El 22 y el 23 de enero se publicaron los Decretos de Urgencia 014-2020 y 2016-2020, respectivamente. El primero establece condiciones para la negociación colectiva, mientras que el segundo hace lo propio con medidas para el ingreso de recurso humano a entidades del sector público. Al respecto, en diálogo con Expresión, el abogado laboralista Carlos Palomino Guerra señaló que un grupo de juristas se reunieron con el congresista por Lambayeque Jorge Pérez Flores para exigir la derogatoria de los mismos.
Palomino Guerra indica que, en el caso del D.U. Nº 014, el Gobierno central lo emitió tomando como referencia a la Municipalidad de Chiclayo, la de Áncash y la Superintendencia Nacional de Registros Públicos, entidades a las que considera como ejemplo de negociaciones colectivas lesivas para el Estado.
“Estos dispositivos afectan a miles de trabajadores del sector público. En el caso del 014, prácticamente limita las negociaciones colectivas a los montos que determine el Ministerio de Economía y Finanzas. No podemos negar que en la Municipalidad de Chiclayo los trabajadores sí han conseguido beneficios exagerados, pero estas negociaciones fueron hechas en las gestiones de Roberto Torres y David Cornejo Chinguel. No es posible que por culpa de uno todos sean responsables”, manifestó.
En cuanto al D.U. Nº 016, indica que lo perjudicial de este dispositivo es que ningún servidor podría reingresar por juicio al sector público, con lo cual se estaría limitando el derecho al trabajo.
“Estoy de acuerdo con que se emitan normas para regular estas situaciones, pero no se puede hacer de la noche a la mañana, para eso está la academia y el mismo Congreso, para debatir leyes que estén a la altura. Estos dispositivos deben regularse de forma equilibrada, sin afectar los derechos constitucionales”, expuso.
Refirió que ya hay una demanda de inconstitucionalidad en curso contra el D.U. Nº 014 por parte de los gremios sindicales y la semana pasada el 25 % de los parlamentarios plantearon otra. Explica que ya hay pronunciamientos de jueces que consideran inaplicables estas normas, aunque también hay una sala en Lima que ha manifestado una postura contraria.
Por otro lado, destacó que a muchas empresas se les denegó la suspensión perfecta de labores, en virtud de lo cual los trabajadores han empezado a demandarlas por el pago de las remuneraciones, lo cual a su juicio no es equitativo, pues el empleador tendría que pagarles sin que estos hayan trabajado, tal cual ha ocurrido en el sector público.
Anunció que desde febrero los trabajadores bajo el régimen CAS que cuenten con cinco años o más de vínculo laboral ya pueden reclamar un contrato indeterminado, dado que ya hay una jurisprudencia que siéntalas bases. Ello beneficia a los cientos de miles de servidores con esta modalidad en el sector público.
Según SERVIR, en una entrevista brindada en Diciembre del 2019, el número de trabajadores bajo el régimen CAS en el Perú es de aproximadamente 266 mil personas. No se dispone a la fecha de información más actualizada respecto a esta cifra, ni en el Portal de SERVIR ni en otra entidad pública o privada.
Palomino Guerra también señaló que no hay cifras exactas sobre cuántos puestos de trabajo se perdieron o cuántas empresas en Lambayeque se acogieron a la suspensión perfecta de labores, por lo cual demandó a las autoridades a hacer pública la información respecto a lo que el COVID -19 está dejando en materia laboral.
Finalmente, anunció que postulará como candidato al decanato del Ilustre Colegio de Abogados de Lambayeque.
EL PROBLEMA DEL RÉGIMEN CAS EN EL PERÚ
Dada su naturaleza, el régimen especial de contratación administrativa de servicios (CAS) resulta un problema desde el punto de vista de la Carrera Administrativa Estatal y de la Administración Pública en sí. El hecho de que existan múltiples regímenes de contratación personal utilizados en el sector público genera una discriminación y desigualdad entre los trabajadores del sector público, ya que estos regímenes no son homogéneos y generan una diferenciación en cuanto a beneficios laborales se refiere. Además, la mala utilización del régimen CAS, que se ha empleado en demasía, ha ocasionado desorganización en la Administración Pública, esto, generado por el deficiente control de personal causado por la coexistencia de este régimen con otros regímenes laborales. Desde el punto de vista de la Carrera Administrativa también es un problema, porque este régimen ha generado la pérdida de fuerza e iniciativa en materia de calificación, capacitación y desarrollo de cuadros profesionales; misión que debió ser de carácter centralizado, pero que quedó por este problema, dentro del ámbito de decisión de cada entidad en donde aplica este régimen, en un contexto de panorama presupuestal lamentable.
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