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¿QUIÉN LO DISEÑA Y CÓMO FUNCIONA?: EL PLAN NACIONAL DE DESARROLLO PORTUARIO

Escribe: Ruy Díaz Sotomayor (*)
Edición N° 1241

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En el marco de la Maestría en Administración Marítima y Portuaria que tuve el honor de estudiar oportunamente en la Universidad Nacional del Callao – UNAC, se desarrolló como una de las primeras asignaturas, el curso: Planificación Estratégica, Marítima y Portuaria, a cargo del docente Mg. Romel Arteta Serrano, profesional destacado con maestría en Project Management por la Universidad Esan y con una segunda especialidad en Planificación Estratégica y Gestión Institucional. En el curso en mención, se desarrollaron más de 20 temarios, siendo el Plan Nacional de Desarrollo Portuario como un tema resaltante para este caso, orientado a conocer, interpretar y aplicar los conocimientos de la Planificación Estratégica Marítima y Portuaria desde el análisis del Sistema Portuario Nacional.

La Ley del Sistema Portuario Nacional – SPN (LEY N° 27943), tiene por objetivo: Regular las actividades y servicios en los terminales, infraestructuras e instalaciones ubicados en los puertos marítimos, fluviales y lacustres, tanto los de iniciativa, gestión y prestación pública, como privados, y todo lo que atañe y conforma el Sistema Portuario Nacional. Tiene como puntos resaltantes: Lineamientos de Política Portuaria, El Plan Nacional de Desarrollo Portuario, Autoridad Portuaria Nacional y de las Autoridades Portuarias Regionales.

Los Lineamientos de Política Portuaria están referidos al fomento y planeamiento de la competitividad de los servicios portuarios y la promoción del comercio nacional, regional e internacional. A la integración de los puertos al sistema de transporte nacional y a la cadena de logística internacional. A la promoción de la inversión en el Sistema Portuario Nacional, fomentando la participación del sector privado y Promocionando el libre acceso, la leal competencia y libre concurrencia al mercado de los servicios portuarios.

Autoridad y plan

En relación a la Autoridad Portuaria Nacional (APN), se tiene conocimiento que es un Órgano Técnico Especializado (OTE), responsable del Sistema Portuario Nacional (SPN), con personería jurídica de derecho público interno y patrimonio propio, adscrito al Ministerio de Transporte y Comunicaciones (MTC), que tiene la facultad normativa por delegación del sector (MTC) y con autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y financiera.

Mientras tanto, el Plan Nacional de Desarrollo Portuario, es considerado como un documento técnico normativo, destinado al uso eficiente de áreas acuáticas y terrestres, a la promoción de la inversión privada en el sistema portuario, documento elaborado por la APN y aprobado por DS en el marco de la política del sector MTC, tiene como objetivo: orientar, impulsar, ordenar, planificar y coordinar el desarrollo, modernización, competitividad y sostenibilidad del SPN, tiene como lineamiento estratégicos:

Lineamientos estratégicos

Promover el fortalecimiento del marco institucional del Sistema Portuario Nacional (Modernización de la Gestión Pública); potenciar la modernización de infraestructuras y la conectividad (Nuevos Proyectos Portuarios para el País); fomentar la competitividad de los servicios portuarios (Incrementar el Movimiento de Carga (TM) en los Terminales Portuarios de uso Público y Privado); impulsar la integración de actividades logístico-portuarias de valor añadido como parte de las cadenas de suministro (Nuevas Tecnologías Aplicadas a la Gestión de los Puertos – Desarrollo del Cabotaje) e integrar en el territorio de manera sostenible la relación Puerto-Ciudad (Talleres de integración Puerto – Ciudad).

Funciones de la APN

En cuanto a la Autoridad Portuaria Regional, dentro del marco de organización y funciones principales, destacan las siguientes: I. Elaborar y proponer el plan regional de desarrollo portuario y los planes maestros de los puertos bajo su jurisdicción, en concordancia con los objetivos regionales, provinciales y de desarrollo auto sostenible. II. Ejecutar el plan maestro de los puertos a su cargo. III. Dirigir, coordinar y supervisar todo tipo actividades y operaciones portuarias en general. IV. Elaborar y proponer los planes de inversión pública y privada en materia de desarrollo portuario. V. Coordinar la integración de los puertos de iniciativa privada dentro del sistema portuario nacional y fomentar su desarrollo. VI. Promover y facilitar las concesiones del sector privado en áreas de desarrollo portuario. VII. Contribuir a mejorar la calidad total del sistema portuario nacional y la seguridad industrial en los puertos, mediante el fomento de la inversión y  capacitación general en técnicas de operaciones portuarias, de higiene y seguridad en el trabajo, y la vigilancia del cumplimiento de las normas nacionales e internacionales en esta materia. VIII. Ejecutar la política portuaria aprobada en el plan nacional de desarrollo portuario.

En ese sentido el PNDP tiene como finalidad presentar los avances logrados en el sector portuario y logístico en nuestro país, respecto a la infraestructura, modernización y competitividad de sus puertos, así como sus retos y desafíos, su importancia en la planificación y gestión de la cadena logística en el país, las inversiones de los proyectos importantes que se vienen desarrollando en materia portuaria, por una parte ha sido primordial la planificación dirigida por la APN, en el marco de una planificación integral, una normatividad que acompaña y promueve la inversión, por otra parte la acción promovida desde las concesiones portuarias quienes han continuado invirtiendo constantemente, mejorando su capacidad logística, mejorando la capacidad tecnológica y permitiendo que nuestros productos salgan mucho más rápido por nuestro puertos cada vez más modernos, en menor tiempo y en condiciones óptimas.

(*) Ingeniero Naval, magíster en Gestión Pública y egresado de la Maestría en Administración Marítima y Portuaria.

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