Pese a los intentos por dilatar el debate del pedido de suspensión contra el gobernador Jorge Pérez Flores, el Consejo Regional de Lambayeque se vio casi obligado a admitir este pedido, luego de que el Jurado Nacional de Elecciones le trasladara esta solicitud, mediante Auto n.° 1, del 8 de agosto.
De esta forma, con nueve votos a favor y una abstención en solitario, del sentenciado consejero Gustavo Espinoza Soto, el Consejo Regional de Lambayeque admitió el lunes 26 de agosto el pedido de suspensión contra Jorge Pérez Flores, así como la ampliación de la solicitud inicial.
Dilaciones
Esta historia se remonta al pasado 3 de julio, cuando el consejero Ricardo Lara Doig presentó al consejero delegado del gobierno regional, Juan Pablo Horna Santa Cruz, el pedido de suspensión por 30 días contra el gobernador Jorge Pérez por no haber convocado, conducido ni asistido a la segunda sesión ordinaria de la instancia regional para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer.
Sin embargo, el Consejo Regional, mediante una cuestión previa presentada por el mismo consejero delegado, Juan Pablo Horna, derivó este pedido a la Comisión de Ética y Fiscalización. La cuestión previa fue aprobada por mayoría a excepción de los consejeros Julio César Sevilla Exebio y Sujeily Camacho Fernández.
Ante esta situación, Ricardo Lara optó por presentar este pedido el 2 de agosto ante el Jurado Nacional de Elecciones, el mismo que una semana después le corrió traslado al Consejo Regional de Lambayeque.
¿Qué dice la norma?
Según la Ley n.° 31439, ‘Ley que modifica la Ley n.° 30364, Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar con la finalidad de fortalecer las instancias de concertación, sean estas regionales, provinciales o distritales’, es obligación del gobernador regional crear la instancia, instalarla, convocarla y conducir las sesiones.
La norma, publicada en abril del 2022 en El Peruano, también señala en su artículo 31 que el incumplimiento de lo descrito acarrea una sanción de suspensión por hasta 30 días calendario.
Incumplimiento
Al respecto, el gobernador regional Jorge Pérez incumplió hasta en 14 ocasiones el convocar la instancia regional para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres: siete en el 2023 y siete este año. En todas estas fue la Gerencia de Programas Sociales la que realizó la convocatoria.
Por ejemplo, el 13 de febrero del año pasado se enviaron los Oficios Múltiples n.° 000021-2023-GR.LAMB/GRPS y n.° 000022-2023-GR.LAMB/GRPS, convocando a la instancia regional para el 14 de febrero. El 15 de mayo se hizo lo propio mediante los Oficios n.° 000064-2023-GR.LAMB/GRPS, n.° 000065-2023-GR.LAMB/GRPS y n.° 000393-2023-GR.LAMB/GRPS para el 15 de mayo; y luego de 5 de septiembre se convocó a la instancia para el 11 de septiembre a través de los Oficios n.° 000797-2023-GR.LAMB/GRPS y n.° 000798-2023-GR.LAMB/GRPS.
Este año la Gerencia de Programas Sociales convocó a la instancia regional el 19 de febrero, a través del Oficio n.° 000093-2024-GR.LAMB/GRPS, para la sesión que se desarrollaría al día siguiente. El 17 de junio se enviaron dos Oficios, el n.° 000105-2023-GR.LAMB/GRPS y n.° 000106-2024-GR.LAMB/GRPS, convocando para el 28 de junio. El 27 de junio se emitiría el Oficio n.° 000002-2024-GR.LAMB/GRPS y un día después se emitirían los oficios n.° 000108-2024-GR.LAMB/GRPS, n.° 000109-2024-GR.LAMB/GRPS y n.° 000621-2024-GR.LAMB/GRPS.
Pérez Flores también habría incumplido la norma en cuanto a la conducción de la instancia regional. Esto en cuatro ocasiones. La primera vez fue el 28 de marzo del año pasado, cuando se desarrolló la segunda sesión ordinaria. Aquella vez la conducción estuvo a cargo del entonces gerente regional de Programas Sociales, Manuel Velásquez Cumpa. Ese día incluso Jorge Pérez no asistió, pese a ser el presidente de esta plataforma por su calidad de gobernador.
El 15 de mayo del año pasado Pérez tampoco condujo la tercera sesión ordinaria. Si bien la conducción la tuvo la vicegobernadora Flor Saavedra López, este cargo según norma es indelegable.
Este año la misma situación se repitió en dos oportunidades, el 28 de junio y el 2 de julio. En ambas la conducción también recayó en la vicegobernadora Flor Saavedra.
Votación
Así, el lunes 26 el Consejo Regional desarrolló la sesión extraordinaria que tuvo como único punto la solicitud de pedido de suspensión contra el gobernador Jorge Pérez. Antes de votar, el consejero Gustavo Espinoza Soto planteó una cuestión previa, pidiendo que el caso sea visto en la Comisión de Ética y Fiscalización, toda vez que -según su argumento- el pedido de suspensión ya había sido votado inicialmente, mandando el caso a esta comisión, por lo que solicitó que sea la misma la que emita un informe correspondiente. No obstante, nadie secundó su cuestión previa.
Finalmente, se procedió a votar para admitir o no el pedido de suspensión. El resultado fue de nueve votos a favor y una abstención, precisamente Gustavo Espinoza, quien se hallaba en la sesión de manera virtual.
Como hecho anecdótico, los consejeros Manuela Zeña Ñanfuñay y Carlos Ventura Sandoval pidieron la reconsideración de su voto, hecho que también fue desestimado. Sería la consejera Zeña quien pediría después que se precise si habían votado ya para suspender al gobernador o admitir recién a trámite el pedido de suspensión.
“Se ha logrado admitir a trámite este pedido que en algún momento fue rechazado por la mayoría del Consejo Regional. Tuve que acudir al Jurado Nacional de Elecciones para que pueda ser admitida a trámite esta solicitud. El gobernador regional tendrá cinco días hábiles para presentar su defensa. Sería una buena oportunidad para que el gobernador esté aquí después de muchas invitaciones que le ha hecho el Consejo Regional. Esperamos que esté presente, aunque con su presencia o no igual el consejero delegado deberá convocar a una sesión extraordinaria para debatir el pedido de suspensión”, dijo Ricardo Lara al culminar la sesión.
Pedido de vacancia
Precisamente sobre Ricardo Lara, el mismo lunes se ingresó una solicitud de vacancia ante el Jurado Nacional de Elecciones en su contra, debido a que presuntamente una empresa de la cual es gerente, ‘Empresa de publicidad de La Vitoria – Publivic SRL’, contrató con la Municipalidad de Pimentel por 6903 soles el pasado 2 de junio.
El servicio ofrecido, el alquiler de estructuras metálicas e instalación de paneles, lo realizó cuando ya desempeñaba funciones como consejero regional, hecho que contravendría lo dispuesto en el Artículo 11 de la Ley de Contrataciones del Estado, el cual señala que los consejeros regionales se encuentran impedidos de contratar con las entidades públicas de la región donde ejercen su cargo, prohibición que se extiende incluso un año después de terminar su mandato.
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