DIRECTOR DEL MANUEL PARDO ESTÁ SENTENCIADO POR BULLYING
Por primera en la historia judicial de Lambayeque y el Perú, se sentó jurisprudencia al sentenciar un caso de bullying agravado, es decir maltrato, de profesores contra un menor, situación muy grave, pues nunca antes se había visto algo parecido. El bulying siempre se dio entre alumnos.
Los protagonistas de este condenable hecho son el director del Colegio “Manuel Pardo” sacerdote Ricardo Cruz Huamán y cuatro profesoras a quienes se les ha sancionado por contravenir el derecho a la integridad personal en la forma de agresión psicológica, contra el bienestar emocional y el desarrollo socio afectivo del menor David Horna Puémape.
Resulta pues vergonzoso, indigno y vil que a pesar de la sentencia consentida, el sector educación de Lambayeque, ni enterado esté de esta situación, porque no se ha aplicado ninguna medida en la que prevalezca la justicia. ¿Un educador condenado puede ejercer su labor educativa, puede ejercer un cargo en la alta dirección?
Qué prevalece en este hecho el prestigio de un plantel que es “Patrimonio Cultural de Chiclayo”, o el grave error cometido por quien representa a la Comunidad Vicentina, Promotora de esta Institución Educativa. ¿La justicia se aplica de acuerdo a una condición en nuestra región?, ¿Dónde estamos?
El 31 de julio del 2014, con Resolución N° 27, el Cuarto Juzgado de Familia de Chiclayo, a cargo del juez Silverio Rivera Palomino, declaró consentida la sentencia que había dado un año antes contra el director del Colegio Manuel Pardo, Ricardo Cruz Huamán, y cuatro educadoras precisamente por haberse probado la agresión psicológica, la vulneración al derecho del bienestar emocional y el desarrollo socio afectivo del estudiante David Horna Puémape.
Después de muchas marchas y contramarchas la sentencia quedó consentida. Es condenable que la defensa legal del colegio “Manuel Pardo” haya recurrido a la adulteración de documentos para torcer la justicia, que gracias al seguimiento de los afectados y de medios de comunicación como Expresión no pasó se permitió se legalizara tremenda injusticia.
Todo se inicia el 15 de agosto del 2012 cuando la Cuarta Fiscalía de Familia de Chiclayo demandó al Colegio Manuel Pardo, representado por el director, sacerdote vicentino Ricardo Cruz Huamán, y a las profesoras Silvia Paz Reaño, Lourdes Cotrina del Campo, Raquel Ramos Vargas y Rosa Sandoval Coronado, en atención a la denuncia presentada por el padre del menor, abogado José Horna Segura, quien refirió al Ministerio Público el acoso que sufría su hijo en la institución educativa, recibiendo constantes llamadas de atención, partes disciplinarios e informes reiterativos de tutoría, llegando al maltrato verbal y en ocasiones obligándolo a recibir clases fuera del aula.
Calificativos como “burro” y “bruto” eran dados por las docentes al estudiante, que en aquél entonces cursaba el cuarto grado de primaria y demostraba con los resultados de sus evaluaciones ser un alumno promedio, llegando a obtener notas sobresalientes. Incluso, a través de una conversación telefónica grabada, una de las profesoras reconoció que los partes disciplinarios impuestos al menor eran dispuestos desde el nivel jerárquico superior del colegio con el propósito de separarlo.
De las pericias psicológicas practicadas al estudiantes como parte del proceso judicial se tiene el resultado del Protocolo N° 006586-2012-PSC, donde se señala que el menor presentaba “problemas emocionales ante el inadecuado ambiente escolar, manifestando fastidio y disconformidad. Con marcado deterioro del vínculo amical y afectivo con sus maestros, asociado a comentarios negativos, desarrollando un comportamiento crítico, evitativo, de rechazo y desaprobación hacia sus maestros y ambiente escolar, carga tensional que perjudica su desarrollo socioafectivo”.
En base a ello, el despacho del juez Silverio Rivera corroboró la afectación al derecho de integridad personal en su forma de agresión psicológica, contra el bienestar y el desarrollo socio afectivo del estudiante.
Además, el juzgado dejó firme en su resolución que el ingreso de la madre del menor, Doris Puémape Escajadillo, docente en ese momento del colegio, al Sindicato de Trabajadores del Manuel Pardo, influyó “en el trato inadecuado” que recibió el escolar.
El fallo del juez Silverio Rivera, además de hallar responsables al director y a las cuatro profesoras del colegio, impuso una multa equivalente a dos Unidades de Referencia Procesal – URP, pero además dispuso que los demandados desagravien y pidan disculpas al niño por la violencia psicológica ejercida, exhortándolos “para que en los sucesivo cumplan con sus deberes como educadores respetando todos los derechos de sus alumnos, incluido el de integridad personal”.
Ha transcurrido un buen tiempo desde que la sentencia quedó consentida, hasta el momento los demandados no cumplen con el fallo en el extremo de realizar el desagravio público al menor, lo que para José Horna Segura, padre del agraviado, resulta condenable, máxime porque se trata de un mandato judicial en un caso que está cerrado.
Sin embargo, la búsqueda de sanción para los padres del niño no ha concluido. Están aún en evaluación las acciones a seguir para que intervenga el sector Educación respecto a la continuidad de los profesores en el ejercicio profesional.
“En segundo término está pendiente la inhabilitación de estos malos docentes, que empezando por el director deberían de ser inhabilitados. La Gerencia Regional de Educación no tendría nada que investigar, todo está probado en una sentencia. Lo único que le queda a la gerencia es simplemente sancionar con inhabilitación, tal vez por uno, dos o tres años”, refiere Horna Segura.
Por otro lado, los padres del menor y los representantes del colegio han concluido el proceso de conciliación extrajudicial para que se indemnice al menor por el daño psicológico causado, el mismo que no arribó a ningún acuerdo debido a que la institución ofrecía pagar 50 mil soles por la afectación, sin considerar el daño colateral producido.
La situación que afronta el Colegio “Manuel Pardo”, por la mala actuación del director Ricardo Cruz, podría poner en aprietos la economía del plantel Chiclayo, pues el padre del menor afectado ha dejado entrever que solicitará una indemnización de dos millones de soles a la Comunidad Vicentina. Horna- padre del menor- refiere: “La ley dice que está obligado a indemnizar. Mi hijo ha sido agraviado, el daño no solamente lo ha sentido él, esto ha sido un daño colateral a mi familia. Mi esposa trabajaba ahí y tuvo que renunciar, tuve que sacar que mis tres hijos del colegio, y por ello hemos incluido como responsable a la promotora del colegio, es decir a la Comunidad Vicentina con sede en Lima. Ya se les notificó en la audiencia de conciliación extrajudicial, ya están incluidos en la demanda de todas maneras. Tal vez, ellos no sepan que tienen acá un mal elemento que a todas luces, la comunidad chiclayana si dio cuenta, tiene más de 35 juicios. Él (el director) vino a poner orden entre comillas”, afirma José Horna.
Lamentable situación que quiérase o no afecta el prestigio de tan importante Institución Educativa. ¿Qué acciones al respecto toma la Comunidad Vicentina, la gerencia de Educación, la Asociación de Padres de Familia y ex Alumnos manuelpardinos? Ojala en corto tiempo regresen las buenas noticias al Colegio “Manuel Pardo”