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EL CASO FUJIMORI Y LA ESPERADA DECISIÓN DEL TC

Escribe: Rosa Amelia Chambergo Montejo
Edición N° 1132

A las 9:33 de la mañana del miércoles 25 de septiembre, el presidente del Tribunal Constitucional, Ernesto Blume Fortini, dio inicio a la sesión para revisar el hábeas corpus que  busca lograr la libertad de Keiko Fujimori Higuchi y anular el mandato de prisión preventiva en el marco de las investigaciones por el presunto delito de lavado de activos como integrante de una organización criminal al interior del Fuerza Popular. Como sabemos, la última instancia que revisó este caso dispuso reducir la prisión preventiva contra Keiko Fujimori de 36 a 18 meses.

 

Durante su primera intervención, el presidente del TC pidió "precisión" a los abogados para no afectar la revisión de otras causas pendientes. La defensa de Keiko fue representada por los abogados Giulliana Loza y Aníbal Quiroga y la Procuraduría a cargo de Johnny Tupayachi.

 

Aquí resumo las intervenciones de quienes defendieron la libertad de Keiko Fujimori y del procurador que sustenta debe declarase improcedente esta acción de amparo.

 

A las 9.36 de la mañana la abogada Giuliana Loza inició su defensa señalando: "Llevamos once meses en un camino doloroso de justicia. Hasta el día de hoy solo hemos encontrado una cadena de abusos que esperamos sea reparado".

 

Agregó: "El peligro procesal no debe sustentarse en meras conjeturas ni especulaciones, sino en actos concretos y evidentes que en este caso no existe. En este caso lo único que existe es una presunción". Loza añadió en su intervención, en defensa de Fujimori, que la orden de prisión preventiva "está basada en base a meras inferencias y presunciones. No hay un acto concreto".

 

"El proceso procesal no se presume, tiene que estar basado en hechos concretos. Lo dice la Constitución, el Tribunal Constitucional y la CIDH", esbozó ante un atento TC.

 

Giuliana Loza también refirió durante su intervención: "La señora Fujimori, ni ningún ciudadano, merece estar privado de su libertad en base a una presunción, en base a una especulación. Sea o no una política, estamos hablando de un ciudadano que merece el respeto de todos sus derechos. En este proceso también hay una afectación al derecho a la defensa", acotó.

 

Por su parte el abogado constitucionalista Anibal Quiroga refirió: "Una detención arbitraria se hace cuando no se cumplen los parámetros excepcionales de una medida cautelar conforme lo dice la Constitución. (…) No estamos frente a un acusado que ha sido condenado. Estamos ante un jurídicamente inocente que, sin embargo, tiene que ser reducido a prisión bajo determinados supuestos estrictos".

 

En tanto, el procurador Johnny Tupayachi dijo ante los miembros del Tribunal Constitucional: “Los jueces que han resuelto en primera y segunda instancia han resuelto de acuerdo a ley. A partir del pronunciamiento del caso Ollanta Humala se ha abierto el camino a que los justiciables presenten demandas contra resoluciones judiciales de primera, segunda y hasta de tercera instancia buscando justamente que lleguen al Tribunal Constitucional".

 

Johnny Tupayachi precisó: "La parte judicial ha resuelto judicial y oportunamente. La corrupción no deja factura, no deja huella. No llevo esta frase al caso concreto, pero sí la utilizo para determinar que hay elementos de convicción que no necesariamente se van a materializar en hechos probados".

 

El procurador fue más allá y acotó: "Estamos hablando de una organización política que puede ser invadida por actos de ilegalidad", por lo que solicitó se confirmen las resoluciones que declaran improcedentes la demanda de acción popular".

 

En su derecho de réplica Aníbal Quiroga citó a la CIDH: "La prisión preventiva no difiere en nada, salvo en el nombre, a la prisión punitiva".  En tanto Johnny Tupayachi ejerció el derecho de dúplica refiriendo que este es un caso distinto al de Ollanta Humala. “No nos podemos colgar de eso", manifestó.

 

Durante la etapa de intervención de los magistrados integrantes del Tribunal Constitucional, Ernesto Blume, como presidente de este organismo, preguntó al procurador Johnny Tupayachi cuáles son las pruebas de la supuesta organización criminal. Este respondió que el caso "se encuentra en etapa de investigación".

 

Blume insistió y preguntó al procurador: "¿Cómo se ha probado la imputación de que Keiko sabía del origen ilícito de los fondos, ¿dónde está la prueba?". Volvió a cuestionar a Tupayachi "¿Estaríamos ante pruebas inciertas y presunciones?".

 

Durante la audiencia también se escuchó la intervención de la magistrada Marianella Ledesma, quien preguntó si lo expuesto por la jueza suprema provisional Susana Castañeda Otsu, quien señaló que solo se podía pronunciar por el plazo (18 o 36 meses) del pedido de prisión preventiva, afectó a alguna de las partes. "¿Esa lógica afecta el derecho a la defensa?", cuestionó.

 

También el magistrado Eloy Espinoza-Saldaña aclaró que el caso Humala-Heredia "no es precedente". "Cuando estoy en un escenario cautelar lo que necesito son indicios razonables. Esto no es condena, es si tenemos un nivel suficiente para poder decir si vale la pena investigar a alguien con privación de la libertad porque si está libre distorsionaría el caso".

 

Y agregó Espinoza: "Acá no se puede tratar de pedir pruebas, se trata de pedir indicios razonables". Le dijo a Giuliana Loza: "Comprendo su emoción y la de la familia, pero tengo que resolver con la mayor objetividad. Hay criterios y no son casos iguales (caso Humala y caso Keiko). No estamos ante situaciones sustancialmente iguales. Estamos ante un problema donde hay una privación de la libertad, pero por caminos diferentes y eso debe quedar claro".

 

El magistrado Espinoza fue más incisivo y  preguntó a Giulliana Loza sobre el argumento expuesto por el procurador: "¿Keiko Fujimori podría acaso desconocer ciertas situaciones como las que aparecen en los testimonios como los de Barata?".

 

Es allí cuando la abogada Loza dijo: "Barata ha dicho que no puede corroborar la entrega de dinero, que a él no le consta que hubiera entrado dinero al partido Fuerza Popular. Entonces, ¿por qué se le sigue presumiendo culpable a Keiko Fujimori, quien sin haber sido gobierno está presa? Es inconcebible", acotó.

 

El procurador Johnny Tupayachi respondió al magistrado Espinoza-Saldaña: "Esta no es una banda criminal cualquiera, es una organización política. Un presidente del partido conoce lo que pasa en su partido".

 

En tanto el magistrado José Luis Sardón cuestionó al procurador: "¿Se puede esperar que la jefa de un partido político tiene que saber todo lo que hace los militantes?". También agregó: “Las presunciones tienen que cumplir ciertos estándares. Para meter presa a una persona también hay que tener cuidado".

 

Y, finalmente, la intervención del magistrado Augusto Ferrero Costa: "La Corte Suprema, al reducir de 36 a 18 meses la prisión, ha considerado que el peligro de obstaculización va decayendo". Luego consultó a la abogada Giulliana Loza si este argumento "está debidamente motivado".

 

Por más de dos horas el Pleno del Tribunal Constitucional evaluó  el recurso de hábeas corpus interpuesto por Sachi Fujimori a favor de su hermana, la detenida lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori, para intentar anular la orden de prisión preventiva en su contra.


Ha quedado al voto y supongo que a muy tardar la próxima semana la decisión del TC será conocida. Lo cierto es que a la mayoría nos ha quedado la sensación de que la defensa de Fujimori tuvo sólidos argumentos para sustentar su recurso y que al procurador Johnny Tupayachi le faltó mayor convicción en defensa del Estado Peruano.

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