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¿HASTA CUÁNDO SERÁN JÓVENES LOS PUEBLOS?: UNIDADES VECINALES DE FERREÑAFE

Escribe Ciro Antonio Salazar Montaño para la edición N 1075

Fue por los años 80 que, en Ferreñafe, se produce una implosión demográfica, por el crecimiento vegetativo de la población y la creciente migración rural y andina hacia la ciudad capital. Estos últimos, atraídos por los fértiles predios agrícolas y extensas tierras comunales sin producir; y,  ante la carencia de habilitaciones urbanas para viviendas, se produce la invasión de terrenos de propiedad municipal y privada, conformando los asentamientos humanos denominados Pueblos Jóvenes (PP.JJ.). Así surge este fenómeno social de supervivencia humana, desde la humilde estera para cobijarse hasta la vivienda autoconstruida, producto del esfuerzo y del sacrificio familiar. Paralelamente, por reacción natural insurge la organización social genuina para: Defender sus intereses, velar por los derechos de los vecinos y, gestionar y/o colaborar con las autoridades municipales para hacer realidad sus servicios básicos y otros proyectos comunales.

El Estado peruano cumpliendo con su rol social, promulgó una serie de normas legales de protección y regulación de la propiedad, tributos preferenciales e incluso modificando sus denominaciones: Asentamientos Humanos (AA. HH), UPIS y Barriadas. Y también se establecía que todo PP.JJ. que se encuentre en el entorno y que logre hacer realidad el saneamiento físico legal y servicios básicos (Agua y alcantarillado, electrificación, y mejora de su infraestructura vial), está apto para integrarse al cercado urbano. Exigencia motivadora para que la población se organice, gestione y co participe en la ejecución de los proyectos que les permita superar el estatus y su situación de marginalidad urbana. Lamentablemente esta norma legal nunca se reglamentó, que hubiese definido el procedimiento técnico-administrativo para que muchos PP.JJ., ahora con más de 50 años, que han cumplido los requisitos, se hubiesen integrado, abandonando la injusta diferenciación urbana. Seguir considerando como pueblos jóvenes a Diego Ferre, Muro y Campodónico, El Porvenir etc. en la ciudad de Chiclayo, cuando hace buen tiempo han cumplido con todos los requisitos, es una injusticia, una dejadez o falta de la normatividad reglamentaria para proceder.

A pesar que en el siglo actual, hay un buen avance en el tratamiento de la discriminación social, pero la discriminación territorial, aún se mantiene y particularmente en las escuelas, en especial a los niños les resulta peyorativa la frase que indica vivir en un PP. JJ. Aún que vivir en un PP.JJ. es gozar de los beneficios tributarios, de la prioridad del apoyo de los programas sociales y otras ventajas, porque la percepción social es que, la población es pobre. Esta es una formulación injusta, porque muchos de sus pobladores de los PP.JJ. han mejorado su estatus económico y mas bien en el cercado urbano existen algunos segmentos sociales más pobres.

En los años 90, cuando el Estado peruano a través de sus estamentos de gobierno administraban crisis económica, la Participación Vecinal, se convirtió la piedra angular para el progreso de las ciudades de la época. El referente fue el PP.JJ. Villa El Salvador, que, con el empuje de sus pobladores organizados, emergió desde los arenales de Pamplona para convertirse en un distrito emergente y símbolo de la participación vecinal. En Ferreñafe, en la gestión municipal 1987 - 1989, ante el avance del saneamiento físico legal de la propiedad predial, provisión de los servicios básicos en los pueblos jóvenes; fue un 13 de diciembre 1989, que el Concejo Municipal presidido por el Alcalde Ing. Juan José Salazar García y el suscrito como Teniente Alcalde; atendiendo la recomendación del Plan Director Ferreñafe 1990- 2000, elaborado por el Instituto para el Desarrollo de los Servicios Urbanos y Locales de la Universidad Nacional de Ingeniería- UNI., acordó suprimir definitivamente la designación de Pueblos Jóvenes, constituyendo a partir de los actuales 17 PP.JJ. las Unidades Vecinales (UU.VV.). Estableciendo mecanismos para fortalecer la organización comunal mediante la descentralización de ciertas decisiones de competencia municipal en los que tienen impacto vecinal, entre otros, el uso del suelo para la vivienda popular, ejecución de los programas sociales, seguridad ciudadana, el medio ambiente y la elección democrática de las Juntas Vecinales.

Correspondió a la gestión municipal 1990 – 1992, que me honre presidir como Alcalde - después de 18 días de creación de las UU.VV. – continuar con el mismo modelo de gestión, haciendo prevalecer la participación vecinal y la integración territorial, como medio y fin, para sumar esfuerzos y compartir el financiamiento para hacer realidad los servicios básicos y obras comunales priorizadas por los vecinos, para lograr el propósito. Ineludiblemente que el modelo exigía la identificación y el liderazgo de los gobernantes locales, un marco democrático, sin proselitismo partidario y de respeto mutuo en la relación Municipio- Unidades Vecinales.

La ejecución del modelo de gestión, permitió que, con la dirección técnica y los materiales aportados por la Municipalidad y la mano de obra de los vecinos, se ejecutaran las redes de los sistemas de agua potable y alcantarillados, la construcción de Locales Comunales, Veredas y otras obras comunales en las UU.VV.  Con el esfuerzo y sacrificio de los Clubes de Madres, se atendío en sus locales comunales a miles de niños de los programas alimentarios. Y la seguridad ciudadana a través de las Rondas Urbanas, que velaban por el orden interno en las UU.VV.

El presente artículo, no pretende mencionar los proyectos que se hicieron realidad, pero si resaltar el propósito de la integración territorial, cuyo avance mayor estuvo limitado por los recursos financieros que hubiere permitido ejecutar los proyectos necesarios y cumplir con el noble propósito. No puedo soslayar el esfuerzo de los vecinos que lograron que la UU.VV. Tupac Amaru cumpla con los requisitos y se integrara con el cercado de las ciudades de Ferreñafe y Pueblo Nuevo, y por consenso, acordaron hacerlo mediante una sola calle, cuyo pavimento fue ejecutada con participación vecinal y la denominaron Monseñor Francisco Gonzales Burga, guía espiritual de Ferreñafe. Solo fueron tres años de gestión y nuestros sucesores en el gobierno local, no asumieron el modelo de gestión y lo abandonaron a lo que hoy solamente significa un cambio de nombre.       

Ha transcurrido mas de 25 años, las condiciones en el país y de este mundo globalizado han cambiado, y los pueblos jóvenes, en edad han envejecido, pero en progreso algunos siguen igual y otros han mejorado sus condiciones urbanas que no los diferencian con el cercado de la ciudad. Entonces resulta un imperativo, legislar no solo para cambiar el nombre de Pueblo Joven, si no también para planificar y ejecutar las metas físicas para cumplir con los requisitos y especialmente para alentar a los vecinos en asumir el reto y trabajar mancomunadamente con su gobierno local, para lograr el propósito de la integración territorial en igualdad de derechos y obligaciones e incluso manteniendo los principios de justicia social tributaria en función del ingreso familiar y no de la localización de la vivienda, lo que redundaría en el aumento de la recaudación municipal.

¿Serán eternamente jóvenes los pueblos jóvenes? la repuesta la tiene los legisladores, quienes deben normar para establecer los requisitos y el procedimiento para lograr la incorporación territorial y permita a los gobiernos locales replantear su visión de desarrollo, y en este extremo, con inversiones cerrar la brecha entre lo urbano y lo urbano marginal, y principalmente para que los miles de peruanos que viven en los PP.JJ. y en particular los de las UU.VV. de Ferreñafe, aspiren y contribuyan en la ejecución de un modelo de gestión que les permita abandonar la injusta segregación urbana de  “ciudades de segunda” conferida a los pueblos jóvenes. El reto lo tienen hoy, los candidatos a los gobiernos locales que postulan para conducir el destino de sus pueblos en los próximos 4 años. 

Ciro Antonio Salazar Montaño
Fecha 2018-08-13 14:10:47