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CONSORCIO VINCULADO AL PADRE DE LA MINISTRA DE ECONOMÍA: PSI LE OTORGÓ BUENA PRO PESE A QUE PRESENTÓ DOCUMENTOS INVÁLIDOS

Escribe: Semanario Expresión
Edición N° 1166

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  • Se hizo de una adjudicación en el Cusco por más de un millón y medio de soles.
  • Comité de Selección debió desestimar oferta del consorcio.

 

La contratación realizada por el Programa Subsectorial de Irrigaciones – PSI, entidad adscrita al Ministerio de Agricultura y Riego en favor del Consorcio Geoservice- Hidroenergía, integrado por las empresas Geoservice Ambiental SAC e Hidroenergía Consultores en Ingeniería SRL, fue irregular, debido a que la oferta presentada tenía deficiencias insubsanables de acuerdo a la Ley de Contrataciones del Estado.

 

El caso es de mayor notoriedad porque Hidroenergía Consultores en Ingeniería SRL tiene en su constitución empresarial a Jorge Alva Hurtado, padre de la ministra de Economía y Finanzas, María Antonieta Alva.

El consorcio se presentó al proceso de Adjudicación Simplificada N° 10-2019-MINAGRI-PSI, convocado el 12 de noviembre del año pasado, con la finalidad de ganar el “Servicio de consultoría para la elaboración del estudio de preinversión a nivel perfil; creación del servicio de agua para riego en la cuenca del Río Sañu, distritos de Coparaque y Suycktamb, provincia de Espinar, departamento del Cusco”.

Las deficiencias de la oferta presentada por el consorcio no fueron advertidas por los miembros del comité de selección, ganando así la contratación.

 

Procedimiento inicial

El Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado – SEACE, advierte que el PSI convocó en el 2019 el Concurso Público N° 05-2019-MINAGRI-PSI (primera convocatoria), para la realización del servicio de consultoría en la cuenca del río Sañu, el mismo que fue declarado desierto el 30 de octubre por el Comité de Selección.

Dicho comité estuvo integrado por Marilia Zúñiga Paco, como presidente, y David Charca Huancco y Pablo Urbina Carrasco. Según el acta suscrita por estos, en la convocatoria no se registraron ofertas.

El Decreto Supremo N° 344-2018-EF, que modificó el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, establece en el numeral 65.3 del artículo 65 que, “cuando los procedimientos de selección se declaran desiertos, la siguiente convocatoria se efectúa siguiendo el mismo procedimiento. En el caso de Licitación Pública o Concurso Público, se efectúa siguiendo el procedimiento de Adjudicación Simplificada”.

Esto significa que las bases integradas del anterior proceso rigen para nuevo, variando la nomenclatura para acotar los plazos de adjudicación.

 

Nueva convocatoria

De este modo, el PSI convocó el 12 de noviembre al procedimiento de Adjudicación Simplificada N° 10-2019-MINAGRI-PSI, derivado del concurso público declarado desierto, estableciendo que la fecha de presentación de ofertas, evaluación y calificación de las mismas sería el 21 de noviembre del 2019, modificando para ello la nomenclatura de las bases.

Siendo así, los postores debían alcanzar sus ofertas consignando: “Adjudicación Simplificada N° 10-2019-MINAGRI-PSI Derivada del Concurso Público N° 5-2019-MINAGRI-PSI”, la cual era de obligatoria aparición en todos los documentos, incluyendo los anexos, declaraciones juradas y la promesa de consorcio, de ser el caso.

 

Postores y evaluación

A la convocatoria se presentaron dos postores: el Consorcio de Riego, conformado por Zocimo Venegas Espinoza y Promotora de Proyectos San Miguel SAC, con una oferta valorizada en un millón 650 mil soles, y el Consorcio Geoservice – Hidroenergía, que resultó como adjudicatario con una oferta ascendente a un millón 557 mil soles.

La evaluación de las ofertas por parte del Comité de Selección consistió en verificar la documentación obligatoria; es decir los anexos respectivos y declaraciones juradas, entre ellos el Anexo 6 “Promesa de Consorcio”, el cual según las exigencias legales y del proceso (bases) debía contar con refrendo notarial.

Como se ha mencionado, la nomenclatura que estos documentos debían citar era: “Adjudicación Simplificada N° 10-2019-MINAGRI-PSI “Derivada del Concurso Público N° 5-2019-MINAGRI-PSI”, además de la correspondiente fecha de redacción y certificación notarial de los mismos, detalles que el comité tenía que corroborar.

 

Documentos inválidos

Expresión verificó ambas ofertas, obrantes en el SEACE, encontrando que el Consorcio Geoservice – Hidroenergía había remitido documentos elaborados bajo el formato del Concurso Público N° 5-2019, (el que fue declarado desierto), los mismos que – además – estaban dirigidos al comité con la nomenclatura anterior, fechados el 28 de octubre, 16 días antes de la convocatoria de la adjudicación simplificada.

El Anexo 6 “Promesa de Consorcio” (folios 188-189 y subsiguiente s/n de la oferta), tenía firmas de los representantes legales de las empresas integrantes del consorcio que habían sido legalizadas el 28 y 29 de octubre, antes de la convocatoria, lo que permite confirmar que el postor no presentó documentos requeridos para el nuevo proceso, incurriendo en un error insubsanable, por el cual su oferta debió ser desestimada por el comité.

A ello se suma que el consorcio elaboró su oferta económica siguiendo el formato perteneciente al concurso público declarado desierto, empleando la nomenclatura que no correspondía a la adjudicación simplificada. Sin embargo, en este caso sí consigna como fecha el 21 de noviembre, día en que de acuerdo al cronograma del nuevo proceso debía presentarse, calificarse y evaluarse las ofertas.

 

Cartas de compromiso

Del folio 25 al 179 de la oferta del Consorcio Geoservice – Hidroenergía se encuentran 11 cartas de compromiso (Anexo 6), suscritas por igual número de profesionales que tendrían a cargo la prestación del servicio requerido. Con dichas cartas estos hacen su identificación profesional y su compromiso asumido para con el consorcio, además de datos relacionados a las capacitaciones y experiencia que ostentan.

Lo particular de dichas cartas es que todas fueron suscritas entre el 28 y 29 de octubre, en promedio 15 días antes de la convocatoria de la adjudicación simplificada.

Al respecto, la normatividad vigente exige que las Cartas de Compromiso del Personal Clave sean presentadas con firmas legalizadas de los profesionales. En este caso, diez de las cartas fueron legalizadas en la Notaría Ramírez Carranza, de Lima, entre el 28 y 29 de octubre.

En consecuencia, la documentación correspondiente a las cartas no estaba conforme a las condiciones del nuevo proceso de adjudicación simplificada, pues fueron concebidas para el concurso público declarado desierto.

 

Evaluación

Las bases establecían que los postores debían acreditar una experiencia en la especialidad con contrataciones por la prestación de servicios similares que sumen como mínimo un millón 730 mil soles.

El Consorcio Geoservice – Hidroenergía presentó cuatro contrataciones por un importe total ascendente a dos millones 417 mil 661.92 soles, entre ellas el Contrato de Locación de Servicios N° 012-2010-MDI, celebrado con la Municipalidad Distrital de Ilabaya por un millón 737 mil 995.71 soles, suscrito con el Consorcio Coltani, en el que participó como integrante la empresa Hidroenergía Consultores en Ingeniería SRL.

El monto total de dicha contratación habría sido válido para la acreditación de la experiencia si ambas integrantes del Consorcio Geoservice – Hidroenergía hubieran participado del contrato con la comuna de Ilabaya.

Al no ser así, correspondía calificar como experiencia únicamente el 50 %; es decir, 868 mil 997.86 soles, aspecto que también fue ignorado por el comité de selección del PSI.

Si el cálculo se hubiera realizado de manera correcta, el Consorcio Geoservice – Hidroenergía hubiera acreditado como experiencia de contratación un millón 548 mil 664.07 soles, cifra inferior al monto mínimo exigido en las bases de la adjudicación simplificada.

En consecuencia, los cuestionamientos a la contratación del Consorcio Geoservice – Hidroenergía no se limitan únicamente a la vinculación que una de las consorciadas tiene (en términos societarios) con el padre de la ministra de Economía y Finanzas, sino al desarrollo del procedimiento en sí y los criterios que el comité de selección utilizó para calificar y entregarle la buena pro del servicio en el Río Sañu.

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