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DOS EXGOBERNADORES, SIETE EXCONSEJEROS Y OTROS FUNCIONARIOS: SERÁN DENUNCIADOS POR ALTERAR CONTRATO DEL TRASVASE OLMOS

Escribe: Semanario Expresión
Edición N° 1144

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  • Informe de la Contraloría General de la República señala a exgobernadores Nery Saldarriaga y Humberto Acuña.
  • Ente de control concluyó que generaron perjuicio al Estado por más de 17 millones de dólares.

 

Con el Informe de Auditoría N° 5658-2019-CG/APP-AC, sobre el "Contrato de Concesión Construcción, Operación y Mantenimiento de las Obras de Trasvase del Proyecto Olmos”, la Contraloría General de la República identificó responsabilidades administrativas y penales en 16 exautoridades y exfuncionarios del Gobierno Regional de Lambayeque y el Proyecto Especial Olmos Tinajones - PEOT.

 

Días antes que el documento sea notificado al gobernador regional, Anselmo Lozano Centurión, el contralor general, Nelson Shack Yalta, anunció que en relación al Proyecto Olmos se había detectado la comisión de irregularidades que – en opinión del ente de control – acarrean responsabilidades legales entre los involucrados, por lo que correspondería a la Procuraduría Pública de la entidad iniciar las acciones correspondientes, esto es oficiar al Ministerio Público para que estime las denuncias.

Los hallazgos comprenden a los exgobernadores Nery Saldarriaga de Kroll y Humberto Acuña Peralta, a los exconsejeros Lázaro Villegas Agramonte, Miguel Bazán Zárate, Óscar Zeña Santamaría, Maritza Mocarro Monja, Andrés Palma Gordillo y Ana Toro Gálvez (todos del período 2011-2014), así como a los gerentes del Proyecto Especial Olmos Tinajones – PEOT, Enrique Salazar Torres, Francisco Gayoso Zevallos y Juan Saavedra Jiménez.

Además, los exfuncionarios Marty Llontop Samillán, Víctor Sánchez Correa, Víctor Quijano Chávez y Luis González Vélez, quienes se desempeñaron como asesores legales.

 

AMPLIACIONES

Entre los hallazgos de la Contraloría se tiene que el Gobierno Regional de Lambayeque otorgó a la Concesionaria Trasvase Olmos – CTO, responsable de la construcción, operación y mantenimiento de dicho componente del proyecto, ampliaciones del período inicial sin sustento.

Asimismo, que pagó costos de obra e inaplicó penalidades contraviniendo disposiciones contractuales y la normativa aplicable, generando un perjuicio al Estado ascendente a 17 millones 903 mil 68.86 soles.

Respecto a lo primero, Contraloría señala en su informe que de acuerdo a la Cláusula 3.3 del Contrato de Concesión, suscrito entre el gobierno regional y CTO en julio del 2004, “ante la demora o atraso en el cumplimiento de la prestaciones a cargo de la concesionaria por causas no imputables a esta, correspondía la extensión del plazo de concesión por un período equivalente al de la causa que la originó, y cuando dicha demora o atraso genere perjuicio económico financiero a la concesionaria se otorgará la prórroga necesaria al plazo de la concesión para que la concesionaria pueda resarcir dicho perjuicio con el cobro de la Remuneración Unitaria Básica durante ese período adicional”.

En el 2010, CTO invocó la reclamación de dos conceptos al Gobierno Regional de Lambayeque: perjuicio económico y sobrecostos en la ejecución del Túnel Trasandino por estallidos de roca, lo que había configurado – de acuerdo a su posición – las condiciones para hacer efectivo lo señalado en la Cláusula 3.3 del contrato.

El gobierno regional y el Proyecto Especial Olmos Tinajones – PEOT, encargado de la supervisión de las obras, aprobaron por un primer tramo de eventos geológicos no imputables a la constructora, la ampliación de plazo por 819 días calendario. Sin embargo, para la Contraloría esto se hizo sin mayor sustento técnico.

 

TRATO DIRECTO

Iniciado el gobierno de Humberto Acuña Peralta (2011), la concesionaria paralizó hasta en dos ocasiones sus labores demandando el reconocimiento de los conceptos, con una pretensión económica que superaba los 71.6 millones de dólares.

En septiembre de ese año, ambas partes arribaron a un acuerdo extrajudicial con la suscripción de un acta de entendimiento por la cual se obligaban a la convocatoria de dos peritos expertos que asuman la responsabilidad de establecer el perjuicio económico y los sobrecostos de la obra.

Para el primer caso se contrató a Sergio Bravo Orellana, quien estableció que debía reconocerse a la concesionaria el pago de 33.6 millones de dólares o la ampliación de la concesión en 9.38 años, en tanto para los sobrecostos se convocó a Jorge Alva Hurtado, quien definió que estos ascendían únicamente a cinco millones 684 mil dólares.

Hubo la necesidad de sostener reuniones con el Ministerio de Economía y Finanzas para la modificación del contrato y, en consecuencia, incorporar la alternativa del pago al contado, tal como lo había pedido CTO.

Contraloría ha establecido que el gobierno regional asumió el pago de los servicios de uno de los peritos, ascendente a 209 mil 68.96 dólares, obligación que correspondía a la concesionaria.

“El PEOT procedió, sin sustento y sin contar con el pronunciamiento previo del concedente (gobierno regional) respecto a la elección del mecanismo de resarcimiento (según lo exigido por la Cláusula 3.3.5 del contrato, incorporado por la Adenda N° 3), al pago al contado por la suma total de 49 millones 326 mil dólares”, detalla el informe de Contraloría.

Como conclusión, la entidad de control señala que el Gobierno Regional de Lambayeque no aplicó penalidades por nueve millones de dólares y, en mérito de la implementación de los acuerdos adoptados en la Transacción Extrajudicial, el PEOT pagó indebidamente los honorarios de unos de los expertos, los mayores costos de obra del primer y segundo grupo de eventos (cinco millones 684 dólares) y el costo financiero del perjuicio económico (tres millones 10 mil dólares), “contraviniendo las disposiciones contractuales y la normativa aplicable de Asociaciones Público Privadas, Contrataciones del Estado y el Procedimiento Administrativo General”.

“Ello generó que el concedente y el PEOT ocasionen perjuicio económico en agravio del Estado por la suma de 17 millones 903 mil 68.86 dólares”, indica el informe.

 

PRESA LIMÓN

Otra de las conclusiones de la Contraloría está referida a la capacidad de almacenamiento de la Presa Limón, infraestructura que forma parte del componente de Trasvase del Proyecto Olmos.

Al respecto, se indica que al inicio de la operación de la presa su volumen fue menor a lo establecido en el Expediente Técnico de la Concesionaria y a diciembre del 2018 el volumen del embalse ha reducido su capacidad en un 41.76 %, debido a una sedimentación superior a la pronosticada por la concesionaria en su expediente técnico.

“No obstante ello, dicho embalse no ha tenido problemas en cubrir la demanda del calendario mensual de entregas debido a la mayor oferta hídrica del río Huancabamba. Asimismo, a diciembre del 2018 se observa que las condiciones del embalse Limón no son conformes con dos de los cinco parámetros estadísticos establecidos en el informe de Balance Hídrico (documento elaborado por Proinversión)”, indica el informe.

Según la Contraloría, dicha situación conlleva el riesgo de colmatación total del citado embalse antes del término de la concesión (año 2025) afectando la vida útil de la infraestructura, y con una probabilidad de afectar el servicio de trasvase de agua en épocas de sequía y extrema sequía, por cuanto podría ocasionar que el incumplimiento del trasvase de los 406 millones de metros cúbicos al año exigidos en la Cláusula 2.2 del Contrato de Prestación del Servicio de Trasvase de Agua, que como Anexo 2 forma parte del contrato de concesión, durante cuatro años consecutivos, además, cada uno de estos podría contar con déficit hídrico de dos a cinco meses continuos según el calendario de entregas mensuales”, se detalla.

La Contraloría añade que el PEOT no remitió a la comisión auditora información sobre la aprobación del Manual de Operación y Mantenimiento de la Presa Limón, así como sus respectivas actualizaciones.

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