a Berbelina Córdova. Sin embargo, el 28 de noviembre se convocó al concurso público para la plaza de director encargado, el mismo que ganó Eriberto Flores.

Luego de que Córdova Huancas presentase tres documentos a la Gerencia de Educación solicitando que se dé cumplimiento a la medida cautelar (el 14 de diciembre del 2018, el 16 de enero del 2019 y el 5 de febrero pasado), el ente, a través de la Resolución Gerencial Regional N° 166 – 2019-GR.LAMB/GRED, del 25 de febrero 2019, acató lo dispuesto por mandato judicial y solicitó, además, que se realice una investigación, a fin de sancionar a los responsables de que se haya dilatado este proceso.

Sin embargo, el 7 de mayo Eriberto Flores Ramos presentó un recurso de apelación contra dicha resolución, la misma que fue anulada con la Resolución Gerencial Regional Nº 00065-2019-GR.LAMB/GRED, firmada por la gerente regional María Castro Grosso; y que sería refrendada por la Resolución Nº 000391-2019-GR.LAMB/GRED, firmada por el gerente de Educación, Daniel Suárez Becerra, reponiéndolo en el cargo.

Pese a todo, el Cuarto Juzgado Laboral, que despacha Sunciona Cavero Flores, emitió el 18 de junio último la Resolución Nº 8, en la cual nuevamente solicita la suspensión provisional de cualquier acto o acción tendiente a dejar sin efecto el Oficio N° 1108-2016-GR.LAMB/GRED/OFA-PER y la Resolución Gerencial Regional N° 166 – 2019-GR.LAMB/GRED, de febrero de este año, en la que se repuso a Córdova Huancas, hasta resultas del proceso principal.

Respecto a ese proceso, en la resolución se menciona que Córdova Huancas obtuvo una sentencia favorable el 25 de enero de este año, sin embargo, esta fue sometida a la revisión por el superior jerárquico, debido a una apelación que se encuentra pendiente de resolver en la Tercera Sala Laboral. Es decir, el proceso aún sigue su curso.

“Pido a las autoridades que se haga justicia y se dé cumplimiento al mandato. Ya van a ser tres años que, a pesar de los pronunciamientos del Poder Judicial, no se me repone en el cargo, salvo ese pequeño período de febrero de este año”, señala.

 

DIRECTOR ACTUAL

Expresión se comunicó con Eriberto Flores, quien manifestó que ejerce el cargo de director en virtud a la encargatura que le concedió la Gerencia Regional de Educación, producto del concurso que legítimamente ganó.

Respecto a la medida cautelar de Córdova Huancas, refiere que ya se ejecutó en el 2016, permitiéndole culminar su período en aquel año, por lo que ya no tendría vigencia ahora.

“Yo he luchado por un derecho que he adquirido y como tal me corresponde. Eso lo ha entendido el gobierno regional y la Gerencia Regional de Educación. Lo otro ya se verá en el Poder Judicial. Cualquier cuestionamiento debe hacerse a las instancias correspondientes”, sostiene.

 

+  NOTICIAS:

  • El Quinto Juzgado Civil de Chiclayo, a través de la Resolución Nº 3, del 24 de mayo de este año, declaró infundada la demanda interpuesta por Peche Búquez contra la Escuela de Música y la Procuraduría Regional de Lambayeque, entes a los que solicitaba se dé cumplimiento a la Resolución Directoral N° 0128-2011GR.LAMB/GRED/UGEL.CHI, del 12 de septiembre del 2011, el cual declaraba fundado el recurso de apelación contra la Resolución Directoral N° 181-2010-DG-ESFAP-“ELM”-CH, del 15 de noviembre del 2010, en la que se le negaba la expedición del título profesional.

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