El fiscal Germán Montero Ugaz, de la Fiscalía Especializada contra la Criminalidad Organizada – FECOR, Lambayeque, no tuvo más remedio que declarar improcedente la investigación criminal contra los hermanos Roncal Miñano y otros, por los presuntos delitos de organización criminal, lavado de activos, actos de ocultamiento y tenencia.
La decisión contenida en la Disposición N° 2, del 29 de octubre, en la Carpeta Fiscal N° 31-2021, se da a favor de los hermanos Carlos, Samuel y Roberto Roncal Miñano, Ruth Roncal y Enrique Sánchez Campos.
El caso
En junio pasado, el entonces coordinador de la FECOR Lambayeque, Juan Carrasco Millones, remitió al despacho de Montero Ugaz la denuncia enviada por correo electrónico con el usuario acuario523.cs@gmail.com, supuestamente perteneciente a la persona de Carlos Sánchez, con la cual se detallaban supuestos hechos ilícitos cometidos por los antes mencionados.
“De la lectura del documento se advierte que la persona de Enrique Francisco Sánchez Campos interpone denuncia penal contra de Carlos Daniel Roncal Miñano, Samuel Antonio Roncal Miñano, Roberto Joel Roncal Miñano y Ruth Karina Roncal Marín por el delito asociación ilícita y delito de lavado de activos, sosteniendo básicamente que los denunciados iniciaron sus acciones como vendedores de libros, luego de cierto tiempo se convirtieron en exitosos comercializadores de azúcar, llegando incluso a tener en propiedad un Ingenio de conversión de la caña de azúcar en azúcar y alcohol, el mismo que fue adquirido mediante compra de acciones y derechos y que forma parte de las propiedades de la empresa Azucarera del Norte S.A.C”, señaló la denuncia.
El supuesto denunciante refirió a la fiscalía que Carlos y Samuel Roncal Miñano eran socios mayoritarios del ingenio, el mismo que habría iniciado sus operaciones con un capital de 300 mil soles, monto que para diciembre del 2002 habría incrementado a 10 millones 598 mil 322 soles.
En el 2005, la compañía presuntamente disminuyó su capital social e integró como nuevos socios a Destilería Chiclayo S.A.C. e Inversiones y Negocios Agrícolas S.A.C.
La denuncia menciona que debido a los movimientos económicos de los hermanos Roncal Miñano y sus empresas “Se infiere que se ha formado una organización criminal que está lavando dinero producto del delito de defraudación tributaria”.
Según se señaló en el correo electrónico, la supuesta organización tenía como cabecilla a Samuel Roncal Miñano, “con la finalidad de lavar el dinero obtenido a través de eludir los pagos que corresponden por tributos de ley, mediante la compra de propiedades, bienes de uso propio de la familia Roncal”.
Diligencias
En virtud de ello, el 6 de julio Montero Ugaz decidió promover la investigación preliminar.
En consecuencia, la fiscalía remitió los actuados a la DIVIAC PNP Chiclayo para que realice las diligencias de investigación. Es así, que procedente de dicha dependencia se recibió el Informe N° 292 -2021-DIRNIC-PNP-DIVIAC/DEPDIAC-Chiclayo, del 12 de septiembre del 2021, mediante el cual hace conocer de las diligencias preliminares practicadas con el propósito de obtener los elementos de convicción necesarios que permitan acreditar la existencia de una presunta organización criminal, que habría cometido delitos de organización criminal y lavado de activos en el ámbito de esta jurisdicción del departamento de Lambayeque.
Como parte de las diligencias, la fiscalía dispuso tomar la testimonial del ciudadano Enrique Francisco Sánchez Campos, “quien negó rotundamente ser el autor de esa denuncia, asegurando además que la firma digital que aparece en la misma no le pertenece, y que a las personas allí denunciadas no las conoce”.
“Se dispuso que se reciba la declaración previa del denunciante con la finalidad de obtener elementos de convicción de la existencia o comisión de los delitos denunciados y la identificación e individualización de los presuntos autores, para ello fue citado el denunciante Enrique Francisco Sánchez Campos, quien negó rotundamente ser el autor de esa denuncia, asegurando además que la firma digital que aparece en la misma no le pertenece, y que a las personas allí denunciadas no las conoce”, señala la disposición de Montero Ugaz.
Información registral
Considerando que en la denuncia únicamente se ofrecieron como elementos de convicción copias literales de la Partida Registral N° 11004015 y Reportes de Búsqueda de la “Empresa Azucarera del Norte S.A.C.”, impresos los días 6, 24 y 25 de febrero del año 2020; se solicitó información sobre la identidad de la persona natural o jurídica que habría solicitado dicha información.
Al respecto, el Oficio N° 1482-2021-Z.R. N° II-UREG de 27AGO’2021., mediante el cual, la Zona Registral N° II con sede en la ciudad e Chiclayo, hizo conocer que los únicos usuarios que solicitaron dicha información durante el año 2020, fueron las personas de Andrés Gustavo Urpeque Alvarado, con DNI N° 73352087 y Jéssica Gamarra Escobar, con DNI Nº 72773350.
“Sin embargo, pese a que se trató de ubicar y solicitar la comparecencia de los estos ciudadanos, no ha sido posible lograr su ubicación”, explica la fiscalía.
Archivamiento
“Teniendo en cuenta el considerando precedente, donde se advierte que se habría suplantado la identidad del denunciante Enrique Francisco Sánchez Campos, corresponde sacar copias de todos los actuados y remitir a la fiscalía penal de turno de Chiclayo, en vía de denuncia, contra los que resulten responsables, porque habrían incurrido en el presunto delito de suplantación de identidad”, señala la disposición.
Por tales consideraciones, el fiscal resolvió que no procede formalizar ni continuar con la investigación preparatoria, disponiendo el archivo de lo actuado consentida la mencionada disposición.
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