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COMUNIDAD CAMPESINA: San Martín de Porres de Atumpampa

Escribe: Pedro Alva Mariñas (*)
Edición N° 1342

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COMUNIDAD CAMPESINA: San Martín de Porres de Atumpampa

Escribe: Pedro Alva Mariñas (*)
Edición N° 1342

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La Comunidad Campesina San Martín de Porres de Atumpampa, se ubica en la parte alta del distrito de Incahuasi – Ferreñafe, y colinda con Janque, Sangana, Incahuasi y Moyán. Gran parte de su territorio está delimitado por el río Incahuasi (un brazo del río La Leche). Su población es originaria, tiene como idioma materno el quechua y mantiene prácticas culturales de raíz andina que son similares con la vecina Comunidad Campesina San Pablo de Incahuasi.

Se trata de un amplio espacio dominado por la extensa hacienda de Janque, que fuera afectada por la Reforma Agraria en cumplimiento de la ley 17716 y entregada a los grupos campesinos Señor de los Milagros de Atumpampa y San Martín de Porres de Lanchipampa constituidos los primeros años de la década del 70 del siglo pasado. Pasaron muchos años en esta condición de incertidumbre ya que no hubo las condiciones para formar una cooperativa agraria y esa posibilidad se cerró por la contrarreforma seguida por el gobierno de Morales Bermúdez y sub siguientes.

Los documentos en que nos basamos para redactar esta nota provienen del archivo de la propia comunidad campesina y del archivo de la Oficina de Asesoría Rural de Inder.

CONSTITUCIÓN Y RECONOCIMIENTO OFICIAL. Con la expedición de normas favorables a las comunidades campesinas y la política oficial a su favor (primer gobierno de Alan García) se crean las condiciones para que los dos grupos campesinos decidieran constituirse en comunidad campesina y en una transacción democrática, tomada el 9 de diciembre de 1986, constituyen la Comunidad Campesina San Martín de Porres de Atumpampa (tomando las denominaciones de ambos grupos campesinos). La resolución directoral N° 201-89-AG-UADIII-L, expedida el 22 de junio de 1989, le otorgó el reconocimiento oficial como comunidad campesina y con ello obtienen personería jurídica y amparo constitucional. Andrés Calderón Manayay sería el primer presidente comunal. En ese acto participaron los funcionarios Enrique Temoche (+) y Segundo Porras Flores.

EL TÍTULO DE PROPIEDAD. La entonces Dirección Regional Agraria III – Lambayeque tuvo la responsabilidad de titular el territorio de la recién formada Comunidad Campesina San Martín de Porres de Atumpampa y lo hizo extendiéndoles tres documentos básicos: un título de propiedad, una memoria descriptiva y un plano de conjunto. La entrega de tal expediente se hizo en un acto público y siguiendo el procedimiento establecido por la Ley 24657.

La Dirección General de Reforma Agraria y Asentamiento Rural del Ministerio de Agricultura y Alimentación expide la resolución directoral que establece que la Comunidad Campesina San Martín de Porres de Atumpampa está considerada para ser adjudicada y titulada a título gratuito con un área de 2,727 Has. que corresponden al predio denominado Janque. Esta resolución se la expide el 24 de junio de 1989 y establece que este documento “es mérito suficiente para su inscripción en Registros Públicos”.

LA MEMORIA DESCRIPTIVA. Es un documento que forma parte de la titulación de un territorio comunal. En este caso el documento que describe la línea de colindancia lleva la firma de Wilfredo Cruz Dioses, director de la Oficina de Catastro de la Dirección Regional de Agricultura de Lambayeque y está fechado el 9 de junio de 1988. Los linderos globales establecidos por el mencionado documento son los siguientes: 

  • Norte  : Colinda con Río La Leche, en una longitud de 6200 ml.
  • Sur      : Colinda con el predio Sangana y Janque, Cerros Pigonte, Paquicán y Cruz, con una longitud de 10,000 ml.
  • Este    : Colinda con terrenos de Incahuasi, con una longitud de 5800 ml.
  • Oeste  : Colinda con el predio Janque con una longitud de 2500 ml.

Perímetro total: 24,500.00 ml. Área total: 2727.00 Has.

EL PLANO DE CONJUNTO. A La Comunidad se le otorgó un plano de conjunto de su territorio, el mismo que fue diagramado en base a hojas fotogramétricas, es decir obtenidas de fotos aéreas o satelitales que eran las únicas disponibles en ese tiempo. Se trata de un plano oficial, firmado por funcionarios con facultades para ello y en este plano se consigna con claridad los linderos, las líneas de colindancia establecidas y también se confirma el área total de la Comunidad Campesina consistente en las 2,727 has. y tiene como fecha el 13 de abril de 1989.

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