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POR INCUMPLIMIENTO DE FUNCIONES: DENUNCIARíN A INGENIERO RESIDENTE DE LA OBRA DE LA CARRETERA SAN JOSÉ -

Escribe: Semanario Expresión
Edición N° 1012

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El Procurador Público del Gobierno Regional de Lambayeque, Amado Rodríguez Monteza, fue autorizado por el Gobernador Regional de Lambayeque, Humberto Acuña Peralta, para iniciar las acciones legales contra Julio Arturo Castro Calle, por la presunta responsabilidad en la irregular ejecución de la obra de “Mejoramiento de la Carretera San José – Pimentel”, en la que trabajó como residente de obra en el 2012.

 

En la Resolución N° 127-2017- GR.LAMB/PR, expedida el 28 de abril pasado, se señala que con oficio N° 0239-2017-GR.LAMB/GRTC-L, del 17 de abril, el Gerente Regional de Transportes y Comunicaciones, Carlos Santamaría Baldera, remitió los actuados –informes administrativos- respecto A LA PRESUNTA RESPONSABILIDAD DE JULIO ARTURO CASTRO CALLE, COMO INGENIERO RESIDENTE EN LA EJECUCIÓN DE LA OBRA VIAL.

 

CARLOS SANTAMARÍA SOLICITÓ que se autorice al Procurador Público Regional para que inicie las acciones legales por responsabilidad civil o penal contra el ingeniero, conforme a la investigación seguida por la Oficina de Control Institucional del Gobierno Regional de Lambayeque, según el informe de auditoria de Examen Especial N° 03-2014-2-5343, que determina que existe responsabilidad directa en cuanto al incumplimiento de sus funciones.

 

INFORME LEGAL

 

La resolución, firmada por el Gobernador Regional de Lambayeque en conformidad a lo solicitado por el Gerente Regional de Transportes y Comunicaciones, señala que los actuados administrativos se encuentran en el informe legal N° 035-2016-GR.LAMB/GRTC-Lrtd, del 20 de diciembre del 2016, emitido por la Asesora Legal de la gerencia sectorial.

 

Se recuerda que con Informe Pericial N° 616-2015-CG/L430, del 3 de septiembre del año pasado, la Contraloría General de la República también puso en evidencia presuntas irregularidades cometidas por el Gobierno Regional de Lambayeque en la obra “Mejoramiento de la carretera San José – Pimentel”, ejecutada con un presupuesto de ocho millones 963 mil 250.06 soles, en la primera gestión de Acuña Peralta.

 

En dicha obra, la Contraloría ha determinado el favorecimiento al Consorcio Supervisor Vial San José – Pimentel, y al Consorcio Guadalupe, con el otorgamiento de la buena pro pese a que no se habría acreditado los requerimientos técnicos mínimos. Asimismo, que se contrató al supervisor pese a no presentar garantía de fiel cumplimiento. Por estos hechos se presume la comisión de negociación incompatible, así como de faltas administrativas.

 

Durante el período de ejecución de la obra, se encontraba como gerente regional de Transportes y Comunicaciones, Miguel Paz Vélez, quien en su momento manifestó que desde el distrito de San José, los trabajos de trazo y replanteo de dicha obra abarcaban 8.5 kilómetros a nivel de asfalto en caliente, con un tiempo de ejecución de seis meses y demandarían una inversión de ocho millones 963 mil 250.06 soles.

 

La obra, que se encuentra en operatividad con ciertas deficiencias en su infraestructura, se inicio del tramo ubicado en el cruce de la Carretera Chiclayo - San José, en el kilómetro 9.25. El término del tramo se encuentra en la intersección con la avenida Juan Velasco Alvarado, en el distrito de Pimentel.


INGENIERO RESIDENTE

 

La Resolución N° 127-2017-GR.LAMB/PR detalla que existen observaciones de incumplimiento de especificaciones técnicas que no garantizan la vida útil prevista en el expediente técnico para la obra.

 

El Informe N° 003-2014-2-5343 indica que el ingeniero Julio Arturo Castro Calle se desempeñó como residente de la obra desde el 13 de enero del 2012 hasta el 16 de abril del mismo año, pero por falta de diligencia en su actuación habría incumplido con sus funciones contractuales especificadas en la clausula sexta del Contrato de Consultoría para Ingeniero Residente, causando perjuicio al Estado.

 

LAS ACCIONES

 

Se hace conocer que entre los actuados administrativos se encuentran en el Informe Legal N° 035-2016-GR-LAMB/GRTC-Lrtd, del 20 de diciembre del 2016, emitido por la asesora legal de la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones, donde se señala que mediante Memorando N° 845-2016-GRTC-L, de fecha 15 de diciembre del 2016, el gerente de Transportes y Comunicaciones solicita tomar las acciones legales respecto a la responsabilidad de Julio Arturo Castro Calle.

 

De igual manera, se indica que dicha persona prestó servicio general en la obra de “Mejoramiento de la Carretera San José –Pimentel”, en el período del 1 de agosto del 2011 al 31 de diciembre del 2013, y no se le puede sancionar administrativamente porque no es servidor ni funcionario público, sino una persona contratada.

 

Asimismo, mediante Informe N° 08-2016-GR.LAMB/GRTC-STPAD, de fecha 12 de diciembre del 2016, emitido por el Secretario Técnico de Procedimiento Administrativo Disciplinario, se advierte que Castro Calle no es servidor ni funcionario de la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones y, por lo tanto, no le alcanza las disposiciones establecidas en la directiva N° 02-2015-SERVIR/GPGSC, Régimen Disciplinario y Procedimiento Sancionar de la Ley N° 30057 - Ley de Servicio Civil.

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