La situación de los oficiales que firmaron el Informe de inteligencia 136-2014 con la que el fiscal Sergio Lucio Zapata Orozco sustentó la detención del exalcalde de Chiclayo, Roberto Torres Gonzales, y sus funcionarios en el caso “Limpios de la corrupción”, se complica con la declaración del exjefe de Inteligencia Luis Enrique Farfán Silva, quien corroboró ante la fiscalía que el citado informe no fue elaborado en su dependencia, incluso desconoce el contenido del oficio con que fue elevado al Ministerio Público.
El 9 de agosto, el coronel (r) Luis Enrique Farfán Silva brindó su declaración testimonial, en calidad de testigo, ante el titular del Quinto Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Chiclayo; Carlos Enrique Osores Padilla, a cargo de la investigación preliminar seguida contra los imputados Romel Agustín Díaz Paz y Víctor Javier Chafloque Oliden, denunciados por el delito de usurpación de funciones, por presuntamente haber suscrito y tramitado el Informe N° 136-2014-RPNO-DIRTEPOL-LAMB/OFINTE-CH, documento que no obra en los archivos de la Oficina de Inteligencia Territorial Lambayeque, en el 2014 a cargo del declarante.
Preguntado sobre qué tiene que decir respecto del Informe N° 136-2014-RPNO-DIRTEPOL-LAMB/OFINTE-CH, que fue emitido cuando era jefe de la ORI (OFINTERPOL/OFINTE), Farfán Silva respondió textualmente:
“(…) Desconozco el trámite de ese informe porque no ha sido elaborado por mi persona ni por personal bajo mi mando del año 2014. Respecto a los imputados Víctor Javier Chafloque Oliden y Romel Agustín Díaz Paz ellos vinieron en calidad de apoyo de Piura y de Lima respectivamente para apoyar el trabajo de la fiscalía en la captura de la referida organización criminal, ellos no estaban bajo mi mando (…) Respecto al Oficio N° 1593- 2014-RPNO-DIRTEPOL-LAMB/OFINTERPOL-CH de fecha 29 septiembre 2014 que (también lo) desconozco”.
INFORME EN CUESTIÓN
Lo declarado por Farfán Silva corrobora lo señalado por el coronel PNP Luis Guerrero Balladares el 1 de junio del 2015, quien mediante Oficio N° 1008-2015-REGION POLICIAL-LAMB/ORI.SEC., dando respuesta a un requerimiento de información presentado por la letrada Deissy Villanueva Velezmoro, señaló que el Informe N° 136-2014-RPNO-DIRTEPOL-LAMB/OFINTE-CH no había sido elaborado en la referida unidad especializada (Oficina Regional de Inteligencia), sugiriendo que dicha información sea solicitada a la unidad donde se formuló.
Ante la insistencia de Villanueva Velezmoro, el 4 de junio del 2015, el mismo Guerrero Balladares, mediante Oficio N° 1027-2015-REGION POLICIAL-LAMB/ORI.SEC., señaló:
“(…) esta jefatura ORILAMB cumple con comunicarle nuevamente que en los archivos de esta Unidad no se encuentra documento alguno relacionado al caso, no obstante, al recibir la copia de dicho documento remitido por Ud., se puede apreciar los nombres de los dos (02) oficiales PNP que firmaron su autoría, que si bien es cierto trabajaban en la ciudad de Chiclayo, pero no han prestado servicios en esta Jefatura, desconociendo los motivos por los que aparecen sellos que presuntamente sean de esta Unidad, ante ello sugiero a Ud., se dirija ante el Sr. Comandante PNP Romel Díaz Paz, jefe de la DEPANDRO Chiclayo, quien en ese entonces ha firmado el “ES CONFORME” del documento solicitado (…)”.
OFICIALES Y LA CAPTURA
Otro aspecto que resalta de la declaración de Farfán Silva, es el hecho de que los oficiales investigados Romel Agustín Díaz Paz y Víctor Javier Chafloque Oliden, fueron transferidos desde Piura y Lima, respectivamente, el mismo (lunes) 29 de septiembre de 2014, mediante Memorándum N° 1797-2014-DIRGEN PNP/S-A (número de memorando algo ilegible), por disposición del general PNP Jorge Flores Goicochea, documento que corrobora lo declarado por el mencionado oficial, y que aporta a la tesis que los oficiales investigados efectivamente habrían usurpado funciones al suscribir el Informe N° 136-2014-RPNO-DIRTEPOL-LAMB, de fecha 29 de septiembre de 2014 (el mismo día de su destaque), cuando ha quedado plenamente acreditado que no laboraban en la OFINTERPOL.
Si fueron transferidos el mismo 29 de septiembre del 2014, ¿en qué momento realizaron las acciones que sustenten el informe de inteligencia que elaboraron y presentaron al fiscal Juan Carrasco Millones en la misma fecha?
Lo que resulta más grave aún, es el hecho que el coronel Farfán Silva desconoce también el Oficio N° 1593-2014-RPNO-DIRTEPOL-LAMB/OFINTERPOL-CH, de fecha 29 septiembre del 2014, con el que supuestamente fue remitido al Ministerio Público el Informe N° 136-2014-RPNO-DIRTEPOL-LAMB/OFINTE-CH el mismo día, documento que lleva su sello y firma.
EN MANOS DEL FISCAL
El Oficio N° 1593-2014-RPNO-DIRTEPOL-LAMB/OFINTERPOL-CH, supuestamente rubricado por Farfán Silva, con la nomenclatura de la OFINTERPOL, fue recepcionado en la misma fecha de su emisión, por el fiscal Juan Manuel Carrasco Millones de manera personal (sin sellos de recepción de Mesa de Partes del Ministerio Público). ¿Quién le hizo entrega personal del referido oficio al fiscal?
Mediante Resolución Directoral N° 556-2015-DIRGEN/DIREJPER-PNP, de fecha 23 de julio del 2015, el Director General de la Policía Nacional del Perú; general Jorge Flores Goicochea, felicitó a los efectivos que participaron en la desarticulación de la presunta organización criminal “Los limpios de la corrupción”, entre los que se encontraban los siguientes oficiales: coronel Luis Enrique Farfán Silva (jefe de la OFINTERPOL-Lambayeque), coronel Óscar Alfonso Vásquez Gonzáles, comandante José Luis Corrales Velásquez y mayor Juan Carlos Paz Oyola. Sin embargo, no se mencionó que el mayor Romel Agustín Díaz Paz y el teniente Víctor Javier Chafloque Oliden hayan participado del referido operativo.
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Incongruencia mayúscula. Mientras una empresa ocupa ilegalmente el sardinel central de la Avenida La Libertad con una antena de 20 metros de altura y una caseta, la Municipalidad Provincial de Chiclayo sigue sin responder el pedido de los vecinos de la Urbanización Villarreal para ubicar en una jardinera en desuso un módulo policial que los ayude a frenar la ola delictiva en la zona.
El 16 de mayo, el Comité de Gestión para el Mejoramiento de la ex Avenida La Libertad, hoy Andrés Avelino Cáceres, en la urbanización Santa Victoria, se dirigió por escrito al alcalde de Chiclayo, Marcos Gasco Arrobas, solicitando copias fedateadas del expediente que dio origen a la instalación de una antena y un contenedor en el sardinel central de la transitada vía, espacio que es de dominio público.
NO HUBO PERMISO
La comuna dio respuesta al requerimiento el 29 de mayo con la Carta N° 208/SGSG-2019, suscrito por la abogada Cinthya Flores Huamanquispe, entonces subgerente de Secretaría General del municipio, dando cuenta del Informe Legal N° 091-2019-MPCH/GIP y de la Carta N° 313-2019-MPCH/SGOPyC, con la que se declaró improcedente el pedido realizado por la empresa ATC Sitios del Perú SRL para la instalación de la antena que hoy se erige simulando un árbol.
La empresa ATC Sitios del Perú SRL, representada por José Cobain Sánchez, con el Expediente 286809, con registros 543759 y 548166, solicitó a la Municipalidad Provincial de Chiclayo, la autorización para instalar una infraestructura de telecomunicaciones (antena de 20 metros de altura y una caseta) en la cuadra 4 de la Avenida La Libertad, de la urbanización Santa Victoria.
Sin embargo, como se ha informado por la Subgerencia de Obras Públicas y Convenios, con el Memorando N° 211-2019, dirigido a la Secretaría General de la comuna, el pedido fue declarado improcedente el 13 de mayo, siendo la carta de respuesta recibida por la empresa el 20 de mayo. En consecuencia, el municipio nunca autorizó la instalación de dicha infraestructura.
Es más, se estableció que el pedido de autorización de la empresa fue presentado el 3 de mayo, pero los trabajos de instalación de ambas estructuras habían iniciado un día antes, por lo que el municipio fue claro en establecer que la compañía no podía acogerse a la aprobación automática de su requerimiento.
INACCIÓN SOSPECHOSA
Según la Subgerencia de Obras Públicas y Convenios, se remitió documentación para que se proceda a realizar el acta de verificación y se continúe con el proceso sancionador correspondiente y se derivó el informe pertinente a la Gerencia de Infraestructura Pública, a fin que remita el expediente a la Procuraduría Pública Municipal para que proceda de acuerdo a sus atribuciones.
Pese al tiempo transcurrido, tanto la antena como el contenedor siguen ocupando de manera ilegal la jardinera central de la Avenida La Libertad, sin que el municipio haya ejecutado las acciones de desmontaje, aun cuando sus áreas funcionales han concluido que el permiso le fue denegado a la empresa.
Empero, desde el 9 de agosto nuevos documentos han empezado a circular por los pasillos municipales, entre ellos el Informe N° 00047-2019, suscrito la técnico en arquitectura Alejandra Bustamante Chávez, dirigido al Subgerente de Control Urbano y Supervisión, en el que asevera que la antena y la caseta “no generan ninguna obstaculización visual ni de señalización para los conductores y/o transeúntes que circulan por la avenida”.
PEDIDO SIN ATENCIÓN
Lo preocupante del asunto es que mientras el municipio se muestra inoperante ante la evidente trasgresión de las normas, sigue sin responder el pedido realizado por los vecinos de la Urbanización Federico Villarreal, para que se autorice la instalación de un puesto de auxilio policial en uno de los sardineles de la Avenida La Libertad ubicados en la margen izquierda de la vía, a propuesta de la Policía Nacional del Perú.
El 31 de julio, la gerente de Urbanismo de la comuna provincial, Mariela Villena Pelayo, recibió la solicitud del cambio de uso de una de las jardineras de la avenida, la cual se encuentra en completo abandono, para la construcción de un Módulo Policial que beneficie a los moradores de las urbanizaciones Guardia Civil, Federico Villarreal, Santa Victoria (tercer sector), y Arturo Cabrejos Galla, con el objetivo de descongestionar las operaciones de la Comisaría César Llatas Castro y atender con mayor prontitud las ocurrencias delictivas que se registran en la zona.
El 26 de agosto ingresó a la Gerencia de Urbanismo un nuevo pedido, esta vez para que se otorgue el cambio de uso o uso provisional de la jardinera abandonada en la que los vecinos buscan construir el módulo policial. Sin embargo, ni el documento de julio ni el presentado esta semana ha tenido respuesta de la administración.
Por iniciativa de la Subgerencia de Desarrollo Económico y Promoción PYMES de la municipalidad de José Leonardo Ortiz, el Programa ‘Tu Empresa’ del Ministerio de la Producción – PRODUCE, y el Instituto Empresa y Sociedad – IES USAT, capacita hace más de cuatro meses a los emprendedores del distrito en materia de formalización y gestión empresarial.
Marco Alvitez Monteza, coordinador de gestión empresarial del programa ‘Tu empresa’ y encargado de estas capacitaciones, comenta que el primer grupo de emprendedores ya culminó exitosamente el ciclo de 13 capacitaciones, en las cuales se les brindó charlas sobre emprendimiento, planes de negocio, estrategias comerciales, técnicas de venta, atención al cliente y formalización.
Refiere que fueron 35 emprendedores de los rubros de servicio, comercio y construcción, quienes recibieron capacitaciones semanales totalmente gratuitas en las instalaciones del palacio municipal de José Leonardo Ortiz.
“Un tema vital que hemos tratado es el servicio postventa, el cual significa hacer un seguimiento, respecto a cómo le fue al cliente con el producto que se le brindó, pues ese minuto que al empresario le toma llamar al consumidor para preguntarle si, por ejemplo, el polo le quedó bien o la prenda no destiñe, es bien valorado por los compradores”, sostiene.
Asegura que un cliente bien atendido genera una recomendación a cuatro personas, pero cuando es mal atendido son 10 las personas a las que les comenta del mal servicio recibido.
Apunta que hace tres semanas inició el segundo ciclo de capacitaciones con un nuevo grupo de emprendedores, quienes, además de los temas dictados en el primer módulo, aprenderán cómo generar ideas de negocio basado en la metodología de la Organización Internacional del Trabajo – OIT.
Apunta que esta metodología busca que, a través de la lluvia de ideas, los emprendedores encuentren el negocio ideal a poner, el mejor nombre para este, y la solución idónea a los problemas de su sector del mercado.
‘TU EMPRESA’
Alvitez Monteza señala que el Programa ‘Tu Empresa’ inició en septiembre del 2016 como parte de una iniciativa estatal, en la cual el Ministerio de la Producción – Produce, buscó como aliado a la Universidad Católica Sato Toribio de Mogrovejo – USAT, para brindar asesoría y capacitación a los micro y pequeños empresarios.
Señala que, a la fecha, se han dictado más de seis mil capacitaciones y dos mil 500 asesorías, las cuales se han dado bajo los componentes de tributación, formalización y gestión empresarial.
Sobre formalización y tributación, señala que ‘Tu empresa’ cuenta con un equipo de asesores capacitados para explicar lo concerniente a regímenes tributarios para el pago de impuestos, así como una alianza con la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria – SUNAT, y notarías, para que el proceso de constitución de la empresa resulte más económico para los emprendedores.
Respecto a la gestión empresarial, indica que en ella se ve principalmente estrategias comerciales para hacer crecer un negocio.
“Entendemos que el pequeño empresario lambayecano suele ser muy improvisado en cuanto al planteamiento del trabajo y labora básicamente por subsistencia. Por lo general no tiene objetivos y, por lo tanto, su negocio está a la deriva. Por eso los asesoramos en políticas empresariales y todo aquello que involucre mejorar la gestión del emprendimiento”, sostiene.
Manifiesta que uno de los objetivos del programa de capacitaciones a empresarios de José Leonardo Ortiz es que luego estas personas se acerquen a las instalaciones de ‘Tu Empresa’, en la USAT, para que puedan recibir asesorías personalizadas.
“En las capacitaciones hablamos de temas a nivel general, pero en las asesorías de ‘Tu Empresa’ tratamos específicamente con el emprendedor que nos visita los problemas de su negocio, vemos las oportunidades que tiene en el mercado, le ayudamos a encontrar sus fortalezas, entre otras cosas”, comenta.
Señala que algunos emprendimientos asesorados por ‘Tu Empresa’ han obtenido el reconocimiento de Produce como casos de éxito, tal es el caso de la cevichería ‘Habla Pez’, que también ha recibido un reconocimiento de Facebook y del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI, por sus buenas prácticas.
“Una asesoría en el mercado tiene un costo que va de 50 a cien dólares por los 40 minutos que dura la sesión. Con nosotros es totalmente gratuita. Hay empresarios que ya han recibido más de cien asesorías y siguen visitándonos cada 15 días para recibir orientación y nos sentimos gustosos de atenderlos”, asevera.
TEJIDO EMPRESARIAL
Por otro lado, Alvitez Monteza señala que en Lambayeque el 99.4 % de los negocios formalmente constituidos son micro y pequeñas empresas, mientras que 128 son grandes y 56 medianas.
No obstante, revela que entre empresas formales e informales hay un promedio de 300 mil negocios, de los cuales los primeros suman 71 mil y los segundos 229 mil. Los rubros con mayor acogida son los negocios de abarrotes, ferreterías y empresas de servicios como restaurantes y menú.
“Algo que siempre recalco en las asesorías es que, ya sean formales o informales, todos los negocios son su competencia en el rubro, por lo que deben encontrar el valor agregado que los diferencie del resto, partiendo de la creatividad e innovación que pueda tener el negocio. En ese sentido, el minuto adicional que toma la llamada que se hace en el servicio postventa puede marcar la diferencia”, asevera.
REALIDAD DE JOSÉ LEONARDO ORTIZ
Por otro lado, Marco Alvitez explica que, si bien José Leonardo Ortiz tiene bastante comercio, los emprendedores trabajan de forma aislada, especialmente los que son informales. En ese sentido, refiere que la comuna leonardina tiene una gran oportunidad en Moshoqueque, pues es el segundo centro de abastos más grande del Perú, solo por detrás del mercado mayorista de Santa Anita, en Lima.
Según estadísticas de la Comisión de Mercados de la Municipalidad Distrital de José Leonardo Ortiz, Moshoqueque alberga a ocho mil comerciantes, los cuales se dividen entre cuatro mil 500 formales y tres mil 500 informales.
En esa línea, Alvitez Monteza apunta que el enfoque de crecimiento debe estar orientado en formalizar a esos tres mil 500 comerciantes, pues está demostrado estadísticamente que una empresa formalmente constituida vende el doble que una informal.
“El trabajo en conjunto debe ser fundamental. Si los comerciantes de Moshoqueque concluyeran con su proceso de formalización podrían aspirar a vender sus productos a los supermercados, pues ellos son el nexo de toda la macroregion norte. Sin embargo, todavía carecen de esta visión empresarial”, asegura.
PROCESO DE FORMALIZACIÓN
El experto explica que el proceso de formalización inicia con una búsqueda y reserva del nombre, la cual tiene un costo de 20 soles si se hace yendo directamente a la Superintendencia Nacional de Registros Públicos – SUNARP, o puede ser gratuita si es que se realiza a través del Programa ‘Tu Empresa’, que ya posee una alianza con este organismo.
Apunta que el siguiente paso es ir a una notaría, en las cuales el proceso de elaboración del acto constitutivo de la minuta y la firma del notario cuesta entre 600 u 800 soles, dependiendo del capital. No obstante, a través de ‘Tu Empresa’ que ya tiene un convenio con una notaría, este proceso cuesta 200 soles.
Refiere que después se procede a la elevación de la minuta a Registros Públicos, organismo donde se paga una tasa que oscila entre 150 y 165 soles. Transcurridos siete días, la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria – SUNAT, emite el Registro Único de Contribuyentes – RUC, para que el emprendedor pueda brindar boletas y facturas.
“A través de ‘Tu Empresa’, el proceso de formalización que cuesta entre 800 a mil soles, termina costando a lo mucho 365 soles”, asegura.
BENEFICIOS POR FORMALIZACIÓN
Alvitez Monteza manifiesta que dentro de los beneficios que obtienen los empresarios al formalizarse está el tener acceso a créditos, así como venderle al Estado a través del programa ‘Compras a MYPErú’.
Asimismo, señala que la formalización genera una mayor confianza en el cliente, pues a través de la emisión de las boletas ellos saben que pueden devolver un producto en caso tenga algún defecto. Además, también genera una mayor motivación en los trabajadores cuando ingresan a planilla, lo cual aumenta su productividad.
La Escuela Superior de Formación Artística Pública – ESFAP ‘Ernesto López Mindreau’, atraviesa desde el 2016 un período de incertidumbre, debido a un conflicto administrativo que no permite dilucidar con claridad quién es la persona que debe asumir sus riendas. Por una parte, la Gerencia Regional de Educación – GRED, avala a Eriberto Flores Ramos, mientras que por otro el Poder Judicial ampara a Berbelina Córdova Huancas.
El 28 de noviembre del año pasado, mediante la Resolución Gerencial Regional N° 001492-2018-GR.LAMB/GRED, la Gerencia Regional de Educación aprobó la convocatoria del proceso de selección de personal para cubrir, mediante encargatura, la plaza de director general de la escuela de música, el mismo que fue ganado por Eriberto Flores, quien el 26 de diciembre recibió el acta de adjudicación. No obstante, una resolución cautelar del Cuarto Juzgado Laboral de Chiclayo podría reponer en el cargo a la exdirectora Berbelina Córdova.
SANCIONES
Para entender esta situación hay que remontarse al 2013. En aquel año la Escuela de Música era dirigida por Córdova Huancas, quien fue sancionada con dos meses sin goce de hacer, debido a una presunta usurpación de funciones por negarse a otorgarle un título el 2010 al entonces estudiante Víctor Andrés Peche Búquez.
“El estudiante debía cumplir dos requisitos para graduarse como profesor de música: sustentar su tesis y ejecutar un instrumento. Este último no lo cumplió, por lo cual lo orienté para que pudiese subsanar. Sin embargo, el joven reclamó ante la UGEL Chiclayo y este órgano emitió una resolución ordenándome que yo le dé el título. Ante mi negativa, porque no cumplía con las condiciones, fue al Poder Judicial, el cual le dio la razón en primaria instancia, pero luego me la dio a mí. Pensé que allí había quedado agotado el asunto”, sostiene Córdova Huancas.
A finales del 2015, la docente se presentó al concurso público para ocupar le dirección durante el período 2016-2017, el cual ganó, según consta en la Resolución Gerencial Regional N° 033-2016-GR.LAMB/GGR, del 22 de diciembre de 2015. No obstante, en un hecho que ella no se explica, la Gerencia Regional de Educación, a través de la Resolución Gerencial Regional N° 02916-2015-GR.LAMB/GRED, del 30 de diciembre de ese año, resolvió suspenderla en el ejercicio de sus funciones por el mismo caso sin derecho a remuneración durante 10 días.
“Yo no sé por qué me volvieron a sancionar el 2016, si ya lo habían hecho el 2013. Es más, cumplí esos dos meses de sanción, pero cuando apelé el gobierno regional me dio la razón, dijo que era un acto inconstitucional y me devolvieron la remuneración que dejé de percibir”, asevera.
MEDIDA CAUTELAR
A través de la Resolución Gerencia Regional N° 00205-2016GR.LAMB/GRED, del 3 de febrero de 2016, se resolvió encargar el puesto de directora a Córdova Huancas; pero el 12 de abril de ese mismo año, mediante la Resolución Gerencial General Regional N° 033-2016-GR.LAMB/GGR, se resolvió declarar la nulidad de oficio de la primera resolución, debiendo retrotraerse el proceso administrativo a la etapa previa a la emisión del acto resolutivo.
En virtud de lo expuesto, Berbelina Córdova decidió acudir a la vía judicial, en la cual solicitó, a la par, una medida cautelar que le permita mantenerse en el cargo mientras dure el proceso principal. Esta le fue concedida el 5 de agosto del 2016, a través de la Resolución Nº 1 del Cuarto Juzgado Laboral, que despachaba en aquel entonces la jueza Blanca Cervera Dávila.
La magistrada requirió a la Gerencia Regional de Educación y al Gobierno Regional de Lambayeque suspender provisionalmente cualquier acto o acción tendiente a dejar sin efecto el Oficio N° 1108-2016-GR.LAMB/GRED/OFA-PER, manteniendo a Berbelina Córdova en el cargo “hasta las resultas del proceso”.
De la resolución se desprende que, para el 22 de diciembre del 2015, fecha en la que resultó ganadora del concurso de dirección, Berbelina Córdova no se encontraba aún sancionada, toda vez que la sanción ocurrió el 30 de diciembre y le fue notificada el 7 de enero del 2016.
Además, se menciona en la resolución el informe emitido mediante el Oficio N° 1004-2016-GR.LAMB/GRED-L, en el cual se explica que en las declaraciones juradas que firmaron los participantes, ninguno registró tener sanciones administrativas.
IDAS Y VENIDAS
Córdova Huancas refiere que a pesar de contar con la medida cautelar y tener el proceso principal en curso, ella entregó el cargo los primeros días de enero del 2017, tras sentirse “coaccionada”.
No obstante, el 24 de junio del 2018, el Cuarto Juzgado Laboral volvió a pronunciarse, esta vez mediante la Resolución Nº 6, requiriéndole a la Gerencia Regional de Educación y al gobierno regional que suspenda provisionalmente cualquier acto que deje sin efecto el Oficio N° 1108-2016-GR.LAMB/GRED/OFA-PER, y mantenga en el cargo a Berbelina Córdova. Sin embargo, el 28 de noviembre se convocó al concurso público para la plaza de director encargado, el mismo que ganó Eriberto Flores.
Luego de que Córdova Huancas presentase tres documentos a la Gerencia de Educación solicitando que se dé cumplimiento a la medida cautelar (el 14 de diciembre del 2018, el 16 de enero del 2019 y el 5 de febrero pasado), el ente, a través de la Resolución Gerencial Regional N° 166 – 2019-GR.LAMB/GRED, del 25 de febrero 2019, acató lo dispuesto por mandato judicial y solicitó, además, que se realice una investigación, a fin de sancionar a los responsables de que se haya dilatado este proceso.
Sin embargo, el 7 de mayo Eriberto Flores Ramos presentó un recurso de apelación contra dicha resolución, la misma que fue anulada con la Resolución Gerencial Regional Nº 00065-2019-GR.LAMB/GRED, firmada por la gerente regional María Castro Grosso; y que sería refrendada por la Resolución Nº 000391-2019-GR.LAMB/GRED, firmada por el gerente de Educación, Daniel Suárez Becerra, reponiéndolo en el cargo.
Pese a todo, el Cuarto Juzgado Laboral, que despacha Sunciona Cavero Flores, emitió el 18 de junio último la Resolución Nº 8, en la cual nuevamente solicita la suspensión provisional de cualquier acto o acción tendiente a dejar sin efecto el Oficio N° 1108-2016-GR.LAMB/GRED/OFA-PER y la Resolución Gerencial Regional N° 166 – 2019-GR.LAMB/GRED, de febrero de este año, en la que se repuso a Córdova Huancas, hasta resultas del proceso principal.
Respecto a ese proceso, en la resolución se menciona que Córdova Huancas obtuvo una sentencia favorable el 25 de enero de este año, sin embargo, esta fue sometida a la revisión por el superior jerárquico, debido a una apelación que se encuentra pendiente de resolver en la Tercera Sala Laboral. Es decir, el proceso aún sigue su curso.
“Pido a las autoridades que se haga justicia y se dé cumplimiento al mandato. Ya van a ser tres años que, a pesar de los pronunciamientos del Poder Judicial, no se me repone en el cargo, salvo ese pequeño período de febrero de este año”, señala.
DIRECTOR ACTUAL
Expresión se comunicó con Eriberto Flores, quien manifestó que ejerce el cargo de director en virtud a la encargatura que le concedió la Gerencia Regional de Educación, producto del concurso que legítimamente ganó.
Respecto a la medida cautelar de Córdova Huancas, refiere que ya se ejecutó en el 2016, permitiéndole culminar su período en aquel año, por lo que ya no tendría vigencia ahora.
“Yo he luchado por un derecho que he adquirido y como tal me corresponde. Eso lo ha entendido el gobierno regional y la Gerencia Regional de Educación. Lo otro ya se verá en el Poder Judicial. Cualquier cuestionamiento debe hacerse a las instancias correspondientes”, sostiene.
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El Órgano de Control Institucional – OCI, del Proyecto Especial Olmos Tinajones – PEOT, detectó una serie de contrataciones que debieron someterse a procesos de selección, pues a fines de año se habría superado ampliamente el monto máximo establecido por la Ley de Contrataciones del Estado. En el Informe de Control Simultáneo N° 004-2019-OCI/0610-SVC, se especifica que hay más de un millón 400 soles en juego.
El documento, denominado “Contratación por la modalidad de locación de servicios y contratación de servicios por montos igual o menores a 8 UIT”, destalla que en lo que va del año en el PEOT se ha contratado servicios por un mismo concepto, sin haberse realizado un procedimiento de selección, cuya suma de las contrataciones ha sido menor a ocho Unidades Impositivas Tributarias – UIT, generándose con ello el riesgo potencial, en caso la entidad continúa con las contrataciones directas de dichos servicios, que se incurra en fraccionamiento.
De la revisión al Plan Anual de Contrataciones del PEOT, aprobado mediante Resolución Gerencial N° 014-2019-GR.LAMB/PEOT-GG, del 22 de enero del 2019 y sus modificatorias, se evidencia que no se ha incluido la contratación de los siguientes servicios: “Servicio de alimentación para el personal de la supervisión trasvase e irrigación del PEOT”; y “Servicio de mantenimiento de la línea de transmisión de la sub estación Lambayeque”.
SERVICIO DE ALIMENTACIÓN
En relación al primer servicio, de la revisión selectiva a las órdenes de servicio emitidas de enero a julio por el PEOT, se ha verificado que existen seis órdenes de servicio para la contratación del servicio de alimentación para el personal del PEOT encargado de la supervisión del proyecto de concesión de trasvase, y que existen seis órdenes de servicio para la contratación del servicio de alimentación para el personal del PEOT encargado de la supervisión de la concesión de irrigación, correspondientes al servicio efectuado en los meses de enero a junio de 2019. La conformidad ha sido otorgada -en todos los casos- por la Gerencia de Desarrollo Olmos del PEOT.
“Se advierte que estas órdenes de servicio corresponden a servicios iguales que pudieron ser programados en el Plan Anual de Contrataciones 2019 y, por tanto, contratados mediante un procedimiento de selección, máxime si los montos pagados por el servicio - durante el período de enero a junio de 2019 - suman el valor de 25 mil 835.67 soles (monto menor a ocho UIT) y que, de continuarse con su contratación en el segundo semestre del año, los montos serían superiores a las ocho UIT, no encontrándose en los supuestos excluidos de la Ley de Contrataciones del Estado”, señala OCI.
LÍNEA DE TRANSMISIÓN
En cuanto al mantenimiento de la línea de transmisión de la sub estación Lambayeque, el PEOT es una entidad que tiene entre sus funciones "Conducir y gestionar la Producción de Trasmisión Eléctrica, realizando las actividades de Operación, Mantenimiento y Administración de la Línea de Trasmisión (...)"; siendo la unidad orgánica a cargo de esta función la Gerencia de Promoción de Inversiones.
En ese contexto, dicha gerencia elaboró en el año 2019 un Plan de Mantenimiento de la Línea de Transmisión, en el cual incluyó dos mantenimientos a la subestación de transformación Lambayeque y Occidente: varias actividades de mantenimiento en el primer semestre (junio), y otras actividades de mantenimiento en el segundo semestre, específicamente para diciembre de este año.
“De la revisión selectiva a las órdenes de servicio emitidas por el PEOT en el año 2019, se ha verifcado que se ha emitido la Orden de Servicio Nº 0006897-2019, correspondiente al servicio de mantenimiento de subestaciones de transformación 7 mva Lambayeque 60/10 kv y occidente 60/22.9/10 kv de la Línea de Transmisión del PEOT, el cual ha sido ejecutado en el mes de julio de 2019, por el monto de 27 mil 780 soles, y fue pagado por la entidad en el mes de agosto. Se advierte que el PEOT emitió una orden de servicio por el servicio de mantenimiento de la línea de transmisión, el mismo que pudo ser programado en el Plan Anual de Contrataciones 2019 y, por tanto, contratado mediante un procedimiento de selección, máxime si el monto pagado por el servicio - durante el período de enero a agosto de 2019 - representa el valor de 27 mil 780 soles (monto menor a ocho UIT) y que, de continuarse con su contratación en los otros meses del año, el monto sería superior a las ocho UIT, no encontrándose en los supuestos excluidos de la Ley de Contrataciones del Estado. Siendo ello así, se concluye que estos servicios contratados por el PEOT (correspondiente al servicio de alimentación y al servicio de mantenimiento) no constituirían necesidades imprevisibles”, enfatiza el informe.
POSIBLE INFRACCIÓN
OCI señala que en el primer caso, el servicio de alimentación del personal de supervisión se efectúa en forma mensual, pudiéndose prever esta necesidad. En el segundo caso (mantenimiento de la línea de transmisión subestación Lambayeque), sucede dos veces al año, máxime si en el Plan de Mantenimiento de la Línea de Transmisión se prevé realizar el segundo mantenimiento en el mes de diciembre.
Con la situación expuesta, en caso la entidad continúe con la contratación de estos servicios iguales contravendría el Artículo 20 de la Ley N.° 30225 - Ley de Contrataciones del Estado, publicada el 11 de julio de 2014, y sus modificatorias, el artículo 40 y la Quinta Disposición Complementaria Transitorias del Reglamento de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo N° 344-2018-EF, vigente desde el 30 de enero de 2019.
Asimismo, se infringiría el numeral 5.6 de la Directiva N.° 007-2017- GR.LAMB "Normas y procedimientos para la contratación de bienes y servicios por montos iguales o inferiores a ocho Unidades Impositivas Tributarias – UIT, en el Gobierno Regional de Lambayeque", aprobada por Decreto Regional n.° 031-2017-GR.LAMB/PR, del 20 de junio de 2017.
“La situación advertida, relacionada a que la entidad viene contratando en forma directa servicios iguales y programables en el Plan Anual de Contrataciones, conllevaría a la afectación de la gestión, pues se materializaría un fraccionamiento indebido, al contratar servicios por montos menores a ocho UIT con la finalidad de evitar el tipo de procedimiento de selección que correspondería según la necesidad anual y de evadir la aplicación de la normativa de contrataciones”, advierte el Órgano de Control Institucional – OCI.
ALQUILER DE CAMIONETAS
Del mismo modo, en el informe se detalla que en los meses de marzo y abril, el PEOT aprobó tres documentos técnicos para la ejecución de actividades de mantenimiento, siendo estos: Resolución Gerencial N.° 00076-2019-GR.LAMB/PEOT-GG, de 15 de marzo de 2019, a través de la cual se aprobó el expediente técnico de la actividad "Mantenimiento del Dren D-4000, KM 0+000 al KM 14+143, Sector Drenaje Chacupe- Santa Rosa", a ejecutarse mediante ejecución presupuestaria directa, con un presupuesto total de 191 mil 445.41 soles y con un plazo de ejecución de 83 días calendarios; Resolución Gerencial N.° 000082-2019-GR.LAMB/PEOT-GG, de 21 de marzo de 2019, mediante la cual se aprobó el documento técnico de la actividad "Mantenimiento del Dren D-3100, Sector Drenaje Chiclayo Pimentel", a ejecutarse mediante ejecución presupuestaria directa, con un presupuesto total de 116 mil 484.58 soles, y con un plazo de ejecución de 37 días calendarios y Resolución Gerencial N.° 000100-2019-GR.LAMB/PEOT-GG, del 12 de abril de 2019, a través de la cual se aprobó el documento técnico de la actividad "Mantenimiento del Dren 1000, y Prolongación D-1000, Sector de Drenaje Ferreñafe", a ejecutarse mediante ejecución presupuestaria directa, con un presupuesto total de 413 mil 140.70 soles y con un plazo de ejecución de 90 días calendarios.
De la revisión a la documentación sustentatoria de los gastos efectuados en estas tres actividades, se advierte que la Gerencia de Operación y Mantenimiento del Sistema Tinajones, unidad orgánica encargada de su ejecución, solicitó a la Oficina de Administración la contratación del servicio de alquiler de tres camionetas (incluido chofer), para ser utilizadas en el período de 22 de abril al 6 de junio del 2019. La Oficina de Administración -sin previamente consultar o requerir a la unidad orgánica competente del PEOT (Unidad de Servicio de Mantenimiento y Transportes), la disponibilidad y operatividad de las 18 camionetas de propiedad de la institución autorizó esta contratación por el monto menor a ocho UIT, y la derivó a la Unidad de Abastecimientos para que sea atendida.
Esta contratación del servicio de alquiler de las tres (3) camionetas (incluido chofer), representó un gasto total para el PEOT de 26 mil 100, habiéndose contratado directamente como proveedores a las empresas: Inversiones CAPR EIRL y Olga Lidia Aldana Damián.
Según el OCI, con la situación expuesta se ha contravenido el artículo 2, 7, 20 del Decreto Legislativo N.º 1440 – Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, publicado el 16 septiembre del 2018, y otros dispositivos legales.
MÁS HALLAZGOS
También se identificado que el PEOT está realizando contrataciones que afectan la legalidad y correcta gestión y funcionamiento de la administración pública, que hay deficiencias en la contratación de personas bajo la modalidad de locación de servicios, que se ha contratado a personal como locadores de servicio sin cumplir con los términos de referencia elaborados por las áreas usuarias y, en otros casos, sin cumplir con los requisitos establecidos en la normatividad interna. Estas contrataciones ascienden a 119 mil 99.66 soles.
Asimismo, se han dado contrataciones por locación de servicios por más de tres meses, por un monto total de 317 mil 500.33 soles para realizar actividades que se identifican o asemejan a las previstas en puestos de trabajo contenidos en sus documentos de gestión.
Municipalidad Provincial de Lambayeque delegó competencias en materia de saneamiento a favor del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento – MVCS.
En aras de encontrar una solución a la falta de agua en la ‘Ciudad Evocadora’, la Municipalidad Provincial de Lambayeque firmó un convenio con el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento – MVCS, mediante el cual el ayuntamiento le delega competencias en materia de saneamiento a la cartera de Vivienda para que esta pueda seleccionar operadores privados que sustenten alternativas técnicas para la realización del proyecto que beneficiará a 150 mil pobladores.
Según el convenio suscrito por el Viceministro de Construcción y Saneamiento, Julio Kosaka Harima, y el alcalde de Lambayeque, Alexander Rodríguez Alvarado, las obras se ejecutarán bajo la modalidad de Asociaciones Público Privadas – APP, cuyo financiamiento de la inversión será asumida íntegramente por la cartera sectorial.
Rodríguez Alvarado señala que, además de ampliar la cobertura de agua potable, se beneficiará a más de 22 mil pobladores, quienes por primare vez contarán con el servicio en sus domicilios.
PLANTA DESALINIZADORA
El mecanismo de acción de la planta desalinizadora consiste en captar agua salada para, a través de diversos procesos como la osmosis, destilación, congelación, entre otros, convertirla en apta para el consumo humano, así como usos industriales y agrícolas.
Si bien este es el cuarto convenio de delegación de funciones que se firma con una municipalidad provincial para la construcción de una planta desalinizadora (antes fueron Ilo, Paita y Talara), está en construcción actualmente una en Lima, la cual tiene por objetivo beneficiar a los distritos de la zona sur de la capital como Santa María del Mar, San Bartolo, Punta Negra y Punta Hermosa.
Esta tecnología busca conseguir un recurso hídrico de calidad en zonas afectadas por la escasez de agua, las mismas que mientras más cerca se encuentren a la costa, generarán un menor esfuerzo energético a la planta para bombear el agua.
PLAN VIAL PARTICIPATIVO
Por otro lado, la Municipalidad de Lambayeque firmó un convenio específico con Provías Descentralizado, a fin de recibir un respaldo en el monitoreo de la elaboración del Plan Vial Provincial Participativo – PVPP.
La iniciativa surge debido a que el presupuesto transferido a la municipalidad para elaborar este plan (165 mil 700 soles) es el más alto del departamento, puesto que Lambayeque como provincia cuenta con el 65 % de la extensión territorial total, además de la red vial más extensa en la zona rural.
En ese sentido, el gerente del Instituto Vial Provincial de Lambayeque, Jaime Santamaría Suclupe, señala que el equipo técnico de Provías participará de forma activa en el proceso de elaboración del plan, fortaleciendo las capacidades en planeamiento vial, emitiendo observaciones, sugerencias e informes imparciales.
Asimismo, Rodríguez Alvarado se reunió con los representantes de los transportistas, comerciantes y pobladores en general, a fin de dar a conocer el avance en la reconstrucción de la carretera Panamericana Norte, intervención del tramo de vía, Puente Lambayeque – Chiclayo, el cual es realizado por la Empresa CASA.
En dicha reunión el burgomaestre informó a los asistentes las rutas alternativas, las cuales serán la Avenida Huamachuco para los vehículos livianos y el lado oeste de la Avenida Ramón Castilla para los carros de transporte pesado.
Además, exhortó celeridad en las obras de reconstrucción a la empresa CASA, comprometiéndose también a realizar las gestiones necesarias ante las entidades correspondientes para que dichos trabajos afecten mínimamente a los pobladores, teniendo en cuenta que la ejecución del tramo urbano que corresponde a la Avenida Ramón Castilla tardará aproximadamente 45 días.
Estos últimos expresaron sus pedidos, respecto al mejoramiento total del pavimento en el sector del puente, una mayor señalización, y la instalación de cruces peatonales frente al Hospital Belén, el mercado y los colegios aledaños.
Después de varios intentos, Expresión conversó con el congresista de Fuerza Popular Héctor Becerril Rodríguez, quien enfiló sus baterías contra la Fiscalía Especializada Contra la Criminalidad Organizada – FECOR, que en Lambayeque lidera el fiscal Juan Manuel Carrasco Millones. Becerril Rodríguez, investigado como presunto integrante de dos organizaciones delictivas en Lambayeque y una alcance nacional, aseguró que pondrá en evidencia los supuestos ilícitos del representante del Ministerio Público.
Usted es el único congresista que es investigado por supuestamente pertenecer a diversas organizaciones criminales: ‘Los Wachiturros de Tumán’ y los ‘Temerarios del crimen’ en Chiclayo y los ‘Cuellos blancos del puerto’ en Lima. ¿Cómo se siente?
Risas. Yo me siento totalmente tranquilo. A quién en su sano juicio se le va a ocurrir que un congresista pertenece no a tres, sino a cuatro organizaciones criminales, porque faltó mencionar al partido Fuerza Popular. Ni el peor criminal del Perú pertenece a cuatro organizaciones y yo sí. Eso nadie lo va a creer.
En el caso ‘Los Wachiturros’ ya hubo en Chiclayo una decisión de un juzgado para que el tema se archive. Sin embargo, el fiscal Juan Manuel Carrasco Millones, falseando la resolución del juez elevó eso a la Fiscal de la Nación cuando el juez había ordenado que se archive. Por eso, por ejemplo, Carrasco está denunciado penalmente. Por más que aquí en Chiclayo han querido archivar esa denuncia, porque no sé por qué le tienen miedo a Carrasco… yo no le tengo miedo, lo he enfrentado y lo voy a seguir enfrentando, el caso ha llegado a Lima y la Fiscalía Suprema de Lima, que no le tiene miedo, ha ordenado que se le siga investigando.
¿Cuántas denuncias ha presentado contra el fiscal Carrasco Millones?
Dos querellas por difamación agravada y tengo dos quejas.
¿Cuáles fueron esas supuestas difamaciones agravadas?
Una es porque cuando vine a Chiclayo fui con mi abogado a ver al fiscal Carrasco para saber por qué estaba investigándome en forma reservada. Como conozco cómo se maneja Carrasco Millones, tuve la precaución de pedir un acta fiscal, o sea que en un acta quede registrado lo que conversamos.
¿Y cómo se maneja el fiscal Carrasco Millones, que es el coordinador de la FECOR en Lambayeque?
Carrasco se maneja fuera de la Ley, en una forma totalmente alejada de lo que es el sistema judicial y voy a decir algo grave: acá en Lambayeque hay mucha gente que se ha acercado a mí a denunciar que la FECOR de Chiclayo es una organización criminal.
Yo he pedido a la Fiscal de la Nación y al señor (Jorge) Chávez Cotrina, que es el coordinador nacional de crimen organizado, por escrito, se investiguen todas esas denuncias. No olvidemos que las dos denuncias penales que hice contra Carrasco acá las archivaron. Sin embargo, la fiscalía suprema (de Control Interno) ha ordenado que se siga investigado. Las dos quejas que presenté, también las han archivado. Acabo de denunciar al fiscal (Alejandro) Lamadrid (jefe de control interno del Ministerio Público en Lambayeque), por prevaricato.
A mí, no me van a callar. Voy a ir hasta el final para que se descubra, en efecto, si es verdad que FECOR es una organización criminal, porque dicen que tiene sus abogados con quienes siempre trabaja.
¿Por qué no se investiga al señor Panta Burga, en cuántos casos en los que ha sido abogado y Carrasco ha estado fiscal, ha logrado en forma ilegal, ilegal, beneficios penitenciarios? ¿Le tienen miedo a Carrasco? Acá se acabó el miedo y yo voy a lograr que se haga justicia acá en Chiclayo.
Usted ha dicho que hay jueces y fiscales que le tienen miedo al fiscal Carrasco. ¿Por qué señala eso?
Porque, por ejemplo, cuando hay un hecho tan claro, que no tiene ni siquiera que hacer investigaciones, cuando el juez dice que se archive tal denuncia y se anule todo lo actuado y el fiscal cambia esa resolución y dice: “El juez tal me ordenó con tal resolución que eleve lo actuado a la Fiscal de la Nación”, es claro que está mintiendo, que está prevaricando, o no. Clarísimo. Esa es la denuncia, por ejemplo, que el fiscal Lamadrid archivó. Sería bueno que se lea la resolución del fiscal supremo de Control Interno en la que le dice al fiscal Lamadrid: usted no ha hecho esto ni lo otro. Investigue señor.
En el caso ‘Temerarios del crimen’ usted fue señalado por la empresaria Mirtha Gonzales Yep que tenía interés en el proyecto de la Planta de Transferencia de Residuos Sólidos y que hubo concertación con el alcalde David Cornejo Chinguel para favorecer a la empresa CRD con dicha obra. ¿Niega todo ello?
Los medios de comunicación hicieron tanta alharaca con las declaraciones de la señora (Mirtha Gonzales Yep), que dijo: “Yo le he pagado a Héctor Becerril en porcelanato”. ¿Saben por qué cuando ha ido a declarar a la Fiscalía de la Nación ya no dice eso? ¿Por qué ella no dice nunca que a mí me pagó una coima? ¿Por qué se retracta de ese dicho? Porque una cosa es hablar acá, frente al fiscal Carrasco, de quien no tengo ninguna duda que le ofreció beneficios penitenciarios a los señores Boris Bartra Grosso y Luis Carlos Cabrejos Ucañay (ex regidores de Chiclayo) y a la señora Mirtha Gonzales Yep para que me incriminen. ¿Cuál ha sido el móvil? Que yo tenía denunciado al señor Carrasco.
Mis denuncias contra Carrasco no son de ahora, son de antes. Ha buscado una venganza, acuerda y finalmente logra que estas personas me incriminen. ¿Qué lograron? Boris Bartra, a su casa; Luis Cabrejos, a su casa; Mirtha Gonzales, a su casa.
¿Quiere decir que Gonzales Yep no ha ratificado sus declaraciones en la FECOR en la investigación que se hace ahora en la Fiscalía de la Nación?
Nunca la señora Mirtha me pagó alguna coima. Nunca, y eso lo digo completamente y reto a los periodistas que vayan y busquen esas declaraciones. ¿No es raro que Cuarto Poder, Panorama, El Comercio, Perú 21 no saquen esas declaraciones? Saquen su cuenta. Ahí no puede mentir, ahí (en la Fiscalía de la Nación) tiene que decir la verdad.
Yo soy consciente que toda esta situación, que esas declaraciones, me han hecho daño a mi imagen, pero también soy consciente que al final todo se va a saber. El tema de la FECOR, le doy mi palabra al pueblo de Lambayeque, que se van a conocer todas las irregularidades que ahí se cometen. Van a conocer en realidad quién es el fiscal Carrasco Millones y se van a quedar sorprendidos y admirados de cómo puede llegar un hombre a cometer tantos delitos.
Desde el 2011 la Empresa de Transportes Turismo ‘Mulato – Chaparrí’ SAC ha buscado que la Municipalidad Provincial de Chiclayo le otorgue el permiso para operar en la ruta Chiclayo – Chongoyape. Recurrió al Poder Judicial logrando su propósito, pero luego la misma institución de justicia ordenó que se anule el permiso concedido por haber sido irregular. Pese a ello, la empresa seguiría operando desde el terminal de EPSEL.
El 29 de mayo del 2014, la comuna de Chiclayo emitió la Resolución de Alcaldía N° 392, suscrita por el entonces burgomaestre, Roberto Torres Gonzales, declarando procedente la solicitud interpuesta en octubre del 2011 por la Empresa de Transportes Turismo ‘Mulato – Chaparrí’ SAC, autorizando su acceso para el transporte público especial de personas en la Ruta Interurbana Chiclayo – Chongoyape y viceversa, con una vigencia de 10 años, en la modalidad de autos colectivos Categoría M2 (van de 11 pasajeros). La empresa quedaba facultada para operar desde el terminal de EPSEL.
Tal decisión se dio teniendo como precedente la sentencia que en diciembre del 2013 emitió el Quinto Juzgado Civil de Chiclayo, que anuló una resolución de alcandía dada dos años antes en la que se ratificó la decisión de la Gerencia de Tránsito y Transportes del municipio de declarar improcedente el pedido autoritativo de la empresa.
NULIDAD JUDICIAL
La resolución suscrita por Torres Gonzales en el 2014 fue cuestionada por la vía contenciosa administrativa por dos empresas de transportes que cubrían la misma ruta, logrando estas que el 21 de abril del 2017 el Sexto Juzgado Civil de Chiclayo emitiera sentencia en el Expediente N° 02217-2014-0-1706-JR.CI-06, dada por la juez Elvira Rojas Senmache, con la cual se declaró nula la concesión otorgada por la comuna, pues para la juzgadora la empresa ‘Mulato – Chaparrí’ trasgredió lo señalado por el Decreto Supremo N° 017-2009-MTC, respecto a la cantidad de la flota, documentos que acreditasen la propiedad de los vehículos asignados y los certificados de inspección vehicular correspondientes.
La decisión de Rojas Senmache fue apelada, llegando el caso a la Primera Sala Civil de Lambayeque, que el 2 de noviembre del 2017 dictó sentencia confirmando el fallo de primera instancia.
El asunto llegó hasta la Corte Suprema de la República vía casación, pronunciándose la Tercera Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria el 22 de mayo del 2018, declarando improcedente el recurso interpuesto por la Empresa de Transportes y Turismo ‘Mulato - Chaparrí’ SAC. El auto calificatorio fue notificado en 26 diciembre del año pasado al Sexto Juzgado Civil.
MANDATO A LA MUNICIPALIDAD
Ante el pronunciamiento supremo, el 20 de marzo de este año, la jueza Rojas Senmache emitió la Resolución N° 30, requiriendo a la Municipalidad Provincial de Chiclayo para que en un plazo de cinco días hábiles cumpla con expedir una nueva resolución de alcaldía, declarando nula la Resolución de Alcaldía N° 392-2014, que le otorgó a la empresa ‘Mulato – Chaparrí’ la autorización de la ruta Chiclayo – Chongoyape.
En su escrito, la magistrada estableció que si el municipio no cumplía con emitir la resolución de nulidad en el plazo establecido sería pasible de una multa y los actuados remitidos al Ministerio Público.
De este modo, el 8 de abril la comuna dio la Resolución de Alcaldía N° 415-2019, firmada por el alcalde encargado, Junior Vásquez Torres, declarando, en virtud del mandato judicial, la nulidad de la Resolución de Alcaldía N° 392-2014-MPCH/A, dejando sin efecto la autorización del acceso para transporte público especial de personas en la ruta interurbana Chiclayo – Chongoyape y viceversa en la modalidad de autos colectivos en la Categoría M2 (van de 11 pasajeros), su inscripción en el Sistema de Tránsito y Transporte de la Provincia de Chiclayo, así como la habilitación vehicular de las unidades que comprendan su flota.
El artículo cuarto de la resolución declaró, además, agotada la vida administrativa del proceso.
NUEVO PROCESO
Empero, el 7 de mayo, la empresa ‘Mulato – Chaparrí’ SAC presentó una demanda contencioso administrativa contra la Municipalidad Provincial de Chiclayo, exigiendo que se anule la resolución del 8 de abril que anuló su autorización sobre la ruta en virtud del mandato judicial.
La empresa argumentó ante el Poder Judicial que con la Resolución de Gerencia N° 054-2018-MPCH/GDVyT, del 6 de febrero del 2018, se había declarado “procedente la petición presentada por el administrado Henry Vega Carrasco, en su condición de gerente general de la Empresa de Transportes ‘Mulato – Chaparrí’ SAC, respecto a la regularización de flota vehicular”.
Es decir, la empresa regularizó la flota pese a que tenía dos sentencias en contra (primera y segunda instancia) y estaba pendiente el pronunciamiento de la Corte Suprema de la República respecto a la procedencia o no de su recurso casatorio, el mismo que le fue adverso.
Hasta el momento, las partes ya han dado respuesta a la nueva demanda. Sin embargo, unidades de la empresa seguirían operando del terminal de EPSEL.
El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento – MVCS, a través del Programa Nacional de Saneamiento Urbano, y el Consorcio Ríos del Norte, suscribieron un convenio por nueve millones 533 mil 477.21 soles para la elaboración del Plan Maestro y el estudio de preinversión a nivel de perfil para la obra del drenaje pluvial de Chiclayo, la cual incluirá a La Victoria, José Leonardo Ortiz y Pimentel, a fin de posibilitar las aguas acumuladas en la zona urbana en períodos de lluvia.
El Contrato Nº 57-2019/VIVIENDA/VMCS/PNSU – ‘Consultoría para la Elaboración del Plan Maestro y Estudios de Preinversión a Nivel de Perfil del Proyecto: Drenaje Pluvial Urbano de la Ciudad de Chiclayo – Lambayeque’, del 2 de julio del 2019, contempla 180 días calendario de plazo para la elaboración del Plan Maestro y otros 180 para el estudio de preinversión, los mismos que empezarán a contarse desde el momento en que el Consorcio Ríos del Norte sea notificado, respecto a cuál será la empresa supervisora.
Al cabo del plazo, el Consorcio Ríos del Norte, conformado por Changjiang Institute of Survey, Planing, Design and Research – Sucursal Perú y Rail Way Ingeniería y Caminos S.A.C., deberá recibir, para el Plan Maestro, la conformidad técnica del Equipo Especial de Reconstrucción con Cambios del Sector Saneamiento y de la empresa supervisora. En tanto, para el estudio de preinversión, deberá recibir, además de lo mencionado, un informe de viabilidad por parte del Grupo de Evaluación y Registro de Inversiones – GERI, del Programa Nacional de Saneamiento Urbano, en su calidad de unidad formuladora.
PLAN MAESTRO
El director de Estudios del Consorcio Ríos del Norte, Pablo Valdivia Chacón, refiere que los Términos de Referencia – TDR, sobre los cuales van a trabajar son bastante exigentes, pues les demandará tener un equipo multidisciplinario de 35 especialistas, entre ingenieros, arquitectos, geólogos, expertos en gestión de riesgo, trabajadores sociales, entre otros.
Refiere que para la elaboración del Plan Maestro realizarán un estudio integral del proyecto en términos de amplitud y profundidad del drenaje pluvial, el cual comprende recopilar información, analizar el riesgo de zonas inundables y formular alternativas que afecten lo menos posible a la población.
Apunta que el aporte de los empresarios asiáticos será de gran relevancia, pues tienen experiencia en la construcción de drenajes pluviales, bajo el concepto de ‘ciudad esponja’, el cual busca evacuar el agua de las ciudades, a través de pavimentos permeables, logrando derivar el recurso hídrico hacia depresiones y lagunas secas.
“Vamos a adaptar este concepto en la medida de lo posible, pues en China llueve cien mililitros y acá solo 60. Lo que se puede aprovechar es el terreno eriazo para sembrar vegetación en los parques y poner cisternas subterráneas que permitan mitigar y evacuar las aguas de lluvia”, sostiene.
ESTUDIOS DE PREINVERSIÓN
Respecto a los estudios de preinversión a nivel de perfil, señala que deberán tener en cuenta los términos de rentabilidad para formalizar un planteamiento en el marco de la normatividad del Sistema Nacional de Inversión Pública – SNIP.
Refiere que este estudio les permitirá conocer el monto real de la obra, la misma que demandará la articulación de distintas entidades como la Empresa Prestadora del Servicio de Saneamiento de Lambayeque – EPSEL, Telefónica, e incluso las propulsoras de la instalación de líneas de gas domiciliaria.
“Si nosotros, por ejemplo, instalamos drenes y nos encontramos con que hay dos tuberías de agua en una misma zona, tendremos que reubicar una, lo mismo que con las de desagüe. Tenemos pavimentos que no tienen bombeo, calles que no tienen pendientes, cunetas, ni sumidero. Hay calles que tienen solo pista y no vereda, y viceversa. Por lo tanto, habrá mucha coordinación con las instituciones”, sostiene.
Proyecta que la construcción del drenaje pluvial deberá culminar todavía dentro de cinco años, pues después del Plan Maestro, toma 12 meses más elaborar el estudio de factibilidad y otro año más el expediente. A partir de allí la ejecución de la obra duraría aproximadamente dos años.